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CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN Bogotá, D.C., dos (2) de octubre de dos mil ocho (2008) Radicación número: 25000-23-25-000-2004-06148-02(1901-08) ...mas
PENSION GRACIA - Requisitos. Beneficiarios / PENSION GRACIA - No opera frente a decretos del orden nacional / PENSION GRACIA - No tienen derecho quienes hayan servido en centros educativos de carácter nacional. Antecedentes jurisprudencial / DOCENTE NACIONAL - Improcedente de reconocimiento de la pensión gracia / PLANTELES NACIONALES - Improcedente. El tiempo laborado no se tiene en cuenta para el reconocimiento de la pensión gracia La Ley 114 de 191 ...mas
SUSTITUCION DE CUOTA PARTE PENSIONAL - Obligación de pago / REGIMEN PENSIONAL ESPECIAL - Con las Ordenanzas 02 de 1976 y 18 de 1977 no se estaba creando una prestación social periódica / REGIMEN PENSIONAL ORDENANZAL - Recuento normativo y jurisprudencial Las pretensiones de la demanda se fundamentan en lo dispuesto en los artículos 2 y 3 de la Ordenanza 02 de 1976, expedida por la Asamblea Departamental de Cundinamarca y en el artículo 3º de la O ...mas
UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS - Naturaleza jurídica REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS - Fijación. Competencia / CONVENCION COLECTIVA - No aplicación a empleados públicos / PENSION DE JUBILACION - No puede ser reglamentada por la Junta Directiva de los entes universitarios CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN Bogotá, D.C., dos (2) de octubre de dos mil ocho (2008) Radicación número: 25000-23-25-000-2004-05479-01(2184-07) ...mas
PENSION DE JUBILACION DE DOCENTE TERRITORIAL - Evolución normativa / REGIMEN DE TRANSICION - Aplicación / PENSION DE JUBILACION DE DOCENTE - Reconocimiento conforme al régimen de transición de la ley 33 de 1985 Antes de la vigencia de la Ley 33 de 1985, la norma aplicable para los empleados de los niveles departamental y municipal era la Ley 6ª de 1945, precepto que establecía como requisito para tener derecho a la pensión, sin distingo de sexo, llegar a la e ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION B Consejero ponente: GERARDO ARENAS MONSALVE Bogotá, D.C., cuatro (4)) de septiembre de dos mil ocho (2008) Radicación número: 25000-23-25-000-2004-05337-02(0989-07) ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN Bogotá, D.C., dos (2) de octubre de dos mil ocho (2008) Radicación número: 25000-23-25-000-2004-05163-02(2000-08) ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: JAIME MORENO GARCIA Bogotá, D.C., cinco (5) de junio de dos mil ocho (2008) Radicación número: 25000-23-25-000-2004-05163-01(0235-08) ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON Bogotá, D.C., trece (13) de junio de dos mil ocho (2008) Radicación número: 25000-23-25-000-2004-04605-01(6171-05) ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON Bogotá, D.C., ocho (8) de mayo de dos mil ocho (2008) Radicación número: 25000-23-25-000-2004-04425-01(0177-08) ...mas
PRIMA DE GASTOS DE REPRESENTACION DE OFICIALES Y SOBOFICIALES DEL ESCALAFON COMPLEMENTARIO – No es factor salarial para la liquidación de la asignación de retiro / ASIGNACION DE RETIRO DE OFICIALES Y SOBOFICIALES DEL ESCALAFON COMPLEMENTARIO – No es factor de liquidación la prima de gastos de representación / PRIMA DE GASTOS DE REPRESENTACION – Es factor para la liquidación de la asignación de retiro de oficiales general o de insignia y de los funcionarios enlistados en el artícul ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCIÒN B Consejero ponente: GERARDO ARENAS MONSALVE Bogotá, D.C., veinticinco (25) de septiembre de dos mil ocho (2008) Radicación número: 25000-23-25-000-2004-03792-02(1009- ...mas
SUPRESION DE CARGO EN EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - No incorporación a nueva planta de personal / ACTO DE COMUNICACION DE SUPRESION - En este caso constituyó acto de retiro / DIRECTOR DE TALENTO HUMANO - Competencia en casos de supresión de cargo / ACTO DE RETIRO POR SUPRESION DE CARGO - Expedición por funcionario incompetente Mediante comunicación de 23 de enero de 2004, el Director de Talento Humano informó a la demandante su retiro d ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de julio de dos mil ocho (2008) Radicación número: 25000-23-25-000-2004-03531-01(18 ...mas
EMPRESA DE ENERGIA ELECTRICA DE BOGOTA - Transformación de establecimiento público a empresa industrial y luego a empresa de servicios públicos / TRANSFORMACION DE ENTIDAD - De establecimiento público a empresa industrial y luego a empresa de servicios público / EMPLEADO PUBLICO - No se pierde esa calidad por la transformación de la entidad. Reajuste pensional / REAJUSTE PENSIONAL - Normas aplicables en transformación de establecimiento a empresa de servicios públicos ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN Bogotá, D.C., dos (2) de octubre de dos mil ocho (2008) Radicación número: 25000-23-25-000-2004-03287-02(1876-08) ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN Bogotá, D.C., dos (2) de octubre de dos mil ocho (2008) Radicación número: 25000-23-25-000-2004-03275-02(0554-08) ...mas
REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL DE LA RAMA JUDICIAL Y DE LA JUSTICIA PENAL MILITAR – Regulación legal / INCREMENTO SALARIAL PARA EMPLEADOS DE LA RAMA JUDICIAL DEL REGIMEN ANTIGUO – Alcance Entendiendo que el ordenamiento jurídico debe tener armonía, resultaría incoherente que el valor de la remuneración que corresponde a cada empleado se incremente cada año dos veces con el mismo porcentaje. En efecto, se observa que el valor nominal de increm ...mas
ASCENSO EN EL ESCALAFON DOCENTE - Evolución normativa / MEJORAMIENTO ACADEMICO DE EDUCADORES CON TITULO DE DOCENTES - El acuerdo del Icfes que lo reglamentaba fue anulado parcialmente / MEJORAMIENTO ACADEMICO - Normatividad. Requisitos para su reconocimiento Para resolver la cuestión litigiosa precisará la Sala, en primer lugar, las normas que regulan este beneficio y las condiciones requeridas para ser acreedor al mismo. El Decreto-Ley 2277 de 1 ...mas