Archivo de la Categoría 1.3.6.14 Sec. 4 2011

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Artículos Destacados

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Lista Artículos

11001-03-27-000-2008-00006-00(16990) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

CONSEJO DE ESTADO – Competencia / ACCION DE NULIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD – Procede contra los decretos dictados por el gobierno nacional cuando sean actos de gestión o de autoridad / CONTROL DE LEGALIDAD - En las demandas de simple nulidad es rogado y limitado a la causa petendi de la demanda   Conforme con la segunda gran atribución prevista en el Numeral 2 del artículo 237 de la Carta Política, le corresponde al Consejo de Estado conocer de las “accion ...mas

11001-03-27-000-2008-00004-00(16997) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

BIENES EXENTOS DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS – Finalidad del artículo 477 del Estatuto Tributario / OPERACIONES EXENTAS – Sólo se pueden descontar los impuestos imputables a tales operaciones para los productores y exportadores / AVICULTOR – Es el productor del huevo y tiene derecho a la devolución del impuesto sobre las ventas / HUEVO CON CASCARA Y FRESCO – Está exento del impuesto sobre las ventas   La Sala ha señalado que esta norma tiene ...mas

11001-03-27-000-2008-00004-00(16997) (1) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

BIENES EXENTOS DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS – Finalidad del artículo 477 del Estatuto Tributario / OPERACIONES EXENTAS – Sólo se pueden descontar los impuestos imputables a tales operaciones para los productores y exportadores / AVICULTOR – Es el productor del huevo y tiene derecho a la devolución del impuesto sobre las ventas / HUEVO CON CASCARA Y FRESCO – Está exento del impuesto sobre las ventas   La Sala ha señalado que esta norma tiene ...mas

11001-03-27-000-2007-00051-00(16914) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

PRUEBAS-Decreto / PRUEBA JUDICIAL - Acto procesal que lleva al convencimiento de los hechos. Requisitos.   El artículo 168 del C.C.A. señala que en lo relacionado con la admisibilidad de los medios de prueba, la forma de practicarlas y los criterios de valoración, son aplicables las normas del Código de Procedimiento Civil. El artículo 178 del C. de P.C., por su parte, dispone: “Las pruebas deben ceñirse al asunto materia del proceso y el juez rechazará in li ...mas

11001-03-27-000-2007-00041-00(16805) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

PRINCIPIO DE LEGALIDAD - Fundamento para crear impuestos y establecer exenciones / EXENCIONES - Creación legal   En términos generales, los artículos 150 (num. 12), 154 y 338 de la Constitución Política, facultan a la Ley para crear impuestos, fijar todos sus elementos esenciales y establecer las exenciones y exclusiones a los mismos, de acuerdo con la dinámica de la realidad social y la política fiscal, económica y social del momento.  Así, la ...mas

11001-03-27-000-2007-00041-00(16805) (1)Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

PRINCIPIO DE LEGALIDAD - Fundamento para crear impuestos y establecer exenciones / EXENCIONES - Creación legal   En términos generales, los artículos 150 (num. 12), 154 y 338 de la Constitución Política, facultan a la Ley para crear impuestos, fijar todos sus elementos esenciales y establecer las exenciones y exclusiones a los mismos, de acuerdo con la dinámica de la realidad social y la política fiscal, económica y social del momento.  Así, la ...mas

11001-03-27-000-2007-00040-01(16798) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS – Están excluidos los computadores personales de escritorio o portátiles. Requisitos / COMPUTADORES PERSONALES – La norma no distingue para estar excluidos del impuesto sobre las ventas si el bien es importado o comercializado en el territorio nacional   Mediante el artículo 31 de la Ley 1111 de 2006 se adicionó el artículo 424 del E.T., para excluir del impuesto sobre las ventas los computadores personales de escritorio o portátile ...mas

11001-03-27-000-2007-00030-00(16625) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

COSA JUZGADA – Relativa y absoluta / COSA JUZGADA ABSOLUTA – Concepto / COSA JUZGADA RELATIVA – Concepto / NUEVOS CARGOS DE LA DEMANDA DE NULIDAD – Permite su estudio ante la jurisdicción   Se deduce del articulo 175 del Código de Procedimiento Civil que consagra tanto la cosa juzgada absoluta como la cosa juzgada relativa. Para la Corte Constitucional, la cosa juzgada absoluta es aquella que opera a plenitud, precluyendo por completo la posibilidad de inte ...mas

11001-03-27-000-2007-00021-00(16549-16550) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

FACULTAD REGLAMENTARIA – Se excede cuando mediante decreto se crea un beneficio que sólo se puede por ley / FACULTAD IMPOSITIVA – La tiene sólo el congreso, las asambleas departamentales y los concejos municipales y distritales / GOBIERNO NACIONAL – No tiene facultad para establecer beneficios tributarios / PRINCIPIO DE NECESIDAD – Rige la facultad reglamentaria / LEY DEROGADA – Se excede la facultad reglamentaria cuando se expide un decreto para reglamentarla   ...mas

11001-03-27-000-2007-00005-00(16356)_1 Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

SENTENCIA DE NULIDAD DE ACTOS GENERALES -  No generan restablecimiento. No tiene efectos retroactivos / NULIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO – Equivale a la declaratoria de inexequibilidad   Si bien la parte actora incluyó hechos alusivos a situaciones jurídicas particulares y concretas, y pretensiones que, a su juicio, se derivarían si los cargos de nulidad propuestos llegaran a prosperar y se dictara una sentencia de nulidad; para la Sala es claro que las sentenci ...mas

11001-03-27-000-2007-00005-00(16356) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

SENTENCIA DE NULIDAD DE ACTOS GENERALES -  No generan restablecimiento. No tiene efectos retroactivos / NULIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO – Equivale a la declaratoria de inexequibilidad   Si bien la parte actora incluyó hechos alusivos a situaciones jurídicas particulares y concretas, y pretensiones que, a su juicio, se derivarían si los cargos de nulidad propuestos llegaran a prosperar y se dictara una sentencia de nulidad; para la Sala es claro que las sentenci ...mas

11001-03-27-000-2006-00044-00(16191)_1 Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

ACTOS DE  CARACTER  PARTICULAR – Son demandables a través de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho / ACCION DE SIMPLE NULIDAD – No conlleva un restablecimiento del derecho / FALLO DE NULIDAD – Tiene los mismos efectos que una sentencia de inexequibilidad / DEMANDA DE NULIDAD DE NORMAS CONSTITUCIONALES - No pueden ser ordinariamente objeto de violación directa   Si bien la parte actora incluyó hechos alusivos a situaciones jur ...mas

11001-03-27-000-2006-00044-00(16191) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

ACTOS DE  CARACTER  PARTICULAR – Son demandables a través de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho / ACCION DE SIMPLE NULIDAD – No conlleva un restablecimiento del derecho / FALLO DE NULIDAD – Tiene los mismos efectos que una sentencia de inexequibilidad / DEMANDA DE NULIDAD DE NORMAS CONSTITUCIONALES - No pueden ser ordinariamente objeto de violación directa   Si bien la parte actora incluyó hechos alusivos a situaciones jur ...mas

11001-03-27-000-2006-00032-00(16090) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

CLASIFICACION ARANCELARIA – El acto expedido por la DIAN es un acto general. Cambio jurisprudencial   La doctrina judicial de la Sección ha dicho que la clasificación arancelaria de un determinado producto que hace la DIAN a solicitud de los particulares es un acto administrativo particular y concreto que se debe demandar en acción de nulidad y restablecimiento del derecho. Por eso, en casos como el presente, la Sala llegó a rechazar las demandas o ...mas

11001-03-24-000-2006-00233-00(17175) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

LEYES MARCO – Efectos. Modelo mixto de producción normativa. No implica una delegación de la facultad legislativa al ejecutivo / LEY MARCO DE ADUANAS – Es un decreto reglamentario especial   Estas leyes corresponden al tipo normativo previsto en el numeral 19 del artículo 150 de la Constitución Política para varios efectos, entre ellos, “modificar, por razones de política comercial los aranceles, tarifas y demás disposiciones concernientes al régimen de aduanas”. Dicho ...mas

11001-03-15-2010-01289-01(AC) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION CUARTA   Consejero ponente: MARTHA TERESA BRICEÑO DE VALENCIA   Bogotá, D.C., quince (15) de febrero de dos mil once (2011)   Radicación número: 11001-03-15-2010-01289-01(AC)   Actor: LUIS GONZA ...mas

11001-03-15-000-2011-01547-00(AC) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Improcedente por controvertir decisión de Consejo de Estado, órgano de cierre de la jurisdicción   Al respecto, se advierte que la providencia que se ataca se profirió por el Consejo de Estado como órgano de cierre de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, por lo que no es posible su discusión por vía de tutela por seguridad jurídica y por respeto al debido proceso, toda vez que no se puede permitir la interinidad de l ...mas

11001-03-15-000-2011-01502-00(AC) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Improcedente porque no es mecanismo alternativo o supletorio de defensa   En otras palabras, si existieron recursos ordinarios y extraordinarios para defender los derechos ahora invocados, no puede ejercerse la acción de tutela como si esta fuera un medio alternativo o sustituto de los procedimientos que han establecido las normas procesales y que las partes por incuria o desidia no ejercieron en su momento.   NOTA DE ...mas

11001-03-15-000-2011-01456-00(AC)Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Improcedente por inexistencia de defecto sustancial   De lo expuesto se infiere que la supuesta divergencia en la interpretación normativa, como la planteada en la acción de tutela, al decir de la Corte Constitucional no constituye el desconocimiento de los  derechos fundamentales del actor, cuando la aplicación de la normas o conceptos efectuada por las autoridades judiciales responde a criterios de interpretación expuestos de maner ...mas

11001-03-15-000-2011-01450-00(AC) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Improcedente por controvertir decisión de Consejo de Estado, órgano de cierre de la jurisdicción   Al respecto, se advierte que la providencia que se ataca se profirió por el Consejo de Estado como órgano de cierre de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, por lo que no es posible su discusión por vía de tutela por seguridad jurídica y por respeto al debido proceso, toda vez que no se puede permitir la interinidad de l ...mas

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