Proceso N° 10320

 

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

                           SALA DE CASACION PENAL

 

 

Magistrado Ponente:

Dr. JORGE E. CORDOBA POVEDA

 

Aprobado acta Nº  151

 

 

Bogotá, D. C., cuatro (4) de octubre de dos mil uno (2001).

 

 

 

V I S T O S :

 

Resuelve la Corte la solicitud presentada por el defensor del procesado Gilberto Rico Chimbí.

 

A N T E C E D E N T E S

 

  1. El citado profesional del derecho, en escrito presentado ante esta Corporación el 14 de septiembre del año en curso, con fundamento en el artículo 244 del C. de P. P, manifiesta que coadyuva la petición de desistimiento del recurso extraordinario de casación interpuesto contra la sentencia de segunda instancia.

 

  1. El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca, mediante sentencia del 20 de octubre de 1994, confirmó la condena que el Juzgado Primero Penal del Circuito de Facatativá profirió en contra de Gilberto Rico Chimbi.

 

Interpuesto oportunamente el recurso extraordinario de casación fue concedido.

 

  1. Encontrándose el proceso al despacho para fallo, el acusado presentó el mencionado memorial.

 

 

CONSIDERACIONES DE LA CORTE

 

Es de reconocer que la prerrogativa de desistir del recurso extraordinario de casación le asiste a la parte que lo interpone, hasta antes de que la Sala decida, al tenor del artículo 230 del Código de Procedimiento Penal (Ley 600 de 2000).

 

Teniendo en cuenta lo anterior, resulta procedente la petición formulada por el defensor del procesado. En consecuencia, se admitirá el desistimiento del recurso extraordinario.

 

En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal,

 

R E S U E L V E:

 

ADMITIR el desistimiento del recurso extraordinario de casación interpuesto por el defensor del procesado Gilberto Rico Chimbí.

Contra esta decisión  procede recurso de reposición.

 

 

Notifíquese y devuélvase al Tribunal de origen.  Cúmplase.

 

 

 

 

CARLOS EDUARDO MEJÍA ESCOBAR

 

 

 

 

FERNANDO ARBOLEDA RIPOLL                        JORGE E. CÓRDOBA POVEDA

 

 

 

 

HERMAN GALÁN CASTELLANOS                      CARLOS AUGUSTO GALVEZ ARGOTE

 

 

 

 

JORGE ANIBAL GÓMEZ GALLEGO       EDGAR LOMBANA TRUJILLO

 

 

 

 

ALVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN                 NILSON PINILLA PINILLA

No hay firma

 

 

 

 

TERESA RUÍZ NUÑEZ

Secretaria

  • writerPublicado Por: julio 13, 2015