Archivo de la Categoría 1.3.4.14 Sec. 2 2011

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Artículos Destacados

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Lista Artículos

05001-23-31-000-2008-00006-01(1314-10) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

PENSION GRACIA – Requisitos. Beneficiarios / PENSION GRACIA POR INCAPACIDAD LABORAL – Es compatible con la pensión de invalidez / INCAPACIDAD POR ENFERMEDAD U OTRA CAUSA – compatibilidad de la pensión gracias y de invalidez / PENSION DE INVALIDEZ – Compatible con al pensión gracia / PENSION GRACIA – Compatible con la pensión de invalidez / ACTUALIZACION DE LA MESADA PENSIONAL – Va en contravía de los postulados constitucionales. Actualizar con base en el IPC ...mas

05001-23-31-000-2006-03216-01(1966-10) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

PENSION GRACIA – Reconocimiento. No es acumulable el tiempo de servicio como docente a nivel nacional   Del análisis de las pruebas allegadas al expediente, se observa que el actor laboró en la docencia territorial y posteriormente fue vinculado como docente del orden nacional, tal y como consta en el certificado transcrito, es decir, no acreditó los veinte (20) años exigidos por la ley en el orden territorial para ser acreedor a la pensión gracia de jubilación, por lo que no ...mas

05001-23-31-000-2006-01107-01(0740-2010) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Consejero ponente: GERARDO ARENAS MONSALVE   Bogotá, D.C., siete (7) de julio de dos mil once (2011)   Radicación número: 05001-23-31-000-2006-01107-01(0740-2010) ...mas

05001-23-31-000-2005-07607-01(1552-10) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

PRIMAS EXTRALEGALES - Naturaleza salarial / CARACTER SALARIAL - Primas extralegales / PRESTACIONES SOCIALES - Primas extralegales / REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL DE EMPLEADOS DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES - Competencia / ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DE ANTIOQUIA - Competencia para crear elementos salariales   Con base en los postulados, resulta válido afirmar que las referidas primas tienen la naturaleza salarial, toda vez que se crearon para retribuir directamente los ...mas

05001-23-31-000-2005-01435-01(0451-11) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

EMPLEADO EN PROVISIONALIDAD - No goza de fuero de estabilidad / ACTO DE INSUBSISTENCIA DE EMPLEADO EN PROVISIONALIDAD – No motivación en vigencia de la Ley 443 de 1998 / ACTO DE INSUBSISTENCIA DE EMPLEADO EN PROVISIONALIDAD – Requiere motivación así haya sido nombrados con anterioridad a la Ley 909 de 2005   Ha sido persistente la línea jurisprudencial de esta Sala, señalando que, respecto de los empleados que ocupan en provisionalidad cargos de carrera, no e ...mas

05001-23-31-000-2004-06836-01(1680-10) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

INSUBSISTENCIA DE EMPLEADO EN PROVISIONALIDAD – No motivación   El retiro del servicio para los empleados provisionales  puede disponerse mediante acto que dé por terminada la provisionalidad o de insubsistencia,  que formalmente no requieren ser motivados, vale decir, no deben expresar las causas del retiro,  lo cual encuentra sustento en el artículo 107 del Decreto 1950 de 1973.   FUENTE FORMAL: DECRETO 1950 DE 1973 ...mas

05001-23-31-000-2004-06648-01(1981-10) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

SUPRESION DE CARGO - Facultad discrecional.  No requiere motivación / SUPRESION DE CARGO - Estudio técnico / ACTO DE SUPRESION - La falta de motivación no es causal de nulidad / MEJOR DERECHO - No probado   Cuando ocurre una supresión real de empleos por reducción del número de cargos, como ocurrió en este caso (de 91 a 68),  la entidad goza de facultad discrecional para decidir a quiénes retira del servicio y a quiénes conserva en la nueva planta de person ...mas

05001-23-31-000-2004-05836-01(1168-10) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

PRIMA DE ACTUALIZACION - Regulación legal / PRIMA DE ACTUALIZACION - Aplicación al personal activo y retirado / VIGENCIA DE LA PRIMA DE ACTUALIZACION - Carácter transitorio hasta el 31 de diciembre de 1995   El artículo 13 de la Ley 4ª de 1992, ordenó al Gobierno Nacional establecer una escala gradual porcentual para nivelar la remuneración del personal activo y retirado de la Fuerza Pública, de conformidad con los principios establecidos en dicha ley, normatividad que ...mas

05001-23-31-000-2004-05634-01(1830-10) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

SUPRESION DE CARGO - Facultad discrecional.  No requiere motivación / SUPRESION DE CARGO - Estudio técnico / ACTO DE SUPRESION - La falta de motivación no es causal de nulidad / MEJOR DERECHO - No probado   Cuando ocurre una supresión real de empleos por reducción del número de cargos, como ocurrió en este caso (de 91 a 68),  la entidad goza de facultad discrecional para decidir a quiénes retira del servicio y a quiénes conserva en la nueva planta de person ...mas

05001-23-31-000-2004-05481-01(0533-10) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

ACTO DE RETIRO DEL SERVICIO POR SUPRESION DEL CARGO – Carácter particular. No requiere motivación   Esta Corporación ha reiterado que tal discrecionalidad se debe entender como la facultad para expedir los actos que niegan la incorporación sin motivación expresa, porque las normas que regulan el proceso de reestructuración de entidades, si bien la exigen para el acto general de supresión de cargos (el cual debe estar soportado en un estudio técnico), no la establecen para el ...mas

05001-23-31-000-2004-04624-01(0747-10) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

PENSION DE JUBILACION – Indexación de la base de liquidación. Principio de equidad   Si bien la pensión debe liquidarse sobre el promedio de lo devengado en el último año de servicios, no pueden desconocerse mandatos preconizados en la Constitución de 1991 contenidos en los artículos 48 inciso último al tenor del cual “La ley definirá los medios para que los recursos destinados a pensiones mantengan su poder adquisitivo constante” o el previsto e ...mas

05001-23-31-000-2004-04342-01(1539-08) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

PENSION DE SOBREVIVIENTE A HERMANO DE DOCENTE AFILIADO AL FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO – Regulación legal. Requisitos   La calidad de beneficiario de la sustitución pensional se adquiere, tratándose de los hermanos, cuando se prueban los siguientes requisitos: - El grado de filiación consanguíneo respecto del pensionado. - La dependencia económica respecto del causante. - La invalidez permanente, previo ...mas

05001-23-31-000-2004-04292-01(0322-10) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

SUPRESION DEL CARGO – Estudio técnico   La Sala se aparta de las consideraciones hechas por el Tribunal en la sentencia apelada y, en su lugar, encuentra probado que el caso bajo examen la Empresa Social del Estado La María de Medellín, Antioquia, dentro del proceso de restructuración de su planta de personal, contó con una propuesta de reorganización institucional y un estudio técnico, documentos que justificaron ampliamente la necesidad que tenía la citada entidad prestado ...mas

05001-23-31-000-2004-04229-01(2003-09) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

ABANDONO DEL CARGO – Concepto. Efecto   La figura del abandono del cargo o del servicio  implica la dejación voluntaria definitiva y no transitoria de los deberes y responsabilidades que exige el empleo del cual es titular el servidor público. “En consecuencia, dicho abandono se puede presentar, bien porque se renuncia al ejercicio de las labores o funciones propias del cargo, con la necesaria afectación de la continuidad del servicio administrativo, o bien porque se deserta m ...mas

05001-23-31-000-2004-03585-01(1543-10) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

INSUBSISTENCIA DE EMPLEADO EN PROVISIONALIDAD – No requiere motivación   De acuerdo con las pruebas que obran en el expediente, y acogiendo la tesis reiterada por la Sala, para la fecha en que se produjo el acto impugnado, la demandante era empleada de carácter provisional desempeñando un empleo perteneciente al sistema de carrera administrativa. En efecto, no estaba inscrita en carrera, ni gozaba de período fijo, ni tenía a su favor ningún fuero de relativa estabilidad en su ...mas

05001-23-31-000-2004-01242-01(1720-10)Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

PENSION DE JUBILACION - Actualización de la base de liquidación de acuerdo al índice de precios al consumidor / INDEXACION DE LA PRIMERA MESADA PENSIONAL - Procedencia aun cuando no hubiera sido objeto del recurso de apelación   Comparte la Sala lo que consideró el Tribunal de instancia en el sentido de que “el accionante tiene derecho a que la entidad demandada actualice la base de liquidación de su pensión de jubilación, adquirida a partir del ...mas

05001-23-31-000-2004-00885-02(1465-10) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

PUBLICACION DE ACTOS Y DOCUMENTOS OFICIALES – es deber de los municipios incluir en sus gacetas, diarios o boletines los actos gubernamentales y administrativos / ACTO ADMINISTRATIVO – Nace a la vida jurídica desde el momento de su expedición. Para que sea eficaz debe darse a conocer / ACTO ADMINISTRATIVO – Su publicación es requisito de eficacia y no de validez   El artículo 1º de la Ley 57 de 1985 “por la cual se ordena la publicidad de los actos y documentos oficiales ...mas

05001-23-31-000-2004-00885-02(1465-10) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

PUBLICACION DE ACTOS Y DOCUMENTOS OFICIALES – es deber de los municipios incluir en sus gacetas, diarios o boletines los actos gubernamentales y administrativos / ACTO ADMINISTRATIVO – Nace a la vida jurídica desde el momento de su expedición. Para que sea eficaz debe darse a conocer / ACTO ADMINISTRATIVO – Su publicación es requisito de eficacia y no de validez   El artículo 1º de la Ley 57 de 1985 “por la cual se ordena la publicidad de los actos y documentos oficiales ...mas

05001-23-31-000-2004-00724-01(2570-07) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO – Modificación de la planta de personal. Adopción no es competencia del Concejo Municipal   Los artículos 5 y 11 del Decreto 1876 de 1994; artículo 4 numeral 16 del Decreto 139 de 1996, si bien es cierto que señalan  que tanto el Gerente de la E.S.E. como la Junta Directiva de la misma, deben someter a “aprobación” y “adopción” de la autoridad competente el proyecto de reforma y la modificación de la planta de personal, ta ...mas

05001-23-31-000-2003-04346-01(1550-10) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

PRIMA DE ACTUALIZACION –Reconocimiento al personal retirado / PRINCIPIO DE OSCILACION – Aplicación   La Sala ya ha tenido oportunidad de pronunciarse en algunos asuntos con identidad de supuestos fácticos al que ahora se examina y ha concluido que la prima de actualización prevista en los Decretos 335 de 1992, 25 de 1993, 65 de 1994 y 133 de 1995, introduce una modificación gradual a las asignaciones de actividad que es computable para el reconoci ...mas

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