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ACCION POPULAR - Finalidad. Procede si se amenazan o vulneran derechos colectivos / DERECHOS COLECTIVOS DE LA ACCION POPULAR - Concepto La finalidad de la acción popular supone la protección de los derechos colectivos que estén amenazados o vulnerados por la acción u omisión de las autoridades públicas o de los particulares; entonces, su procedencia requiere que, de los hechos alegados en la demanda, pueda, al menos, deducirse una amenaza a los derechos colectivos, entendidos ...mas
ACCION DE REPARACION DIRECTA - Apelación auto que rechazó demanda por caducidad de la acción / CADUCIDAD - Definición La caducidad es un fenómeno jurídico en virtud del cual el administrado pierde la facultad de ejercer ante la jurisdicción las acciones previstas en la ley para hacer efectivos sus derechos, por no haber acudido dentro del término establecido, el que no puede ser materia de convención antes de cumplido, ni de renuncia ...mas
ACCION DE GRUPO - Aclaración, corrección y adición de la sentencia Cabe advertir que por medio de estos mecanismos no le es dado a las partes o al juez abrir nuevamente el debate probatorio o jurídico propio de la providencia que se corrige, aclara o adiciona …Así las cosas, la posibilidad de aclaración, corrección y adición sólo puede darse dentro del término de ejecutoria de la sentencia, es decir, con anterioridad a que ésta haya hecho tránsito a cosa juzgada. El ar ...mas
SERVICIO PUBLICO - Concepto dinámico. Intervención y regulación del Estado / LIBRE COMPETENCIA - Derecho Como puede observarse, el concepto de servicio público nunca ha sido estático, al contrario, su alcance y contenido dependen en gran medida del modelo de Estado y de las particularidades propias de cada ordenamiento jurídico. Por este motivo, es necesario cuestionarse respecto al papel que el servicio público desempeña dentro del diseño constituciona ...mas
CONTRATO ESTATAL - La Previsora S.A. y municipio de Tierra Alta Córdoba / CONTRATO ESTATAL - Póliza de seguro estudiantil / CONTRATO ESCRITO - Constituye formalidad constitutiva. Ad substantiam actus y ad solemnitatem / CONTRATO ESTATAL - Perfeccionamiento del contrato. Acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y que se eleve a escrito / CONTRATO ESTATAL - Debe constar por escrito. Contrato litteris / SOLEMNIDAD DEL CONTRATO ESTATAL - Debe constar por escrito / CONTRATO PRIVADO - ...mas
CONTRATO ESTATAL - Cláusulas excepcionales. Potestades exorbitantes / CLAUSULAS EXCEPCIONALES - Finalidad / POTESTADES EXORBITANTES - Finalidad El artículo 3 de la Ley 80 de 1993 dispone que en la celebración de los contratos y en la ejecución de los mismos, las entidades y los servidores públicos deben tener en cuenta el cumplimiento de los fines estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intere ...mas
RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL DEL ESTADO - Elementos / ELEMENTOS DE FUNDAMENTACION DE LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO - Daño antijurídico e imputación El artículo 90 constitucional dispone que el Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas. Esta norma, que se erige como el punto de partida en la estructura de la responsabilidad Estatal en Colombia, ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Consejero ponente: MAURICIO FAJARDO GOMEZ Bogotá, D.C., enero veintiséis (26) de dos mil once (2011) Radicación número: 20001-33-31-005-2008-00124-01(AP) Actor: G ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Consejero ponente: MAURICIO FAJARDO GOMEZ Bogotá, D.C., veintiséis (26) de enero de dos mil once (2011) Radicación número: 20001-33-31-005-2007-00384-01(AP) Actor: GABRIEL ARRIET ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Consejero ponente: MAURICIO FAJARDO GOMEZ Bogotá, D.C., enero veintiséis (26) de dos mil once (2011) Radicación número: 20001-33-31-003-2008-00152-01(AP) Actor: GABRIEL ARRIETA C ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Consejero ponente: MAURICIO FAJARDO GOMEZ Bogotá, D.C., enero veintiséis (26) de dos mil once (2011) Radicación número: 20001-33-31-003-2008-00144-01(AP) Actor: RODRIGO MONTERO C ...mas
ACCION POPULAR - Revisión eventual / REVISION EVENTUAL - Posibilidad de la Sala para seleccionar para su revisión una acción popular, cuando el solicitante no ha cumplido con la carga de la argumentación Así las cosas, aunque ésta Sala mantiene la postura según la cual, prima facie, es carga del solicitante manifestar las razones por las cuales considera que debe ser revisada una determinada sentencia judicial, ello no es óbice para que el Consejo de Estad ...mas
MANIFESTACION DE IMPEDIMENTO - Causal segunda / CAUSAL SEGUNDA DE IMPEDIMENTO O RECUSACION - Haber conocido del proceso en instancia anterior, el juez, su cónyuge o alguno de sus parientes indicados en el numeral precedente / ACEPTACION DE IMPEDIMENTO - Procedencia El hecho expuesto como fundamento del impedimento se encuentra establecido en el numeral 2º del artículo 150 ibídem, que preceptúa: “Haber conocido del proceso en ...mas
RECURSO ORDINARIO DE SUPLICA - Procedencia El artículo 183 del C.C.A., establece que el recurso ordinario de súplica procede en todas las instancias contra los autos interlocutorios proferidos por el ponente. Este se interpondrá dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación del auto, en escrito que se dirige a la Sala de la cual forma parte el ponente, con expresión de las razones en las cuales se funda. FUENTE FORMAL: ...mas
DEMANDA - Contestación / EXCEPCION PROPUESTA EN LA CONTESTACION DE LA DEMANDA - Haberse notificado la admisión de la demanda a persona distinta de la que fue demandada / HABERSE NOTIFICADO LA ADMISION DE LA DEMANDA A PERSONA DISTINTA DE LA QUE FUE DEMANDADA - Configuración de la excepción La Sala de conformidad con la facultad del artículo 171 del C.C.A., modificará la decisión apelada para, en su lugar, declarar probada la excepción inv ...mas
EVOLUCION JURISPRUDENCIAL - Jurisdicción y régimen aplicable a los contratos de las empresas de servicios públicos domiciliarios La Sala Plena del Consejo de Estado, en providencia de 23 de septiembre de 1997, definió el alcance de esa norma en el sentido de que por regla general los contratos de los prestadores de servicios públicos domiciliarios estaban sometidos al derecho privado y a la justicia ordinaria, con algunas excepciones entre las cuales se encuent ...mas
MEDIOS DE PRUEBA - Validez / PRUEBA TRASLADADA - Valor probatorio. Valoración probatoria / PRUEBA TRASLADADA DEL PROCESO PENAL - Valor probatorio. Valoración probatoria El artículo 185 del C. de P.C., aplicable al procedimiento contencioso administrativo en virtud de lo dispuesto en el artículo 267 del C.C.A., establece que las pruebas practicadas válidamente en un proceso podrán trasladarse a otro en copia auténtica, y serán apreciables sin más formalidades, “siempre q ...mas
PRUEBA TRASLADADA - Apreciación / PRUEBA TRASLADADA - Valoración / VALORACION DE LA PRUEBA - Principio de lealtad procesal. Reiteración jurisprudencial En reiteradas oportunidades, esta Corporación ha señalado que es contrario al principio de lealtad procesal que una de las partes solicite que las pruebas practicadas válidamente en otro proceso hagan parte del acervo probatorio pero que, en el evento de resultar desfavorables a sus intereses, invoque las formalidades legales p ...mas
PRUEBA - Valor probatorio. Valoración probatoria / TESTIMONIO DE OIDAS - Valor probatorio. Valoración probatoria / TESTIMONIO DE OIDAS - Naturaleza difusa / TESTIMONIO DE OIDAS - Puede llegar a ser relevante en ausencia de otros medios probatorios Los únicos testimonios recepcionados corresponden a declarantes que no presenciaron de manera directa la comisión de los hechos, son testigos de oídas que probatoriamente requieren un ponderado análisis y una valoración crítica rig ...mas
DAÑO ANTIJURIDICO - Noción. Definición. Concepto / DAÑO ANTIJURIDICO - Aspectos / DAÑO ANTIJURIDICO - Primer elemento de responsabilidad del Estado Es necesario precisar que, el daño antijurídico, a efectos de que sea indemnizable, requiere que esté cabalmente estructurado, por tal motivo, se torna imprescindible que se acrediten los siguientes aspectos relacionados con la lesión o detrimento cuya reparación se reclama: i) debe ser antijurídico, esto es, ...mas