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TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Procedencia excepcional Tratándose de tutela contra providencia judicial, la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo de la Corporación viene afirmando su improcedencia fundada tanto en la declaratoria de inexequibilidad que de los artículos 11 y 40 del Decreto 2591 de 1991 hiciera la Corte Constitucional en sentencia C- 543 del 1 de octubre de 1992, como en el hecho de que la existencia de una providencia, presupone que quien intenta la ac ...mas
ACCION DE TUTELA - Carácter excepcional Finalmente debe precisar la Sala como lo hizo el Tribunal que contra el acto administrativo que dio respuesta al derecho de petición de 20 de junio de 2011, procede la acción de nulidad y restablecimiento del derecho ante esta jurisdicción. Se ha reiterado que la acción de tutela no procede cuando el peticionario dispone de otro medio para la defensa judicial del derecho que alega como violado, excepto cuan ...mas
IMPEDIMENTO – Interes directo / BONIFICACIÓN POR GESTION JUDICIAL – Magistrados Tribunal Revisado el expediente y la causal invocada, se estima fundado el impedimento para conocer del presente asunto, debido a que los Magistrados del Tribunal al igual que los demandantes, tienen un innegable interés en el incremento de los factores salariales y prestacionales de la Bonificación por Gestión Judicial, establecida en el Decreto 4040 de 2004. En v ...mas
CONCURSO DE MERITOS - Sujeción a reglas que permiten acreditar cualquier profesión del área de ciencias sociales El a quo accedió a las súplicas de la acción de tutela, bajo el entendido de que en los Núcleos Básicos de Conocimiento, la CNSC incluyó en el Área de las Ciencias Sociales, disciplina aceptada para el empleo al que opta la actora, entre otras, la carrera de Psicología, por tal razón, no reconocer la profesión acreditada como vá ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION B Consejera ponente: DRA. BERTHA LUCIA RAMIREZ DE PAEZ Bogotá, D.C., treinta (31) de octubre de dos mil once (2011). Radicación número: 05001-23-31-000-2011-01165-01(AC) Actor: DEIBE ...mas
HABEAS CORPUS - Inexistencia de prolongación ilícita de la privación de la libertad / HABEAS CORPUS - Competencia del Juez natural para pronunciarse sobre libertad por pena cumplida e inexistencia de vía de hecho en su decisión En el caso que nos ocupa, el Juez de Ejecución de Penas se pronunció sobre la petición de libertad formulada por la parte demandante, decisión que fue confirmada, además, por el Tribunal Superior de Antioquia, Sala Penal, lo que h ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION B Consejero ponente: GERARDO ARENAS MONSALVE Bogotá, D.C., veintiséis (26) de mayo de dos mil once (2011) Radicación número: 05001-23-31-000-2011-00351-01(AC) ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO Bogotá, D.C., veintitrés (23) de mayo de dos mil once (2011) Radicación número: 05001-23-31-000-2011-00340-01(AC) ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN Bogotá, D.C., siete (7) de abril de dos mil once (2011) Radicación número: 05001-23-31-000-2011-00040-01(AC) ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION B Consejera ponente: BERTHA LUCIA RAMIREZ DE PAEZ Bogotá, D.C., treinta y uno (31) de marzo de dos mil once (2011) Radicación número: 05001-23-31-000-2010-02362-01(AC) ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO Bogotá, D.C., cinco (5) de abril de dos mil once (2011) Radicación número: 05001-23-31-000-2010-02361-01(AC) ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION B Consejero ponente: VICTOR HERNANDO ALVARADO ARDILA Bogotá, D.C., treinta (30) de marzo de dos mil once (2011) Radicación número: 05001-23-31-000-2010-02342-01(AC) ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION B Consejero ponente: GERARDO ARENAS MONSALVE Bogotá, D.C., tres (3) de marzo de dos mil once (2011) Radicación número: 05001-23-31-000-2010-02325-01(AC) ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO Bogotá, D.C., doce (12) de abril de dos mil once (2011) Radicación número: 05001-23-31-000-2010-02298-01(AC) ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO Bogotá, D.C., siete (7) de marzo de dos mil once (2011) Radicación número: 05001-23-31-000-2010-02252-01(AC) ...mas
ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Procedencia excepcional / DEBIDO PROCESO Y ACCESO A LA JUSTICIA DE JUSTICIA - Derecho de interna a notificación personal / ACCION POPULAR - Notificación personal de la sentencia Es evidente la necesidad que surge para el sujeto procesal a partir de una notificación de esa índole, de desplazarse hacia el despacho judicial continuamente para verificar si se ha efectuado la fijación del E ...mas
ACCION DE TUTELA - Requisito de inmediatez De acuerdo con lo anterior, la acción de tutela requiere para su eficacia, que los derechos que se pretenden amparar, se sustenten en plazos razonables, que evidencien al Juez de Tutela la presencia de la inmediatez, aspecto que no se observa en este caso, puesto que las pruebas del concurso fueron aplicadas el 5 de julio de 2009 y la presente acción fue incoada por la actora el 21 de octubre de 2010, es decir, 1 año y 3 meses d ...mas
TRASLADO DE RECLUSO - Procedencia de la tutela si es arbitrario. Procedencia de la tutela si vulnera derechos fundamentales que no pueden ser limitados La discrecionalidad legal del traslado de internos, impide en principio que el juez de tutela interfiera en la decisiones adoptadas al respecto por parte de las autoridades penitenciarias, permitiendo únicamente la intervención por parte de éste cuando tal decisión envuelva un carácter arbitrario ...mas
INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES – Naturaleza Jurídica / ESCISION DEL INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES – Los trabajadores oficiales se consideran empleados públicos Mediante el Decreto 1750 de 26 de junio de 2003 se escindió del Instituto de Seguros Sociales, la Vicepresidencia de Prestación de Servicios de Salud, todas las clínicas y centros de atención ambulatoria (artículo 1º) y se crearon 7 Empresas Sociales del Estado, ...mas
INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES ISS - Naturaleza jurídica / ESCISION DEL INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES ISS - Cambio en la naturaleza de la vinculación de sus servidores / EMPLEADOS DEL INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES - Trabajadores oficiales adquieren la categoría de empleados públicos / EMPLEADOS PUBLICOS - No pueden negociar convenciones colectivas La Corte Constitucional mediante sentencia C-314 de 2004, al revisar la Constitucionalidad de los artículos 16 y 18 (parcial ...mas