Archivo de la Categoría 1.3.6.14 Sec. 4 2011

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Lista Artículos

27001-23-31-000-2010-00337-01(AC) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

ACTO QUE REVOCA NOMBRAMIENTO - Improcedencia de la tutela / CONCURSO DE MERITOS FISCALIA GENERAL DE LA NACION - Revocatoria de nombramiento   Mediante el ejercicio de la presente acción el señor JOSE ISRAEL MARTINEZ LEMOS pretende que se deje sin valor ni efectos jurídicos, en lo pertinente, la Resolución No. 0-1549, “Por medio de la cual se revocan unos nombramientos en periodo de prueba por concurso del año 2007”. y en consecuencia, se ordene a la FISCALIA GENERAL DE LA NAC ...mas

27001-23-31-000-2010-00337-01(AC) (1) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

ACTO QUE REVOCA NOMBRAMIENTO - Improcedencia de la tutela / CONCURSO DE MERITOS FISCALIA GENERAL DE LA NACION - Revocatoria de nombramiento   Mediante el ejercicio de la presente acción el señor JOSE ISRAEL MARTINEZ LEMOS pretende que se deje sin valor ni efectos jurídicos, en lo pertinente, la Resolución No. 0-1549, “Por medio de la cual se revocan unos nombramientos en periodo de prueba por concurso del año 2007”. y en consecuencia, se ordene a la FISCALIA GENERAL DE LA NAC ...mas

27001-23-31-000-2008-00107-01(18141) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

ENTIDADES TERRITORIALES - Gozan de autonomía para decretar tributos / IMPUESTO DE ALUMBRADO PUBLICO - Creación / CONCEJO MUNICIPAL - Tiene la facultad para determinar los elementos de la obligación tributaria / PRINCIPIO DE PREDETERMINACION - Los elementos objetivos de la obligación tributaria los determina los organismos de representación / PRINCIPIOS DE AUTONOMIA Y DESCENTRALIZACION TERRITORIAL - Reconoce la autonomía fiscal de los municipios para regular directamente los element ...mas

25001-23-31-000-2011-00098-01 Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION CUARTA   Consejero ponente: WILLIAM GIRALDO GIRALDO   Bogotá, D.C., dieciséis (16) de marzo de dos mil once (2011)   Radicación número:         25001-23-31-000-2011-00098-01   Actor: AND ...mas

25000-23-31-000-2011-01860-01(AC) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

CARENCIA ACTUAL DE OBJETO - Hecho Superado porque se dio trámite a petición   Así las cosas, resulta evidente que en este caso no hay lugar a hacer un pronunciamiento de fondo respecto de la vulneración alegada por el actor, toda vez que cualquier orden impartida por el juez de tutela no produciría ningún efecto. En consecuencia se revocará el fallo de primera instancia y, en su lugar, se declarará terminada la presente acción de tutela por caren ...mas

25000-23-31-000-2011-00391-01(AC) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

TEMERIDAD - Eventos en los que se predica. Fundamentos constitucionales  / COSA JUZGADA CONSTITUCIONAL - Si no existen hechos nuevos no hay lugar a presentar otra acción de tutela / FALLO DE TUTELA - Sus efectos son inter partes   Del artículo 38 del Decreto 2591 de 1991 se infiere que la actuación temeraria se predica en los eventos en que, sin motivo expresamente justificado, una misma persona presenta la acción de tutela ante varios despachos jud ...mas

25000-23-31-000-2010-03435-01(AC) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION CUARTA   Consejera ponente: CARMEN TERESA ORTIZ DE RODRIGUEZ   Bogotá, D.C., diez (10) de febrero de dos mil once (2011)   Radicación número: 25000-23-31-000-2010-03435-01(AC)   Actor: PLANTAS EL ...mas

25000-23-27-000-2011-00098-01(19099) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

SUSPENSION PROVISIONAL – Requisitos / PERJUICIO IRREMEDIABLE – Debe probarse para que proceda la suspensión provisional de actos particulares   Esta Corporación precisa que la suspensión provisional es una medida cautelar que tiene por objeto que un acto administrativo que se presume ilegal o inconstitucional deje de producir efectos y para que proceda cuando se ejerce la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, según lo ordena el artíc ...mas

25000-23-27-000-2010-00278-01(18724)_1 Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

SUSPENSION PROVISIONAL – Objeto. Requisitos / INFRACCION MANIFIESTA – Requisito para que proceda la suspensión provisional / PLUSVALIA – Su reglamentación debe estudiarse en conjunto en la sentencia. Municipio de Funza   El artículo 152 C.C.A. establece dos requisitos para que proceda la suspensión provisional de los efectos de los actos administrativos, cuando se trata de acciones de simple nulidad, así: 1. Que la medida se solicite y sustente ...mas

25000-23-27-000-2010-00198-01(18796) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

GASTOS DEL PROCESO – carga procesal a cargo del demandante / DESISTIMIENTO TACITO DE LA DEMANDA – Procede cuando no se pagan los gastos procesales. Consecuencias. Presupuestos para que opere   Debe aclararse que el pago de los gastos del proceso constituye una carga procesal impuesta al demandante con el fin de lograr la notificación personal del demandado del auto admisorio de la demanda y sufragar los demás gastos que se ocasionen durante el proc ...mas

25000-23-27-000-2010-00156-01(18659) 1 Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

SUSPENSION PROVISIONAL – Requisitos. Improcedencia / INFRACCION MANIFIESTA CON LA NORMA SUPERIOR – Debe ser evidente mediante la confrontación directa / CONTRIBUCION DE SOLIDARIDAD – Su estudio se debe efectuar en la sentencia   Esta Corporación precisa que la suspensión provisional es una medida cautelar que tiene por objeto que un acto administrativo deje de producir efectos y para que proceda cuando se ejerce la acción de nulidad, según lo o ...mas

25000-23-27-000-2010-00071-01(18641) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

PRUEBAS ANTE LA JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA – Se aplican los preceptos normativos del Código de Procedimiento Civil / NECESIDAD DE LA PRUEBA – Aplicación / PRUEBAS – Requisitos para decretarlas / AUTO DE PRUEBAS – Oportunidad del juez para calificar la pruebas / PERIODO PROBATORIO – Es un solo momento procesal   En relación con el tema probatorio en las acciones ordinarias instauradas ante la jurisdicción contencioso administrat ...mas

25000-23-27-000-2009-00135-01(18605) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

IMPUESTO DE JUEGOS Y RIFAS –Reseña histórica / IMPUESTO SOBRE APUESTAS DE TODA CLASE DE JUEGOS PERMITIDOS, RIFAS, CONCURSOS Y SIMILARES – Hecho generador   El Decreto 1558 de 1932 señaló el procedimiento para el recaudo del impuesto sobre las boletas o tiquetes de apuestas de juegos permitidos. Posteriormente, la Ley 41 de 1933 dispuso que los juegos permitidos que reportan ganancias, “que se verifiquen por sistemas diferentes de boletas o ...mas

25000-23-27-000-2009-00130-01(18367) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

PRUEBAS EN EL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO – Normas aplicables del Código de Procedimiento Civil / DECRETO DE PRUEBAS – Requisitos / PRUEBA JUDICIAL – Definición   El artículo 168 C.C.A. señala que en lo relacionado con la admisibilidad de los medios de prueba, la forma de practicarlas y los criterios de valoración, son aplicables las normas del Código de Procedimiento Civil. El artículo 178 C. P.C., a su turno, dispone que “Las pruebas deben ce ...mas

25000-23-27-000-2009-00126-01(18302) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

PRINCIPIO DE CONGRUENCIA – No se vulnera cuando dentro de la dinámica de las partes se mejora los argumentos dependiendo de las pruebas aportadas / FACULTAD DE FISCALIZACION – Lo tiene la DIAN para verificar los hechos económicos de la declaración privada     No prospera la censura, porque la explicación inicial obedeció al incumplimiento del requisito de necesidad de las expensas del artículo 107 del Estatuto Tributario, situación coincidente en el requer ...mas

25000-23-27-000-2009-00088-01(18178) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

FORMAS DE NOTIFICACION – Los artículos del Estatuto Tributario que se refieren a este tema tienen aplicación en el distrito / NORMAS NACIONALES Y DISTRITALES – En lo que se refiere a la notificación de los actos administrativos se complementan / NOTIFICACION POR CORREO – Procedencia / DIRECCION PARA NOTIFICAR – En el distrito se remite a la informada en el contribuyente en la última declaración del respectivo impuesto / IMPUESTO PREDIAL – La dirección para notificar es la del con ...mas

25000-23-27-000-2009-00075-01(18304) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

DECLARACION QUE SE DA COMO NO PRESENTADA – Entre otras, la retención en la fuente sin pago / AGENTE DE RETENCION – Responsabilidad de presentar la declaración con pago / RECAUDACION DE IMPUESTOS – Se efectúa a través de bancos y entidades financieras / FECHA DE PAGO DEL IMPUESTO – Es cuando el dinero ingresa a las oficinas de la DIAN / PAGO EN RETENCION EN LA FUENTE – No permite los pagos parciales   De acuerdo con el artículo 580 del E.T., el agente d ...mas

25000-23-27-000-2009-00073-01(18553) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

PERENCION – Requisitos. Naturaleza jurídica   En materia de lo contencioso administrativo, conforme lo establece el artículo 148 del C.C.A., para que proceda el decreto de la perención del proceso se requiere que el mismo permanezca en secretaría inactivo por más de seis meses, término que se contabiliza desde la notificación del último auto, desde el día de la práctica de la última diligencia o desde la notificación del auto admisorio de la demanda al a ...mas

25000-23-27-000-2009-00071-01(18287) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO – El hecho generador lo determina la actividad y no la naturaleza jurídica de la entidad / ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO – Cuando realicen actividades comerciales o industriales, éstas serán gravadas con el impuesto de industria y comercio / BENEFICENCIA – No está gravada con el impuesto de industria y comercio   El hecho generador del impuesto de industria y comercio y, por ende, de la obligación de declarar y ...mas

25000-23-27-000-2009-00069 01(18514) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

LLAMAMIENTO EN GARANTIA – Procedencia / PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO – Regula expresamente el llamamiento en garantía.   En relación con la figura o institución procesal tantas veces mencionada, se precisa que el Código Contencioso Administrativo en sus artículos 146 y 217, reguló de forma expresa la intervención de terceros y el llamamiento en garantía en los juicios adelantados ante esta jurisdicción. Disposiciones jurídicas de las q ...mas

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