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NOTIFICACION POR CONDUCTA CONCLUYENTE - Eventos: artículo 48 Código Contencioso Administrativo En el caso sub examine se alegó por la demandante, como uno de los motivos principales de reproche de legalidad de los actos acusados, la violación del derecho de defensa, por razón de la falta de notificación de las decisiones proferidas en el procedimiento de restitución de bien de uso público adelantado por el Distrito de Cartagena de Indias. Pues bien, aunque como lo se ...mas
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No selecciona FUENTE FORMAL: LEY 1285 DE 2009 - ARTICULO 11 CONSEJO DE ESTADO SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA
Consejera ponente: BERTHA LUCIA RAMIREZ DE PAEZ
Bogotá, D.C., doce (12) de abril de dos mil doce (2012) Radicación número: 11001-33-31-043-2008-00056 ...mas
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No selecciona FUENTE FORMAL: LEY 1285 DE 2009 - ARTICULO 11 CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION PRIMERA
Consejera ponente: MARIA ELIZABETH GARCIA GONZALEZ
Bogotá, D.C., seis (6) de se ...masREVISION EVENTUAL DE ACCION DE GRUPO - No selecciona porque no se acreditó necesidad de unificación der la jurisprudencia Al analizar el memorial contentivo de la solicitud de revisión se advierte que la parte actora no expresa los motivos que, a su juicio, justifiquen que la providencia proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca debe ser objeto de revisión con el fin de unificar la Jurisprudencia. En efecto, no enuncia ni explica cuáles son las posicion ...mas
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No selecciona FUENTE FORMAL: LEY 1285 DE 2009 - ARTICULO 11 CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION PRIMERA
Consejero ponente (E): MARCO ANTONIO VELILLA MORENO
Bogotá, D. C., ve ...mas
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - Selecciona ante necesidad de unificar la jurisprudencia sobre reconocimiento del incentivo FUENTE FORMAL: LEY 1285 DE 2009 - ARTICULO 11
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION PRIMERA
...mas
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - Selecciona ante necesidad de unificar la jurisprudencia sobre reconocimiento del incentivo económico cuando el proceso termina con sentencia aprobatoria de pacto de cumplimiento FUENTE FORMAL: LEY 1285 DE 2009 - ARTICULO 11 CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION PRIMERA
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - Selecciona ante necesidad de unificar la jurisprudencia sobre aplicabilidad del impuesto de alumbrado público FUENTE FORMAL: LEY 1285 DE 2009 - ARTICULO 11
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION ...mas
ACCION PUBLICA DE NULIDAD ELECTORAL - Competencia Sala Plena. Importancia jurídica La competencia de esta Sala para conocer de la acción electoral de la referencia, en única instancia, se determinó en la Sesión del pasado 14 de febrero de 2012, en la cual se estableció que el presente asunto, por su importancia jurídica, debía ser decidido por la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo; con fundamento en lo regulado en el artículo 130 del Decreto 01 de 1984, refo ...mas
ACTOS DE TRAMITE O PREVIOS AL ACTO QUE DECLARA LA ELECCION - No son pasibles de la acción electoral Por regla general los actos previos o de trámite no pueden ser objeto del contencioso electoral, ya que ese planteamiento concuerda con lo establecido en los artículos 49 y 50 del C.C.A., en tanto disponen en su orden que “No habrá recurso contra los actos de carácter general, ni contra los de trámite,…”, y que “Son actos definitivos, [los] que ponen fin a una actuación ...mas
INHABILIDAD DE CONGRESISTA - Término dentro del cual opera la prohibición para ser elegido. Causales / INHABILIDAD DE REPRESENTANTE A LA CAMARA POR PARENTESCO CON FUNCIONARIO QUE EJERCE AUTORIDAD CIVIL - Se aplica para la fecha de las elecciones El régimen de inhabilidades de los congresistas, que prevé el artículo 179 de la Constitución, se caracteriza porque, por lo general, en las distintas causales expresamente se precisa de un tiempo o término de ...mas
ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Competencia de Sala Plena. Importancia jurídica Por importancia jurídica, corresponde a la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo decidir sobre la competencia del Consejo de Estado para conocer del presente proceso, de conformidad con lo dispuesto en los numerales 5 y 6 del artículo 37 de la Ley 270 de 1996. El caso fue remitido a ésta Sala por virtud de la solicitud hecha por la Sección Tercera, en sesión lleva ...mas
MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL - Facultades para obligar a ARS. Celebración de convenios / ACCESO A SERVICOS DE SALUD - En lo concerniente a lo no cubierto por el POSS plan obligatorio de salud subsidiado Se hace necesario indicar que el CNSSS, fue creado por el artículo 171 de la Ley 100 de 1993, y que a través del Acuerdo 31 de 1996, adoptó su reglamento, estableciéndose en los artículos 2° y 3° de dicho Acuerdo su naturaleza y funciones, así: “Artículo 2o ...mas
HOJA DE SERVICIOS – Acto de trámite. Impugnación No desconoce la Sala que en reiteradas ocasiones se ha sostenido que la hoja de servicios y todos los actos que se profieran en relación con ella son de trámite, pero si, como en este caso, existe inconformidad con el grado militar asignado porque ello afectaría la pensión, ha de concluirse que al negarse su modificación se está frente a actos de trámite que ponen fin a la actuación ante el Ministerio de D ...mas
HOJA DE SERVICIO - Documento previo para la obtención de la asignación de retiro / HOJA DE SERVICIO CON FINES PRESTACIONALES Y PENSIONALES - Es una actuación administrativa previa y necesaria para la asignación de retiro / RECONOCIMIENTO DE LA ASIGNACION DE RETIRO - Es competencia de la caja de retiro de las fuerzas militares / ELABORACION DE LA HOJA DE SERVICIO - Es competencia del Ministerio de Defensa / MIEMBROS DE LAS BANDAS DE GUERRA DEL EJERCITO - Se reputan militares por el re ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Consejero ponente: VICTOR HERNANDO ALVARADO ARDILA Bogotá, D.C., cuatro (4) de agosto de dos mil diez (2010) Radicación número: 11001-03-25-000-2004-00223-01(4649-04) Actor: LUIS ...mas
ACUMULACION DE PROCESOS – Requisitos / ACCION DE NULIDAD – Acumulación de procesos Debe tratarse de procesos de nulidad y restablecimiento del derecho; 2) deben ser procesos homogéneos, ordinarios de primera o de única instancia; 3) que no se encuentren en diferentes instancias; y 4) que exista solicitud de alguna de las partes .De lo anteriormente transcrito, se observa que se cumplen los presupuestos, teniendo en cuenta que se trata de ...mas
TIEMPOS DOBLES – Reconocimiento. Requisitos De tal suerte que para tener derecho a los tiempos dobles, se debe acreditar: a)-. Que existan normas que declaren el estado de sitio y que en cada caso lo restablezcan, b)-. Que el Gobierno por acto administrativo, previas las consideraciones del Consejo de Ministros y siempre que las condiciones lo justifiquen, determine las zonas donde el servicio prestado por los servidores públicos especiales (militares y policías) se compute en f ...mas
PRUEBA - Valor probatorio / DERECHO DE DEFENSA - Derecho a solicitar y controvertir pruebas / PROCESO DISCIPLINARIO - Falta al deber de selección objetiva / PODER DISCIPLINARIO DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION - Deber de valorar las pruebas en conjunto / PRINCIPIO NON BIS IN IDEM - Al ser declarado insubsistente con motivo de los mismos hechos materia de la sanción disciplinaria / SANCION DISCIPLINARIA - Garantizar las funciones y fines del estado ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION B Consejera ponente: BERTHA LUCIA RAMIREZ DE PAEZ Bogotá, D.C., cuatro (4) de agosto dos mil diez (2010) Radicación número: 11001-03-25-000-2004-00106-00(1236-04) ...mas