Archivo de la Categoría 1.3. CONSEJO DE ESTADO

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11001-03-24-000-2004-00037-00 SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

CLUB MILITAR DE LAS FUERZA MILITARES - Creación legal / CLUB DE SUBOFICIALES DE LAS FUERZAS MILITARES - Creación. Finalidad / CLUB DE SUBOFICIALES DE LAS FUERZAS MILITARES - Sección del Club Militar   En primer término, se tiene que mediante el artículo 2º la Ley 124 de 1948, “por el cual se establece un plan de viviendas y se crea un club con destino a las Fuerzas Militares, y se provee a los auxilios fiscales para su edificación, instalación y funcionamiento” se ...mas

11001-03-24-000-2004-00034-00 SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE NULIDAD - Procedencia frente a acto general derogado / ACTO ADMINISTRATIVO GENERAL DEROGADO - Examen de legalidad   En lo que hace al primer aspecto, observa la Sala que pese a que el Decreto 3344 del 20 de noviembre de 2003, norma censurada, fue derogado expresamente por el Decreto 800 del 14 de marzo de 2008 proferido por el Ministerio de la Protección Social que reglamentó parcialmente el artículo 28 de la Ley 1122 de 2007, no es óbice para que esta Jurisdicci ...mas

11001-03-24-000-2004-00027-00 SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

REGISTRO DE MARCA / EXAMEN DE REGISTRABILIDAD - Elemento que prevalece   En relación con el examen de registrabilidad, para efectos de determinar el riesgo de confusión, debe hacerse énfasis en la aplicación de las reglas elaboradas por la doctrina y acogidas por la jurisprudencia comunitaria, las cuales, según reiterada jurisprudencia de esta Corporación consisten en lo siguiente: “Regla 1.- La confusión resulta de la impresión de conjunto despertada por las marcas. ...mas

11001-03-24-000-2004-00026-00 SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

SOLICITUD DE REGISTRO DE MARCA / OPOSICION - Sujetos legitimados para presentarla   La normativa comunitaria citada es clara al señalar: i) que para que un signo sea registrable como marca debe ser susceptible de representación gráfica y debe ser distintivo; y ii) que cuando el signo cuyo registro se solicita es idéntico o se asemeja  a una marca previamente solicitada para registro o ya registrada a nombre de un tercero, para identificar productos o servicios iguales o si ...mas

11001-03-24-000-2003-00508-01 SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

PATENTE DE INVENCION - Concedida a la denominada modificación de cristal de un derivado de N-Fenil -2-Pirimidinamina, procesos para su fabricación y uso / NIVEL INVENTIVO - Existencia   Los dos expertos son contestes en afirmar que la invención cuyo privilegio de patente fue negada por la Superintendencia de Industria y Comercio, sí posee nivel inventivo; el experto Bertrand Sutter señala que la forma "0" del cristal del N-feni1-2-pirimidinamina presenta una morfo ...mas

11001-03-24-000-2003-00442-01 SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

CANCELACION PARCIAL POR FALTA DE USO DE REGISTRO DE MARCA - Normas comunitarias. Normatividad aplicable   Los requisitos para que opere la cancelación parcial por no uso son: a) Que una marca determinada no se esté usando para algunos de los productos o servicios para los cuales se hubiese registrado; y, b) Que los productos o servicios para los cuales se usa la marca no sean idénticos o similares a los que sí han sido autorizados, salvo que esa diferencia sea en substancia ...mas

11001-03-24-000-2003-00399-01 SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

ACTO ADMINISTRATIVO - Naturaleza administrativa o judicial   El elemento decisorio para determinar si el libelo en estudio constituye un recurso de apelación contra un acto proferido por la Superintendencia demandada o una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho en su contra es establecer la naturaleza administrativa o judicial de los actos cuestionados. Lo anterior, porque si la naturaleza de los actos cuestionados es judicial se debería remitir al funcionario c ...mas

11001-03-24-000-2003-00354-01 SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

PATENTE DE INVENCION - Inexistencia de nivel inventivo / NIVEL INVENTIVO - Inexistencia en la solicitud consistente en composiciones masticables que refrescan el aliento, que comprenden mentol y carboxamida de p-mentano n-sustituido / PATENTE DE INVENCION - Improcedencia   La Sala encuentra que le asiste razón a la Superintendencia de Industria y Comercio, por cuanto la creación que la actora pretende patentar no reviste de novedad ni de nivel inventivo que se requiere para q ...mas

11001-03-24-000-2003-00342-01 SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

COTEJO MARCARIO - Entre las marcas VOGUE y VOGUE previamente registrada / SIMILITUD FONETICA, ORTOGRAFICA E IDEOLOGICA - Entre las marcas VOGUE y VOGUE previamente registrada / CONEXION COMPETITIVA - Existencia entre productos que amparan marcas VOGUE y VOGUE de las clases 3 y 25 de la Clasificación Internacional de Niza / RIESGO DE CONFUSION - Entre las marcas VOGUE y VOGUE previamente registrada   Al efectuar el cotejo marcario entre los signos enfrentados, la Sala observa q ...mas

11001-03-24-000-2003-00322-01 SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

MARCA COLOMBINA - Notoriedad / MARCA NOTORIA - Protección especial / MARCA COLOMBINA IMPERIAL - El vocablo colombina le da aptitud distintiva y diferenciadora por su grado de notoriedad / TERMINO IMPERIAL - es adicional a la marca notoria Colombina / MARCA COLOMBINA IMPERIAL - Improcedencia de su cancelación por no uso / CANCELACION DE MARCA POR NO USO - Análisis coetáneo de las normas que la regulan junto con las que rigen para las marcas notoriamente conocidas / MARCAS NOTORIAS EN COLOM ...mas

11001-03-24-000-2003-00254-01 SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS - Incompetencia para asignar el pago por concepto de honorarios por defensas judiciales a los agentes del mercado de energía mayorista   Los honorarios por defensas judiciales no son asimilables a un costo operativo, ni a un costo de inversión ni  a un costo de proyectos. Se trata de sumas de dinero pagadas a profesionales del derecho por defensas judiciales. Es, fuerza, entonces, concluir que no está comprendido dentro del ámbito ma ...mas

11001-03-24-000-2003-00154-01 SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

EXTRADICION - Fundamento del concepto de la Corte Suprema de Justicia / EXTRADICION - Trámite para su concesión   De acuerdo con el Código de Procedimiento Penal (Ley 600 de 2000 vigente para la época de los hechos), el trámite de extradición se cumple así: (i) Se realiza una actividad administrativa que corresponde a los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Justicia y del Derecho. El primero emite concepto que exprese si es del caso proceder con sujeción a convenc ...mas

11001-03-24-000-2003-00114-01 SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

CANCELACION CERTIFICADO DE REGISTRO DE MARCA - No uso de la marca Laboratorios Aproqim / CARGA DE LA PRUEBA   Como puede observarse, la esencia de las normas transcritas de la Decisión 486 de 2000, es la misma de las de la Decisión 344 de 1993, esto es, que el registro de la marca se puede cancelar a solicitud de cualquier persona interesada, cuando sin motivo justificado la marca no se utilice por su titular o por el licenciatario, durante los tres años consecutivos precedentes a ...mas

11001-03-24-000-2003-00036-01 SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

COTEJO MARCARIO - Similitud visual y fonética / EXISTENCIA CONEXION COMPETITIVA - Criterios para establecerla / REGISTRABILIDAD - Debe centrarse en la aptitud distintiva de los signos   La Sala entonces, procederá a verificar si en el caso examinado la Superintendencia de Industria y Comerció atendió los criterios ordenados en las normas transcritas y, en todo caso, si la marca cuyo registro se pretende anular se encuentra incursa en las causales de irregistrabilidad que ...mas

11001-03-24-000-2002-00367-01 SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

MARCA NOTORIA - Riesgos a los que se expone en el mercado   En la interpretación prejudicial 100-IP-2010, correspondiente a este proceso, el citado Tribunal se refiriere en la siguiente forma a los riesgos a los que se exponen las marcas notorias, remitiéndose para el efecto al pronunciamiento expresado por él mismo dentro del proceso 35-IP-2008: - El riesgo de confusión es la posibilidad de que el consumidor al adquirir un producto piense que está adquiriendo otro (confus ...mas

11001-03-24-000-2002-00273-01 SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

PATENTE DE INVENCION - Requisitos de patentabilidad establecidos por normas comunitarias   De conformidad con las normas comunitarias aplicables al caso, la patentabilidad de una invención depende fundamentalmente de su novedad, su altura inventiva y su aplicación industrial. Significa lo anterior que la creación no puede ni debe estar comprendida en el estado de la técnica, es decir, no formar parte del conjunto de conocimientos tecnológicos accesibles al público con ant ...mas

11001-03-24-000-2002-00265-01 SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

REGISTRO DE MARCA / EXAMEN DE REGISTRABILIDAD - Elemento que prevalece   Siguiendo las orientaciones del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, la Sala debe comenzar por advertir que la marca cuyo registro se cuestiona y la marca previamente registrada, se expresan como se señala a continuación: Como se ha reiterado en la jurisprudencia de esta Sección, al momento de realizar un cotejo marcario, debe identificarse cuál elemento prevalece, si el denominativo o el gráf ...mas

11001-03-24-000-2002-00231-01 SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

INVENCION - Requisitos de patentabilidad establecidos por normas comunitarias / NIVEL INVENTIVO - Necesariamente debe presentar un adelanto o un avance / NIVEL INVENTIVO - Carga de la prueba   De conformidad con las normas comunitarias aplicables al caso, la patentabilidad de una invención depende fundamentalmente de su novedad, su altura inventiva y su aplicación industrial. Significa lo anterior que la creación no puede ni debe estar comprendida en el estado de la técn ...mas

11001-03-24-000-2002-00137-01 SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

REGISTRO DE MARCA - Examen de registrabilidad / COTEJO MARCARIO - Determinación elemento. Combinación de elementos   Ahora bien, en relación con el examen de registrabilidad, la Interpretación Prejudicial rendida en este proceso, para efectos de determinar el riesgo de confusión, hace énfasis en que debe hacerse aplicación de las reglas elaboradas por la Doctrina y acogidas por la jurisprudencia comunitaria. De hecho, en ella se lee lo siguiente: “1. La confusión resu ...mas

11001-03-24-000-2002-00070-01 SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

MERCADO MAYORISTA DE ENERGIA / LIBRE COMPETENCIA - Concepto previo de Consejo Nacional de Operación / VICIOS DE PROCEDIMIENTO   El artículo 11 de la Ley 143 de 1994 define el Reglamento de operaciones como el “conjunto de principios, criterios y procedimientos establecidos para realizar el planeamiento, la coordinación y la ejecución de la operación del sistema interconectado nacional y para regular el funcionamiento del mercado mayorista de energía eléctrica”. La mi ...mas

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