Archivo de la Categoría 1.3.4.16 Sec. 2 2009

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Lista Artículos

05001-23-31-000-2003-02934-01(2726-08) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO   Bogotá, D.C., veintiuno (21) de octubre de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 05001-23-31-000-2003-02934-01(2726- ...mas

05001-23-31-000-2003-02464-01(2317-07) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON   Bogotá, D.C., veintitrés (23) de abril de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 05001-23-31-000-2003-02464-01(2317-07) ...mas

05001-23-31-000-2003-00304-01(0136-07) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

REGIMEN SALARIAL DE EMPLEADOS PUBLICOS DEL ORDEN TERRITORIAL – Determinación. Competencia / ESCALA DE REMUNERACION DE LOS EMPLEADOS DEL MUNICIPIO DE MEDELLIN – Determinación. Competencia   A través del Decreto 182 de 2002 se fijó la escala de remuneración de los empleados del Municipio de Medellín y se establecieron unas asignaciones salariales para cada uno de los niveles a los que se ajustó la misma. Dicha facultad para establecer la escala ...mas

05001-23-31-000-2002-03928-01(2054-08) (1) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

INSUBSISTENCIA DE DETECTIVES DEL REGIMEN ESPECIAL DE CARRERA  DEL DAS - Causales  /  ACTO DE INSUBSISTENCIA DE DETECTIVE DEL DAS  POR MOTIVOS DE CONVENIENCIA - No requiere motivación   Según  el artículo 66 del Decreto 2146 de 1989, los funcionarios que ostentan la calidad de detectives, situación del demandante, vinculados al régimen especial de carrera, pueden ser desvinculados por dos maneras, a saber: (i) La primera contenida en el literal a) del artículo 66 del Decreto ...mas

05001-23-31-000-2002-03218-01(1516-08) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

INEPTITUD DE LA DEMANDA POR AUSENCIA DE PODER - No se presenta  por que se mencione  a la persona natural que desempeña el cargo de representante legal. Principio de buena fé. Principio de acceso a la administración de justicia   El hecho de haberse mencionado en el poder la persona natural que representaba la entidad para el momento del otorgamiento de la facultad y la interposición de la demanda, no indica que el mandato se otorgaba para demandar a dicha persona natural ...mas

05001-23-31-000-2002-02280-01(1362-09) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON   Bogotá, D.C., once (11) de noviembre de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 05001-23-31-000-2002-02280-01(1362-09) ...mas

05001-23-31-000-2002-01990-01(0854-08) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO   Bogotá, D.C., veintitrés (23) de abril de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 05001-23-31-000-2002-01990-01(0854- ...mas

05001-23-31-000-2002-01873-01(2601-07) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO   Bogotá, D.C., veintitrés (23) de abril de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 05001-23-31-000-2002-01873-01(2601- ...mas

05001-23-31-000-2002-01769-01(0086-08) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN   Bogotá, D.C., doce (12) de febrero de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 05001-23-31-000-2002-01769-01(0086-08 ...mas

05001-23-31-000-2002-01733-01(0844-08) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

SUPRESION DE CARGO DE CARRERA – Procedencia   La Administración por motivos de interés general ligados a la eficacia y eficiencia de la función pública, puede acudir a la supresión de cargos en una entidad pública, sin que puedan oponérsele los derechos de carrera de los funcionarios, ya que, éstos deberán ceder ante el interés general, como lo dijo la Corte Constitucional en la sentencia T-374 de 2000.   FUENTE FORMAL: LEY 443 DE 1998 – ARTICULO 39 / DECRETO ...mas

05001-23-31-000-2002-01708-01(2370-07) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN   Bogotá, D.C., doce (12) de febrero de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 05001-23-31-000-2002-01708-01(2370-07 ...mas

05001-23-31-000-2002-01705-01(0821-08) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN   Bogotá, D.C., veintiséis (26) de febrero de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 05001-23-31-000-2002-01705-01( ...mas

05001-23-31-000-2002-01506-01(0851-08) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

ORGANIZACION DE LA CONTRALORIA DEPARTAMENTAL – Competencia de la Asamblea Departamental   Se tiene que corresponde a la Asamblea Departamental la función de reestructurar la respectiva Contraloría territorial, sin embargo cuando la necesidad o la conveniencia lo ameriten podrá delegar dicha competencia en el Gobernador, quien por un tiempo limitado, el cual es fijado en la norma ordenanzal que efectúa la delegación, realizará de conformidad con el artículo 305, numeral 15 de ...mas

05001-23-31-000-2002-01327-01(0857-08) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

REESTRUCTURACION DE LA PLANTA DE PERSONAL DE LA CONTRALORIA DEPARTAMENTAL – Competencia. Delegación / ASAMBLEA DEPARTAMENTAL – Competencia de reestructuración de la planta de personal de la contraloría Departamental. Delegación en el Gobernador   La Asamblea Departamental para expedir el acto de reestructuración de la Contraloría Departamental, debe la Sala indicar que de conformidad con el artículo 272 de la Constitución Política, es atribución de la Asamblea Departamen ...mas

05001-23-31-000-2002-01314-01(1630-09) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON   Bogotá, D.C., diez (10) de diciembre de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 05001-23-31-000-2002-01314-01(1630-09) ...mas

05001-23-31-000-2002-01188-01(1536-08) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

PLANTA DE PERSONAL - Exigencia de la elaboración de un estudio técnico como sustento para reformarla / SUPRESION DE CARGOS DE CARRERA - Exigencia de la elaboración de un estudio técnico como sustento para reformarla / ESTUDIO TECNICO - Requisito de la supresión de cargo de carrera.  Antecedentes jurisprudenciales / MODIFICACION DE PLANTA DE PERSONAL - Estudio técnico / SUPRESION DE CARGO DE CARRERA - No desvirtuada su legalidad con fundamento en irregularidad del estudio técnico ...mas

05001-23-31-000-2002-00919-01(8025-05) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

SUPRESION DE CARGO   (Ver Exp. 1945-05)     CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO   Bogotá, D.C., cinco (5) de febrero de dos mil n ...mas

05001-23-31-000-2002-00813-01(0793-08) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON   Bogotá, D.C., veintiuno (21) de octubre de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 05001-23-31-000-2002-00813-01(0793-08) ...mas

05001-23-31-000-2002-00492-01(0591-09) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO   Bogotá, D.C., tres (3) de diciembre de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 05001-23-31-000-2002-00492-01(0591-09) ...mas

05001-23-31-000-2002-00312-01(0337-08) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

PENSION DE JUBILACION DOCENTE – Reajuste. Indice de precios al consumidor. Criterio de justicia y equidad / PENSION DE JUBILACION DOCENTE – Factores de liquidación. Indice de precios al consumidor   Si bien, la Entidad reconoció pensión de jubilación, una vez la actora adquirió el status, no se puede sustraer a otorgarla teniendo de presente criterios de equidad y justicia, encaminados a la obtención de una prestación acorde con la función social del Estado. La normativida ...mas

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