Archivo de la Categoría 1.3.3.11 Sec. 1 2014

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Artículos Destacados

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Lista Artículos

47001-23-31-000-2006-00829-01 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

SERVICIO DE ATENCION INICIAL DE URGENCIAS – Paseo de la muerte   Pues bien, la Sala si encuentra que las anteriores disposiciones normativas sirven de fundamento legal para endilgar las conductas que les fueron reprochadas a las clínicas actoras, por cuanto ellas contienen el supuesto fáctico que fue desconocido y que dio lugar a la sanción impuesta en los actos administrativos demandados, como se verá enseguida. De tal manera que la descripción típica de las ...mas

44001-23-33-000-2012-00049-01 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

RECHAZO DE LA DEMANDA – Caducidad del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho. Interrupción del término de caducidad con la solicitud de conciliación extrajudicial   Para el caso presente, el término de caducidad del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho se empieza a computar a partir de la notificación del acto. Ahora bien, comoquiera que el 11 de mayo de 2012, el actor presentó solicitud de conciliación extrajudicial, ...mas

44001-23-31-000-2008-00124-01 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

TERMINO DE LA CADUCIDAD DE LA SANCION Y MONTO DE LA MISMA   Sentados los presupuestos jurisprudenciales, que en esta oportunidad se prohíjan, claramente se precisa que el término de cinco meses previsto en el artículo 111 de la Ley 42 de 1994, no es aplicable, sino el previsto en el artículo 38 del Código Contencioso Administrativo, por no existir en la mencionada Ley, un tope de caducidad, es decir, tres años contados a partir de la ocurrencia de los hechos irr ...mas

44001-23-31-000-2003-00682-01(AP)) Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

DESACATO - Grado jurisdiccional de consulta / DESACATO - Actuación negligente en el cumplimiento de la orden de construcción de un muro de contención o espolón para contrarrestar el problema de erosión causado por las olas en un sector de Riohacha. Modifica sanción   Considera la Sala que se encuentra demostrado dentro del plenario que tras haber transcurrido 10 años desde que se profiero el fallo de acción popular, las entidades demandadas no han ...mas

41001-23-33-000-2014-00031-01(AC) Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA EL ACTO QUE NIEGA SUSTITUCION PENSIONAL - Improcedente por existencia de otro mecanismo de defensa judicial   El problema jurídico se centra en determinar si, para el presente caso, la acción de tutela es procedente como un mecanismo de defensa judicial transitorio para discutir el reconocimiento y pago de una sustitución pensional, debido a la existencia de un presunto perjuicio irremediable o si, por el contrario, la actora de ...mas

41001-23-33-000-2012-00231-01(PI) Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

PERDIDA DE INVESTIDURA - Violación al régimen de inhabilidades. Celebración de contratos dentro del año inmediatamente anterior a la elección. Requisitos   La inhabilidad endilgada al demandado exige unos supuestos a saber: (i)  intervenir en la celebración de contratos con entidades públicas del nivel municipal o distrital, (ii) haberlo celebrado durante el año anterior a la inscripción o a la elección como concejal, (iii) existir interés propio o de terc ...mas

41001-23-31-000-2011-00356-01(AP) Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

ACCION POPULAR - Generalidades / ACCION POPULAR - Objeto   La acción popular, consagrada en el inciso primero del artículo 88 de la Constitución Política y reglamentada por la Ley 472 de 1998, tiene como finalidad la protección de los derechos e intereses colectivos, cuando éstos resulten amenazados o vulnerados, exista peligro o agravio o un daño contingente por la acción u omisión de las autoridades públicas o de los particulares, cuando actúen en desarro ...mas

41001-23-31-000-2010-00488-01(AP) Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

ACCION POPULAR - Presupuestos para su procedencia   Se tiene que los supuestos sustanciales para que proceda la acción popular son los siguientes: a) una acción u omisión de la parte demandada, b) un daño contingente, peligro, amenaza, vulneración o agravio de derechos o intereses colectivos; peligro o amenaza que no es en modo alguno el que proviene de todo riesgo normal de la actividad humana y, c) la relación de causalidad entre la acción u omisión y la señalada afectació ...mas

41001-23-31-000-1997-09831-01 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

VALIDEZ DE LOS AVALUOS   Empero, también es cierto que en ningún momento se acreditó que el segundo avalúo fuera inconsistente, por el contrario, se buscaba un concepto jurídico para establecer la viabilidad de la transacción con un tope máximo del 50% reclamado, y en la mencionada Acta la Asesora de la Beneficencia reiteró que el señor BERMEO SALAS había pagado un valor superior al que realmente tenía el inmueble. Si se tiene en cuenta que el referido señ ...mas

25000-23-42-000-2014-02077-01(AC) Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

LA PAZ - Es un fin fundamental del Estado, un derecho colectivo, un derecho fundamental y un deber jurídico a cargo del Estado y los ciudadanos / DERECHO FUNDAMENTAL A LA PAZ - Derecho constitucional   La Corte Constitucional ha considerado que la paz tiene diferentes dimensiones, entre las cuales se encuentra que es (i) un fin fundamental del Estado, (ii) un derecho colectivo, susceptible de ser amparado mediante la acción popular, (iii) un derecho fundamental subj ...mas

25000-23-42-000-2014-00324-01(AC) Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA - Subsidiariedad   Al tenor de lo dispuesto en el artículo 86 constitucional, toda persona tendrá acción de tutela para reclamar la protección inmediata y efectiva de sus derechos fundamentales, amenazados o vulnerados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública o de determinados particulares, cuando no disponga de otro medio de defensa judicial para ello, salvo la ocurrencia de un perjuicio irremediable. La acción de tutela vien ...mas

25000-23-42-000-2014-00247-01(AC) Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

NULIDAD DE ACTOS ADMINISTRATIVOS - Improcedencia de la acción de tutela por existencia de otro mecanismo de defensa judicial   En el caso bajo examen, infiere la Sala que las pretensiones de la señora KAREN PATRICIA HERNÁNDEZ BLANQUICETT se dirigen a que se deje sin efecto el auto núm. 00029 de 24 de diciembre de 2013, por medio del cual la Dirección de Investigaciones Fiscales de la Contraloría General de la República, la encontró fiscalmente res ...mas

25000-23-42-000-2013-06323-01(AC) Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA - Generalidades / ACCION DE TUTELA - No es procedente cuando el actor cuenta con otro mecanismo de defensa judicial   El artículo 86 de la Constitución Política, establece la acción de tutela para reclamar ante los jueces, mediante un procedimiento preferente y sumario, la protección inmediata de los derechos fundamentales en los casos en que éstos resultaren vulnerados o amenazados por la acción u omisión de cualquier autoridad pública, siem ...mas

25000-23-42-000-2013-00987-01(AC) Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA - Naturaleza y presupuestos   Los presupuestos esenciales de la acción constitucional no son otros distintos que la existencia cierta, concreta y fundada de una conducta activa o pasiva que cause la violación o amenaza de los derechos consagrados por el constituyente como fundamentales, así como de aquellos que les fueren conexos, de acuerdo con las pautas trazadas por la jurisprudencia. En este sentido, la procedencia de la acción de tutela se de ...mas

25000-23-42-000-2012-01139-01(PI) Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

PERDIDA DE INVESTIDURA – Violación al régimen de incompatibilidades. Doble asignación proveniente del tesoro público.   Dentro de las causales de incompatibilidad previstas en el artículo 45 de la Ley 136 de 1994, no se encuentra establecida como causal de pérdida de investidura de Concejal, el hecho de percibir doble asignación proveniente del tesoro público. Contrario a lo manifestado por el recurrente, esta Corporación ha sostenido que si bi ...mas

25000-23-42-000-2012-00492-02(AC) Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA - Carácter subsidiario / ACCION DE TUTELA - Situaciones en las que procede como mecanismo transitorio   De conformidad con lo establecido por el artículo 86 de la Constitución la acción de tutela es un mecanismo de protección de derechos fundamentales de carácter residual y subsidiario, cuyo propósito es ofrecer un mecanismo expedito para su amparo inmediato cuando quiera que resulten vulnerados o se vean amenazados por la acción u omisión de autoridades púb ...mas

25000-23-41-000-2013-02025-01 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

RECHAZO DE LA DEMANDA – Caducidad del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho   El 18 de febrero de 2014, la apoderada judicial del actor allegó una nueva constancia expedida por la Procuraduría Cuarta Judicial II para Asuntos Administrativos, en la que informa que por error involuntario de digitación se habían consignado dos fechas de radicación de la solicitud de conciliación presentada por el señor Alfredo Restrepo Varón, pero que la fe ...mas

25000-23-41-000-2013-00309-01 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

RECHAZO DE LA DEMANDA – Actos de trámite   En este caso se demanda el Auto OBDC 0671 de 15 de agosto de 2012 “Por medio del cual se resuelve una petición” expedido por la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, a través del cual se decide la solicitud de la sociedad actora en relación con la caducidad de la facultad sancionatoria de la CAR, decisión que no comporta el finiquito del proceso administrativo sancionatorio que se adelanta p ...mas

25000-23-41-000-2013-00113-01(PI) Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

PERDIDA DE INVESTIDURA - Indebida destinación de dineros públicos   La causal de indebida destinación de dineros públicos se configura entonces cuando el congresista destina los dineros públicos a unas finalidades y cometidos estatales distintos a los establecidos en la Constitución, en la ley o en los reglamentos. La actora considera que los demandados incurrieron en dicha causal, por cuanto participaron en sesiones del Concejo en las cuales se aprobó el Acuer ...mas

25000-23-41-000-2012-00260-01 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

RECHAZO DE LA DEMANDA – El no acreditar la conciliación prejudicial como requisito de procedibilidad no es causal de rechazo de la demanda   En conclusión para demandar judicialmente a través del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho es necesario surtir la conciliación (artículo 2 del Decreto 1716 de 2009), salvo que se trate de conflictos tributarios, procesos ejecutivos o que la acción haya caducado. Se observa entonces que ...mas

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