Inicio » 1. JURISPRUDENCIA
Descripción:
No hay ningún artículo disponible
CONCILIACION DE PROCESOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOS EN MATERIA TRIBUTARIA Y ADUANERA - Condiciones, requisitos y montos en procesos en que se discute la legalidad de la sanción por no declarar. Procedencia / SOLICITUD DE CONCILIACION DE PROCESOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOS EN MATERIA TRIBUTARIA Y ADUANERA - Documentos que se deben anexar 1.1 La Ley 1607 de 26 de diciembre de 2012, por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones, en su ar ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN Bogotá, D.C., veintiuno (21) de octubre de dos mil nueve (2009) Radicación número: 25000-23-15-000-2009-01264-01(AC ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO Bogotá, D.C., veintisiete (27) de octubre de dos mil nueve (2009) Radicación número: 25000-23-15-000-2009-01242-01(AC) ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON Bogota, D.C., quince (15) de octubre de dos mil nueve (2009) Radicación número: 25000-23-15-000-2009-01223-01(AC) ...mas
TUTELA IMPROCEDENTE POR EXISTIR OTRO MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL NOTA DE RELATORIA: Con relación al tema de la improcedencia de la tutela por existir otro medio de defensa judicial ver sentencia de 11 de diciembre de 2008, Consejo de Estado, Sección Segunda, Exp. AC-00973, MP. Gustavo Eduardo Gómez Aranguren. . CONSEJO DE ESTADO ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN Bogotá, D.C., quince (15) de octubre de dos mil nueve (2009) Radicación número: 25000-23-15-000-2009-01091-01(AC) ...mas
TUTELA CONTRA PROVIDENCIAS JUDICIALES - Improcedencia NOTA DE RELATORIA: Sobre el tema de improcedencia de la tutela contra providencias judiciales ver, sentencia, Consejo de Estado, Sección Segunda, radicado número AC - 00751 de agosto 23 de 2007, M.P. Alfonso Vargas Rincón CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ...mas
HABEAS CORPUS - Improcedencia para resolver sobre solicitudes de libertad en desarrollo de un proceso penal Es el Juez de Control de Garantías el legalmente facultado para decidir lo relativo a la libertad de las personas, bien sea para privarlas de ese derecho o para revocar la orden de privación, de modo que si el sindicado considera que dentro del proceso penal se ha producido alguna causal legal para recuperarla, no puede a su discreción escoger entre el Juez ...mas
Proceso No 14792 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL Aprobado acta No. 201 Magistrado Ponente: Dr. FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL Bogotá, D. C., diecinueve de diciembre del dos mil uno. Resuelve la Corte ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON Bogotá, D.C., veintiuno (21) de octubre dos mil diez (2010) Radicación número: 11001-03-25-000-2005-00096-00(4272-05) ...mas
HOJA DE SERVICIO - Documento previo para la obtención de la asignación de retiro / HOJA DE SERVICIO CON FINES PRESTACIONALES Y PENSIONALES - Es una actuación administrativa previa y necesaria para la asignación de retiro / RECONOCIMIENTO DE LA ASIGNACION DE RETIRO - Es competencia de la caja de retiro de las fuerzas militares / ELABORACION DE LA HOJA DE SERVICIO - Es competencia del Ministerio de Defensa / MIEMBROS DE LAS BANDAS DE GUERRA DEL EJERCITO - Se reputan militares por el re ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Consejero ponente: VICTOR HERNANDO ALVARADO ARDILA Bogotá, D.C., cuatro (4) de agosto de dos mil diez (2010) Radicación número: 11001-03-25-000-2004-00223-01(4649-04) Actor: LUIS ...mas
TIEMPOS DOBLES – Reconocimiento. Requisitos De tal suerte que para tener derecho a los tiempos dobles, se debe acreditar: a)-. Que existan normas que declaren el estado de sitio y que en cada caso lo restablezcan, b)-. Que el Gobierno por acto administrativo, previas las consideraciones del Consejo de Ministros y siempre que las condiciones lo justifiquen, determine las zonas donde el servicio prestado por los servidores públicos especiales (militares y policías) se compute en f ...mas
PRUEBA - Valor probatorio / DERECHO DE DEFENSA - Derecho a solicitar y controvertir pruebas / PROCESO DISCIPLINARIO - Falta al deber de selección objetiva / PODER DISCIPLINARIO DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION - Deber de valorar las pruebas en conjunto / PRINCIPIO NON BIS IN IDEM - Al ser declarado insubsistente con motivo de los mismos hechos materia de la sanción disciplinaria / SANCION DISCIPLINARIA - Garantizar las funciones y fines del estado ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION B Consejera ponente: BERTHA LUCIA RAMIREZ DE PAEZ Bogotá, D.C., cuatro (4) de agosto dos mil diez (2010) Radicación número: 11001-03-25-000-2004-00106-00(1236-04) ...mas
MUERTE EN ACTOS DE SERVICIO - Derecho a prestaciones sociales / MUERTE EN ACTOS ESPECIALES DEL SERVICIO - Reconocimiento, requisitos / MUERTE POR ACTOS DE SERVICIO - Ejercicio rutinario de funciones El artículo 164 del Decreto 1212 de 1990, aplicable para la fecha en que sucedieron los hechos, disponía: ARTÍCULO 164. MUERTE EN ACTOS DEL SERVICIO. Durante la vigencia del presente Estatuto, a la muerte de un Oficial o Suboficial de la Policía Nacional en servicio activo, ocurrid ...mas
COSA JUZGADA - Características / COSA JUZGADA - Elementos que la estructuran. Mismo objeto y misma causa petendi / IDENTIDAD PLENA DE OBJETO - Inexistencia para declarar cosa juzgada / IDENTIDAD DE CAUSA PETENDI - Inexistencia para declarar cosa juzgada Esta Sección en punto del tema de la cosa juzgada en el contencioso de simple nulidad ha sostenido, que son dos los aspectos procesales que marcan los límites de dicha figura jurídica, a saber: i) ...mas
POTESTAD REGLAMENTARIA - Definición / POTESTAD REGLAMENTARIA - Diferencia con el ejercicio de facultades extraordinarias / DECRETOS EXTRAORDINARIOS - Diferencias con los decretos reglamentarios / FACULTADES LEGISLATIVAS EXTRAORDINARIAS - Diferencia con facultad reglamentaria ordinaria El artículo 189, numeral 11, de la Constitución Política, con fundamento en el cual se dictaron las disposiciones demandadas en el sub-lite, contempla la potestad regl ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Consejero ponente: CARLOS ARTURO ORJUELA GONGORA Bogotá, D. C., diciembre trece (13) de dos mil diez (2010) Radicación número: 11001-03-25-000-2001-00086-00(1243-01) Actor: CARLOS ...mas
SOLICITUD DE REGISTRO DE MARCA / OPOSICION - Sujetos legitimados para presentarla La normativa comunitaria citada es clara al señalar: i) que para que un signo sea registrable como marca debe ser susceptible de representación gráfica y debe ser distintivo; y ii) que cuando el signo cuyo registro se solicita es idéntico o se asemeja a una marca previamente solicitada para registro o ya registrada a nombre de un tercero, para identificar productos o servicios iguales o si ...mas