Archivo de la Categoría 1.3.7.11 Sec. 5 2014

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Artículos Destacados

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Lista Artículos

15001-23-33-000-2013-00510-01(ACU) Sección 5 2014 [Consejo de Estado]

ACCION DE CUMPLIMIENTO - Objeto y finalidad   La acción de cumplimiento constituye el instrumento adecuado para demandar de las autoridades o de los particulares que ejercen funciones públicas, la efectividad de las normas con fuerza material de Ley y de los actos administrativos.   ACCION DE CUMPLIMIENTO - Requisitos de procedencia   Sin embargo, para que la acción de cumplimiento prospere, deben cum ...mas

15001-23-33-000-2013-00333-01(ACU) Sección 5 2014 [Consejo de Estado]

ACCION DE CUMPLIMIENTO - Concepto / ACCION DE CUMPLIMIENTO - Requisitos de procedibilidad / ACCION DE CUMPLIMIENTO - Objeto   La acción de cumplimiento prevista en el artículo 87 de la Constitución Política y desarrollada por la Ley 393 de 1997, propende por la materialización efectiva de aquellos mandatos contenidos en leyes o en actos administrativos, a efectos de que el Juez de lo Contencioso Administrativo le ordene a la autoridad que se constituya renuente, ...mas

13001-23-33-000-2013-00794-01(ACU) Sección 5 2014 [Consejo de Estado]

COMPETENCIA EN ACCION DE CUMPLIMIENTO - Cuando la demanda se dirige contra entidades del orden nacional el conocimiento de la segunda instancia corresponde a la Sección Quinta del Consejo de Estado / INSTITUTO GEOGRAFICO AGUSTIN CODAZZI - Entidad desconcentrada del orden nacional. Impugnación es competencia de la Sección Quinta del Consejo de Estado / FUERO DE ATRACCION - Aplicación. Oficina de Registro e Instrumentos Públicos de Cartagena   Esta Sala es competen ...mas

11001-03-28-000-2014-00054-00 Sección 5 2014 [Consejo de Estado]

INHABILIDAD POR COINCIDENCIA DE PERIODOS - La coincidencia no puede ser total / COINCIDENCIA DE PERIODOS - Solamente se puede materializar en la actualidad porque los períodos concuerden parcialmente / COINCIDENCIA DE PERIODOS - No puede darse respecto de elecciones para cargos o corporaciones públicas en la misma jornada electoral porque sólo se puede aspirar a un cargo o corporación   En cuanto a la inhabilidad prevista en el numeral 8° del artículo 179 de la ...mas

11001-03-28-000-2013-00057-00 Sección 5 2014 [Consejo de Estado]

CANAL REGIONAL DE TELEVISION DEL CARIBE - Elección de gerente / MEDIO DE CONTROL DE NULIDAD ELECTORAL - Es el medio judicial especial y propio por el cual se cometen a control de constitucionalidad y o legalidad únicamente los actos de elección y nombramiento / ACCION DE SIMPLE NULIDAD -  Es el medio de control idóneo para juzgar la legalidad de la Resolución que dispuso sobre los requisitos de estudio para ocupar el cargo de gerente de Telecaribe / NULIDAD ELECTOR ...mas

11001-03-28-000-2013-00040-00 Sección 5 2014 [Consejo de Estado]

REGIMEN DE BANCADAS - Concepto / BANCADA - La constituyen los miembros de las Corporaciones Públicas elegidos por un mismo partido, movimiento social o grupo significativo de ciudadanos en la respectiva corporación / CURULES - Pertenecen a los partidos y movimientos políticos / CURULES - No pertenecen a los candidatos elegidos / RENUNCIA A PARTIDO O MOVIMIENTO POLITICO - No se debe llamar a ocupar una curul, a un candidato que ya no pertenece a dicha organización política ...mas

11001-03-28-000-2013-00036-00 Sección 5 2014 [Consejo de Estado]

REVOCATORIA DEL MANDATO - Causales de procedencia de este mecanismo de participación ciudadana / REVOCATORIA DEL MANDATO - Insatisfacción general de la ciudadanía o por incumplimiento del programa de gobierno / REVOCATORIA DEL MANDATO - La modificación que introdujo el articulo 1 de la ley 741 de 2002 no esta referida a las causales de procedencia   En la Resolución que se demanda se dispuso en el artículo primero que, en el encabezado de los formu ...mas

11001-03-28-000-2013-00026-00 Sección 5 2014 [Consejo de Estado]

CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE CALDAS - Elección de Director General / CORPORACION AUTONOMA REGIONAL - Requisitos para ocupar el cargo de Director General   Sostuvo el actor que la elección acusada infringió lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto No. 1768 de 1994, en la Circular No. 1000-2-115203 de 27 de noviembre de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, y en el artículo 45 del Acuerdo No. 02  de 23 de febrero d ...mas

11001-03-28-000-2013-00024-00A Sección 5 2014 [Consejo de Estado]

TEORIA DE LA INTANGIBILIDAD DEL REGLAMENTO - Deber de respetar la legalidad que la Corporación misma crea y se le prohíbe alejarse de sus propias disposiciones / PRINCIPIO DE LEGALIDAD - La Corporación al desplegar una función administrativa se debe apegar a lo establecido en el reglamento / REGLAMENTO DE CORPORACION JUDICIAL - Acto administrativo de carácter general y de obligatorio cumplimiento / REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DE ESTADO - Procedimiento para la conformación de terna para ...mas

11001-03-28-000-2013-00021-00A Sección 5 2014 [Consejo de Estado]

SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA - Naturaleza jurídica / SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA - Régimen jurídico aplicable   De conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Decreto Presidencial No. 1512 de 2000 “Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones” la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada es una entidad adscrita al Sector Defen ...mas

11001-03-28-000-2013-00016-00 Sección 5 2014 [Consejo de Estado]

CORPORACION PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA - Elección de Director General / CORALINA - Elección de Director General / NULIDAD ELECTORAL - No es procedente para cuestionar la legalidad de actos preparatorios de trámite o definitivos ajenos a la actuación administrativa electoral / CONSEJO DIRECTIVO - Indebida delegación de la representante del Presidente de la República para integrarlo no hace nula la elección del director / CONSE ...mas

11001-03-28-000-2012-00074-00 Sección 5 2014 [Consejo de Estado]

UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR - Elección del Representante de los Estudiantes ante el Consejo Superior / REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES ANTE EL CONSEJO SUPERIOR - Nulidad de la elección por desconocimiento del procedimiento de selección / TRIBUNAL DE GARANTIAS ELECTORALES - Tiene a su cargo la función escrutadora. Comisiones Escrutadoras no tenían competencia para realizar el escrutinio   Desconocimiento del procedimiento de selección contenido e ...mas

11001-03-28-000-2012-00066-00 Sección 5 2014 [Consejo de Estado]

COLEGIO MAYOR DE CUNDINAMARCA - Designación de Rector / CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO - Procedimiento de designación de rector / RECTOR DEL COLEGIO MAYOR DE CUNDINAMARCA - No es un cargo de carrera   Indicó el actor en la demanda que el Acuerdo No. 26 de 2012 desconoce los artículos 1º y 2º de la Ley 909 de 2004 “por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones”, que c ...mas

11001-03-28-000-2012-00058-00 Sección 5 2014 [Consejo de Estado]

CORPORACION AUTONOMA REGIONAL - Requisito para delegar la representación de un ente territorial en el Consejo Directivo / CORPORACION AUTONOMA REGIONAL PARA LA DEFENSA DE LA MESETA DE BUCARAMANGA - Requisito para delegar la representación de un ente territorial en el Consejo Directivo / DELEGACION - Debe constar por escrito / DELEGACION - Debe indicar las funciones especificas que se delegan / DELEGACION - Debe indicar la autoridad del ...mas

11001-03-28-000-2012-00050-00 Sección 5 2014 [Consejo de Estado]

CORPORACION PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA MOJANA Y EL SAN JORGE - Elección de Director General / CORPOMOJANA - Elección de Director General / CONSEJO DIRECTIVO - Renuncia del representante de las Organizaciones no Gubernamentales   El asunto a decidir es Determinar si el acto de elección del señor Jesús Arley Oviedo Quiroz como Director General de la Corporación para el Desarrollo Sostenible- Corpomojana-  para el periodo 2012-2015 contenido en el Acta No. 04 del 10 de ju ...mas

11001-03-28-000-2012-00042-00 Sección 5 2014 [Consejo de Estado]

UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA - Elección de los representantes de los egresados ante el Consejo Superior / PRINCIPIO DE LA EFICACIA DEL VOTO - Aplicación para determinar la incidencia en el resultado electoral   En cuanto al primer cargo señala el accionante que en el proceso electoral se violaron los artículos 2 y 40 de la Carta Política por cuanto debido a las múltiples irregularidades se afectó el derecho al voto y a la transparencia de dicho proceso. Tales irregularidades las h ...mas

11001-03-28-000-2012-00006-00 Sección 5 2014 [Consejo de Estado]

CONSEJO NACIONAL ELECTORAL - Integración / CONSEJO NACIONAL ELECTORAL - Origen político / CONSEJO NACIONAL ELECTORAL - La elección de sus miembros corresponde al Congreso de la República / CONSEJO NACIONAL ELECTORAL - Sus miembros pueden ser reelegidos una vez / CONSEJO NACIONAL ELECTORAL - Carácter institucional del período de sus miembros / PERIODO INSTITUCIONAL - Miembros del Consejo Nacional Electoral ...mas

11001-03-28-000-2011-00059-00 Sección 5 2014 [Consejo de Estado]

PRINCIPIO DE PUBLICIDAD - Orienta las actuaciones administrativas / ACTO ADMINISTRATIVO DE CARACTER GENERAL - Publicación. Los actos generales expedidos por entidades y órganos del orden nacional deben ser publicados en el diario oficial / PRINCIPIO DE PUBLICIDAD - El requisito de publicación de los actos administrativos de carácter general es un presupuesto de eficacia u oponibilidad frente a terceros y no de validez   En virtud del principio constit ...mas

11001-03-24-000-2011-00064-00A Sección 5 2014 [Consejo de Estado]

ACCION DE SIMPLE NULIDAD - Acto de contenido electoral / EXCEPCION DE COSA JUZGADA - Elementos para su configuración / COSA JUZGADA - Concepto. Características. Efectos / EXCEPCION DE COSA JUZGADA - Probada por cuanto ya se había declarado la nulidad del acto demandado   El artículo 175 del C.C.A, se refiere a la cosa juzgada, y al respecto dispone: “La sentencia que declare la nulidad de un acto administrativo tendrá fuerza de cosa juzgada erga o ...mas

11001-03-15-000-2014-01109-00(AC) Sección 5 2014 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Improcedente por incumplir requisito de inmediatez   La inmediatez concierne a que el reclamo de protección se haya efectuado dentro de un tiempo razonable y prudencial, contado a partir del momento en que se notificó la providencia a la que se atribuye la transgresión de los derechos fundamentales. Esta exigencia deriva del carácter de protección inmediata que por naturaleza tiene la tutela, y tiene su ...mas

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