CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION TERCERA
Consejero ponente: MAURICIO FAJARDO GOMEZ
Bogotá, D.C., tres (3) de marzo de dos mil diez (2010)
Radicación número: 25000-23-26-000-1997-15067-01(27864)
Actor: ANTONIO JOSE CARDONA VELASQUEZ Y OTROS
Demandado: LA NACION-CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
Referencia: ACCION DE REPARACION DIRECTA - RECONOCIMIENTO DE PERSONERIA Y DECLARACION DE IMPEDIMENTO
- Del impedimento
Procede la Sala a pronunciarse sobre el impedimento manifestado dentro de este asunto por la señora Consejera doctora Myriam Guerrero de Escobar (fl. 200 cno. ppal.).
ANTECEDENTE
La señora Consejera de Estado Myriam Guerrero de Escobar manifestó su impedimento para conocer de este asunto por hallarse incursa en la causal prevista en el numeral 2° del artículo 150 del C.P.C., toda vez que en su condición de Magistrada del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, conoció el proceso en primera instancia.
CONSIDERACIONES
La causal invocada es la consagrada en el numeral 2 del artículo 150 del C.P.C. relativa a haber conocido el proceso en instancia anterior.
Dado que la doctora Myriam Guerrero de Escobar conoció del presente proceso en su calidad de Magistrada del Tribunal de primera instancia, la Sala encuentra configurada la causal de impedimento prevista en el numeral 2° del artículo 150 del Código de Procedimiento Civil. (fls. 29 - 30, 47 - 48, 88 - 91 cno 1).
- De la personería adjetiva
Mediante memorial presentado ante esta Corporación, el director ejecutivo de la administración judicial confirió poder a la abogada María Isabel Devia Sotaquirá, portadora de la tarjeta profesional No. 109.671 del Consejo Superior de la Judicatura (fl. 199 cno. ppal.).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 del C.P.C., al cual se acude con fundamento en la previsión del artículo 267 del C.C.A., se reconocerá personería adjetiva a la abogada María Isabel Devia Sotaquirá, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52´349.179 de Bogotá y portadora de la tarjeta profesional No. 109.671 del C.S.J., para que actúe como apoderada de la Nación – Rama Judicial, parte demandada dentro del proceso de la referencia, en los términos del poder obrante a folios 199 y 196 a 197 del cuaderno principal.
Por lo expuesto, se
RESUELVE
PRIMERO: ACEPTAR el impedimento manifestado por la Consejera de Estado, doctora Myriam Guerrero de Escobar.
SEGUNDO: RECONOCER personería adjetiva a la abogada María Isabel Devia Sotaquirá, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52´349.179 de Bogotá y portadora de la tarjeta profesional No. 109.671 del C.S.J., para representar los intereses de la Nación – Rama Judicial.
CÓPIESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
RUTH STELLA CORREA PALACIO
Presidente