Archivo de la Categoría 1.3. CONSEJO DE ESTADO

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Lista Artículos

EXP2000-NQ071 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Requisitos para su concesión   La ‘concesión’ de dicho recurso, según se desprende del tenor literal de la norma procedimental transcrita, es competencia de la Sección o Subsección falladora la cual, para adoptar la decisión respectiva, debe tener en cuenta que éste sea interpuesto contra una sentencia suya, ejecutoriada, dentro de los veinte (20) días siguientes al de la ejecutoria; y que, además,  el mismo venga  sustentado, ...mas

EXP2000-NQ068 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

RECURSO DE QUEJA - Improcedencia frente al auto que rechaza recurso extraordinario de súplica en acción de cumplimiento / RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Improcedencia cuando el Consejo de Estado actúa como juez constitucional / ACCION DE CUMPLIMIENTO - Providencias susceptibles de recurso de queja   Se debate en esta oportunidad, la procedencia del recurso de queja interpuesto contra la providencia de 24 de junio de 1999, proferida por la Sección Primera de la Corpo ...mas

EXP2000-NPID002 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

PERDIDA DE LA INVESTIDURA DE DIPUTADO - Competencia / DIPUTADO - Regulación legal de la pérdida de investidura / COMPETENCIA FUNCIONAL   Las asambleas departamentales son corporaciones públicas de elección popular, de acuerdo a lo señalado en el artículo 299 de la Constitución Política, y por tanto, sus miembros, los diputados, se encuentran sometidos a la posibilidad de ser objeto de la pérdida de investidura, esto es, son sujetos pasivos de la acción pública de pérdida d ...mas

EXP2000-NPID001 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

PERDIDA DE LA INVESTIDURA DE DIPUTADO - Competencia  / DIPUTADO - Regulación legal de la pérdida de investidura   Estando el expediente al Despacho para resolver sobre su admisión, se promulgó, el 9 de octubre del 2000, la Ley núm. 617 de 6 de octubre del mismo año, que en su artículo 48 reguló tales aspectos, entre otros,  frente a los Diputados, y para su trámite se remitió a la Ley 136 de 1994, adscribiendo la competencia para conocer y decidir dicha acción a los Tribu ...mas

EXP2000-NIMP435 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

IMPEDIMENTO DE MAGISTRADO - Trámite en acción de tutela / ACCION DE TUTELA - Trámite de impedimento de magistrado / IMPEDIMENTO CONJUNTO - Trámite en acción de tutela   Al tratarse, en el presente caso, de un incidente de impedimento manifestado en el trámite de acción de tutela son aplicables las causales consagradas en el Código de Procedimiento Penal, por expresa remisión de la norma precitada. Y como quiera que los artículos 105 a 107 de ese estatuto señalan el procedim ...mas

EXP2000-NCA055A Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD - Reglamento sobre créditos a entidades financieras aceptantes de dación en pago / DACION EN PAGO - Créditos a entidades financieras que lo acepten / ENTIDADES FINANCIERAS - Condiciones del crédito a los aceptantes de dación en pago   De manera que la única modificación que le hace la Resolución 3 de 2000, objeto del control de legalidad, a los literales c. de los artículos décimonoveno y vigésimotercero de la Resolución número 003 ...mas

EXP2000-NCA054 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD - Procedencia frente a Resolución 010 de 1999 de FOGAFIN / RESOLUCION 010 DE 1999 DE FOGAFIN - Procedencia del control inmediato de legalidad   La Resolución 010 de 1999 de la Junta Directiva del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, modifica el Capítulo II de la Resolución 003 de 29 de marzo de 1999, en lo relativo a la operación y puesta en marcha, requisitos y condiciones de desembolso del beneficio que por la suma de cuatro ...mas

EXP2000-NCA053 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD - Decreto que reglamenta las condiciones para acreditar calidad de poseedor / CONTROL DE LEGALIDAD - Procedencia frente a decreto 1752 de 1999   La Sala es competente para ejercer el control inmediato de legalidad sobre el Decreto número 1752 de 8 de septiembre de 1.999, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 20 de la Ley 137 de 1994. Dado que el decreto sometido a control es un acto de carácter general, pues  reglamenta lo atinente a ...mas

EXP2000-NCA052 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD - Decreto 1590 de 1999 / DECRETO 1590 DE 1999 - Ajustado a derecho   La Sala Plena de lo Contencioso Administrativo es competente para conocer del control de legalidad del citado Decreto, conforme lo dispuesto en los artículos 20 y 37 ordinal  2º de la Ley 137 de 1994, en cuanto el decreto en mención fue expedido por el Gobierno Nacional, contiene medias de carácter general dictadas en ejercicio de la función administrativa, y en desarrollo ...mas

EXP2000-NCA051 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

CONTROL AUTOMATICO DE LEGALIDAD - Improcedencia porque el examinado no es acto de contenido general / CONTROL DE LEGALIDAD - Improcedencia frente al decreto 1550 de 1999   La Sala observa, a pesar de que el acto que se examina constituye un desarrollo del Decreto Legislativo Núm. 258 de 1999, expedido en cumplimiento de la función administrativa, pues se trata de actividad reglamentaria, que dicho acto no es, sin embargo, de contenido general, ya que se limita a indicar los n ...mas

EXP2000-NCA050 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

      CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD - Procedencia frente al Decreto 1397 de 1999 / DECRETO 1397 DE 1999 – Se declara ajustado a derecho   Por mandato del artículo 20 de la Ley 137 de 1994, la Sala Plena de ésta Corporación, es competente para ejercer el control de legalidad del citado Decreto, toda vez que contiene disposiciones de carácter general, lo dictó el Presidente de la República en ejercicio de una función administrativa como ...mas

EXP2000-NCA048 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD - Procedencia del control / RESOLUCION 005 DE 1999 DE FOGAFIN - Ajustada a derecho   El artículo 20 de la ley 137 de 1994 le confiere al Consejo de Estado el conocimiento del control inmediato de legalidad de los actos administrativos de carácter general proferidos por las autoridades nacionales, como desarrollo de los decretos legislativos emitidos en los estados de excepción.    La Resolución 005 del 9 de junio de 1999 (f. 2-4) proferi ...mas

EXP2000-NCA046 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD - Procedencia frente a la Circular Externa 011 de 1999 de FOGAFIN / CIRCULAR EXTERNA 011 DE 1999 - Se halla ajustada a las normas superiores   La Sala Plena de esta Corporación, de conformidad con los artículos 20 y 37, ordinal 2°, de la ley 137 de 1994, es competente para conocer del control de legalidad impetrado, en cuanto la Circular sometida a éste se expidió por autoridad nacional y contiene medidas de carácter general, dictadas en ...mas

EXP2000-NCA034 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD - Presupuestos de procedencia   A través de la ley 137 de 1.994 se regularon los estados de excepción estipulados en la Carta Política de 1.991, siendo pertinente destacar para el asunto bajo examen el contenido del artículo 20 de la ley son tres los presupuestos requeridos para la procedencia del control inmediato de legalidad, a saber:  Que se trate de un acto de contenido general. Que el mismo se haya dictado en ejercicio de la función ...mas

EXP2000-NCA024 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD - Procedencia sobre decreto que regula póliza colectiva de desempleo / SEGURO DE DESEMPLEO - Beneficiarios / FOGAFIN - Facultad para contratar póliza colectiva de desempleo / POLIZA DE DESEMPLEO - Deudores de créditos hipotecarios para financiación de vivienda de interés social / CONTROL DE LEGALIDAD - Decreto 213 de 1999   El Decreto 2331 de 1998, expresamente autoriza al Gobierno Nacional para expedir el reglamento en relación con el se ...mas

EXP2000-NC706 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

CONFLICTO DE COMPETENCIAS - En acción de reparación directa frente al Banco de la república por el alto costo de obligación en UPAC / CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIAS - Tribunales Administrativos de Norte de Santander y Cundinamarca / ACCION DE REPARACION DIRECTA - Tribunal competente se determina por el lugar de ubicación del bien inmueble   Como se desprende de la demanda, los actores aspiran a que como resultas del proceso instaurado se les resarzan los perjuicios mat ...mas

EXP2000-NC703 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA - Se dirime a favor del Consejo Nacional Electoral /CONFLICTO DE COMPETENCIAS - Comisión Nacional de Televisión y Consejo Nacional Electoral / CONCESIONARIOS DE ESPACIOS DE TELEVISION - Investigación por transmisión de propaganda electoral / PROPAGANDA ELECTORAL - Competencia del Consejo Nacional Electoral para adelantar investigación a concesionarios y operadores de televisión / COMISION NACIONAL DE TELEVISION - Incompetente para investigar   E ...mas

EXP2000-NC672 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

CONFLICTO DE COMPETENCIAS - Tribunales Administrativos de Boyacá y Caldas / CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIAS - Para conocer de la acción popular incoada es competente el Tribunal de Boyacá / JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - Para efecto de la definición de competencia territorial se debe aplicar Acuerdo 88 de 1996 del Consejo Superior de la Judicatura / ACCION POPULAR - Tribunal competente   Mediante acuerdo 88 del 9 de mayo de 1996, esa misma Corporación dete ...mas

EXP2000-NC670 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

ACCION DE DEFINICION DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS - Contralorías General de la República y Municipal de Cúcuta / CONFLICTO DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS - Competencia de la Contraloría General de la República para investigar fiscalmente al Concejo Municipal / CONTROL POSTERIOR - Alcance / CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA - Competencia excepcional para adelantar control de las cuentas de entidades territoriales / CONCEJO MUNICIPAL - Competencia excepcional de la Contral ...mas

EXP2000-NC653 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIAS - Competencia a prevención en acción de tutela / COMPETENCIA A PREVENCION - Procedencia en acción de tutela / ACCION DE TUTELA - Competencia a prevención / CONFLICTO DE COMPETENCIAS - Tribunales Administrativos de Cundinamarca y Casanare   Siendo el conocimiento de la acción de tutela, por el factor territorial, a prevención, debe entenderse que cuando la amenaza o violación de los derechos constitucionales fundamentales acaece en un lugar don ...mas

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