Archivo de la Categoría 1.3.6.13 Sec. 4 2012

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Lista Artículos

25000-23-24-000-2002-01062-02(17212) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

SANCIONES ADMINISTRATIVAS - Tienen como fundamento la Ley   Mediante sentencia C-1161 de 6 de septiembre de 2000, la Corte Constitucional declaró INEXEQUIBLE el artículo 52 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero con fundamento en la violación al principio de legalidad que ampara el régimen sancionatorio, pues, como lo dijo la Corte, las sanciones administrativas deben estar fundamentadas en la ley, de manera que, no puede transferírsele al Gobierno una fac ...mas

25000-23-24-000-2002-00978-01(18379) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

FACULTAD IMPOSITIVA DE LOS ENTES TERRITORIALES – Alcance / ENTES TERRITORIALES – Pueden fijar los elementos del tributo con fijación a la ley   Señaló la Corte Constitucional, en la sentencia en mención, que ese precepto entraña una escala de competencias que le permiten al Congreso de la República, a las asambleas departamentales y a los concejos municipales y distritales imponer tributos fijando directamente los sujetos activos y pasivos, los hechos y las ...mas

25000-23-15-000-2012-00017-01(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

DERECHO A LA SALUD - Prestación de servicios médico asistenciales a Soldado campesino luego del desacuartelamiento / DERECHOS A LA SALUD Y A LA VIDA EN CONDICIONES DIGNAS - No se acreditó renuencia a prestar atención médica a ex miembro de la Fuerza Pública    Si bien el actor aduce que le han negado la prestación de los servicios médicos, la Sala no encuentra probado ese hecho. En el expediente no se evidencia que el Ejército Nacional se h ...mas

25000-23-15-000-2011-02873-01(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

  ACCION DE TUTELA - Actuación temeraria   En consecuencia, se concluye que la acción de tutela bajo examen no sólo es evidentemente temeraria, sino que además, con ella se pretende discutir lo decidido en otra acción de la misma naturaleza, lo cual es improcedente, por lo que debe confirmarse el fallo que la rechazó, como en efecto se hará en la parte resolutiva de esta decisión.   FUENTE FORMAL: CONSTITUCION POLITICA - ART ...mas

25000-23-15-000-2011-02837-01(AC).ARCH Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

DERECHO DE PETICION Y REPARACION ADMINISTRATIVA - Vulneración por la Dirección de Justicia Transicional / ACCION DE TUTELA - Legitimación por pasiva   De conformidad con lo anteriormente expuesto, observa la Sala que no se configura la falta de legitimidad por pasiva, alegada por la Dirección de Justicia Transicional del Ministerio de Justicia y del Derecho, pues dentro de sus funciones está la de decidir sobre el reconocimiento ...mas

25000-23-15-000-2011-02837-01(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

DERECHO DE PETICION Y REPARACION ADMINISTRATIVA - Vulneración por la Dirección de Justicia Transicional / ACCION DE TUTELA - Legitimación por pasiva   De conformidad con lo anteriormente expuesto, observa la Sala que no se configura la falta de legitimidad por pasiva, alegada por la Dirección de Justicia Transicional del Ministerio de Justicia y del Derecho, pues dentro de sus funciones está la de decidir sobre el reconocimiento ...mas

25000-23-15-000-2011-02805-01(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA ACTO ADMINISTRATIVO DE RETIRO - Improcedencia por inexistencia de perjuicio irremediable   Para demostrar la existencia del alegado perjuicio, el accionante simplemente alegó que su sustento, y el de su núcleo familiar, depende exclusivamente de lo devengado en calidad de soldado.  De lo anterior concluye la Sala que la situación del reclamante no permite advertir la existencia de un perjuicio con las características mencionadas, porque si bien es cierto f ...mas

25000-23-15-000-2011-02756-01(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA ACTO ADMINISTRATIVO  - Improcedente por existir otro medio de defensa judicial y no acreditarse perjuicio inminente   Al respecto, se observa que la presente acción tiende a discutir la legalidad de dos actos administrativos proferidos por el Ministerio de Defensa Nacional, estudio que no puede ser efectuado mediante el ejercicio de la acción de tutela, pues, para ello, existen en el ordenamiento jurídico mecanismos y procedimientos adminis ...mas

25000-23-15-000-2011-02691-01(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

DERECHO D EPETICION - Vulneración por respuesta extemporánea y por del deber de comunicar efectivamente la respuesta   Se observa, en primer término, que la respuesta dada por el ministerio fue extemporánea, pues la petición se resolvió el 13 de septiembre de 2011, es decir, superados los quince días que otorga la ley, lo que genera la vulneración del derecho fundamental invocado y, por ende, es procedente tutelar el derecho de petición, por ese aspecto. Además, en relación ...mas

25000-23-15-000-2011-02675-01(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA ACTO ADMINISTRATIVO  - Improcedente por existir otro medio de defensa judicial y no acreditarse perjuicio inminente   En el asunto objeto de estudio, observa la Sala que el señor JUAN EMETERIO PALACIOS PALACIOS cuestiona la legalidad del Acta # 3839-3969 del 30 de octubre de 2005, expedida por el Tribunal Médico Laboral de Revisión Militar y de Policía, por la que se modificaron las conclusiones de la Junta Médico Laboral No. 26901 del 25 ...mas

25000-23-15-000-2011-02638-01(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

CONSULTA DE SANCION DE DESACATO - Confirma decisión por incumplimiento  injustificado del fallo de tutela  que amparó derecho de petición   FUENTE FORMAL: DECRETO 2591 DE 1991 - ARTICULO 27 / DECRETO 2591 DE 1991 - ARTICULO 52     CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION CUARTA   Consejero ponente: WILLIAM GIRALDO GIRALDO ...mas

25000-23-15-000-2011-02634-01(AC)_1 Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA - Improcedente para reclamar cumplimiento de sentencias judiciales   Como lo pretendido por la actora es el cumplimiento de una sentencia judicial, es evidente que la acción de tutela deviene improcedente porque la demandante puede iniciar la acción ejecutiva.  En esa medida, no puede ser la tutela el remedio judicial para discutir las inconformidades de la parte demandante, pues, como es sabido, esta acción se caracteriza por ser un remedio resid ...mas

25000-23-15-000-2011-02590-01(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA ACTO ADMINISTRATIVO - Improcedente por existir otro medio de defensa judicial   Observa la Sala que, mediante las Resoluciones  Nos. 1580 de 2009 y 2106 del 2011, la Comisión Nacional del Servicio Civil conformó y adoptó las listas de elegibles para proveer el empleo para el que concursó el actor en la Convocatoria No. 001 de 2005. Esas decisiones, son actos administrativos susceptibles de ser controvertidos ante la Jurisdicción de lo Co ...mas

25000-23-15-000-2011-02527-01(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA - Improcedente por existencia de otro medio de defensa judicial   Observa la Sala, que el actor ha cuestionado las decisiones del Consejo Nacional Electoral, presentando los recursos de ley ante esa misma Corporación, pero no ha discutido la legalidad de la resoluciones atacadas en la jurisdicción contencioso administrativa, pues si bien esos actos se presumen legales, quien resulte afectado o dude de la legalidad de los mismos, puede controvertirlo ...mas

25000-23-15-000-2011-02473-01(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA ACTO ADMINISTRATIVO  - Improcedente por existir otro medio de defensa judicial y no acreditarse perjuicio inminente   Efectivamente, en el caso bajo análisis, la Sala encuentra que la demandante cuenta con otro medio de defensa judicial, esto es, la presentación de demanda en acción de simple nulidad ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, con solicitud de suspensión provisional, contra la resolución proferida por la DIAN ...mas

25000-23-15-000-2011-02358-01(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

CONSULTA DE SANCION POR DESACATO - Confirma decisión por incumplimiento injustificado del fallo de tutela   FUENTE FORMAL: DECRETO 2591 DE 1991 - ARTICULO 27 / DECRETO 2591 DE 1991 - ARTICULO 52     CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION CUARTA   Consejera ponente: CARMEN TERESA ORTIZ DE RODRIGUEZ   B ...mas

25000-23-15-000-2011-02333-01(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

DERECHO PENSIONAL - Bonos pensionales tiene protección constitucional   En consecuencia, se ha determinado que los bonos pensionales, como elementos para determinar si una persona tiene derecho o no al reconocimiento de una pensión, gozan de especial protección constitucional, en vista de que con ese reconocimiento se protegen otros derechos fundamentales como la vida y la seguridad social. Por lo anterior, el reconocimiento del bono pensional debe ser eficiente, es decir que debe ...mas

25000-23-15-000-2011-02145-01(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA DECISION SANCIONATORIA DE LA PROCURADURIA - Improcedente por existir otro medio de defensa judicial y no acreditarse perjuicio inminente   Sea lo primero observar que en este caso el interesado dispone de la acción de nulidad y restablecimiento para atacar el acto que considera lesivo de sus derechos fundamentales, acción que es la vía procesal expedita para alcanzar sus pretensiones y dentro de la cual puede solicitar la suspensión provisi ...mas

25000-23-15-000-2011-01863-01(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

SANCION POR DESACATO - Se revoca por cumplimiento del fallo de tutela a favor de población desplazada   FUENTE FORMAL: DECRETO 2591 DE 1991 - ARTICULO 27 / DECRETO 2591 DE 1991 - ARTICULO 52     CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION CUARTA   Consejero ponente: WILLIAM GIRALDO GIRALDO   Bogotá, D.C., quince (15) de marzo de ...mas

25000-23-15-000-2011-01833-01(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

DEBIDO PROCESO  Y DERECHO FUNDAMENTAL A ELEGIR Y A SER ELEGIDO - Vulneración por desconocimiento de régimen de bancadas   Teniendo en cuenta lo anterior, precisa la Sala que si bien la Ley 974 de 2005 no establece que la renuncia a un partido político implica la pérdida de la curul, lo cierto es que el permitir que un Edil que renunció al partido político continúe con la curul, conduce a la inobservancia del deber legal de constituir bancada, bajo ...mas

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