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05001-23-31-000-2002-00445-01(0195-12) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

ENCARGO – Procurador judicial II / CARGO DE LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCION – Terminación del encargo / RETIRO DEL SERVICIO – Facultad discrecional   En este punto la Sala estima conveniente recordar que, tratándose el cargo de Procurador Judicial II de aquellos cuya naturaleza corresponde a la de libre nombramiento y remoción, bien podía el nominador, en este caso el Procurador General de la Nación, en ejercicio de la facultad discrecional desi ...mas

05001-23-31-000-2002-00428-01(0871-11)_1 Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

RETIRO DEL SERVICIO POR LLAMAMIENTO A CALIFICAR SERVICIOS – Requisitos   Las normas transcritas (artículos 55 y 57 del Decreto 1791 de 2000) indican que para proceder al retiro por llamamiento a calificar servicios en el caso de Agentes, como el actor, existe un único requisito, que el funcionario a retirar hubiera cumplido 15 años o más de servicio, que debe realizarse mediante acto administrativo expedido por la Dirección General de la Policía Nacional. Del ...mas

05001-23-31-000-2002-00378-01(2030-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

ESTUDIO TECNICO – Inexistencia / SUPRESION DE CARGO DE EMPLEADO PROVISIONAL – Inexistencia de estudio técnicos   Los estudios deben ser soportados en análisis y evaluaciones en el marco de las metodologías de diseño organizacional y ocupacional; se tiene, que en este caso, no existen esos estudios que con sujeción a dichos parámetros legales permitieran concluir la supresión de los cargos que tuvo lugar, todo lo cual deviene en la configuraci ...mas

05001-23-31-000-2002-00318-01(2033-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

ACTO DE SUPRESION DE CARGO DE EMPLEADO EN PROVISIONALIDAD – Estudio técnico. Requisitos. Expedición irregular   Tratándose de supresión de empleos de carrera administrativa, las referidas disposiciones legales consagraban, como exigencia previa para ese particular proceso, la elaboración de un estudio técnico como sustento de la reforma. Se trataba entonces de una formalidad, como presupuesto, que comprometía la legalidad del proceso de reest ...mas

05001-23-31-000-2002-00284-01(2434-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

NOMBRAMIENTO EN PROVISIONALIDAD – No otorga fuero de estabilidad   En este orden de ideas, el nombramiento en provisionalidad es procedente para proveer cargos de carrera, en eventos en que no sea posible hacerlo por el sistema de concurso, o por encargo con otro empleado de carrera. Tal situación, no otorga fuero de estabilidad relativa alguno. Aun cuando la normatividad reguladora de esta materia prevé la designación en provisionalidad por un determinado tiempo e igualmente és ...mas

05001-23-31-000-2002-00249-01(2440-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

EMPLEADO EN PROVISIONALIDAD – No goza de fuero de estabilidad / SUPRESION DE CARGO / ACTO DE RETIRO DE EMPLEADO EN PROVISIONALIDAD – No requiere motivación   El nombramiento en provisionalidad es procedente para proveer cargos de carrera, en eventos en que no sea posible hacerlo por el sistema de concurso, o por encargo con otro empleado de carrera. La situación en provisionalidad, no otorga fuero de estabilidad relativa alguno. Aun cuando la normatividad reguladora de esta mate ...mas

05001-23-31-000-2002-00079-01(1454-11) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

EMPLEADO EN PROVISIONALIDAD - No goza de fuero de estabilidad. Supresión del cargo   La designación del empleado provisional, que tiene lugar frente a empleos de carrera con personal no seleccionado, no cuenta con el efecto inherente al nombramiento de carrera, es decir, no otorga la estabilidad propia del sistema.  Significa, que la desvinculación del empleado provisional bien se puede producir con la declaratoria de su insubsistencia, propia de aque ...mas

05001-23-31-000-2002-00049-01(0046-12) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

CONTRATO DE TRABAJO – Elementos esenciales / CONTRATO DE PRESACION DE SERVICIOS – Se desvirtúa al demostrar la subordinación / RELACION DE COORDINACION- No conlleva necesariamente subordinación   Constituye requisito indispensable para demostrar la existencia de una relación de trabajo, que el interesado acredite en forma incontrovertible la subordinación y dependencia, y el hecho de que desplegó funciones públicas, de modo que no quede duda ac ...mas

05001-23-31-000-2002-00044-01(0502-10) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

DERECHO PREFERENCIAL – Empleado de carrera administrativa / INSUBSISTENCIA POR SUPRESION DEL CARGO – Derecho preferencial   La administración debe dar tratamiento preferencial para la incorporación de los empleados que estén escalafonados en carrera administrativa en los empleos que le sobreviven en caso de supresión, o dar paso a la reincorporación en un empleo equivalente –siempre y cuando se cumpla con los requisitos del cargo– y/o reconocer la correspondiente indemniz ...mas

05001-23-31-000-2001-04456-01(2031-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

SUPRESION DE CARGO DE EMPLEADO EN PROVISIONALIDAD – No goza de fuero de estabilidad   De acuerdo con la situación particular del señor Julio Hernando Guerra Grisales, quien ocupaba el cargo de inspector, código 515, nivel 2, grado 04, adscrito a la Dirección de Apoyo Institucional de la Secretaría de Gobierno y Apoyo Ciudadano del departamento de Antioquia, en provisionalidad, la decisión adoptada por la administración fue dar por terminado su no ...mas

05001-23-31-000-2001-04305-01(0450-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

RENUNCIA - Retiro del servicio / RENUNCIA - Manifestación escrita espontánea, libre y voluntaria de retirarse del ejercicio de la función pública / FALSA MOTIVACION - No demostrada / DESVIACION DE PODER - No demostrada / RENUNCIA - Presentada el mismo día de la posesión del cargo / RENUNCIA - Consensuada para su terminación   Entre las causales de retiro del servicio el legislador previó la renuncia regularmente aceptada de un cargo público; entendida como la manifesta ...mas

05001-23-31-000-2001-04298-01(1945-12) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

ESTUDIO TECNICO – Existencia   Encuentra la Sala que el estudio técnico se ajusta a lo dispuesto por la Ley 443 de 1998 y sus decretos reglamentarios especialmente por el Decreto 1572 de 1998, pues se trata de un documento elaborado por un equipo interdisciplinario que contiene por lo menos alguno de los aspectos establecidos por el artículo 154 de dicha norma cual es el análisis de los procesos técnico misionales, así como la evaluación de los servicios que presta, del cual s ...mas

05001-23-31-000-2001-04130-01(1028-10) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

SUPRESION DE CARGO DE CARRERA – Interés general   Por motivos de interés general ligados a la eficacia y eficiencia de la función pública puede acudir a la supresión de cargos en una entidad pública, sin que puedan oponérsele los derechos de carrera de los funcionarios, ya que, éstos deberán ceder ante el interés general.   ESTUDIO TECNICO – Existencia   La reducción de esta planta esta justificada en el alivio de la situación financiera de la ent ...mas

05001-23-31-000-2001-04115-01(0626-12) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

ESTUDIO TECNICO – Requisitos   La Sala considera que el estudio técnico se ajustó a lo dispuesto por la Ley 443 de 1998 y sus decretos reglamentarios especialmente por el Decreto 1572 de 1998, pues se trata de un documento elaborado por un equipo interdisciplinario que trató los aspectos establecidos en el artículo 154 de dicha norma, estos son, el análisis de los procesos técnico misionales, la evaluación de la carga de trabajo y la evaluación ...mas

05001-23-31-000-2001-04086-01(2034-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

SUPRESION DE CARGO – Regulación legal / ACTO DE SUPRESION DE CARGO DE EMPLEADO PROVISIONAL – Expedición irregular / ESTUDIO TECNICO – No cumplió con los requisitos establecidos en la Ley 443 de 1998 y Decreto 1572 de 1998 / REINTEGRO – Procedente   De los citados documentos se deriva, que el primero recomienda suprimir de la planta de personal ciertos cargos, y el segundo, justifica la supresión de unas plazas argumentando la racionalización del gasto pú ...mas

05001-23-31-000-2001-04064-01(1917-12) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS – Desvirtuado da lugar al pago de prestaciones sociales. Principio de la realidad sobre las formalidades   Así las cosas, aunque se haya realizado una vinculación bajo la forma de contrato de prestación de servicios, si el interesado logra desvirtuar su existencia al demostrar la presencia de la subordinación o dependencia respecto del empleador, tendrá derecho al pago de prestaciones sociales en aplicación del principio de prevalencia de la ...mas

05001-23-31-000-2001-03838-01(1863-08) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

JORNADA LABORAL DE CELADORES DEL NIVEL TERRITORIAL – Regulación legal. Aplicación de normas de empleados del orden nacional   El artículo 3º de la Ley 443 de 1998 establece que sus normas serían aplicables a los empleados que presten sus servicios a la rama ejecutiva del sector municipal, entre otros. El régimen de administración de personal contenido en el Decreto 2400 de 1968 se refiere a la clasificación de empleos, condiciones para el ejercicio de los mismos, debe ...mas

05001-23-31-000-2001-03652-01(0159-10) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

CARRERA ADMINISTRATIVA - Inscripción automática / INSCRIPCION AUTOMATICA A CARRERA ADMINISTRTIVA - Cumplimiento de los requisitos del cargo / ACCESO AUTOMATICO A CARRERA ADMINISTRATIVA - Inexequible / SITUACIONES JURIDICAS CONSOLIDADAS - Inscripción extraordinaria antes del 14 de febrero de 1997 / FUERO DE ESTABILIDAD - No procede al ser declarado la inexequibilidad de la normas   En primer lugar, se tiene que el artículo 22 de la Ley 27 de 1992, esta ...mas

05001-23-31-000-2001-03577-01(1979-11)_1 Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

CADUCIDAD DE LA ACCION – Concepto   La caducidad comporta el término dentro del cual es posible ejercer el derecho de acción, y constituye un instrumento que salvaguarda la seguridad jurídica y la estabilidad de las relaciones entre individuos, y entre estos y el Estado. El derecho al acceso a la administración de justicia, garantizado con el establecimiento de diversos procesos y jurisdicciones, conlleva el deber de un ejercicio oportuno, razón por la cual, se ...mas

05001-23-31-000-2001-03212-01(1227-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

JORNADA DE TRABAJO DE CELADORES – Regulación legal / HORAS EXTRAS A NIVEL MUNICIPAL – Se aplican las normas del orden nacional / JORNADA LABORAL A NIVEL MUNICIPAL – Lo que exceda 44 semanales horas es trabajo extra   La Sala en reiteradas oportunidades ha dicho que el ordenamiento regulador de las horas extras del personal perteneciente a la Rama Ejecutiva del Poder Público Central, se extiende a los empleados municipales como es el caso del actor, por tratarse de un tema de A ...mas

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