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PERDIDA DE LA INVESTIDURA DE CONCEJAL / REGIMEN DE INHABILIDADES - Normatividad El artículo 40 de la Ley 617 de 2000, que modificó el artículo 43 de la Ley 136 de 1994, es del siguiente tenor: “ARTICULO 40. DE LAS INHABILIDADES DE LOS CONCEJALES. El artículo 43 de la Ley 136 de 1994 quedará así: "Artículo 43. Inhabilidades: No podrá ser inscrito como candidato ni elegido concejal municipal o distrital: …4. Quien tenga vínculo por matrimonio, o unión permanente, ...mas
PERDIDA DE LA INVESTIDURA DE CONCEJAL - Improcedente frente a concejales que designan a concejales como representantes de juntas / INHABILIDAD E INCOMPATIBILIDAD - Son de carácter taxativo El actor sostiene que los demand ...mas
PERDIDA DE LA INVESTIDURA DE CONCEJAL - Improcedente frente a concejales que designan a concejales como representantes de juntas / INHABILIDAD E INCOMPATIBILIDAD - Son de carácter taxativo El actor sostiene que los demand ...mas
SUSPENSION PROVISIONAL - Improcedencia / CORPORACION AUTONOMA REGIONAL PARA LA DEFENSA DE LA MESETA DE BUCARAMANGA - El examen de legalidad del acto que concedió licencia ambiental para el proyecto denominado relleno sanitario El Parque es tema de la sentencia De la lectura de los actos acusados y las normas que se estiman infringidas, no se observa, prime facie, la vulneración alegada por el demandante, habida consideración de que su reproche radica en que al autorizar ...mas
RECURSO DE APELACION CONTRA DECISION FAVORABLE - Absolutamente contradictorio En efecto, conforme a los antecedentes de esta providencia, es claro que la demanda que dio origen al proceso culminado con la sentencia recurrida fue promovida por el municipio de Güepsa a través de apoderado judicial. Por ende, es evidente que el propósito perseguido por dicha entidad territorial al presentar la demanda en ejercicio de la acción prevista en el artículo 84 del C.C.A. -para lo ...mas
AGUA POTABLE - Concepto A través del Decreto 475 de 1998 se expiden las normas técnicas reguladoras de las actividades relacionadas con la calidad del agua potable para consumo humano, que en virtud de lo dispuesto en su artículo 2°, son de orden público y obligatorio cumplimiento, las cuales apuntan al invariable compromiso de que el agua suministrada por quien preste el servicio público de acueducto sea apta para el consumo de los usuarios (artículo 3°, ibídem). Se ...mas
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No selecciona FUENTE FORMAL: LEY 1285 DE 2009 - ARTICULO 11
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION PRIMERA
Consejera ponente: MARIA CLAUDIA ROJAS LA ...mas
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - Selecciona ante la falta de unificación jurisprudencial sobre los estudios de vulnerabilidad sísmica cuando los Comités Locales para la Prevención y Atención de Desastres cuando no tienen sede La Sala considera que en el asunto objeto de estudio hay lugar a seleccionar para revisión la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Risaralda el 29 de abril de 2011, con miras a unificar la jurisprudencia relacionada con la apl ...mas
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - Selecciona ante necesidad de unificar jurisprudencia en cuanto a incentivo económico FUENTE FORMAL: LEY 1285 DE 2009 - ARTICULO 11 CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION PRIMERA
Consejera ponente: MARIA ELIZABETH GARCIA GONZALEZ.
...masREVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No selecciona FUENTE FORMAL: LEY 1285 DE 2009 - ARTICULO 11
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION PRIMERA
Consejera ponente: MARIA CLAUDIA ROJAS LA ...mas
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - Selecciona ante necesidad de unificar la jurisprudencia sobre reconocimiento del incentivo FUENTE FORMAL: LEY 1285 DE 2009 - ARTICULO 11 CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION PRIMERA
Consejera ponente: MARIA ELIZABETH GARCIA GONZALEZ ...mas
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - Selecciona ante necesidad de unificar jurisprudencia en cuanto a incentivo económico FUENTE FORMAL: LEY 1285 DE 2009 - ARTICULO 11
CONSEJO DE ESTADO
SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION SEGUNDA
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - Selecciona ante necesidad de unificar la jurisprudencia sobre reconocimiento del incentivo FUENTE FORMAL: LEY 1285 DE 2009 - ARTICULO 11 CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION PRIMERA
Consejero ponente: MARCO ANTONIO VELILLA MORENO
...masACCION POPULAR - Derechos colectivos a la seguridad, a la realización de las construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos respetando las disposiciones jurídicas, de manera ordenada, y dando prevalencia al beneficio de la calidad de vida de los habitantes / ACCION POPULAR - Improcedencia por no estar demostrada la vulneración alegada por el actor. Carga de la prueba En el caso sub examine, la Sala advierte que no obra dentro del expediente prueba ...mas
ACCION POPULAR - Se reconoce incentivo económico en demandas interpuestas antes de entrar en vigencia Ley 1425 de 2010 Frente a la norma que consagraba el incentivo, la Sección Primera ha considerado que es de carácter sustancial; y de ahí que si el derecho colectivo se ampara en virtud de la actividad desplegada por el actor, éste tiene derecho al mismo, siempre y cuando la demanda se haya incoado con anterioridad a la promulgación de la Ley 1425 de 2010 (29 ...mas
DERECHO A LA SEGURIDAD Y SALUBRIDAD PUBLICA - Propaganda de bebidas embriagantes / ACCION POPULAR - Carga de la prueba Si bien es cierto que las fotografías por si solas no demuestran la vulneración de los derechos colectivos, en la medida que no se tiene certeza de la fecha y lugar en que se capturaron las imágenes, en este caso el testigo de una de las empresas vinculadas al proceso, afirmó que se trataba de la misma valla ubicada en la variante Turín La popa, objeto d ...mas
ACCION POPULAR - Procedencia del incentivo Frente al tema del incentivo, la tesis de la Sección Primera ha sido la de considerar que la reforma contenida en la Ley 1425 es de carácter sustancial, no procesal. De ahí que si el derecho colectivo se ampara en virtud de la actividad desplegada por el actor, éste tendrá derecho al mismo siempre y cuando la demanda se haya incoado con anterioridad a la promulgación de la misma, esto es, 29 de diciembre de 2010. ...mas
FACULTAD IMPOSITIVA TERRITORIAL - Los entes territoriales pueden establecer los elementos del tributo cuando la ley no los ha fijado conforme con las pautas del legislador / FACULTAD IMPOSITIVA DE LOS MUNICIPIOS - Es derivada y está supeditada a lo dispuesto en la ley, ordenanzas o acuerdos / POTESTAD IMPOSITIVA MUNICIPAL - Es limitada, solo el Congreso puede crear tributos La Carta Política, a la vez que dispone la potestad tributaria plena de que es titular el Cong ...mas
TRIBUTOS - Son reserva de ley / FACULTAD IMPOSITIVA DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES - Pueden fijar directamente los elementos esenciales de los tributos locales siempre que hayan sido creados por el legislador Se concluye que en tiempos de paz, el Congreso de la República es el único ente autorizado para la creación de leyes, es decir que el poder tributario recae en dicho órgano de elección popular, el cual debe sujetarse a los lineamientos establecidos por la Constit ...mas
IMPUESTO - Definición, elementos, objeto / TASA - Definición / CONTRIBUCION - Definición, objeto NOTA DE RELATORIA: Se reitera la sentencia, Consejo de Estado, Sección Cuarta, del 17 de agosto de 2006, Radicado 2003-1085, M.P. María Inés Ortíz Barbosa. NORMA DEMANDADA: ACUERDO 55 DE 2001 (21 de agosto) CONCEJO MUNICIPAL DE PEREIRA – (Anulado) / ACUERDO 31 DE 2004 (23 de agosto) CONCEJO MUNICIPAL DE PEREIRA – (Anulado) / ACUERDO 74 DE 2 ...mas