Archivo de la Categoría 1.3.3.18 Sec. 1 2007

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Artículos Destacados

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Lista Artículos

11001-03-24-000-2002-00254-01 Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

FALTA DE LEGITIMACION EN LA CAUSA ACTIVA - Evidencia respecto del Departamento Administrativo de la Presidencia frente al servicio público de transporte   El Departamento Administrativo de la Presidencia de la República propuso la excepción de «falta de legitimación en la causa por pasiva», por  la fijación de criterios en las relaciones económicas entre las empresas de transporte y los propietarios y/o conductores de vehículos de carga no es materia de sus competencias, y n ...mas

11001-03-24-000-2002-00237-01 Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

APLICACION DE LA LEY EN EL TIEMPO - Derecho de propiedad industrial: normas aplicables en la fecha de su otorgamiento   LA NORMATIVA APLICABLE AL CASO CONCRETO Puesto que la solicitud que culminó con la expedición de los actos acusados se encontraba en trámite el 1º. de  diciembre 2000, fecha en que entró en vigencia la Decisión 486, debía resolverse a la luz de sus disposiciones, en virtud del inciso final de la Disposición Transitoria Primera ídem, del siguiente tenor: «D ...mas

11001-03-24-000-2002-00222-01 Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

LEMA COMERCIAL - Definición; aplicación de normas sobre marcas; requisitos para su registro / SLOGANS - Definición; requisitos de registro   Los lemas comerciales son definidos por el artículo 118 de la Decisión 344 como «la palabra, frase o leyenda utilizada como complemento de una marca». Adicionalmente, los artículos 119 a 122 prohíben registrar lemas comerciales que contengan alusiones a productos o marcas similares o expresiones que puedan perjudicarlos y les hacen aplic ...mas

11001-03-24-000-2002-00220-01 Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

LEMA COMERCIAL - Definición comunitaria; aplicación de normas especiales y las generales sobre marcas / SLOGANS - Definición doctrinal   Los lemas comerciales son definidos por el artículo 118 de la Decisión 344 como: «la palabra, frase o leyenda utilizada como complemento de una marca». Adicionalmente, los artículos 119 a 122 prohíben registrar lemas comerciales que contengan alusiones a productos o marcas similares o expresiones que puedan perjudicarlos y les h ...mas

11001-03-24-000-2002-00216-01 Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

LEMA COMERCIAL - Definición: complemento de la marca; debe especificar la marca con la cual se usaría; requisitos para su registro   Los lemas comerciales son definidos por el artículo 118 de la Decisión 344 como: «la palabra, frase o leyenda utilizada como complemento de una marca». Adicionalmente, los artículos 119 a 122 prohíben registrar lemas comerciales que contengan alusiones a productos o marcas similares o expresiones que puedan perjudicarlos y les hacen ...mas

11001-03-24-000-2002-00188-01 Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

SIGNO DESCRIPTIVO - Lo es EN VIA MENSAJERIA al hacer alusión al servicio / ELEMENTO GRAFICO - Carencia de fuerza distintiva de un sobre para prestar servicios de correo / GRAFICO DESCRIPTIVO - Irregistrabilidad del dibujo en forma de sobre para servicios de correo   Ahora bien, es claro el literal d) del artículo 82 de la Decisión 344 en señalar que debe impedirse el registro de un signo como marca cuando el mismo pueda servir “para designar o para describir la especie, la calid ...mas

11001-03-24-000-2002-00185-01 Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

PAIN - Expresión inglesa de uso común que significa dolor / SIGNO EVOCATIVO DE USO COMUN - Lo es PAIN al ofrecer propiedades del producto; no se tiene en cuenta en el cotejo   Es oportuno resaltar, que el vocablo PAIN del idioma inglés  traducido al español significa “DOLOR”. El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina en la Interpretación Prejudicial rendida en este proceso es enfático en señalar que la importancia de determinar si el significado de la palabra forma o ...mas

11001-03-24-000-2002-00160-01 Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

SUFIJO DE USO COMUN - Exclusión en el cotejo / MARCA DEBIL - Utiliza sufijos o prefijos de uso común inapropiables / SIGNO GENERICO - Puede cambiarse y ser registrable si no resulta semejante a otro previamente registrado / NUTRISKIN - Marca registrada que impide el registro del signo NU SKIN   Para llevar a cabo el cotejo marcario entre el signo cuyo registro fue otorgado y el signo en que se fundamenta la observación,  la Sala tiene en cuenta que el sufijo SKIN, vocablo extranje ...mas

11001-03-24-000-2002-00159-01 Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

COTEJO DE ELEMENTOS DENOMINATIVOS EN SIGNOS MIXTOS - TENNIS KIDS y DOROTENNIS: similitud ideológica / TENNIS KIDS - Marca registrada similar a DOROTENNIS   En consecuencia se analizarán los elementos nominativos de los signos cotejados: TENNIS KIDS y DOROTENNIS. Los aspectos a comparar son el ideológico, ortográfico y fonético. La similitud ideológica se presenta entre signos que evocan similares o idénticas ideas. Al respecto debe expresarse que el vocablo común y más releva ...mas

11001-03-24-000-2002-00157-01 Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

SINDICATOS - Registro de las juntas directivas, subdirectivas y comités seccionales: improcedencia del cargo por falta de competencia   Según se afirma en la demanda, la falta de competencia se deduce del contenido del artículo 40 del Decreto 1741 de 1993, que en su numeral 14, le atribuyó a los Inspectores del Trabajo y Seguridad social la función de efectuar los registros de las Juntas Directivas, Subdirectivas y Comités Seccionales de las organizaciones sindicales de primer g ...mas

11001-03-24-000-2002-00153-01 Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Derogación por Ley 954 de 2005 con vigencia a partir del 28 de abril del mismo año; diferencia entre iniciación del término de interposición e interposición del mismo   Mediante el artículo 2º de la Ley 954 de 2005 se derogó el artículo 194 del Código Contencioso Administrativo, modificado por el artículo 57 de la Ley 446 de 1998, el cual establecía el recurso extraordinario de súplica contra las sentencias ejecutoriadas dictadas por c ...mas

11001-03-24-000-2002-00150-01 Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

MARCA SEMEJANTE REGISTRABLE - Lo es BIORE respecto a BIOREX al amparar productos de la misma clase a fines distintos: aseo personal y aseo de objetos / DISTINTIVIDAD POR FINALIDAD EN PRODUCTOS DE LA MISMA CLASE - Siendo BIORE ortográfica y fonéticamente semejante es registrable por la finalidad distinta de los productos de aseo / REGISTRABILIDAD DE MARCA SEMEJANTE - Lo es BIORE respecto a BIOREX al amparar productos de la misma clase a fines distintos; por ser una marca mixta y la otra denomin ...mas

11001-03-24-000-2002-00113-01 Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

PROPAGANDA ELECTORAL - Legalidad de su prohibición: Decretos 140 y 844 de 2002 / PROPAGANDA POLITICA - Legalidad de su prohibición: comprende a los medios de comunicación / ENCUESTAS ELECTORALES - Prohibición de su difusión   La Sala ha dejado claramente definido que la voluntad del legislador ha sido que el día de las elecciones no se difunda propaganda política o electoral por  ningún medio. Este criterio fue expuesto entre otras, en  sentencia de 10 de febrero de 2005 en ...mas

11001-03-24-000-2002-00081-01 Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

MARCAS EN IDIOMA EXTRANJERO - Los signos que se han generalizado por su escritura, fonética o significado son de carácter descriptivo; el signo que se sirva de raíz o vocablo equivalente en la lengua española se tiene como expresión local, lo mismo que los extranjerismos / EXTRANJERISMOS - Se  tienen como expresión local   Sobre el particular, la Sala considera pertinente remitirse a lo sostenido por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina en la interpretación prejudici ...mas

11001-03-24-000-2002-00079-01A Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

DERECHO DE PRIORIDAD MARCARIA - No procede la solicitud de PEGATEX respecto de ATEX por ser ésta anterior a la primera   Al revisar los antecedentes que remitió inicialmente la Superintendencia de Industria y Comercio, advierte la Sala que si bien es cierto que los mismos no corresponden al expediente 27.038/96, dentro del cual se expidió el certificado núm.  191598 en favor de PEGATEX LIMITADA, QUE ES AL QUE SE ALUDE EN LOS ACTOS ACUSADOS, que acompaña la actora en esta oportun ...mas

11001-03-24-000-2002-00079-01 Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

COTEJO MARCARIO - Comprende elemento gráfico, fonético y conceptual / SIMILITUD ORTOGRAFICA - Modalidades: según orden, longitud, sílabas y raíces   Señala el Tribunal que la comparación de los signos habrá de hacerse desde sus elementos gráfico, fonético y conceptual, teniendo en cuenta en especial los que fueren distintivos y dominantes; que, sin embargo, la comparación deberá ser conducida por la impresión unitaria que cada signo en disputa habrá de producir en la sen ...mas

11001-03-24-000-2002-00042-01 Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

LEEMON - Marca descriptiva a ser evidente su relación con la especie de bebida / MARCA DESCRIPTIVA - Irregistrabilidad al indicar una especie de la clase de productos   Así las cosas, se observa de manera fácil que la marca está conformada por una palabra cuya pronunciación guarda correspondencia con el concepto de la fruta conocida como limón, el cual se refuerza con la lectura de la frase “limonada pura” que está en la parte inferior del signo. Ese concepto, a su vez, tie ...mas

11001-03-24-000-2002-00032-01 Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

RIESGO DE CONFUSION - Existencia entre los signos de fantasía JUAN GUDI y GUDIZ / NOMBRE PROPIO - No susceptible de apropiación en marcas / JUAN GUDI - Semejanza ortográfica y fonética con el signo GUDIZ / RIESGO DE CONFUSION POR CONEXION COMPETITIVA - Existencia en productos alimenticios de los signos GUDIZ y JUAN GUDI   Las marcas opositoras son, pues, las siguientes: Marca concedida JUAN GUDI; Marca opositora GUDIZ. Por otra parte, aplicando los criterios expue ...mas

11001-03-24-000-2002-00024-01 Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

MARCAS EN IDIOMA EXTRANJERO - Se presumen que no son de conocimiento común; cuando su uso se generaliza se da trato de signo descriptivo / SIGNOS DESCRIPTIVOS EN IDIOMA EXTRANJERO - Irregistrabilidad   Las marcas en disputa se forman con palabras en lengua extranjera. En relación con esta clase de signos, en la Interpretación Prejudicial rendida dentro del Proceso 9-IP-2003 el Tribunal Andino sostuvo:  «El significado de las palabras en idioma extranjero se presume que no es de c ...mas

11001-03-24-000-2002-00001-01 Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

ACCION ESPECIAL DE NULIDAD MARCARIA - Titularidad: cualquier persona; pretensión de nulidad absoluta sin sujeción a caducidad alguna; pretensión de nulidad relativa sujeta a prescripción de 5 años   Si bien en al demanda se pide el restablecimiento del derecho, lo cual es propio de la acción prevista en el artículo 85 del C.C.A., es menester dejar en claro que la Sala interpreta la acción ahora incoada como la especial de nulidad establecida en el artículo 17 ...mas

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