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PENSION DE JUBILACION DE EMPLEADO PUBLICO TERRITORIAL- El reconocimiento y pago para quienes se encontraban vinculados a la vigencia del Sistema de Seguridad Social Integral y con 20 años de servicio se encuentra a cargo del fondo pensional territorial, aunque al momento de adquirir el status cotizaran al Instituto del Seguro Social De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 2527 de 2000 es a los Fondos de Pensiones Territoriales, quien les compete actuar como ...mas
NOTARIO - Retiro del servicio / RETIRO DEL SERVICIO DE NOTARIO - Edad de retiro forzoso / EDAD DE RETIRO FORZOSO - Para los notarios la edad de 65 años / DERECHO ADQUIRIDO - Es el que se consolida con justo título, con protección de la ley, y se incorpora al patrimonio de la persona / LEY DEROGADA - Pérdida de justo título El artículo 31 del Decreto 2400 de 1968, "Por el cual se modifican las normas que regulan la administración del personal civi ...mas
PENSION GRACIA – Se liquida con base en los factores salariales devengados en el año anterior al status de pensionado En el caso de la pensión gracia el derecho se perfecciona simplemente con el cumplimiento de la totalidad de requisitos establecidos por el legislador para su otorgamiento, constituyéndose en un derecho invariable salvo los ajustes anuales de ley, lo que impone su liquidación con base en la totalidad de los factores salariales devengados en el ...mas
PENSION DE JUBILACION DE EMPLEADOS DEL SERVICIO EXTERIOR DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES – Regulación legal / PENSION DE JUBILACION DE EMPLEADOS DEL SERVICIO EXTERIOR DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES – Liquidación con base en lo correspondiente en la planta interna. Sentencia de inexequibilidad / PENSION DE JUBILACION DE EMPLEADOS DEL SERVICIO EXTERIOR DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES – El ingreso base de liquidación corresponde a lo efectivamente devengado ...mas
PAGO DE SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES POR LEVANTAMIENTO DE LA SUSPENSION EN EL CARGO POR DECISION JUDICIAL – Procede la acción de nulidad y restablecimiento por el carácter laboral Posteriormente, el anterior criterio fue recogido, al determinarse que en casos como el sub-lite, la acción procedente es la de Nulidad y Restablecimiento del Derecho, en razón de que el pago de salarios y prestaciones es un asunto de naturaleza laboral, sin que para el caso incida el hecho d ...mas
REGIMEN PENSIONAL DE CONGRESISTAS - Régimen especial / REGIMEN DE TRANSICION - Aplicable a los congresistas / DECRETO 1359 DE 1993 - Se continúa aplicando luego de entrada en vigencia la Ley 100 de 1993 El Gobierno Nacional, en desarrollo de esta disposición, expidió el Decreto No. 1359 de 12 de julio de 1993, “por el cual se establece un régimen especial de pensiones, así como de reajustes y sustituciones de las mismas aplicables a los Senadores y Represe ...mas
ACUMULACION DE PRETENSIONES – Procedencia. Nulidad del acto de insubsistencia de funcionario y el acto de nombramiento del reemplazo Si bien es cierto que el acto administrativo de nombramiento de un empleado, en principio es ajeno y autónomo a la declaratoria de insubsistencia; en el presente caso, la Sala considera que la pretensión de nulidad de la Resolución No. 0997 de 19 de diciembre de 2005, mediante la cual se nombra en propiedad en el cargo de Gerente ...mas
SUSTITUCION PENSIONAL – Pago compartido. Seguro Social y Fondo de Previsión Social del Congreso de la República De una lectura desprevenida de las disposiciones anteriores se concluye que: i.) Que la Ley 6ª de 1945 asignó a los empleadores la obligación de asumir el pago de las pensiones de jubilación de sus trabajadores al cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley; ii) El Instituto Colombiano de Seguros Sociales asumió esta obligac ...mas
CURADOR URBANO – Es un particular que cumple una función pública El Decreto 564 de 2006 y en el artículo 65 definió la figura del Curador Urbano como “un particular encargado de estudiar, tramitar y expedir licencias de parcelación, urbanización, construcción y subdivisión de predios, a petición del interesado en adelantar proyectos de esta índole”. En la actualidad, el Decreto 1469 de 2010 que derogó la norma anterior, mantiene la definición antes transcrita advir ...mas
PENSION DE JUBILACION EN LA RAMA JUDICIAL – Regulación legal / PENSION DE JUBILACION DE EMPLEADOS Y FUNCIONARIOS DE LA RAMA JUDICIAL – Factores. No taxatividad. Bonificación por compensación. Prima de vacaciones. Prima de servicios No existe la menor duda acerca de que a los funcionarios y empleados de la Rama Judicial y del Ministerio Público, se les debe reconocer y liquidar la pensión de jubilación con el 75% de salario más elevado devengado en el último año d ...mas
REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS – Fijación. Competencia La fijación del régimen salarial y prestacional de los empleados públicos es una competencia que la Constitución y la ley reservó de manera exclusiva al Gobierno Nacional, con observancia de los parámetros dados por el Congreso de la República, en virtud de los cuales es claro que no es dable a otro organismo arrogarse dicha facultad. Siendo así, resultan ilegales las normas de carác ...mas
REGIMEN PENSIONAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS - Marco normativo y jurisprudencial. Competencia / PENSION DE JUBILACION - Reconocimiento con base en disposiciones territoriales. Derechos adquiridos. Convalidación / PENSION DE JUBILACION DE DOCENTE UNIVERSITARIO - Regulación legal / SENTENCIA DE NULIDAD - Efectos NOTA DE RELATORIA: En el mismo sentido ver Exp. 0337-09 de 13 de mayo de 2010. CONSEJO DE ESTA ...mas
REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL A NIVEL TERRITORIAL – Fijación. Competencia La determinación del régimen prestacional de los empleados públicos territoriales le corresponde al Gobierno Nacional de acuerdo con los parámetros señalados por el Legislador. Resulta claro que antes de la Constitución de 1991, la competencia para fijar el régimen prestacional de los empleados nacionales y territoriales estaba atribuida exclusivamente a la ley, de manera que le co ...mas
REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS A NIVEL TERRITORIAL – Fijación. Competencia Antes de la Constitución de 1991, la competencia para fijar el régimen prestacional tanto de empleados nacionales como de los empleados territoriales estaba exclusivamente atribuida a la Ley, de manera que correspondía privativamente al Congreso de la República su determinación, sin distinción del sector al cual pertenecieran, y que a partir de ...mas
PENSION DE JUBILACION – Personal civil de la policía nacional / PERSONAL CIVIL DE LA POLICIA NACIONAL – Reajuste de la pensión de jubilación teniendo en cuenta el indice de precios al consumidor. Mesada catorce A partir de la vigencia de la Ley 238 de 1995, el grupo de pensionados de los sectores excluidos de la aplicación de la Ley 100 de 1993, tienen derecho al reajuste de sus pensiones teniendo en cuenta la variación porcentual del Índice de Precios al ...mas
REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS DEL SECTOR SALUD – Fijación. Competencia La Empresa Social del Estado demandada no podía acceder a pretensiones derivadas de normas expedidas por entes carentes de competencia para fijar salarios y prestaciones sociales a favor de los empleados de la salud, pues esta competencia, se repite, solo radica en el legislador; en consecuencia, como la decisión adoptada por la administración en el oficio demandado se ajusta a l ...mas
SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL – Vigencia. Excepción a nivel territorial En cuanto a la vigencia de la Ley 100 de 1993, resulta de importancia destacar, que tal como lo determinó su artículo 151 “… regirá a partir del 1° de abril de 1994”, y su parágrafo señaló, que dicho sistema “…para los servidores públicos del nivel departamental, municipal y distrital, entrará a regir a más tardar el 30 de junio de 1995 ...mas
PRESCRIPCION DE SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES – No opera frente a dilatación de pronunciamiento de fondo por la administración La Sala considera que, en casos como el analizado, en que la administración mediante oficios de trámite pretende dilatar el pronunciamiento de fondo respecto a una petición oportunamente formulada por el interesado y solo hasta un prolongado tiempo después emite una decisión de fondo, alegando la prescripción de derechos, no puede dar lugar ...mas
RETIRO DEL SERVICIO POR RECONOCIMIENTO DE PENSION DE JUBILACION – No aplicación a beneficiarios del régimen de transición. Principio de irretroactividad de la ley Las personas amparadas por el régimen de transición pensional, les asiste el derecho de mejorar el monto de su pensión a través de la permanencia en el servicio hasta alcanzar la edad de retiro forzoso. En efecto, el empleado tiene la expectativa de seguir vinculado con la Administrac ...mas
PENSION DE JUBILACION – Factores. No taxatividad Entonces, ante las diversas interpretaciones esbozadas en la materia, la Sala Plena de esta Sección, mediante Sentencia de 4 de agosto de 2010, con ponencia del Consejero Víctor Alvarado Ardila, retomó el análisis del ingreso base de liquidación pensional cuando se trata de aplicar el artículo 3° de la Ley 33 de 1985, modificado por la Ley 62 de la misma anualidad, para lo cual apoyándose en antecedentes normativos y ...mas