CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION SEGUNDA
Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN
Bogotá, D.C., treinta y uno (31) de julio de dos mil nueve (2009)
Radicación número: 11001-03-25-000-2009-00009-00(0241-09)
Actor: JOSE FREDY POVEDA TEJADA
Demandado: GOBIERNO NACIONAL
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 128, numeral 2º del C.C.A., ADMÍTESE la demanda de acción de simple nulidad interpuesta por el señor José Fredy Poveda Tejada, contra el Decreto No. 2160 del 6 de julio de 2004, expedido por el Gobierno Nacional, por el cual se reglamenta el artículo 8º del Decreto ley 254 de 2000.
En tal virtud, se DISPONE:
1º.NOTIFÍQUESE personalmente al Ministro de Hacienda y Crédito Público.
2º.NOTIFÍQUESE personalmente al Ministro de la Protección Social.
3º. NOTIFÍQUESE personalmente al Agente del Ministerio Público.
4º. Fíjese el negocio en lista por el término de diez (10) días, para los efectos previstos en el numeral 5º del artículo 207 del C.C.A., modificado por el artículo 58 de la Ley 446 de 1998.
5º. Ofíciese a los Ministros de Hacienda y Crédito Público y de la Protección Social, para alleguen con destino a este proceso los antecedentes administrativos que dieron origen al Decreto acusado.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
GUSTAVO EDUARDO GÓMEZ ARANGUREN
Consejero de Ponente