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Lista Artículos

25000-23-27-000-2007-00196-01(17920) Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

IMPEDIMENTO DE CONSEJERA EN VIRTUD DE SU DEPENDIENTE – Se presenta cuando su magistrada auxiliar suscribió los actos acusados en la entidad demandada   La Sala observa que, en efecto, la Resolución No. 310662007000012 del 22 de mayo de 2007, mediante la cual se resolvió el recurso de reconsideración interpuesto contra la Liquidación Oficial de Revisión No. 310642006000119, del 22 de septiembre de 2006, que modificó la declaración privada de ventas del quinto ...mas

25000-23-27-000-2007-00184-01(17426) Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

COBRO COACTIVO – Actos demandables el que decide excepciones, la liquidación del crédito y las costas / LIQUIDACION DEL CREDITO O DE LAS COSTAS – También es demandable ante la jurisdicción contencioso administrativa / COBRO COACTIVO  EN IMPUESTOS – Los actos proferidos después de la resolución que decide las excepciones también son demandables ante la jurisdicción contencioso administrativa / AUTO APROBATORIO DEL REMATE EN COBRO COACTIVO – Es demandable ante la jurisdicc ...mas

25000-23-27-000-2007-00160-01(17200) 1_1 Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

ENTIDAD SIN ANIMO DE LUCRO - No persigue repartición de las ganancias sino que las reinvierte en pro de la actividad / ANIMO DE LUCRO - Aspectos a tener en cuenta para las entidades sin ánimo de lucro / EXCEDENTES O UTILIDADES EN ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO - No pueden ser distribuidas entre sus miembros   Las entidades sin ánimo de lucro son verdaderas personas jurídicas, que pueden estar constituidas bajo las modalidades de corporación, fundación ...mas

25000-23-27-000-2007-00151-01(17179) 1 Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

ADICION DE SENTENCIA - Requisitos   La adición de una sentencia se efectuará ya sea de oficio o a petición de parte, siempre y cuando, en el fallo se haya omitido hacer un pronunciamiento sobre puntos que de conformidad con la ley deben ser objeto  del mismo.   FUENTE FORMAL: CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL - ARTICULO 311 INCISO 1   PRINCIPIO DE JUSTICIA ROGADA - Alcance   La Sala precisa que en vi ...mas

25000-23-27-000-2007-00076-01(16829) Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

CADUCIDAD DE LA ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Es de 4 meses contados desde la notificación. Comunicación ejecutado el acto   Ahora bien, el artículo 136 [2] del Código Contencioso Administrativo señala que la acción de nulidad y restablecimiento del derecho caducará al cabo de cuatro (4) meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación, comunicación o ejecución del acto, según el caso. Este término debe verificarse po ...mas

25000-23-27-000-2007-00039-01(16961) Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA – Se le aplican las normas del Código de Procedimiento Civil que regulan los medios de pruebas   De acuerdo con el artículo 168 del Código Contencioso Administrativo, en los procesos ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa se aplicarán las normas del Código de Procedimiento Civil que regulan la admisibilidad de los medios de prueba, la forma de practicarlas y los criterios de valoración. ...mas

25000-23-27-000-2007-00024-01(17272) Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

RECURSO DE APELACION - Objeto / SUSTENTACION DEL RECURSO DE APELACION - Sirve al ad quem para soportar la decisión de revocar o modificar la sentencia de primera instancia   De conformidad con el artículo 350 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de apelación tiene por objeto que el superior estudie la cuestión decidida en la providencia de primer grado y la revoque o reforme. La apelación permite el ejercicio del derecho de defensa de las partes, a tra ...mas

25000-23-27-000-2007-00023-01(17040) Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

SANCION POR EXTEMPORANEIDAD EN LA ENTREGA DE LA INFORMACION - Se calcula sobre la base de la información inoportuna por cada día de recaudo / EXTEMPORANEIDAD - Está determinada por el día de recaudo / ENTIDADES RECAUDADORAS - La extemporaneidad se calcula sobre la base de la información inoportuna por cada día de recaudo / SANCION POR ENTREGA EXTEMPORÁNEA DE INFORMACION - Corre a partir del día siguiente del vencimiento y hasta que se complete la entrega a un mismo día de recaud ...mas

25000-23-27-000-2007-00019-01(16821) Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

ENTIDADES NO SUJETAS AL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO - Conforme a la Ley 14 de 1983 son los establecimientos, entidades, asociaciones y hospitales adscritos al sistema nacional de salud   La Sala precisa que de conformidad con la Ley 14 de 1983 “por la cual se fortalecen los fiscos de las Entidades Territoriales y se dictan otras disposiciones”, el impuesto de industria y comercio grava el ejercicio en una jurisdicción municipal de una actividad comercial, in ...mas

25000-23-27-000-2007-00004-01(17248) Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO - Grava la propiedad inmueble o su posesión y es de tipo real / TARIFA DEL IMPUESTO PREDIAL - Varia entre el 1 por ciento y el 10 por ciento de la base gravable / PREDIO URBANIZABLE NO URBANIZADO - La tarifa en impuesto predial no puede exceder de 33 por mil / PREDIO URBANIZADO NO EDIFICADO - La tarifa en impuesto predial no puede exceder de 33 por mil / BIEN INMUEBLE - Clasificación tributaria en el D.C. / CAUSACION DEL IMPUESTO PREDIAL - Es el 1º de enero ...mas

25000-23-27-000-2006-91377-01(16946) Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

NOTIFICACION POR CORREO - Se practica enviando una copia del acto a la dirección informada por el contribuyente / DIRECCION INFORMADA POR EL CONTRIBUYENTE - Corresponde a la indicada en declaraciones tributarias o en el formato oficial de cambio de dirección   El Estatuto Tributario establece un régimen específico restrictivo para dar a conocer las decisiones oficiales, de tal forma que se admite la notificación personal o por correo. (Artículo 565 ...mas

25000-23-27-000-2006-01368-01(17117) Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

PRUEBAS EN SEGUNDA INSTANCIA – Proceden entre otros cuando los documentos no pudieron aducirse en primera instancia / DOCUMENTO NO APORTADO EN PRIMERA INSTANCIA – Debe demostrarse las circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito para aportarse en la segunda instancia   En segunda instancia, cuando lo recurrido es la sentencia, las partes pueden solicitar el decreto de pruebas dentro del término de ejecutoria del auto que admita el recurso (artículo 212 [4] del C.C.A.). ...mas

25000-23-27-000-2006-01357-01(17007) Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

PERTINENCIA DE LA PRUEBA – Las pruebas deben ceñirse al asunto materia del proceso / PRUEBA NO PERTINENTE – Se presenta cuando no versa sobre el asunto a decidirse / PRUEBAS EN SEGUNDA INSTANCIA – En el sub lite no procede al tener relación con los actos acusados   El artículo 178 del Código de Procedimiento Civil determina que “las pruebas deben ceñirse al asunto materia del proceso”, lo que se conoce como pertinencia de la prueba, que se complementa ...mas

25000-23-27-000-2006-01333-01(16934) Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO - Actividades sobre las que recae. Sujetos pasivos / ENTIDADES ADSCRITAS AL SISTEMA NACIONAL DE SALUD - Están excluidas del impuesto de industria y comercio / ACTIVIDAD NO SUJETA AL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO - Lo es el servicio de salud prestado por hospitales pertenecientes al Sistema Nacional de Salud / SERVICIO DE SALUD PRESTADO POR HOSPITALES - Se considera actividad no sujeta a industria y comercio / ACTIVIDADES DE INDUSTRIA Y COMERCIO DE ENT ...mas

25000-23-27-000-2006-01330-02(17584)A Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

PERENCION DEL PROCESO - Forma de terminación anormal del proceso / PERENCION EN MATERIA TRIBUTARIA - Alcance. Efectos / INTERESES MORATORIOS - Se suspende cuando admite la demanda ante la Jurisdicción Contenciosa   La perención es una forma de terminación anormal del proceso por falta de impulso cuando éste corresponde a la parte demandante. Tratándose de procesos en los cuales se discute la determinación de impuestos nacionales o territoriales la ...mas

25000-23-27-000-2006-01330-02(17584) Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

CORRECION DE PROVIDENCIA - Procedencia   De conformidad con el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión expresa del artículo 267 del Código Contencioso Administrativo, las providencias en que se haya incurrido en error por omisión o cambio de palabras o alteración de éstas, se podrán corregir en cualquier tiempo, de oficio o a solicitud de parte.     CONSEJO DE ESTADO   ...mas

25000-23-27-000-2006-01325-01(16944) Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

DEPRECIACION DE ACTIVOS FIJOS – Se presenta por desgaste o por obsolescencia / OBSOLESCENCIA DE ACTIVOS FIJOS – Concepto / DEPRECIACION POR DESGASTE O DETERIORO NORMAL – Implica la aplicación de una vida útil probable / DEPRECIACION POR OBSOLESCENCIA - Concepto / AUTORIZACION DEL DIRECTOR DE LA DIAN – No se requiere en el caso de la depreciación por obsolescencia / VIDA UTIL DE ACTIVO FIJO – No debe haberse agotado para ser procedente la depreciación por obsolescencia ...mas

25000-23-27-000-2006-01309-02(17712) Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

CAUCION PARA DEMANDAR – Naturaleza y objeto / PERENCION DEL PROCESO – Procede al estar inactivo el proceso por más de 6 meses al no constituir la caución   En primer término, debe aclararse que la caución constituye una carga procesal que el demandante debe cumplir y dado que con ella se busca la satisfacción parcial del crédito liquidado a favor del tesoro público, de serle adversa la decisión, ha de estimarse que el juez como director del proceso (art. 3 ...mas

25000-23-27-000-2006-01308-01(17848) Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

PERENCION DEL PROCESO – Requisitos y objeto / PARTE DEMANDANTE – Su conducta omisiva o negligente da lugar a decretar la perención del proceso / TERMINACION ANTICIPADA DEL PROCESO – Una de ellas es la perención   Del artículo 148 del C.C.A. se infiere que la perención sobreviene en los casos en que: (i) el proceso permanezca inactivo en secretaría por más de seis meses, contados desde  la notificación del último auto o desde el día de la práctica de l ...mas

25000-23-27-000-2006-01304-02(17694)_1 Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

PERENCION DEL PROCESO – Eventos. Concepto   De la norma trascrita se infiere que la perención sobreviene en los casos en que: (i) el proceso permanezca inactivo en secretaría por más de seis meses, contados desde  la notificación del último auto o desde el día de la práctica de la última diligencia, o, en su defecto, desde la notificación del auto admisorio de la demanda al Ministerio Público; (ii) la inactividad sobrevenga por causa distinta ...mas

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