Inicio » 1. JURISPRUDENCIA » 1.3. CONSEJO DE ESTADO » 1.3.4 SECCION SEGUNDA » 1.3.4.13 Sec. 2 2012
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TRABAJADORES OFICIALES – Cambio de naturaleza a empleado público. No aplicación de convención colectiva. Derechos adquiridos Lo anterior, considerando que al mutar la naturaleza jurídica de los trabajadores a empleados públicos y pasar a ser parte de la planta de personal de una empresa social del Estado, no le siguen siendo aplicables las disposiciones del derecho colectivo del trabajo y, por tanto, no pueden válidamente invocar la prórroga automática de ...mas
ACTO QUE RECONOCE O NIEGA UN DERECHO - Término perentorio para hacer uso de los recursos en vía gubernativa / INEPTITUD SUSTANTIVA DE LA DEMANDA - No se demanda el acto que definió la situación jurídica / FALLO INHIBITORIO - Probada caducidad de la acción y la ineptitud sustantiva de la demanda El derecho al acceso a la administración de justicia, garantizado con el establecimiento de diversos procesos y jurisdicciones, conlleva el deber de un ej ...mas
LISTIS CONSORTE NECESARIO – Marco normativo y jurisprudencial / LLAMAMIENTO EN GARANTIA – Objeto / MINISTERIOS DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, Y DE LA PROTECCIÓN SOCIAL – Llamamiento en garantía / OBLIGACIONES DE CARÁCTER LABORAL - E.S.E. Rafael Uribe Uribe Conforme al Decreto 2605 de 2008, se infiere que los Ministerios de Hacienda y Crédito Público, y de la Protección Social, son las Entidades a través de las cuales la Nación asumió unas obligaciones de carácter l ...mas
TRABAJADOR OFICIAL – Cambio de naturaleza a empleado público / EMPLEADO PUBLICO – No puede presentar pliego de peticiones ni negociar convenciones colectivas / DERECHO A LA NEGOCIACION COLECTIVA – No es un derecho adquirido o pleno, depende de la naturaleza del servidor La posibilidad de negociar Convenciones Colectivas es una atribución propia del tipo de vinculación con la Administración. Cuando es entendida como instrumento de negociación ...mas
TRABAJADORES OFICIALES – Cambio de naturaleza a empleados públicos. No aplicación de convención colectiva. Prórroga automática / INDEMNIZACION POR SUPRESION DEL CARGO – No aplicación de convención colectiva De acuerdo con lo expuesto por la Corte Constitucional, la Sala considera que los beneficios derivados de la convención colectiva de trabajo suscrita entre el Instituto de Seguros Sociales y el sindicato de trabajadores SINTRASEGURIDAD, d ...mas
TRABAJADORES OFICIALES – Cambio de naturaleza a empleados públicos. No aplicación de prórroga de convención colectiva / INDEMNIZACION POR SUPRESION DE CARGO – No aplicación de convención colectiva. Derechos adquiridos Considerando que al mutar la naturaleza jurídica de los trabajadores a empleados públicos y pasar a ser parte de la planta de personal de una empresa social del Estado, no les siguen siendo aplicables las disposiciones del derecho colectivo del trabajo y, p ...mas
INSTITUTO DE SEGURO SOCIAL – Naturaleza jurídica / EMPLEADO DEL SEGURO SOCIAL – Naturaleza jurídica / TRABAJADOR OFICIAL – Cambio de naturaleza a empleado público. Efectos / EMPLEADOS DEL SEGURO SOCIAL – El cambio de naturaleza a empleado público por ingreso a la empresa social del Estado hace inaplicable la convención colectiva / CONVENCION COLECTIVA – No es aplicable a los empleados del seguro social que ingresaron a la Empresa Social del Estado al mutar a empleados púb ...mas
TRABAJADORES OFICIALES – Cambio de naturaleza a empleados públicos. No aplicación de convención colectiva. Prórroga automática. Derechos adquiridos / INDEMNIZACION POR SUPRESION DE CARGO – No aplicación de convención colectiva El cambio de la naturaleza de la vinculación de trabajador oficial a empleado público implicó la pérdida del derecho a presentar pliegos de peticiones y a negociar convenciones colectivas de trabajo, sin embargo, d ...mas
INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES – Naturaleza jurídica / TRABAJADORES – Vinculación El Instituto de Seguros Sociales fue creado en el año 1946, a través de la Ley 90 de 26 de diciembre del mismo año, como una entidad autónoma con personería jurídica y patrimonio propio, con el objeto de dirigir y vigilar los seguros sociales, los cuales fueron señalados por el artículo 1º para cubrir los siguientes riesgos: enfermedades no profesionales y ma ...mas
PENSION GRACIA – Regulación legal / PENSION GRACIA DE DOCENTE NACIONAL Y NACIONALIZADO – Reconocimiento / PENSION GRACIA-Vigencia Así, con ocasión del proceso de nacionalización en comento y la posterior centralización en el manejo de las obligaciones prestacionales del personal docente nacional y nacionalizado, se expidió la Ley 91 de 1989 a través de la cual el Legislador no solo creó el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Ma ...mas
PENSION DE JUBILACION POR APORTES – Reconocimiento / FALSA MOTIVACION – el reconocimiento de la pensión no condiciona el goce y la efectividad de la prestación / RETIRO DEL SERVICIO – Condición para el pago de la pensión de jubilación La Ley 100 de 1993, en el artículo 279 exceptuó de su aplicación, entre otros, a los afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, como es el caso de la actora, es decir, que las dispo ...mas
SUSTITUCION PENSIONAL A HERMANOS – Requisitos La calidad de beneficiario de la sustitución pensional se adquiere, tratándose de los hermanos, cuando se prueban los siguientes requisitos: 1. El grado de filiación consanguíneo respecto del pensionado. 2. La dependencia económica respecto del causante. 3. La invalidez permanente, previo examen médico que dictamine el grado de incapacidad físico o psíquico. Sólo, y en el evento de reunirse ...mas
PENSION GRACIA – No se liquida con base en aportes La pensión gracia no puede liquidarse con base en el valor de los aportes durante el último año de servicios como lo prescribe el inciso 1º del artículo 1º de la Ley 33 de 1985, toda vez que esta pensión, a pesar de estar a cargo del Tesoro Nacional, está sujeta a un régimen especial que no requiere afiliación del beneficiario a la Caja Nacional de Previsión Social ni hacer aportes para el efecto. No es ...mas
PENSION GRACIA – Suspensión en el ejercicio del cargo por participación en huelga. No es causal de mala conducta Advierte la Sala que el Decreto 0404 de 1976, en efecto le impone una sanción de suspensión por el término de seis meses a la demandante en el ejercicio de sus funciones como docente, con el argumento de haber participado en “huelgas o en reuniones tumultuarias” que impedían la prestación del servicio educativo. Sin embargo, para la Sala no pasa inad ...mas
PENSION POR APORTES – Sector público y privado / PENSION DE JUBILACION – Por acumulación de aportes Considera la Sala que los planteamientos expuestos por la entidad demandada para negar la prestación solicitada son desacertados, pues la pensión por aportes en los términos de la Ley 71 de 1988, fue concebida con el fin de permitir la sumatoria de tiempo de servicio o cotizaciones del sector público y privado. No se aplica dicha disposici ...mas
EMPLEADO PUBLICO - Diferencia con el trabajador oficial. Regulación legal / CONVENCIONES COLECTIVAS - Aplicación al trabajador oficial TRABAJADOR OFICIAL - Cambio de naturaleza a empleado público. Efectos / DERECHOS ADQUIRIDOS - No lo es la pertenencia a determinado régimen laboral. Antecedente jurisprudencial / EMPLEADOS DEL SEGURO SOCIAL - El cambio de naturaleza a empleado público por ingreso a la Empresa Social del Estado hace inaplicable ...mas
PENSION DE SOBREVIVIENTE – Docente / PRINCIPIO DE FAVORABILIDAD – Reconocimiento con base en el sistema de seguridad social integral Si bien éste es el régimen jurídico aplicable por tratarse de un docente al servicio del Estado, consideró el Tribunal de primera instancia que en la medida en que el régimen general era más favorable, éste era el que debía aplicarse y así procedió accediendo a las súplicas de la demanda con fundamento en e ...mas
PENSION DE JUBILACION – Indexación del ingreso base de liquidación En el asunto en examen, se reconoce y paga la pensión de jubilación a partir del 9 de diciembre de 2002, con valores correspondientes al último año de servicio, los cuales datan de 9 años de antigüedad, al punto que, a la fecha de su reconocimiento, resultó considerablemente inferior al salario mínimo que regía para la época. Siguiendo los lineamientos fijados en la jurisprudencia que s ...mas
PRIMA ESPECIAL DE SERVICIOS – Fiscalía general de la nación / CESANTIA – Hecho nuevo que genera reliquidación / PRIMA ESPECIAL DE SERVICIOS – Debe incluirse como factor para liquidar prestaciones sociales. Precedente jurisprudencial Siguiendo el lineamiento jurisprudencial expuesto, en el que no se le quita el carácter de prestación social no periódica al auxilio de cesantía, es evidente que si surge una situación nueva que mejore este derecho laboral ...mas
PENSION DE SOBREVIVIENTES EN LA POLICIA NACIONAL – Aplicación del régimen general de la seguridad social. Principio de favorabilidad No obstante, la Sala ha expresado el criterio según el cual las excepciones previstas en el artículo 279 de la Ley 100 de 1993, se ajustan al ordenamiento constitucional en cuanto ellas suponen la existencia de unas condiciones más favorables para los trabajadores a quienes comprende. Por el contrario, si tales excepciones consagran un tratami ...mas