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25000-23-27-000-2005-00313-01(17151) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

SOCIEDAD ABSORBENTE – En una fusión la sociedad adquiere el patrimonio de la absorbida / IMPUESTO DE RENTA – presunción de la renta líquida / PATRIMONIO – Siempre genera utilidades. presunción de derecho / RENTA PRESUNTIVA EN FUSIONES – No es inferior al 6 por ciento del patrimonio líquido de la sociedad absorbente. Debe tenerse en cuenta los hechos económicos de la sociedad absorbente y absorbida / RENTA PRESUNTIVA - La base es el patrimonio líquido pose ...mas

25000-23-27-000-2005-00264-01(17592) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

DEMANDA ANTE LA JURISDICCION – Contenido. Requisitos / PRETENSIONES DE LA DEMANDA – Su individualización de las pretensiones es un requisito sustancial. Actos demandables    La norma transcrita desarrolla el alcance del No. 2 del artículo 137 ibídem, según el cual, toda demanda ante la jurisdicción administrativa deberá dirigirse al tribunal competente y contendrá, entre otros enunciados, “lo que se demanda”. De esta manera, el sentido y ...mas

25000-23-27-000-2004-02028-01(17702) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

CONTRIBUCION DESTINADA A LA ESTABILIZACION DE PRECIOS DEL ACEITE DE PALMA, PALMISTE Y SUS FRACCIONES – Contribución parafiscal / CESIONES DE ESTABILIZACION DE PRECIOS – Los actos que profiere la DIAN son actos de trámite que no deciden directa o indirectamente la obligación a cargo del productor, vendedor o exportador de palmiste, de aceite de palma o de sus fracciones. Certificaciones son actos de trámite / FEDEPALMA – El acto que expide es pasible de control ...mas

25000-23-27-000-2004-02018-01(17490) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

FALSA MOTIVACION – Causal autónoma que se relaciona con el principio de legalidad de los actos. Requisitos para que prospere / FALTA DE MOTIVACION – Causal que da lugar a la nulidad por expedición irregular del acto administrativo. No prospera cuando no se prueba la falta de los hechos que da lugar a la sanción   ­Conforme lo ha precisado la Sala, la falsa motivación es una causal autónoma que se relaciona directamente con el principio de legali ...mas

25000-23-27-000-2004-01368-01(18305).arch Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

RECURSO DE APELACION – Antes de la entrada en vigencia de la Ley 1395 de 2010. Generalidades. No hay lugar a declararlo desierto cuando no se ha vencido el término para sustentarlo / NOTIFICACION – Cuando hay en error en el contenido de la misma no surte efectos   El artículo 352 C.P.C., aplicable a esta jurisdicción por remisión del artículo 267 del Decreto 01 de 1984., prevé que el recurso de apelación debe formularse ante el juez que dictó ...mas

25000-23-27-000-2004-01195-01(16450) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

PRINCIPIO DE IGUALDAD Y DEBIDO PROCESO – Aplicación en materia tributaria   En materia tributaria, estos principios están establecidos en el Estatuto Tributario; entre ellos se encuentra la exigencia de que la determinación de los impuestos y la imposición de sanciones debe fundarse en los hechos que aparezcan demostrados en el expediente por los medios de prueba señalados en las leyes tributarias y en el Código de Procedimientos Civil, en cuanto no sean incompatibles con aque ...mas

25000-23-27-000-2004-01112-01(17388) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

IMPUESTO PREDIAL – Consagración legal. Elementos del tributo. Distrito Capital / AVALUO CATASTRAL – Tope mínimo de la base gravable del impuesto predial / CATASTRO – Determina las circunstancias particulares de los predios. Etapas de formación, actualización y conservación de los catastros / REGISTRO CATASTRAL – Su información es determinante para fijar el impuesto predial / MUTUACIONES CATASTRALES – Pueden acreditarse dentro del proceso de determinación del impuesto pre ...mas

25000-23-27-000-2003-00495-01(16563) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISION - Competencia del Consejo de Estado. Providencias contra las que procede. Formalidades / RECUERRENTE – Debe aportar las pruebas respecto de la causal por la cual recurrió     De conformidad con el artículo 13, numeral 5º del Acuerdo 58 de 1999, Reglamento del Consejo de Estado, la Sección Cuarta es competente para resolver el recurso extraordinario de revisión que se interponga contra las sentencias dictadas en procesos de ú ...mas

25000-23-27-000-2002-00599-01(18256) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

ACTOS DE CARACTER GENERAL – También pueden ser demandados en acción de nulidad y restablecimiento del derecho siempre que de ellos provenga la violación de un derecho subjetivo / ACUERDO MUNICIPAL – Puede ser demandado en acción de nulidad y restablecimiento del derecho al establecer el impuesto de alumbrado público a un determinado contribuyente   La Sala precisa que, por regla general, y, con fundamento en el artículo 84 del Código Contencio ...mas

25000-23-26-000-2012-00986-01(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA - Desarrollo legal / DERECHO A LA VIVIENDA DIGNA - No se acreditó condición de calificado ni situaciones que permitieran alterar el turno de asignación de subsidio   En el presente caso, si bien la actora afirmó que su solicitud de subsidio se encuentra en estado calificado, lo cierto es que no demostró esa situación, así como tampoco aportó elementos de juicio que permitan alterar el orden de los turnos para la asignación de ese beneficio, pues, ...mas

25000-23-26-000-2012-00685-01(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

PENSION  DE JUBILACION - Improcedencia de la acción de tutela contra el acto administrativo cuando hay decisión judicial que la negó / PENSION  DE JUBILACION - Tiempo del servicio militar obligatorio   En ese orden de ideas, cabe observar que la acción de tutela no es procedente en el presente asunto, ni siquiera como mecanismo transitorio de protección, por lo que la accionante ya hizo uso de las acciones ordinarias dispuestas en el ordenamiento jurídico, sin que los jueces ...mas

25000-23-26-000-2012-00540-01(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Improcedente por controvertir decisión de Consejo de Estado, órgano de cierre de la jurisdicción. Reiteración jurisprudencial   FUENTE FORMAL: CONSTITUCION POLITICA - ARTICULO 86 / DECRETO 2591 DE 1991   NOTA DE RELATORIA: Sobre las causales generales y específicas de procedencia de la acción de tutela, ver Consejo de Estado, Sala Plena de lo Con ...mas

25000-23-26-000-2012-00288-01(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

DERECHO DE PETICION - Vulneración por incumplimiento del término para resolver petición en materia pensional   En consecuencia, a pesar del argumento de la impugnante, es evidente para la Sala que se ha vulnerado el derecho de petición, pues, con creces, para la fecha en que emitió la respuesta, estaba superado el término de 15 días que tenía la autoridad para atender las peticiones de la demandante. En todo caso, la respuesta ofrecida a la demandante no es de ...mas

25000-23-26-000-2012-00141-01(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA ACTO ADMINISTRATIVO - Improcedente por existir otro medio de defensa judicial y no acreditarse perjuicio inminente   La Sala advierte que en este caso se configuró una causal de improcedencia de la acción, según el artículo 6, numeral 1° del Decreto 2591 de 1991, que establece que la tutela es improcedente cuando exista otro medio de defensa judicial. En efecto, en el caso bajo análisis, el demandante no ha agotado el mecanismo de defensa ...mas

25000-23-26-000-2012-00114-01(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

DERECHO DE PETICION - Carencia actual de objeto porque se dio respuesta y se notifico   Resulta claro que el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en Proceso de Supresión resolvió de fondo la solicitud presentada por la señora Lozano Cárdenas el día 5 de octubre de 2011 al referirse a las motivos por los que no convocó a la accionante al curso de ascensos en el 2010 y al referirse a las posibilidades de acceder a dichos ascensos. Se observa ...mas

25000-23-26-000-2011-00353-00(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - No se cumple con el requisito de inmediatez   Si bien la acción de tutela no tiene término de caducidad, éste no es indefinido, pues debe ejercerse en un tiempo razonable. Una demora injustificada en ejercer la acción desvirtúa el fin de la acción de tutela, tornándola improcedente. La sociedad demandante no indicó las causas de su inactividad, situación que desconoce el principio mencionado y desvirtúa el posib ...mas

25000-23-25-000-2012-01671-01(HC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

HABEAS CORPUS - Improcedente porque el juez constitucional no es competente para resolver asuntos que son propios del proceso penal   Precisa el despacho que las inconformidades planteadas por el accionante en la presente acción de hábeas corpus las deriva de la denuncia penal instaurada por el delito de violencia intrafamiliar agravada, mas no del trámite adelantado dentro del proceso penal, en el que se impuso como medida de aseguram ...mas

25000-23-25-000-2012-01596-01(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

RETEN SOCIAL - Improcedencia de la acción de tutela para ordenar el reintegro al no acreditarse la calidad de madre cabeza de familia   La actora argumenta que el proceso de reubicación durará algunos meses, lo que no garantizará sus derechos fundamentales, por lo que acude a la presente acción de tutela en su calidad de beneficiaria del artículo 12 de la Ley 790 de 2002 o “retén social”. Al respecto, se observa que la actora no acreditó el cumplimiento de los req ...mas

25000-23-25-000-2012-01373-01(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

SANCION POR DESACATO - Se revoca por cumplimiento  del fallo de tutela que ampara el derecho de petición- DESACATO - Debe determinarse el dolo o culpa del funcionario   Por lo anterior, considera la Sala que no hay lugar a imponer la sanción a la directora de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral de las Víctimas, pues, como se dijo anteriormente, el juez de tutela en ejercicio de la potestad sancionatoria debe establecer si el incumplimiento de ...mas

25000-23-25-000-2012-01138-01(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

DEBIDO PROCESO - Vulneración por defecto orgánico   El debido proceso es una garantía instituida en favor de las partes y de los terceros interesados en una actuación administrativa o judicial. Es también una garantía a favor del Estado mismo, en cuanto que tiene el derecho y la obligación de dictar las providencias conforme con los contenidos del debido proceso para preservar la legitimidad de las autoridades. En efecto, el debido proceso comprend ...mas

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