CONSEJO DE ESTADO

 

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

 

SECCION SEGUNDA

 

SUBSECCION A

 

Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN

 

Bogotá, D.C., dos (2) de abril de dos mil nueve (2009)

 

Radicación número: 15001-23-31-000-2007-00718-01(2754-08)

 

Actor: HECTOR HENRIQUE PEÑA SALGADO

 

Demandado: CONSEJO SUPERIOR DE LA CARRERA NOTARIAL - SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO

 

 

Referencia: IMPEDIMENTO

 

 

 

Decide la Sala el impedimento manifestado por el Consejero Luis Rafael Vergara Quintero dentro del asunto de la referencia.

 

Antecedentes:

 

El Consejero Luis Rafael Vergara Quintero manifiesta encontrarse impedido para conocer del presente asunto, por estar incurso en la causal consagrada en el numeral 1° del artículo 150 del Código de Procedimiento Civil.

 

Para resolver se considera:

 

El artículo 150 del Código de Procedimiento Civil consagra en el numeral segundo:

 

“Artículo 150. Son causales de recusación las siguientes:

 

  1. Tener el juez, su cónyuge o alguno de sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, interés directo o indirecto en el proceso.”

 

 

En ese orden de ideas y teniendo en cuenta que el Doctor Luis Rafael Vergara Quintero tiene un interés directo en las resultas de la litis, ya que participó en el Concurso Público de Notarios, sobre el cual se fundan las pretensiones de la demanda, que de ser acogidas lo beneficiarían, se declarará impedido para conocer del presente asunto.

 

En consecuencia, la Subsección “A” de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado,

 

Resuelve:

 

  1. Acéptase el impedimento manifestado por el Consejero de Estado Luis Rafael Vergara Quintero.

 

  1. Enviar el expediente al Consejero que sigue en turno para lo de su cargo.

 

CÓPIESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

 

 

La anterior providencia fue considerada y aprobada por la Sala en sesión celebrada en la fecha.

 

 

 

 

 

GUSTAVO EDUARDO GÓMEZ ARANGUREN

 

 

 

ALFONSO VARGAS RINCÓN

 

 

 

 

 

  • writerPublicado Por: junio 28, 2015