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PENSION DE JUBILACION HOSPITAL MILITAR CENTRAL - Reajuste LEY 4 DE 1976. Reajuste pensional - interpretación de la Ley 4 de 1976 REAJUSTE PENSIONAL - Aplicación de Decreto 2108 de 1992 / SENTENCIA DE INEXEQUIBILIDAD - Efectos. Articulo 116 Ley 6 de 1992 PERSONAL CIVIL DE LAS FUERZAS MILITARES - Régimen aplicable / HOSPITAL MILITAR CENTRAL - Régimen aplicable Ver sentencia de 17 de mayo de 2007, ...mas
INCREMENTO SALARIAL - Procedente. La entidad no puede negarse a su reconocimiento, argumentando cambio de naturaleza de las funciones del centro sanitario / INCREMENTO SALARIAL AUTOMATICO - Factores de liquidación en campaña antituberculosa oficial. Las prestaciones y otros conceptos invocados como auxilios de alimentación, transporte, primas, bonificación, no son factores de liquidación / HOSPITAL SANTA CLARA - Incremento salarial en régimen especial de campaña antituberculosa. Est ...mas
INSUBSISTENCIA – En el DAS se puede declarar en cualquier momento y sin motivar la providencia en virtud de la facultad discrecional / INSUBSISTENCIA – Causales respecto de los empleados del régimen especial de carrera del Departamento Administrativo de Seguridad DAS / FACULTAD DISCRECIONAL – Debe estar precedida de razones del servicio que justifiquen el acto de retiro / DECLARATORIA DE INSUBSISTENCIA – No es obligación dejar constancia en l ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: ALBERTO ARANGO MANTILLA Bogotá, D.C., diez (10) de mayo de dos mil siete (2007) Radicación número: 25000-23-25-000-2000-07184-01(3434-04) ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION B Consejero ponente: ALEJANDRO ORDOÑEZ MALDONADO Bogotá, D.C., diecinueve (19) de julio dos mil siete (2007) Radicación número: 25000-23-25-000-2000-06998-01(1895-06) ...mas
SUPRESION DE CARGO – Eventos en que se considera que no hay supresión efectiva / RECLASIFICACION DEL CARGO – Derecho del empleado a la reincorporación / FALSA MOTIVACION – Supresión no efectiva de cargo De conformidad con las disposiciones que regulan la materia, se considera que no hay supresión efectiva de un cargo, según lo establecen el parágrafo del artículo 39 de la Ley 443 de 1998 y el del artículo 149 del Decreto 1572 de 1998, cuando: se conser ...mas
REGIMEN ESPECIAL DE CARRERA DE CARRERA DETECTIVES DEL DAS - Insubsistencia.Facultad discrecional / ACTO DE INSUBSISTENCIA DE DETECTIVE DEL DAS - No requiere motivacion En el presente caso la determinación de declarar insubsistente el nombramiento del demandante tuvo sustento en el literal b) del artículo 66 del Decreto 2147 de 1989, no en el artículo 35 del Decreto 2146 de 1989, transcrito. En esta declaratoria de insubsistencia, por tratarse del eje ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Salvamento de voto: JAIME MORENO GARCIA Bogotá, D.C., doce (12) de marzo de dos mil siete (2007) Radicacion numero: 25000-23-25-000-2000-05913-01(3968-03) ...mas
ASIGNACION BASICA DE MAYOR GENERACION - Modificación / DERECHOS ADQUIRIDOS - Improcedencia las pretensiones de las actoras en los términos anotados, no tienen vocación de prosperidad, en razón a que, como se ha expresado en reiterados pronunciamientos, del ordenamiento general y abstracto, no pueden predicarse derechos adquiridos.Estos se deducen de situaciones jurídicas individuales consolidadas o derechos causados bajo el imperio de una determina ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION B Consejero ponente: JESUS MARIA LEMOS BUSTAMANTE Bogotá, D.C., veintisiete (27) de septiembre de dos mil siete (2007) Radicación número: 25000-23-25-000-2000-05794-01( ...mas
ABANDONO DEL CARGO – No justifica la inasistencia al sitio de trabajo una Incapacidad médica expedida por médico no autorizado por la entidad Al contrario de lo referido antes, el actor decidió utilizar los servicios del médico particular Miguel Maldonado J., que no pertenecía a ninguna de las entidades asistenciales a que alude el artículo 81 del Decreto 1211 de 1990, ni se encontraba vinculado por contrato para la prestación de servicios médicos a los empleados del ent ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION B Consejero ponente: ALEJANDRO ORDOÑEZ MALDONADO Bogotá, D.C., primero (1) de febrero de dos mil siete (2007) Radicación número: 25000-23-25-000-2000-05732-01(1526-04) ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION B Consejero ponente: JESUS MARIA LEMOS BUSTAMANTE Bogotá, D.C., siete (7) de junio de dos mil siete (2007) Radicación número: 25000-23-25-000-2000-05720-01(4171-04) ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejera ponente: ANA MARGARITA OLAYA FORERO Bogotá, D.C., diecinueve (19) de abril de dos mil siete (2007) Radicación número: 25000-23-25-000-2000-05681-01(2972-05) ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: ALBERTO ARANGO MANTILLA Bogotá, D.C., primero (1) de febrero de dos mil siete (2007) Radicación número: 25000-23-25-000-2000-05587-01(3719-05) ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: JAIME MORENO GARCIA Bogotá, D.C., ocho (8) de marzo de dos mil siete (2007) Radicación número: 25000 23 25 000 2000 05518 01(0311-05) ...mas
RETIRO DEL SERVICIO POR SUPRESION DE CARGO - Procedencia porque se trata de un educador en provisionalidad. La inscripción en el escalafón docente no confiere estatus de carrera / ESCALAFON DOCENTE - No otorga a los educadores oficiales el ingreso automático a la carrera docente, ni confiere prerrogativas inherentes a la carrera docente / DOCENTE - Procedencia del retiro, se trata de un educador provisional Con la supresión de cargos que ocurrió ...mas
SOBRESUELDO – 15 por ciento sobre la asignación básica para los docentes del nivel preescolar. Requisitos Conforme a los artículos 1, 18 y 20 del Decreto No. 52 de 1994; 16 y 18 del Decreto No. 82 de 1995; 1, 15 y 17 del Decreto 45 de 1996; 14 del Decreto No. 45 de 1997; 13 y 14 del Decreto No. 47 de 1998; y 1, 13 y 14 del Decreto No. 51 de 1999, los docentes del nivel preescolar que antes del 23 de febrero de 1984 se vincularon a dicha actividad ...mas
SUPRESION DE CARGO DE MUJER EMBARAZADA - No desvirtuada su legalidad. No vulneración de tratamiento preferencial / PROCESO DE REESTRUCTURACION EN CANAL CAPITAL - Se ajusta a la normatividad legal que regula estos procesos / MATERNIDAD - La entidad intenta proteger a la actora al darle la oportunidad de vincularse mediante contrato de trabajo a término indefinido / INCORPORACION A LA NUEVA PLANTA DE PERSONAL - La administración no desconoció las equivalencias entre el cargo suprimido y el cre ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejera ponente: ANA MARGARITA OLAYA FORERO Bogotá, D.C., quince (15) de febrero de dos mil siete (2007) Radicación número: 25000-23-25-000-2000-05338-02(1733-06) ...mas