Proceso No 23924

 

 

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

 

 

Magistrado Ponente:

JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS

Aprobado Acta N° 101

 

Bogotá, D.C., primero (1°) de abril de dos mil nueve U(2009).

 

 

 

VISTOS:

 

Se pronuncia la Sala en relación con la manifestación de impedimento efectuada por el Magistrado, Dr. YESID RAMÍREZ BASTIDAS para conocer del presente asunto.

 

 

 

CONSIDERACIONES:

 

 

El doctor YESID RAMÍREZ BASTIDAS, sustenta su manifestación de impedimento en los numerales 1º y 10º del artículo 99 de la Ley 600 de 2000, por cuanto “en la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes cursan en mi contra diligencias preliminares por cargos que tienen un lejanísimo parecido fáctico aunque son desde el punto de vista jurídico diametralmente distintos”

 

Así las cosas, no encuentra la Sala fundada la manifestación de impedimento, pues atendido el contenido de las causales  invocadas, no se aprecia posible la existencia de un interés particular en la presente actuación relacionada con la investigación previa que cursa en la Comisión de Acusaciones en contra del doctor RAMÍREZ BASTIDAS, precisamente porque, como él lo manifiesta, se trata de actuaciones con sustento fáctico diferente, que por lo mismo, requieren análisis jurídico distinto, por manera que, ni siquiera es factible suponer hipotéticamente que la decisión que en este asunto se adopte pueda tener incidencia en aquél.

 

De igual modo, tampoco se dan los presupuestos de la causal regulada en el numeral 10º del artículo 99, toda vez para su configuración se requiere que la actuación penal o disciplinaria que se sigue en contra del funcionario judicial y en la que se le ha vinculado legalmente o formulado cargos, haya sido promovida por alguno de los sujetos procesales, antes de que se inicie el proceso en el cual debe intervenir y en el que aquellos son parte, pues en la investigación que se sigue en contra del doctor YESID RAMÍREZ en la Comisión de Acusaciones, ninguna de las partes de este proceso actuó en calidad de denunciante.

 

En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Penal,

RESUELVE:

 

Declarar infundada  la manifestación de impedimento presentada por el doctor YESID RAMÍREZ BASTIDAS.

 

Cúmplase.

 

 

JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA

 

 

 

 

 

JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ                 SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ

 

 

 

 

 

PERMISO

ALFREDO GÓMEZ QUINTERO                 MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS

 

 

 

 

 

 

AUGUSTO IBAÑEZ GUZMÁN                   JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS

 

 

 

 

 

 

JAVIER  ZAPATA ORTIZ

 

 

 

TERESA RUIZ NUÑEZ

Secretaria

  • writerPublicado Por: junio 12, 2015