Archivo de la Categoría 1.3.4.13 Sec. 2 2012

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Lista Artículos

25000-23-25-000-2005-08423-01(1137-10) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

PENSION DE JUBILACION EN LA CONTRALORIA GENERAL DE  LA  REPUBLICA – Factores. Liquidación sobre el salario devengado en los últimos 6 meses   Al establecer la base de liquidación, se incluyó la asignación básica, prima técnica y la bonificación por servicios prestados, omitiendo incluir otros factores devengados en el último semestre de servicio en consecuencia, comparte la Sala la decisión de primera i ...mas

25000-23-25-000-2005-07696-02(0618-12) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

COSA JUZGADA - Objeto / CAUSA PETENDI - Identidad de partes y objeto   La figura en referencia tiene como objeto efectivizar el derecho constitucional al debido proceso y la seguridad jurídica, pues se erige en garantía de que una determinada controversia decidida en sede judicial no será objeto de un proceso posterior. De esta manera, se impide que los debates se tornen indefinidos en el tiempo y se procura por la eficiencia en la administración de justicia. En e ...mas

25000-23-25-000-2005-07533-01(0957-07) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

PENSION DE JUBILACION DE LOS EMPLEADOS DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA – Régimen aplicable. Subrogación   A los empleados del SENA en cuanto a régimen pensional se les aplican, en general, para efectos prestacionales, las mismas normas vigentes para los empleados de la rama ejecutiva del poder público, pues según el Decreto 2464 de 1970, tienen derecho a las prestaciones establecidas por la ley para los servidores civiles de la Rama Ejecu ...mas

25000-23-25-000-2005-07005-01(0651-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

REGIMEN PENSIONAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS - Recuento normativo / REGIMEN PENSIONAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS - Fijación. Competencia / PENSION DE JUBILACION - Reconocimiento con base en disposiciones territoriales / PENSION DE JUBILACION - Convalidación de derechos adquiridos / CONVENCIONES COLECTIVAS - Reconocimiento de la pensión de jubilación    La fijación del régimen salarial y prestacional de los empleados públicos constituye competencia que la Consti ...mas

25000-23-25-000-2005-06481-01(1815-11)_1 Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS - Competencia / AUTONOMIA UNIVERSITARIA - Concepto. Limite / UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS - Debe sujetarse a las normas legales que regulan el régimen pensional de los empleados del estado   Conforme a la Constitución Política de 1991, que no ha otorgado a otras autoridades la facultad de proferir normas sobre prestaciones sociales, corresponde al Congreso expedir las leyes a las que se suj ...mas

25000-23-25-000-2005-05790-02(1132-10) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

INCIDENTE DE EXCEPCIONES DE FONDO - Improcedente / ABOGADO - Conducta que puede incurrir en falta disciplinaria / ABOGADO - Orden de compulsar copias a la Judicatura por interponer recursos improcedentes / INTERPOSICION DE RECURSOS IMPROCEDENTES - Justifica compulsar copias para investigar posible falta disciplinaria   Por tercera ocasión consecutiva el apoderado del actor interpone "incidente de excepciones de fondo", contra el auto 31 de marzo de 2011, ...mas

25000-23-25-000-2005-05759-01(1577-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

PODER PREFERENTE DISCIPLINARIO DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION - Efectos / CONTROL JUDICIAL DEL PROCESO DISCIPLINARIO - No es una tercera instancia / PROCESO DISCIPLINARIO - Protección de las garantías básicas constitucionales Esta Sección ha señalado reiteradamente que según el diseño Constitucional, la potestad correccional y disciplinaria se ejerce por la Procuraduría General de la Nación, a quien se reconoce un poder preferente, que no excluye la facultad ...mas

25000-23-25-000-2005-05713-02(2308-07) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

RETIRO DEL SERVICIO POR RECONOCIMIENTO DE PENSION – No es aplicable a quienes dentro del régimen de transición son beneficiarios de permanecer hasta la edad de retiro forzoso   En el sub lite se encuentra acreditado que Capresub reconoció una pensión de vejez a favor del actor mediante Resolución No. 019 de 26 de enero de 2005. Por tal razón, la Superintendencia Bancaria ordenó el retiro definitivo acudiendo a la causal dispuesta en el parágrafo 3 del artículo 9 de la Ley 7 ...mas

25000-23-25-000-2005-05545-01(0127-09) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

DIFERENCIA SALARIAL – Reconocimiento. Cargo de asesor. Prueba   Resulta palmario que de haber ocupado el actor el cargo de Asesor en la DIAN, tal situación debe constar necesariamente en su hoja de vida, en tanto, como ya se expresó, la forma de provisión de dicho cargo, calificado en los reglamentos de la entidad como de libre nombramiento y remoción, no puede ser otra distinta al nombramiento ordinario. Pese a ello, no se aportó en el curso de la actuación prueba de nombrami ...mas

25000-23-25-000-2005-05285-01(2461-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

EMPLEADOS DEL INSTITUTO DE SEGURO SOCIAL – Naturaleza. Empleado público / INSTITUTO DEL SEGURO SOCIAL – Naturaleza jurídica. Empresa social del Estado   Luego mediante el Decreto 1750 de 26 de junio de 2003 se escindió del Instituto de Seguros Sociales la Vicepresidencia de Prestación de Servicios de Salud, todas las clínicas y centros de atención ambulatoria (artículo 1º) y se crearon 7 Empresas Sociales del Estado, como entidades descentralizadas del niv ...mas

25000-23-25-000-2005-05008-01(1996-09)_1 Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

REFORMATIO IN PEJUS – No opera cuando se tiene que estudiar todos los aspectos relacionados del régimen pensional aplicable en su integridad   La Sala previo a resolver el problema jurídico planteado en los términos que anteceden, debe precisar que si bien el demandante, Rafael María Velandia Gómez, es apelante único, la competencia en esta instancia no queda limitada dado que la inconformidad con la decisión de primera instancia se centra en la forma como se tomó el tiempo ...mas

25000-23-25-000-2005-03808-02(1602-10) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL DE EMPLEADOS PUBLICOS – Fijación. Competencia   Resulta claro que antes de la Constitución de 1991, la competencia para fijar el régimen prestacional de los empleados nacionales y territoriales estaba atribuida exclusivamente a la ley, de manera que le correspondía al Congreso de la República su determinación, sin distinción del sector al cual pertenecieran. Sin embargo después de su expedición, el régimen prest ...mas

25000-23-25-000-2005-03788-02(1922-10) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

PENSION DE JUBILACION – Régimen de transición / PENSION DE JUBILACION – Reconocimiento con base en normas territoriales / DERECHO ADQUIRIDO – convalidación / CONVENCION COLECTIVA – Reconocimiento de pensión de jubilación   En las anteriores condiciones, el artículo 146 de la Ley 100 de 1993, dejó a salvo las pensiones reconocidas con anterioridad a su vigencia con fundamento en disposiciones territoriales extralegales. Es importante anotar, que antes de la vigencia de l ...mas

25000-23-25-000-2005-03650-01(1418-09) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

INEPTITUD SUSTANTIVA DE LA DEMANDA – Indebida individualización del acto acusado   Como lo consagra el artículo 85 del C.C.A., es menester, entre otros requisitos de orden procedimental y sustancial, que la parte actora dentro del libelo introductorio individualice con toda precisión el acto o los actos a demandar, bajo las reglas o directrices establecidas por el legislador en el artículo 138 del C.C.A., que dispone en síntesis, la demanda de la t ...mas

25000-23-25-000-2005-03330-01(0943-08) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

CESANTIA DEFINITIVA DE DOCENTE – Reconocimiento a herederos del empleado. No es requisito el adelantar juicio de sucesión / HEREDERO – Calidad / CESANTIAS DEFINITIVAS –  No opera la prescripción por dilación injustificada de la administración   Con la información recaudada en el trámite administrativo, supeditar el reconocimiento y pago de la cesantía definitiva reclamada a formalismos y requisitos innecesarios como un juicio de sucesión, lesiona expresos mandatos const ...mas

25000-23-25-000-2005-02658-01(0458-07) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

UNIVERSIDAD PEDAGOGICA - Naturaleza jurídica   AUTONOMIA UNIVERSITARIA - Límites / REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS - Competencia   RETIRO DEL SERVICIO POR RECONOCIMIENTO DE LA PENSION - Facultad del empleador. No es aplicable a los beneficiarios del régimen de transición   EDAD DE RETIRO FORZOSO DE DOCENTES UNIVERSITARIOS - 75 años de edad. No fue modificada por regulación del retiro del servicio por reconocimiento pensional &nb ...mas

25000-23-25-000-2005-01396-01(0404-10) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

SANCION DISCIPLINARIA A MIEMBRO DE LAS FUERZAS MILITARES – No persecución del enemigo. No prestó apoyo requerido en capacidad y oportunidad para hacerlo. Desviación de poder   La Sala considera que no existe tal desviación de poder, por cuanto la atribución ejercida por la autoridad disciplinaria se practicó acatando el fin que la ley persigue, no se encontró prueba en el expediente que señale el interés particular del funcionario o intenciones diferentes a las establecidas ...mas

25000-23-25-000-2005-01349-01(1880-07) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES – Planta interna y externa / PENION DE JUBILACION – Ministerio de relaciones exteriores / REGIMEN DE TRANSICION – Régimen anterior / RELIQUIDACION PENSION DE JUBILACION – Factores salariales de aportes del último año de servicio   Destaca la Sala que las equivalencias en los cargos en el servicio exterior y los cargos en la planta interna deben entenderse en el contexto de la concordancia que corresponde ent ...mas

25000-23-25-000-2005-00486-01(1395-08) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

MAGISTRADOS ALTAS CORTES - Pensión de jubilación / PENSION DE JUBILACION - Régimen especial / HOMOLOGACION PENSIONAL - Magistrados altas cortes con la de los congresistas / REAJUSTE ESPECIAL PENSION MAGISTRADO ALTA CORTE - En un cincuenta por ciento de lo que devenga un congresista / REAJUSTE ESPECIAL - Reiteración jurisprudencial   El Decreto 104 de 1994 homologó las pensiones de los magistrados de las altas cortes con las de los congresistas, respe ...mas

25000-23-25-000-2004-92260-01(0207-07) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL DE LOS MIEMBROS DEL CONGRESO-Recuento normativo / PENSION DE JUBILACION DE CONGRESISTAS-Régimen de transición / PENSION DE JUBILACION-Principio de inescindibilidad / PRINCIPIO DE FAVORAVILIDAD-Aplicación / PENSION DE JUBILACION-No se reconoce por no cumplir con el tiempo de servicio / PENSION DE JUBILACION-Sustitución pensional. No se reconoce   El Congreso de la República en uso de sus facultades expidió la ley 4ª d ...mas

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