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INSISTENCIA DE REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No selecciona FUENTE FORMAL: LEY 1285 DE 2009 - ARTICULO 11 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Consejero ponente: VICTOR HERNANDO ALVARADO ARDILA Bogotá, D.C., ocho (8) de marzo de dos mil doc ...mas
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - Selecciona ante necesidad de unificar la jurisprudencia sobre reconocimiento del incentivo CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON Bogotá, D.C., trece (13) de septiembre de dos mil doce (2012) Radicación ...mas
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No selecciona FUENTE FORMAL: LEY 1285 DE 2009 - ARTICULO 11 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Consejero ponente: GERARDO ARENAS MONSALVE Bogotá, D. C., ocho (8) de marzo de dos mil doce (2012) ...mas
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - Selecciona ante necesidad de unificar la jurisprudencia sobre reconocimiento del incentivo FUENTE FORMAL: LEY 1285 DE 2009 - ARTICULO 11 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Consejero ponente: VICTOR HERNANDO AL ...mas
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No selecciona FUENTE FORMAL: LEY 1285 DE 2009 - ARTICULO 11 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Consejero ponente: GERARDO ARENAS MONSALVE Bogotá, D. C., ocho (8) de marzo de dos mil doce (2012) ...mas
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - Selecciona ante necesidad de unificar la jurisprudencia sobre reconocimiento del incentivo FUENTE FORMAL: LEY 1285 DE 2009 - ARTICULO 11 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Consejero ponente: GERARDO ARENAS MONSALVE Bogotá, D. C., ocho (8) de marzo de dos mil doce (2012 ...mas
HABEAS CORPUS - No procede por inconformidad con interpretación de las normas aplicadas en proceso penal Con fundamento en todo lo anterior, se advierte la improcedencia de la acción de háeas corpus en procura de conseguir la protección del derecho a la libertad personal de Paterson Buitrago Lozano, cuando es evidente que su captura se realizó con la observancia de todas las garantías constitucionales y legales y que el inconformismo que plantea al respecto, es una interpretac ...mas
ACCION DE TUTELA - No procedía el rechazo porque no existió el mecanismo judicial ordinario señalado por el a quo / RECURSO DE QUEJA - No es un mecanismo judicial de defensa cuando el de apelación es declarado desierto Debe reconocerse que se equivocó el Tribunal Administrativo de Caldas al rechazar por improcedente la acción de tutela interpuesta en contra de la Juez Cuarta Administrativa de Descongestión de Manizales, con el argumento de no hab ...mas
NULIDAD - Falta de vinculación de tercero con interés directo en la decisión Se advierte entonces, que la acción de tutela examinada se encuentra viciada por una irregularidad in procedendo, que se configura en la falta de vinculación de sujetos que tienen interés directo en la decisión que se adoptará, y que por tanto, deben ser escuchados a fin de garantizar sus derechos al debido proceso y defensa. Por ello, en aras de respetar las garantías fundamentale ...mas
ACCION DE TUTELA - Subsidiaridad La subsidiariedad es un requisito fundamental de procedibilidad de la acción de tutela, es decir, que el interesado debe primero acudir a los medios ordinarios de defensa cuando estos sean oportunos y eficaces, de modo que asegure una adecuada protección de sus derechos, excluyendo la posibilidad de usar el recurso de amparo como primera opción porque resulta improcedente. NOTA DE RELATORIA: ...mas
PROCEDIMIENTO DE POLICIA - Procedencia de la acción de tutela Contrario a lo afirmado por el Tribunal Administrativo de Caldas, no existe otro medio de defensa para la defensa de los intereses de la actora, por cuanto el artículo 1 del Código Contencioso Administrativo establece que los procedimientos administrativos especiales no se aplicarán en los procedimientos de policía que por su naturaleza requieren ediciones de aplicación inmediata para evitar o remediar una perturbac ...mas
ACCION DE TUTELA - No hubo una actuación temeraria por ausencia de identidad en la causa petendi y tampoco existe una manifiesta carencia de fundamento legal En el sub examine, no se configura el presupuesto relacionado con la identidad de causa petendi, toda vez que tal y como lo señala la Juez demandada a folios 15 y 16, el actor ha interpuesto distintos derechos de petición respecto de los cuales pide el amparo constitucional, en consecuencia no s ...mas
DERECHO DE PETICION ANTE FUNCIONARIOS JUDICIALES - Improcedencia del derecho de petición para impulsar procesos Ahora bien, especial atención merece el derecho de petición presentado ante autoridades judiciales, pues tal como lo ha señalado reiteradamente la Jurisprudencia Constitucional no puede emplearse como un mecanismo para impulsar las actuaciones judiciales o para solicitar a los funcionarios de la administración de justicia que cumplan sus funciones, por cuanto la act ...mas
PRUEBA DOCUMENTAL- No puede negarse por no aporte del documento en la contestación de la demanda El artículo 144 del Código Contencioso Administrativo, norma Especial que regula el tema de la contestación de la demanda, consagra en su parágrafo que "...con la contestación se acompañarán los documentos que se pretendan hacer valer como prueba y que se encuentren en su poder...". La norma acabada de citar, si bien describe la forma en que debe conducirse el ...mas
ACTO QUE NIEGA PRESTACIONES PERIODICAS – Puede demandarse en cualquier tiempo / CADUCIDAD DE LA ACCION – No opera frente a actos que niegan prestaciones periódicas Del texto del numeral 2, artículo 136 del C.C.A., se advierte, en principio, que no existe término de caducidad para demandar los actos que reconocen prestaciones periódicas porque ésta puede presentarse en cualquier tiempo, sin embargo los que la niegan sí están sometidos a dicho término. En relación con est ...mas
PENSION GRACIA – Regulación legal / PENSION GRACIA – Beneficiarios. Vigencia. Compatibilidad con la pensión ordinaria de jubilación / PENSION GRACIA – No reconocimiento docente nacional Se concreta frente al derecho a la pensión gracia lo siguiente: i) la inexistencia del derecho a la pensión gracia para los docentes nacionales; ii) la conclusión de dicho beneficio para los docentes territoriales o nacionali ...mas
PENSION DE JUBILACION DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA – Sustitución pensional. Incompatibilidad con pensión del Instituto del Seguro Social. Doble asignación del tesoro público / PENSION DE JUBILACION – Pago compartido Cuando el ISS asume el riesgo de vejez sustituye al SENA en su obligación de reconocer la pensión de jubilación. Así, realmente se presenta una sustitución de la entidad encargada de asumir la obligación (aunque no ...mas
INDEMNIZACION POR SUPRESION DEL CARGO – Beneficiarios. Empleados de carrera Razón de más que evidencia que la actora no tiene derecho a ser indemnizada de conformidad con el artículo 39 de la Ley 443 de 1998, porque, se reitera, para que se le otorgara este derecho era requisito sine-quanon que estuviera inscrita en Carrera Administrativa, que no es el caso. Al ser nombrada la accionante en el cargo de Jefe de División empleo de libre nombramiento y remoción, conforme a lo pr ...mas
TRABAJADORES OFICIALES DEL SEGURO SOCIAL – Cambio de naturaleza a empleados públicos. No le es aplicable la prórroga automática de la convención colectiva Al mutar la naturaleza jurídica de los trabajadores a empleados públicos y pasar a ser parte de la planta de personal de una empresa social del Estado, no le siguen siendo aplicables las disposiciones del derecho colectivo del trabajo y, por tanto, no pueden válidamente invocar la prórroga automática de ...mas
PENSION DE SOBREVIVIENTE - No es incompatible con la pensión, indemnización por muerte y las cesantías dobles / INDEMNIZACION POR MUERTE - Pensión de sobreviviente / INDEMNIZACION POR MUERTE - No es susceptible de restitución / PRESUNCION DE LEGALIDAD - No desvirtuada La indemnización por muerte del agente y las cesantías dobles, no son incompatibles con la pensión de sobrevivientes, pues el derecho a recibir las dos primeras se causa con el hecho del fallecimiento, independ ...mas