Archivo de la Categoría 1.3.4.13 Sec. 2 2012

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Artículos Destacados

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Lista Artículos

25000-23-25-000-2008-00344-01(0681-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

CONTRATO REALIDAD – Principio de la realidad sobre las formalidades. Irrenunciabilidad de derechos laborales   Cuando se logra desvirtuar el contrato de prestación de servicios, inexorablemente conduce al reconocimiento de las prestaciones sociales causadas por el periodo realmente laborado, atendiendo a la causa jurídica que sustenta verdaderamente dicho restablecimiento, que no es otra que la relación laboral encubierta bajo un contrato estatal, en aplicaci ...mas

25000-23-25-000-2008-00339-01(1395-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

SERVICIOS  PROFESIONALES DE SALUD - Pueden desempeñar más de un empleo público y a recibir doble asignación del tesoro público / PROFESIONALES DE LA SALUD - Jornada laboral que no exceda de sesenta y seis horas en la semana   Es dable concluir que es permitido a los profesionales del sector salud  cuando presten sus servicios en el área asistencial desempeñar más de un empleo público y percibir más de una asignación del erario, siempre que su jornada laboral no exceda má ...mas

25000-23-25-000-2008-00298-01(0914-10) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

PRIMA TECNICA-Finalidad. Regulación legal / PRIMA TECNICA POR EVALUACION DE DESEMPEÑO-Régimen de transición. Beneficiarios / PRIMA TECNICA-No se reconoce por no consolidar su derecho antes de decreto 1724 de 1997   La prima técnica en principio fue creada como un reconocimiento económico para atraer o mantener al servicio del Estado a funcionarios o empleados altamente calificados, requeridos para el desempeño de cargos cuyas funciones demanden la ...mas

25000-23-25-000-2008-00276-01(2259-10) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

PRIMA TECNICA - Reconocimiento económico por calificación de desempeño / CALIFICACION DE DESEMPEÑO - Prima técnica /  PRIMA TECNICA - Procedente por calificación superior al 90 % / PRIMA TECNICA – Prescripción trienal   La prima técnica fue concebida como un reconocimiento económico otorgado por dos criterios: para atraer o mantener en el servicio del Estado a funcionarios o empleados altamente calificados para el desempeño de cargos cuyas funciones demanden la aplicació ...mas

25000-23-25-000-2008-00270-01(0350-10) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS - Relación laboral / RELACION LABORAL - Elementos que la configuran / CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS - Actividad independiente donde el elemento de la subordinación no existe / SUBORDINACION - Requisitos indispensable para demostrar la existencia de una relación laboral / CONTRATO REALIDAD - Existencia   Cuando se logra desvirtuar el contrato de prestación de servicios, inexorablemente conduce al reconocimiento ...mas

25000-23-25-000-2008-00214-01(1941-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

RELACION LABORAL – Elementos. Primacía de la realidad sobre las formalidades   Para efectos de demostrar la relación laboral entre las partes, se requiere que la actora pruebe los elementos esenciales de la misma, esto es, que su actividad en la entidad haya sido personal y que por dicha labor haya recibido una remuneración o pago y, además, debe probar que en la relación con el empleador exista subordinación o dependencia, si ...mas

25000-23-25-000-2008-00206-02(2503-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL DE EMPLEADOS PUBLICOS – Fijación. Competencia   Resulta claro que antes de la Constitución de 1991, la competencia para fijar el régimen prestacional de los empleados nacionales y territoriales estaba atribuida exclusivamente a la ley, de manera que le correspondía al Congreso de la República su determinación, sin distinción del sector al cual pertenecieran. Sin embargo después de su expedición, el régimen prest ...mas

25000-23-25-000-2008-00204-01(2479-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

PENSION DE JUBILACION DEL SERVICIO DE APRENDIZAJE SENA – Incompatibilidad con pensión del Instituto de Seguros Sociales   En diversas oportunidades esta Corporación ha señalado que a pesar de que los empleados públicos del SENA se hallen afiliados al Instituto de Seguros Sociales, aquella entidad descentralizada nacional tiene la obligación legal transitoria de reconocer a sus funcionarios la pensión de jubilación cuando cumplan los requisitos a que se refier ...mas

25000-23-25-000-2008-00195-02(0994-12) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

ACTO DE INSUBSISTENCIA DE EMPLEADO PROVISIONAL DE CARRERA DIPLOMATICA Y CONSULAR – Motivación   Como la presente Litis recae sobre un aspecto relacionado con la carrera especial, particularmente citada en el artículo tercero reproducido, es decir, la Carrera Diplomática y Consular, se colige que la Ley 909 de 2004 y su Decreto Reglamentario 1227 de 2005 debe regir el presente asunto. En consecuencia, de acuerdo con la Ley 909 de 2004 y su Decreto Reg ...mas

25000-23-25-000-2008-00190-01(1057-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

PRUEBA PERICIAL – Es inconducente para establecer el monto de la condena / PRUEBA TESTIMONIAL – Inconducencia   En criterio de la Sala las pruebas pericial y testimonial negadas son inconducentes, toda vez que el demandado pretende establecer el monto de las posibles condenas en su contra cuando el peritaje ha sido consagrado como medio probatorio para verificar hechos que interesen al proceso y requieran especiales conocimientos científicos, técnicos o artísticos y no como un ...mas

25000-23-25-000-2008-00174-03(1867-12) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

SUSPENSION DEL PROCESO POR PREJUDICIALIDAD – No puede ser resuelto en la sentencia. Violación al debido proceso. No oportunidad de recursos contra  la decisión   La solicitud de suspensión del proceso debe ser resuelta mediante providencia contra la cual procede el recurso de apelación. Si bien es cierto, que dicha solicitud debe ser resuelta “en estado de dictar sentencia”, no lo es, que pueda interpretarse que se resuelva en ella, porque contra el auto que la decide proce ...mas

25000-23-25-000-2008-00158-01(0459-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

PENSION DE JUBILACION EN LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA – Régimen especial. Aplicación no requiere adquirir el status de pensionado al servicio de la entidad   De la lectura del artículo 7 del Decreto 929 de 1976 se infiere, sin lugar a dudas, que el régimen especial allí contenido se aplica a los empleados que cumplan 20 años de servicio al Estado, de los cuales por lo menos diez se hayan laborado en la Contraloría General de la Repúbl ...mas

25000-23-25-000-2008-00135-02(1438-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

PREJUDICIALIDAD - Suspensión temporal de la competencia del juez / PREJUDICIALIDAD - No procede puesto que ya se profirió fallo en el proceso de cuyo resultado dependía la nulidad impetrada   La norma es clara al establecer que la suspensión del proceso por prejudicialidad está prevista para los casos en los cuales la sentencia que deba dictarse en un proceso dependa de la que deba decidirse en otro, o de un acto administrativo de alcance particular cuya nulidad esté pendiente d ...mas

25000-23-25-000-2008-00110-01(1223-10) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

PRIMA TECNICA – Marco normativo y jurisprudencial / PRIMA TECNICA POR FORMACION AVANZADA Y EXPERIENCIA ALTAMENTE CALIFICADA – Regulación legal. Beneficiarios / REGIMEN DE TRANSICION – Prima técnica   De acuerdo con la primera de ellas, dicho régimen de transición sólo podía beneficiar a quienes, viniendo del régimen anterior, es decir, del previsto por el Decreto 1661 de 1991, hubieran obtenido el reconocimiento de la prima técnica por form ...mas

25000-23-25-000-2007-02501-01(0351-10) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

ACTO DE EJECUCION DE LA SENTENCIA – Hecho nuevo. Control de legalidad   La Resolución No. 00279 de 2007 mediante la cual se ordenó el retiro de la nomina de pensionados por invalidez del señor Jorge Sedano Calderón y se ordenó el descuento de lo pagado por dicho concepto, esta Sala considera que el acto administrativo contenido en la resolución en comento no es un mero acto de ejecución sino que se trata de un acto administrativo fruto de la voluntad consciente de la administ ...mas

25000-23-25-000-2007-01385-02(0012-11)Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

PREJUDICIALIDAD – Causales   No existe ningún argumento que permita aplicar la prejudicialidad, toda vez que el proceso que sirvió de sustento para la solicitud de suspensión del demandante fue decidido con sentencia debidamente ejecutoriada. En consecuencia, la Sala negará la solicitud presentada por la parte demandada,  ya que no existe ninguna causal que permita declarar la prejudicialidad en los términos del artículo 170 del Código de Procedimiento Civil.   FU ...mas

25000-23-25-000-2007-01385-02(0012-11) (1) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

PREJUDICIALIDAD - Suspensión temporal de la competencia del juez / PREJUDICIALIDAD - No procede puesto que ya se profirió fallo en el proceso de cuyo resultado dependía la nulidad impetrada   La norma es clara al establecer que la suspensión del proceso por prejudicialidad está prevista para los casos en los cuales la sentencia que deba dictarse en un proceso dependa de la que deba decidirse en otro, o de un acto administrativo de alcance particular cuya nulidad esté pendiente d ...mas

25000-23-25-000-2007-01372-01(0451-12) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

ESCUELAS DE FORMACION DE LAS FUERZAS MILITARES Y DE LA POLICIA NACIONAL - Regulación legal / INSTITUCION DE EDUCACION SUPERIOR - Reglamento estudiantil / PERDIDA DE CALIDAD DE ESTUDIANTE - Cuando sea declarado no apto para el servicio / CAPACIDAD SICOFISICA - Pérdida para el servicio / PERDIDA DE CAPACIDAD LABORAL - Alumno de la escuela militar de cadetes   El artículo 137 de la Ley 30 de 1992, “Por la cual se organiza el servicio público de la Edu ...mas

25000-23-25-000-2007-01325-01(1888-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

PRIMA DE ACTUALIZACION – Son beneficiarios tanto el personal activo como en retiro   Los Decretos mencionados erigieron esta prima de actualización sólo para el personal “en servicio activo”, situación que fue declarada nula por esta Corporación mediante sentencias del 14 de agosto de 1997, expediente No. 9923, Magistrado Ponente Doctor Nicolás Pájaro Peñaranda y 6 de noviembre del mismo año, expediente No. 11423, Magistrada Ponente Doctora Clar ...mas

25000-23-25-000-2007-01316-01(1348-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

PENSION GRACIA – Liquidación con base en la percibido en el año anterior a la consolidación de status de pensionado. No por factores   La pensión gracia al tenor de estas disposiciones (Ley 33 de 1985, Ley 4 de 1966; decreto 743 de 1966), debe liquidarse en la forma allí señalada, esto es, tomando como base el promedio mensual de los salarios obtenidos en el último año de servicios; sin embargo debe precisarse que a diferencia de las pensiones ordinarias, ese último año de ...mas

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