Archivo de la Categoría 1.3.4.15 Sec. 2 2010

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Lista Artículos

05001-23-31-000-2004-01615-01(0916-09) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Consejero ponente: VICTOR HERNANDO ALVARADO ARDILA   Bogotá, D.C., veintinueve (29) de abril de dos mil diez (2010)   Radicación número: 05001-23-31-000-2004-01615-01(091 ...mas

05001-23-31-000-2004-01574-01(1927-09) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

PRIMA DE ACTUALIZACION PARA LAS FUERZAS MILITARES Y POLICIA NACIONAL - Prescriben en cuatro años desde la fecha en que se hicieron exigibles / OFICIALES EN RETIRO - El derecho de prima de actualización surgió con la sentencia de nulidad que produce efectos ex tunc / EFECTOS EX TUNC - Sentencia de nulidad / PRESCRIPCION - Derechos prestacionales   De conformidad con el artículo 113 del Decreto 1213 de 1990, los derechos prestacionales consagrados a fav ...mas

05001-23-31-000-2004-01189-01(1608-09) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Consejero ponente: BERTHA LUCIA RAMIREZ DE PAEZ   Bogotá, D.C., doce (12) de agosto de dos mil diez (2010)   Radicación número: 05001-23-31-000-2004-01189- 01(1608-09) ...mas

05001-23-31-000-2004-01189-01(1608-09) (1) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

RETIRO DEL SERVICIO ACTIVO DE LA POLICIA NACIONAL – Facultad discrecional   De conformidad con la providencia en cita la facultad discrecional puede ser ejercida no sólo como consecuencia de la evaluación del cumplimiento del deber de los funcionarios que la integran sino que también deben examinarse  elementos de confianza y moralidad que garantizan la buena prestación del servicio.   FUENTE FORMAL: DECRETO 1791 DE 2000 – ARTICULO 55 / DECRETO 1791 DE 2000 – ART ...mas

05001-23-31-000-2004-01178-01(1926-09) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Consejero ponente: GERARDO ARENAS MONSALVE   Bogotá, D.C., veintinueve (29) de julio de dos mil diez (2010)   Radicación número: 05001-23-31-000-2004-01178- 01(1926-09) ...mas

05001-23-31-000-2004-01178-01(1926-09) (1) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

REMUNERACION DE ESCRIBIENTE DE LA RAMA JUDICIAL – Fijación no es competencia del Consejo Superior de la Judicatura. Sentencia de nulidad / NIVELACION SALARIAL DE ESCRIBIENTE DE LA RAMA JUDICIAL – Reconocimiento   El literal f) del artículo 1 del Acuerdo 5 de 1993 anteriormente descrito fue demandado y anulado por el Consejo de Estado en sentencia del 6 de diciembre de 2001, en la cual se precisó: “...como el cargo de Escribiente se encontraba contemplado en el artículo 3º d ...mas

05001-23-31-000-2004-01127-01(1923-09) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Consejero ponente: BERTHA LUCIA RAMIREZ DE PAEZ   Bogotá, D.C., veintiocho (28) de octubre de dos mil diez (2010)   Radicación número: 05001-23-31-000-2004-01127-01(1923- ...mas

05001-23-31-000-2004-01053-01(0478-10) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

PENSION DE JUBILACION - Reten social / RETEN SOCIAL – Reiteración jurisprudencial   Conforme a la anterior jurisprudencia y la normatividad aplicable se concluye que la causal de retiro por pensión dispuesta en el parágrafo 3 del artículo 9 de la Ley 797 de 2003, no es aplicable a los empleados públicos beneficiarios del régimen de transición establecido en la Ley 100 de 1993 ni a los pensionados con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley, 29 de enero de 2003. &nb ...mas

05001-23-31-000-2004-01053-01(0478-10) (1) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Consejero ponente: BERTHA LUCIA RAMIREZ DE PAEZ   Bogotá, D.C., dos (2) de diciembre de dos mil diez (2010)   Radicación número: 05001-23-31-000-2004-01053-01(0478 -10) ...mas

05001-23-31-000-2004-00898-01(1077-09) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON   Bogotá, D.C., veintiuno (21) de enero de dos mil diez (2010)   Radicación número: 05001-23-31-000-2004-00898-01(1077-09)   Actor: LUZ AMPARO D ...mas

05001-23-31-000-2004-00885-01(1363-09) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Consejero ponente: BERTHA LUCIA RAMIREZ DE PAEZ   Bogotá, D.C., cuatro (4) de marzo de dos mil diez (2010)   Radicación número: 05001-23-31-000-2004-00885-01(1363-09) ...mas

05001-23-31-000-2004-00660-01(1924-09) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON   Bogotá, D.C., quince (15) de julio de dos mil diez (2010)   Radicación número: 05001-23-31-000-2004-00660-01(1924-09) ...mas

05001-23-31-000-2004-00658-01(1922-09) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

SUSPENSION DEL PROCESO POR PREJUDICIALIDAD – Procedencia. Efecto   La suspensión del proceso por prejudicialidad está prevista para los casos en los cuales la sentencia que deba dictarse en un proceso dependa de la que deba decidirse en otro, y que el punto tenga que ver con algún aspecto que no sea procedente decidir en el primero. La prejudicialidad trae consigo la suspensión temporal de la competencia del Juez en un caso concreto, hasta tanto, se decida otro proceso cuya dete ...mas

05001-23-31-000-2004-00658-01(1922-09) (1) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Consejero ponente: BERTHA LUCIA RAMIREZ DE PAEZ   Bogotá, D.C., veintiocho (28) de octubre de dos mil diez (2010)   Radicación número: 05001-23-31-000-2004-00658-01(1922 ...mas

05001-23-31-000-2003-04116-01(2240-07) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO   Bogotá, D.C., cinco (5) de agosto de dos mil diez (2010)   Radicación número: 05001-23-31-000-2003-04116-01(2240-07) ...mas

05001-23-31-000-2003-04116-01(2240-07) (1) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS - Se puede desvirtuar demostrando los elementos del contrato laboral / PRIMACIA DE LA REALIDAD SOBRE LAS FORMALIDADES - Pago de prestaciones sociales al demostrarse la  existencia de una relación laboral / RELACION LABORAL - Elementos / RELACION LABORAL - Existencia / REPARACION DEL DAÑO EN EL CONTRATO LABORAL - Prestaciones sociales   El contrato de prestación de servicios puede ser desvirtuado cuando se demuestra la subordinac ...mas

05001-23-31-000-2003-04102-01(0361-08) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON   Bogotá, D.C., tres (3) de junio de dos mil diez (2010)   Radicación número: 05001-23-31-000-2003-04102-01(0361-08) ...mas

05001-23-31-000-2003-02666-01(1228-09) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

RETIRO DEL SERVICIO DE PERSONAL DEL NIVEL EJECUTIVO DE LA POLICIA NACIONAL – Motivación / RETIRO DEL SERVICIO DE PESONAL DEL NIVEL EJECUTIVO DE LA POLICIA NACIONAL – Ausencia de certificación de hoja de vida   En lo que tiene que ver con la falta de motivación del acto acusado, dijo la Sala que el acto de retiro de servicio del actor, es una facultad que no requiere de motivación alguna que indique cuál fue la razón que inspiró a la autoridad que lo profirió. Así mismo, l ...mas

05001-23-31-000-2003-02032-01(2088-09) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

ALCALDE MUNICIPAL - Competencia por suprimir cargos / SUPRESION DE CARGOS - Competencia alcalde municipal   En el presente caso, la supresión, modificación o creación de los empleos de las dependencias, es una función que constitucional y legalmente le corresponde al Alcalde y por tal razón era innecesario pedir o recibir facultades especiales para ejercerla, ni estar supeditado a la expedición previa de un acuerdo que específicamente lo autorizara modificar la planta de ...mas

05001-23-31-000-2003-02029-01(2255-08)_1 Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

SUPRESION DE CARGO – Competencia del Alcalde Municipal   La supresión, modificación o creación de los empleos de las dependencias, es una función que constitucional y legalmente le corresponde al Alcalde y por tal razón no era necesario que fuera revestido de facultades para ejercerla, ni estar supeditado a la expedición previa de un acuerdo que específicamente lo autorice para modificar la planta de personal, cosa diferente es que el alcalde hab ...mas

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