Archivo de la Categoría 1.3.5.15 Sec. 3 2010

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Lista Artículos

52001-23-31-000-1997-08511-01(17537) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

FUNCIONARIO LLAMADO EN GARANTIA - Responsabilidad   De acuerdo con lo previsto en los artículos 77 y 78 del Código Contencioso Administrativo, los funcionarios serán responsables por los daños que causen en el ejercicio de sus funciones por culpa grave o dolo, sin perjuicio de la responsabilidad que corresponda al Estado. En todo caso, cuando prospere la demanda contra la entidad, la sentencia dispondrá que ésta satisfaga los perjuicios y si el func ...mas

52001-23-31-000-1997-08431-01(16022) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

CONTRIBUCION ESPECIAL O IMPUESTO DE GUERRA - Reiteración jurisprudencial   NOTA DE RELATORIA: Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencias de 29 de mayo de 2003, exp. 14.577, C. P. Ricardo Hoyos Duque; de 18 de septiembre de 2003, exp. 15.119, C. P. Ramiro Saavedra Becerra; de 30 de octubre de 2003, exp. 17.213; de 11 de diciembre de 2003, exp. 16.433, C. P. Ricardo Hoyos Duque; de 2 de septiembre de 2004, exp. 14.578, C. P. María E ...mas

52001-23-31-000-1997-08394-01(17933) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

LLAMAMIENTO EN GARANTIA - Definición / LLAMAMIENTO EN GARANTIA CON FINES DE REPETICION - Responsabilidad personal subjetiva / LLAMAMIENTO EN GARANTIA CON FINES DE REPETICION - El Estado tiene la carga de probar que su agente obró con culpa grave o dolo   De conformidad con lo establecido en el artículo 90 de la Constitución Política, el Estado deberá repetir contra sus agentes cuando sea condenado a la reparación de daños o perjuicios causados com ...mas

52001-23-31-000-1996-08210-01(17888) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

LLAMAMIENTO EN GARANTIA - Definición / LLAMAMIENTO EN GARANTIA CON FINES DE REPETICION - Responsabilidad personal subjetiva / LLAMAMIENTO EN GARANTIA CON FINES DE REPETICION - El Estado tiene la carga de probar que su agente obró con culpa grave o dolo   De conformidad con lo establecido en el artículo 90 de la Constitución Política, el Estado deberá repetir contra sus agentes cuando sea condenado a la reparación de daños o perjuicios causados com ...mas

52001-23-31-000-1996-08190-01(18786) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

RESPONSABILIDAD MEDICA ESTATAL - Inexistencia / IMPUTACION - Falta de prueba   En el caso concreto, al margen de que se haya acreditado el daño antijurídico sufrido por los demandantes, esto es, la muerte de Hernando Guerrero, lo cierto es que esa lesión o afectación cierta, personal y que no estaban en la obligación de soportar no deviene imputable a la entidad demandada. En consecuencia, le asiste razón a la entidad recurrente al señalar que, a diferencia de ...mas

52001-23-31-000-1996-07976-01(17120) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

LLAMAMIENTO EN GARANTIA - Relación entre demandado y llamados en garantía / CONCILIACION JUDICIAL ENTRE LAS PARTES - El proceso continúa con los llamados en garantía / RESPONSABILIDAD DE LA ENTIDAD PUBLICA - No amerita pronunciamiento porque el proceso terminó respecto de ella / LLAMAMIENTO EN GARANTIA CON FINES DE REPETICION - Responsabilidad a título de dolo o culpa grave / DOLO O CULPA GRAVE - Noción   Es necesario precisar que la competencia de la Sala se l ...mas

52001-23-31-000-1996-07864-01(16074) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

COMPETENCIA - De la responsabilidad del llamado en garantía / RESPONSABILIDAD DE LA PARTE DEMANDADA - No es objeto de estudio porque el proceso terminó por conciliación judicial en primera instancia / PRINICPIO DE LA NO REFORMATIO IN PEJUS - Aplicación / NO REFORMATIO IN PEJUS - Debe garantizarse respecto del apelante único. Llamado en garantía   Por ser competente, procede la Sala a decidir, en segunda instancia, el recurso de apelación interpuesto por el llam ...mas

52001-23-31-000-1996-07739-01(15400) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

CONTRIBUCION ESPECIAL O IMPUESTO DE GUERRA - Reiteración jurisprudencial   NOTA DE RELATORIA: Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencias de 29 de mayo de 2003, exp. 14.577, C. P. Ricardo Hoyos Duque; de 18 de septiembre de 2003, exp. 15.119, C. P. Ramiro Saavedra Becerra; de 30 de octubre de 2003, exp. 17.213; de 11 de diciembre de 2003, exp. 16.433, C. P. Ricardo Hoyos Duque; de 2 de septiembre de 2004, exp. 14.578, C. P. María E ...mas

52001-23-31-000-1995-07008-01(18348) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

OBLITO QUIRURGICO - Falla en la prestación del servicio médico / FALLA MEDICA - Oblito quirúrgico / RESPONSABILIDAD MEDICA DEL ESTADO - A la paciente le dejaron una compresa en su abdomen al practicarle una cirugía / OBLITO QUIRURGICO - Definición   De las pruebas anteriormente relacionadas, se infiere, que a la señora Nilsa Milena Rosero Erazo, en la Salpingooforectomía derecha [cirugía para extirpar el ovario y la trompa de Falopio del lado derecho del cuerp ...mas

50001-23-31-000-2009-00142-01(37525) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

ACCION DE REPARACION DIRECTA - Competencia / FACTOR TERRITORIAL - Entidad de orden nacional / JUEZ COMPETENTE - Del lugar del hecho dañoso   Tratándose de la competencia por razón del territorio en los juicios iniciados en ejercicio de la acción de reparación directa, el artículo 134D del Código Contencioso Administrativo adicionado por el artículo 43 de la Ley 446 de 1998, vigente para la fecha de presentación de esta demanda –20 de enero de 2 ...mas

50001-23-31-000-2008-00350-01(36282) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

CADUCIDAD DE LA ACCION - Finalidad / ACCION DE REPARACION DIRECTA - Término de caducidad. Cómputo   Para garantizar la seguridad jurídica de los sujetos procesales, el legislador instituyó la figura de la caducidad como una sanción en los eventos en que determinadas acciones judiciales no se ejercen en un término específico. Las partes tienen la carga procesal de impulsar el litigio dentro del plazo fijado por la ley y de no hacerlo en tiempo, perderán la posi ...mas

50001-23-31-000-2006-00311-01(37061) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

PRUEBA TESTIMONIAL - Su solicitud debe reunir los requisitos previstos en la ley   En materia de prueba testimonial, el Código de Procedimiento Civil exige la satisfacción de algunos requisitos necesarios para el decreto de dicha prueba, como son la indicación expresa del nombre del testigo, su domicilio y la enunciación del objeto sucinto de la prueba. Al confrontar el contenido de la solicitud de prueba con los requisitos establecidos en la ley par ...mas

50001-23-31-000-2003-20097-01(33721) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

PRELACION DE FALLO - Incumplimiento de requisitos / PRELACION DE FALLO - Improcedencia     CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION TERCERA   Consejero ponente: DANILO ROJAS BETANCOURTH   Bogotá, D.C., tres (3) de marzo de dos mil diez (2010)   Radicac ...mas

50001-23-31-000-1999-10110-01(35874) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

PRELACION DE FALLO - Incumplimiento de requisitos / PRELACION DE FALLO - Improcedencia     CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION TERCERA   Consejero ponente: MAURICIO FAJARDO GOMEZ   Bogotá, D.C., diecinueve (19) de julio de dos mil diez (2010)   Ra ...mas

50001-23-31-000-1999-04962-01(18562) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

ARMA DE DOTACION OFICIAL - Responsabilidad patrimonial del Estado / DAÑOS CAUSADOS POR AGENTES DEL ESTADO - Con armas de dotación y en ejercicio de sus funciones / RIESGO EXCEPCIONAL - Régimen aplicable   De conformidad con todo el conjunto probatorio antes descrito, la Sala encuentra acreditado que el señor Henry Velásquez Castro sufrió una lesión como consecuencia de un impacto por arma de fuego, la cual fue causada por un agente de la Policía Nacional, qui ...mas

50001-23-31-000-1997-06508-01(18785) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

CONSCRIPTO - Suicidio / CAUSAL EXIMENTE DE RESPONSABILIDAD - Culpa exclusiva de la víctima   Las pruebas anteriores dan cuenta de que en la tarde del 25 de noviembre de 1996, en el Batallón Joaquín París, del Municipio de San José del Guaviare, murió el soldado regular Amín Trujillo Bustos, como consecuencia de un disparo que él mismo se propinó con el arma de fuego que le había sido suministrada como parte de su dotación oficial. En el presente caso, del ...mas

50001-23-31-000-1997-06049-01(18674) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO - Por el uso de armas de fuego de dotación oficial / DAÑOS CAUSADOS CON ARMA DE DOTACION OFICIAL - Régimen de responsabilidad aplicable / REGIMEN OBJETIVO - Riesgo excepcional / FALLA EN EL SERVICIO - Cuando el daño es consecuencia del mal funcionamiento de la Administración   En la actualidad, cuando se debate la responsabilidad del Estado por daños causados con el uso de ...mas

50001-23-31-000-1996-05910-01(17609) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

ACTO ADMINISTRATIVO - Suspensión de la licencia de piloto comercial. Presunción de legalidad no se desvirtúa en acción de reparación directa / ACCION DE NULIDAD - Finalidad. Declaración de nulidad desvirtúa presunción de legalidad del acto / DAÑO - Pretensiones en cada acción contencioso administrativa están sujetas al origen del daño por el cual se reclama / ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Finalidad. Presupuestos. Caducidad / REPARACION DIRECTA - No proced ...mas

50001-23-31-000-1996-05907-01(19756) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

DAÑO ANTIJURIDICO - Existencia. Prueba   Según el acta de la Junta Médica Laboral de las Fuerzas Militares de Colombia, remitida al proceso en copia auténtica por el Director de Sanidad del Ejército Nacional, el soldado voluntario Jesús Albeiro Moreno presenta: “TRAUMA RODILLA DERECHA CON LESION MENISCAL QUE REQUIRIO MANEJO QUIRURGICO QUE DEJA COMO SECUELA a) ARTROFIA CUADRICEPS DERECHO b) LIMITACION MOVIMIENTOS DE FLEXOEXTENSION DE RODILLA DERECHA”, lesión ...mas

50001-23-31-000-1996-05659-01(17836) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO - Daño padecido por militar profesional. Constituye un riesgo propio de la actividad   La jurisprudencia de esta Corporación ha señalado que la afectación de los derechos a la vida y a la integridad personal del militar profesional constituye un riesgo propio de la actividad que dichos servidores públicos ordinariamente despliegan, riesgo que se concreta, por vía de ejemplo, en ...mas

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