Archivo de la Categoría 1.3.6.14 Sec. 4 2011

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Artículos Destacados

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Lista Artículos

25000-23-25-000-2011-01088-01(HC) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

HABEAS CORPUS - Inaplicación del principio de racionalidad en delitos de ejecución permanente   En el caso los hechos, si bien como se indica en el Acta de Audiencia de Solicitud de Orden de Captura, los hechos datan del 2008, tratándose de conductas punibles de ejecución permanente, en aplicación de criterio expuesto por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia en la sentencia de unificación citada, la normativa procesal aplicable ...mas

25000-23-25-000-2011-00119-01(HC) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

ACCION DE HABEAS CORPUS - Supuestos de procedencia. Medio judicial excepcional. No se pueden examinar elementos propios del proceso penal   La acción de hábeas corpus está prevista para dos eventos: (i) cuando hay privación de la libertad con violación a las garantías constitucionales o legales, o (ii) cuando se prolonga ilegalmente la privación de la libertad. El primer evento sucede comúnmente cuando se detiene a una persona sin que medie orden ...mas

25000-23-24-000-2005-00943-01(17131) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

DACION EN PAGO – Posibilidad del deudor para aliviar la deuda hipotecaria / DECRETO 2331 DE 1998 – Exequibilidad condicionada / DACION EN PAGO – Las entidades financieras están obligadas a recibir los inmuebles cuando se lo propongan los deudores / SUPERINTENDENCIA BANCARIA – Está facultada para imponer sanciones a las entidades financieras que no reciban los inmuebles ofrecidos por los deudores hipotecarios   Decreto 2331 de 1998, que es tempo ...mas

25000-23-24-000-2005-00943-01(17131) (1) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

DACION EN PAGO – Posibilidad del deudor para aliviar la deuda hipotecaria / DECRETO 2331 DE 1998 – Exequibilidad condicionada / DACION EN PAGO – Las entidades financieras están obligadas a recibir los inmuebles cuando se lo propongan los deudores / SUPERINTENDENCIA BANCARIA – Está facultada para imponer sanciones a las entidades financieras que no reciban los inmuebles ofrecidos por los deudores hipotecarios   Decreto 2331 de 1998, que es tempo ...mas

25000-23-24-000-2003-00467-01(16291) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

AGOTAMIENTO DE LA VIA GUBERNATIVA – Presupuesto de procedibilidad / ARGUMENTOS NUEVOS – No impiden que se estudien en la jurisdicción contencioso   El artículo 135 del Código Contencioso Administrativo exige como requisito indispensable para acudir ante la jurisdicción a través de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho contra actos administrativos definitivos de carácter particular y concreto, que se agote previamente la vía gube ...mas

25000-23-24-000-2002-01061-01(17300) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

VIA GUBERNATIVA – Agotamiento / MEJORES ARGUMENTOS – Se pueden plantear en segunda instancia / EXCEPCION DE INEPTA DEMANDA – Improcedencia   El agotamiento de la vía gubernativa es un presupuesto procesal de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho (artículo 135 del Código Contencioso Administrativo). Según el artículo 63 ibídem, se entiende agotada la vía gubernativa, entre otros eventos, cuando los recursos interpuesto ...mas

25000-23-24-000-2002-00194-02(16184) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

ARGUMENTO NUEVO - Objeto. Comprende las causales genéricas de nulidad y las específicas de derecho tributario / VIA GUBERNATIVA - Agotamiento. Requisito de procedibilidad / HECHOS NUEVOS - Vedado conocerlos a la jurisdicción cuando no han sido controvertidos en vía gubernativa / ARGUMENTO NUEVO – Es procedente su estudio cuando mejora las razones jurídicas en que se sustenta la nulidad de los actos acusados   La Sala ha considerado, reiteradamente, que ante la ...mas

25000-23-24-000-2002-00194-02(16184) (1) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

ARGUMENTO NUEVO - Objeto. Comprende las causales genéricas de nulidad y las específicas de derecho tributario / VIA GUBERNATIVA - Agotamiento. Requisito de procedibilidad / HECHOS NUEVOS - Vedado conocerlos a la jurisdicción cuando no han sido controvertidos en vía gubernativa / ARGUMENTO NUEVO – Es procedente su estudio cuando mejora las razones jurídicas en que se sustenta la nulidad de los actos acusados   La Sala ha considerado, reiteradamente, que ante la ...mas

25000-23-151-000-2011-00655-01(AC) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

DERECHO DE PETICION  - Respuesta pertinente, precisa y univoca   El artículo 23 de la C.P. establece el derecho de presentar peticiones  respetuosas ante la autoridad, ya sea en interés general o particular, las cuales deben obtener una pronta respuesta de fondo, sin dejar de lado que dicha respuesta debe darse dentro del término previsto por la ley, y además debe ser pertinente, precisa y unívoca. (…)Una vez verificado el contenido de la respues ...mas

25000-23-15-000-2011-02245-01(AC) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

PERSONAS VICTIMAS DE DESPLAZAMIENTO FORZADO – Desarrollo legislativo de medidas de protección   AYUDA HUMANITARIA - Se ordena informar a accionante la fecha cierta y razonable en que se definirá si es viable la solicitud de prórroga y la ayuda económica para el proyecto productivo como desplazada.   No existe duda de que la accionante tiene derecho al reconocimiento y pago de la prórroga de la ayuda humanitaria y/o proyecto de produc ...mas

25000-23-15-000-2011-02061-01(AC) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

CARENCIA ACTUAL DE OBJETO - Hecho Superado ante respuesta de la Comisión Nacional del Servicio Civil   Tal como lo concluyó el a quo, en este caso, se configuró un hecho superado. El hecho superado se presenta cuando en el trámite de la acción de tutela la entidad demandada resuelve lo pedido por el demandante. Es decir, cuando la conducta omisiva que se reprocha del demandado es corregida, de manera que desaparece, en estricto sentido, el motivo que obliga al ac ...mas

25000-23-15-000-2011-01567-01(AC) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

ACTUACION TEMERARIA - Presupuestos   De conformidad con el artículo transcrito, se tiene que la acción temeraria se configura por la presentación simultánea o sucesiva de acciones de tutela, sin que exista un motivo razonable y válido. Este ejercicio arbitrario e injustificado de la acción de tutela materializa la actuación temeraria, al desconocerse el fin para el cual fue creado dicho instrumento. De otra parte, la Corte Constitucional ha expresado que para que se configure a ...mas

25000-23-15-000-2011-01283-01(AC) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO - Reclutamiento como soldado regular y no bachiller / DEBIDO PROCESO - Improcedencia de la acción de tutela puesto que para ser reclutado en condición de bachiller debe ostentar el titulo con anterioridad a su reclutamiento   Se advierte que la entidad accionada no vulneró los derechos fundamentales del actor a la igualdad y al debido proceso, pues fue llamado a prestar el servicio militar obligatorio como soldado regular, por no estar ...mas

25000-23-15-000-2011-01268-01(AC) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL - Improcedente para sanear omisiones del actor   Ahora, si bien,  el accionante considera que cumplía con estos requisitos, también lo es, que no cumplió con la obligación a su cargo de prever situaciones anómalas que le impidieran presentar toda la documentación necesaria en el término establecido por las reglas del concurso. Por lo anterior, la Sala advierte que frente a los documentos ...mas

25000-23-15-000-2011-01217-01(AC) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

DERECHO A LA SALUD - Obligación de la Dirección de Sanidad del Ejército Nacional de realizar valoración por junta médica   De acuerdo con las pruebas obrantes en el expediente, se tiene que el señor JOSE OIDEN LOZANO sufrió una fractura de falange del quinto dedo del pie izquierdo por un disparo de fusil, como consecuencia de una discusión con uno de sus compañeros. Así mismo obra en el expediente constancia de remisión al Director de Sanidad M ...mas

25000-23-15-000-2011-01092-01(AC) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

DERECHO DE PETICION - Omisión del deber de comunicar efectivamente la respuesta al peticionario   Dicho lo anterior, es evidente que si bien es cierto que la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares presentó respuesta a la petición elevada por el accionante, esta respuesta fue presentada al juez de tutela, y no existe prueba en el expediente de que dicha respuesta haya sido enviada al titular del derecho fundamental, es decir, al señor CRISÓSTOMO DUARTE CASTAÑEDA, lo cual  permi ...mas

25000-23-15-000-2011-01047-02(AC) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA - Se acepta impedimento   FUENTE FORMAL: DECRETO 2591 DE 1991 - ARTICULO 35 / LEY 906 DE 2004 - ARTICULO 56     CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION CUARTA   Consejera ponente: MARTHA TERESA BRICEÑO DE VALENCIA   Bogotá, D.C., veintiuno (21) de septiembre de dos mil once (2011)   Radicación ...mas

25000-23-15-000-2011-01014-01(AC) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION CUARTA   Consejero ponente: HUGO FERNANDO BASTIDAS BARCENAS   Bogotá, D.C., dieciséis (16) de junio de dos mil once (2011)   Radicación número: 25000-23-15-000-2011-01014-01(AC)   Actor: MARIA C ...mas

25000-23-15-000-2011-00907-01(AC) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Causales genéricas y especificas de procedibilidad   NOTA DE RELATORIA: Al respecto, Corte Constitucional, sentencia C-590 de 2005.   ACCESO A LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA Y PUBLICIDAD DE LA ACTUACION - No se puede desconocer el término fijado en el documento de fijación en lista   Las negrillas denotan que la parte demandada (ahora actora) tenía plazo para contestar la demanda de reparación directa hasta el 15 de septie ...mas

25000-23-15-000-2011-00812-01(AC)Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

DERECHO DE PETICION - Obligación de dar respuesta oportuna y efectiva / ACCION DE TUTELA - Carencia actual de objeto por hecho superado   Para que la respuesta sea efectiva debe ser expedida oportunamente, resolver de fondo la petición de manera clara y congruente con lo solicitado y debe ser notificada al peticionario. En relación con la oportunidad de la respuesta, el artículo 6 del Código Contencioso Administrativo señala 15 días para resolver, sin embargo ante la imposibili ...mas

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