Archivo de la Categoría 1.3.3.13 Sec. 1 2012

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08001-23-31-000-2011-00788-01(AC) SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

DERECHOS AL BUEN NOMBRE Y A LA HONRA - Derechos De Valor   En efecto los derechos al buen nombre y a la honra son derechos que se ganan de acuerdo con las acciones realizadas por el individuo, sea que en virtud de ellas  pueda gozar del respeto y admiración de la colectividad como consecuencia de su conducta intachable, o sea que, por el contrario,  carezca de tal imagen y prestigio, en razón a  su indebido comportamiento social.   En este último caso difícilmente se puede ...mas

08001-23-31-000-2011-00788-01(AC) Seccion 1 2012 [Consejo de Estado]

DERECHOS AL BUEN NOMBRE Y A LA HONRA - Derechos De Valor   En efecto los derechos al buen nombre y a la honra son derechos que se ganan de acuerdo con las acciones realizadas por el individuo, sea que en virtud de ellas  pueda gozar del respeto y admiración de la colectividad como consecuencia de su conducta intachable, o sea que, por el contrario,  carezca de tal imagen y prestigio, en razón a  su indebido comportamiento social.   En este último caso difícilmente se puede ...mas

08001-23-31-000-2011-00517-01 Seccion 1 2012 [Consejo de Estado]

RECHAZO DE LA DEMANDA - Personas legitimadas para demandar en la acción de nulidad y restablecimiento. Requisitos de la suspensión provisional. Acumulación de procesos   Observa la Sala que la actora interpone la acción, afirmando ser propietaria de un vehículo de servicio público colectivo de transporte de pasajeros que tiene vinculado al parque automotor de la empresa Transportes Lolaya Ltda, circunstancia que no la legitima para demandar el acto acusado, pues ...mas

08001-23-31-000-2011-00505-01 SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

RECHAZO DEMANDA / ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - CADUCIDAD DE LA ACCION - Presupuestos procesales   Como primera medida, debe señalarse, en cuanto a la naturaleza de los actos demandados, que su contenido es particular y concreto, por cuanto resuelven una situación jurídica en cabeza de la Empresa TRANSPORTES LOLAYA LTDA., de manera que la acción procedente para enjuiciarlos es la de nulidad y restablecimiento del derecho. En tal sentido, de conformid ...mas

08001-23-31-000-2011-00505-01 Seccion 1 2012 [Consejo de Estado]

RECHAZO DEMANDA / ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - CADUCIDAD DE LA ACCION - Presupuestos procesales   Como primera medida, debe señalarse, en cuanto a la naturaleza de los actos demandados, que su contenido es particular y concreto, por cuanto resuelven una situación jurídica en cabeza de la Empresa TRANSPORTES LOLAYA LTDA., de manera que la acción procedente para enjuiciarlos es la de nulidad y restablecimiento del derecho. En tal s ...mas

08001-23-31-000-2011-00491-01 Seccion 1 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Presupuestos   Advierte la Sala que efectivamente el 28 de abril de 2011, el ciudadano Luis María Guarín López, interpuso la presente demanda, en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, contra las Resoluciones No 326,10, 327,10, 328,10, 329,10 y 463,10 todas de 2010. Asimismo, que los actos acusados son de contenido particular y concreto, en tanto que el Director del Área Metropolitana d ...mas

08001-23-31-000-2011-00470-01 SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

DEMANDA - No procede su rechazo por un punto distinto al señalado en el auto que la inadmitió / RECHAZO DE LA DEMANDA - Improcedencia al haberse corregido la demanda   Para la Sala resulta evidente que el a quo incurrió en un error al rechazar la demanda por considerar que no había sido subsanada en su totalidad, toda vez que del escrito de corrección se observa que el apode ...mas

08001-23-31-000-2011-00470-01 Seccion 1 2012 [Consejo de Estado]

DEMANDA – No procede su rechazo por un punto distinto al señalado en el auto que la inadmitió / RECHAZO DE LA DEMANDA - Improcedencia al haberse corregido la demanda   Para la Sala resulta evidente que el a quo incurrió en un error al rechazar la demanda por considerar que no había sido subsanada en su totalidad, toda vez que del escrito de corrección se observa que el apoderado del actor cumplió con cada uno de los requerimientos que se le hicieron en el auto ...mas

08001-23-31-000-2011-00468-01 SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

RECHAZO DEMANDA / ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - CADUCIDAD DE LA ACCION - Presupuestos procesales   Como primera medida, debe señalarse, en cuanto a la naturaleza de los actos demandados, que su contenido es particular y concreto, por cuanto resuelven una situación jurídica en cabeza de la Empresa TRANSPORTES LOLAYA LTDA., de manera que la acción procedente para enjuiciarlos es la de nulidad y restablecimiento del derecho. En tal sentido, de conformidad ...mas

08001-23-31-000-2011-00468-01 Seccion 1 2012 [Consejo de Estado]

RECHAZO DEMANDA / ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - CADUCIDAD DE LA ACCION - Presupuestos procesales   Como primera medida, debe señalarse, en cuanto a la naturaleza de los actos demandados, que su contenido es particular y concreto, por cuanto resuelven una situación jurídica en cabeza de la Empresa TRANSPORTES LOLAYA LTDA., de manera que la acción procedente para enjuiciarlos es la de nulidad y restablecimiento del derecho. En tal sentido, de co ...mas

08001-23-31-000-2011-00403-01 SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

CONCILIACION PREJUDICIAL - Requisito de procedibilidad / RECHAZO DE LA DEMANDA - Por no haber acreditado la solicitud y celebración de la audiencia de conciliación prejudicial / RECURSO DE APELACION - Demostración de haber agotado la conciliación prejudicial como requisito de procedibilidad / DERECHO DE ACCESO A LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA - En su garantía se ordena proveer sobre la admisión de la demanda / defecto procedimental por exceso ritual manifiesto - Aplicación ...mas

08001-23-31-000-2011-00403-01 Seccion 1 2012 [Consejo de Estado]

CONCILIACION PREJUDICIAL - Requisito de procedibilidad / RECHAZO DE LA DEMANDA - Por no haber acreditado la solicitud y celebración de la audiencia de conciliación prejudicial / RECURSO DE APELACION - Demostración de haber agotado la conciliación prejudicial como requisito de procedibilidad / DERECHO DE ACCESO A LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA - En su garantía se ordena proveer sobre la admisión de la demanda / defecto procedimental por exceso ritual manifiesto ...mas

08001-23-31-000-2011-00389-01 S Seccion 1 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Requisitos de procedibilidad / RECHAZO DEMANDA - Legitimación para actuar   Ahora bien, según lo dispuesto en el artículo 85 del Código Contencioso Administrativo son presupuestos procesales de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho: a) que el demandante tenga capacidad jurídica y procesal para actuar, b) que la acción no se haya extinguido por caducidad, y c) que se haya agotado la vía gubernativ ...mas

08001-23-31-000-2011-00388-01 SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

RECURSO DE APELACION - Contra el auto que rechazó la demanda por no reunir requisitos formales y existir caducidad respecto de algunos actos demandados  

 

CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION PRIMERA     Consejera ponente: MARIA ELIZABETH GARCIA GONZALEZ   Bogotá, D.C., dos (2) de febrero de dos mil doce (2012)   Radicación número: 08001-23-3 ...mas

08001-23-31-000-2011-00388-01 Seccion 1 2012 [Consejo de Estado]

RECURSO DE APELACION – Contra el auto que rechazó la demanda por no reunir requisitos formales y existir caducidad respecto de algunos actos demandados     CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION PRIMERA     Consejera Ponente: MARÍA ELIZABETH GARCÍA GONZÁLEZ   Bogotá D.C., dos (2) de febrero de dos mil doce (2012)   Radic ...mas

08001-23-31-000-2011-00340-01 Seccion 1 2012 [Consejo de Estado]

REQUISITOS DE LA ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Legitimación por activa   Ahora bien, según lo dispuesto en el artículo 85 del Código Contencioso Administrativo son presupuestos procesales de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho: a) que el demandante tenga capacidad jurídica y procesal para actuar, b) que la acción no se haya extinguido por caducidad, y c) que se haya agotado la vía gubernativa, salvo que la Administración n ...mas

08001-23-31-000-2011 00923 01(AP) Seccion 1 2012 [Consejo de Estado]

ACCION POPULAR - Se reconoce incentivo económico en demandas interpuestas antes de entrar en vigencia Ley  1425 de 2010   FUENTE FORMAL: CONSTITUCION POLITICA - ARTICULO 78 / LEY 472 DE 1998 – ARTICULO 39   NOTA DE RELATORIA: Sobre el pago del incentivo, Concejo de Estado, sentencias del 18 de mayo de 2011, Exp. 2005-00232-01.  Consejera ponente María Claudia Rojas Lasso y del 11 de agost ...mas

08001-23-31-000-2010-00628-01_1 Seccion 1 2012 [Consejo de Estado]

ACTO ADMINISTRATIVO / SUSPENSION PROVISIONAL - Requisitos   La acción incoada en este caso es la de simple nulidad, prevista en el artículo 84 del CCA, para que en este tipo de acción contencioso-administrativa proceda la suspensión provisional de los efectos de los actos administrativos acusados, el artículo 152 del CCA señala los siguientes requisitos: 1) Que la medida se solicite y sustente de modo expreso en la demanda o en escrito separado, pre ...mas

08001-23-31-000-2010-00628-01 SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

ACTO ADMINISTRATIVO / SUSPENSION PROVISIONAL - Requisitos   La acción incoada en este caso es la de simple nulidad, prevista en el artículo 84 del CCA, para que en este tipo de acción contencioso-administrativa proceda la suspensión provisional de los efectos de los actos administrativos acusados, el artículo 152 del CCA señala los siguientes requisitos: 1) Que la medida se solicite y sustente de modo expreso en la demanda o en escrito separado, presentado antes de que ...mas

08001-23-31-000-2010-00465-01 SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

RECHAZO DE LA DEMANDA - Por no haberse intentado la conciliación extrajudicial

 

 

CONSEJO DE ESTADO

 

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

 

SECCION PRIMERA

 

Consejera ponente: MARIA CLAUDIA ROJAS LASSO

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