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CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION B Consejero ponente: GERARDO ARENAS MONSALVE Bogotá D.C., trece (13) de octubre de dos mil once (2011) Radicación número: 11001-03-15-000-2011-01175-00(AC) ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN Bogotá, D.C., seis (06) de octubre de dos mil once (2011) Radicación número: 11001-03-15-000-2011-01168-00(AC) ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON Bogotá, D.C., septiembre veinte (20) de dos mil once (2011) Radicación número: 11001-03-15-000-2011-01166-00(AC) ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION B Consejero ponente: A BERTHA LUCIA RAMIREZ DE PAEZ Bogotá, D.C., quince (15) de septiembre de dos mil once (2011) Radicación número: 11001-03-15-000-2011-01163-00(AC) ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION B Consejero ponente: GERARDO ARENAS MONSALVE Bogotá, D.C., seis (6) de octubre de dos mil once (2011) Radicación número: 11001-03-15-000-2011-01161-00(AC) ...more
TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Reiteración jurisprudencial excepto cuando se afecta el derecho fundamental de acceso a la administración de justicia NOTA DE RELATORIA: Sobre la tutela contra providencia judicial, Consejo de Estado, Sección Primera, sentencia de 21 de febrero de 2005, Rad. 2007-1345, MP. Rafael E. Ostau de Lafont Pianeta. CONSEJO DE ESTADO ...more
TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Reiteración jurisprudencial sobre causales generales y especificas de procedibilidad NOTA DE RELATORIA: Sobre la tutela contra providencia judicial, Corte Constitucional, sentencia C-590 de 2003. CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION CUARTA ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN Bogotá, D.C., seis (6) de octubre de dos mil diez (2010) Radicación número: 11001-03-15-000-2011-01148-00(AC) ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON Bogotá, D.C., diecinueve (19) de septiembre de dos mil once (2011) Radicación número: 11001-03-15-000-2011-01147-00(AC) ...more
ACCION DE TUTELA - Mora judicial / MORA JUDICIAL - Debe ser injustificada y probarse la negligencia de autoridad judicial Al respecto debe la Sala analizar si se ha presentado una mora judicial, circunstancia que ha sido definida por esta Corporación como la conducta dilatoria del juez en resolver sobre un determinado asunto que conoce dentro de un proceso judicial, y tiene fundamento en cuanto tal conducta desconozca los términos de ley y carezca de motivo probado y razonable, ev ...more
INCIDENTE DE DESACATO - No se abre por cumplimiento de orden dada en el fallo de tutela El juez constitucional ordenó la valoración integral de la prueba y así lo hizo la autoridad obligada a satisfacer la orden. De manera que no es factible que bajo un supuesto argumento de incumplimiento del fallo, se reproche la decisión autónomamente adoptada por el juez natural y la manera como éste le imprimió valor a las pruebas del proceso ordinario; ell ...more
ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Eventos en que se configura un defecto fáctico El defecto fáctico se produce cuando: (i) el juez toma una decisión sin que los hechos del caso se hubieren subsumido adecuadamente en el supuesto de hecho que legalmente la determina; (ii) el juez omite el decreto, la práctica o la valoración de las pruebas; (iii) se produce una valoración irrazonable de las mismas; y, (iv) el juez valora la prueba y le ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON Bogotá, D.C., quince (15) de septiembre de dos mil once (2011) Radicación número: 11001-03-15-000-2011-01133-00(AC) ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION B Consejero ponente: VICTOR HERNANDO ALVARADO ARDILA Bogotá, D.C. veintisiete (27) de octubre de dos mil once (2011) Radicación número: 11001-03-15-000-2011-01130-00(AC ...more
ACCION DE TUTELA - Se acepta Impedimento FUENTE FORMAL: DECRETO 2591 DE 1991 - ARTICULO 39 / LEY 906 DE 2004 - ARTICULO 56 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION CUARTA Consejera ponente: MARTHA TERESA BRICEÑO DE VALENCIA Bogotá, D.C., cinco (5) d ...more
ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - No se cumple con el requisito de inmediatez El ejercicio tardío e inoportuno de la acción de tutela la invalida como remedio inmediato ante la amenaza o violación de derechos fundamentales, pues según se expresó, la interposición de la tutela deberá hacerse dentro de un plazo prudencial a fin de garantizar que el amparo constitucional pretendido cumpla su función como remedio urgente ante la vulneración de los ...more
CONTRATACION PUBLICA EN ESTADOS DE EXCEPCION – Principios que la rigen. Marco legal mixto La norma reglamentada establece, además, que los contratos que celebre el Fondo para el cumplimiento de su finalidad, se regirán por las normas de derecho privado pero también se someterán a las disposiciones contenidas en los artículos 209 y 267 de la Constitución Política y que en ellos se aplicarán los artículos 14 a 18 de la Ley 80 de 1993 y el artí ...more
ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Improcedente por controvertir decisión de Consejo de Estado, órgano de cierre de la jurisdicción De acuerdo con los criterios de procedibilidad de la acción de tutela a los que se hizo alusión, se observa que la presente acción no está llamada a prosperar, por cuanto se dirige contra decisiones proferidas por un órgano de cierre en ejercicio de las funciones que, como Tribunal Supremo de lo Contencioso Administrativo, le confier ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON Bogotá D.C., septiembre catorce (14) de dos mil once (2011) Radicación número: 11001-03-15-000-2011-01126-00(AC) ...more
FACULTADES DEL FONDO NACIONAL DE CALAMIDADES - Características especiales que se ejercen sobre los actos administrativos generales expedidos al amparo de los decretos legislativos que desarrollan los estados de excepción. Mecanismos de seguimiento y control de las transferencias de recursos por parte del Fondo Nacional de Calamidades. Plazo para la legalización de los recursos. Tiempo para ser reintegrados los recursos Estima la Sala que el plazo establecido en l ...more