Proceso No 16436
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Magistrado Ponente:
Dr. JORGE ANÍBAL GÓMEZ GALLEGO
Aprobado Acta N°. 186
Bogotá, D. C., veintinueve de noviembre de dos mil uno.
VISTOS
El defensor del procesado JUAN JOSE SUAREZ, a quien el Juzgado Décimo Penal del Circuito de Bucaramanga, en fallo del 4 de diciembre de 1998 condenó a la pena principal de 25 años 6 meses de prisión como autor del delito de homicidio, el cual fue confirmado en su totalidad por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad el 20 de mayo de 1999, mediante escrito dirigido a esta Corporación manifiesta “…. DESISTO de la CASACION de la referencia para agilizar la readecuación o reducción de la pena, en cumplimiento de la voluntad de mi poderdante…”.
Para resolver CONSIDERA LA CORTE:
El artículo 230 del vigente Código de Procedimiento Penal dispone –como igualmente lo hacía el Art. 15 de la ley 553 de 2000 que modificó el 244 del Estatuto Procesal recientemente derogado- que “Podrá desistirse de la casación y de la acción de revisión antes de que la Sala las decida”,
Ante el deseo expreso y manifiesto del mencionado sujeto procesal de querer abandonar la impugnación extraordinaria oportunamente promovida y dado que la respectiva decisión de fondo no se ha producido, toda vez que el presente asunto se encuentra al despacho para calificar el aspecto formal de la demanda, no le queda a la Sala otra alternativa que atender en forma positiva la petición de desistimiento elevada.
En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL,
RESUELVE
Aceptar el desistimiento del recurso extraordinario de casación invocado por el defensor del procesado JUAN JOSE SUAREZ.
Cópiese, notifíquese y cúmplase.
CARLOS E. MEJÍA ESCOBAR
FERNANDO ARBOLEDA RIPOLL JORGE E. CÓRDOBA POVEDA
HERMAN GALÁN CASTELLANOS CARLOS A. GALVEZ ARGOTE
JORGE ANÍBAL GÓMEZ GALLEGO EDGAR LOMBANA TRUJILLO
ALVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN NILSON PINILLA PINILLA
TERESA RUIZ NUÑEZ
Secretaria.