Archivo de la Categoría 1.3.6.13 Sec. 4 2012

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11001-03-15-000-2011-01695-00(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

PRECEDENTE JUDICIAL - Concepto   Grosso modo, el precedente judicial es el conjunto de sentencias que han decidido de la misma forma un conflicto jurídico y que sirven como referente para que se decidan otros conflictos semejantes. Es decir, el precedente judicial no lo conforma un solo caso, sino una serie de pronunciamientos que terminan convirtiéndose en reglas de derecho específicas que deben aplicarse en los casos similares.   ...mas

11001-03-15-000-2011-01691-00(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA - Legitimación en la causa por activa de persona jurídica   Si bien es cierto que en el caso bajo estudio la accionante es una persona jurídica, también lo es que a esta clase de personas se les pueden vulnerar derechos que estén en cabeza suya o de las personas naturales que las integran, razón por la cual hay lugar a buscar la protección de dichos derechos mediante la acción de tutela.   NOTA DE R ...mas

11001-03-15-000-2011-01682-00(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - No se cumple con el requisito de inmediatez   Aunque la acción de tutela no tiene término de caducidad, debe tenerse en cuenta que la inmediatez con que se ejercita la acción es un factor determinante en el juicio de procedencia, pues si bien no existe un término límite para el ejercicio de la acción, de todas formas por la naturaleza, el objeto y la finalidad de este mecanismo de defensa judicial, la presentación ...mas

11001-03-15-000-2011-01678-01(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Improcedente por controvertir decisión de Consejo de Estado, órgano de cierre de la jurisdicción. Reiteración jurisprudencial FUENTE FORMAL: CONSTITUCION POLITICA - ARTICULO 86 / DECRETO 2591 DE 1991 NOTA DE RELATORIA: Sobre las causales generales y específicas de procedencia de la acción de tutela, ver Consejo de Estado, Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, fallo de 31 de julio de 2012, C. ...mas

11001-03-15-000-2011-01661-00(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - No se cumple con el requisito de inmediatez   Aunque la acción de tutela no tiene término de caducidad, debe tenerse en cuenta que la inmediatez con que se ejercita la acción es un factor determinante en el juicio de procedencia, pues si bien no existe un término límite para el ejercicio de la acción, de todas formas por la naturaleza, el objeto y la finalidad de este mecanismo de defensa judicial, la presentación ...mas

11001-03-15-000-2011-01660-00(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA  - No se cumple con el requisito de inmediatez   Consta en el expediente prueba del extravío del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, y orden del Consejo de Estado para la reconstrucción del mismo. Sin embargo la solicitud de petición de copia de las providencias judiciales se realiza hasta el 28 de enero de 2011, es decir transcurridos más de 5 años desde el fallo de segunda instancia, tiempo en el que no se demuestra el interés del ...mas

11001-03-15-000-2011-01659-00(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - No se cumple con el requisito de inmediatez   Si bien la acción de tutela no tiene término de caducidad, como se indicó, éste no es indefinido, pues debe ejercerse en un tiempo razonable y además en la demanda la actora no señala los motivos de su inactividad, lo cual desvirtúa el posible perjuicio que se le haya podido causar.   NOTA DE RELATORIA: Sobre requisito de inmediatez ver, Cort ...mas

11001-03-15-000-2011-01645-00(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

IMPEDIMENTO - Por haber dictado la providencia de cuya decisión se trata   FUENTE FORMAL: DECRETO 2591 DE 1991 - ARTICULO 35 / LEY 906 DE 2004 - ARTICULO 56 NUMERAL 6   PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD - Concepto   El principio de imparcialidad es consustancial al derecho al debido proceso porque le garantiza al usuario el acceso a la administración de justicia en condiciones de objetividad. Por eso, el legislador concibió las causales de impedimento y recusación c ...mas

11001-03-15-000-2011-01640-00(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Improcedente por controvertir decisión de Consejo de Estado, órgano de cierre de la jurisdicción. Reiteración jurisprudencial   FUENTE FORMAL: CONSTITUCION POLITICA - ARTICULO 86 / DECRETO 2591 DE 1991   NOTA DE RELATORIA: Sobre las causales generales y específicas de procedencia de la acción de tutela, ver Consejo de Estado, Sala Plena de lo Con ...mas

11001-03-15-000-2011-01627-00(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Improcedente por existir otro medio de defensa judicial y no acreditarse perjuicio irremediable   Lo anterior evidencia que la presente acción de tutela es improcedente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto 2591 de 1991, toda vez que el accionante pudo insistir ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en revisión, para controvertir el monto del incentivo reconocido po ...mas

11001-03-15-000-2011-01623-01(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Se niega por ausencia de relevancia constitucional   Significa lo anterior que la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, como competente para conocer del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho de carácter laboral promovido en contra de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, resolvió la cuestión, sin que pueda el juez de tutela desplazar su función, salvo que la misma tenga relevancia constitucional, ...mas

11001-03-15-000-2011-01608-00(AC)_1 Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Improcedente por controvertir decisión de Consejo de Estado, órgano de cierre de la jurisdicción   Sin duda, la acción de tutela deviene improcedente, en la medida que cuestiona la sentencia de la Sección Tercera de esta Corporación. Como ya se dijo, el mecanismo excepcional de la tutela no es procedente para cuestionar las providencias que dictan los órganos de cierre de cada jurisdicción. El Consejo ...mas

11001-03-15-000-2011-01591-00(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

DEBIDO PROCESO - Contenido de la sentencia / DEBIDO PROCESO - Vulneración por falta de congruencia de la sentencia   El tribunal omitió que la pretensión de la demandante no era que se incluyera como factor salarial, sino que se reconociera y pagara tal mesada, de conformidad con el artículo 50 de la Ley 100 de 1993, porque, según la actora, es beneficiaria del acto legislativo 01 de 2005. Luego, existe una indebida interpretación del recurso de apelación y de la propia demanda ...mas

11001-03-15-000-2011-01584-00(AC) Sección 4 2012 [Consejo de ]Estado

IGUALDAD Y DEBIDO PROCESO - Vulneración por desconocimiento de precedente judicial sobre reconocimiento de prima técnica / CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA - Prima técnica se reconoce a quienes acrediten títulos de estudios de formación avanzada obtenidos antes de entrar en vigencia del Decreto 1724 de 1997   Se tiene que en el caso bajo estudio, el tribunal accionado no acogió la posición del Consejo de Estado, sobre el cumplimiento de los requ ...mas

11001-03-15-000-2011-01580-00(AC) Sección 4 2012 [Consejo de ]Estado

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Improcedente por inexistencia de vía de hecho al pronunciarse sobre Reserva Especial de Ahorro   Sin embargo, se observa que en cuanto a la reliquidación de las prestaciones sociales reconocidas a la tutelante, el Tribunal, ahondó en el estudio del asunto y, previa valoración de la naturaleza jurídica de la Reserva Especial de Ahorro, desplegó un análisis normativo y jurisprudencial de la figura, concl ...mas

11001-03-15-000-2011-01580-00(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Improcedente por inexistencia de vía de hecho al pronunciarse sobre Reserva Especial de Ahorro   Sin embargo, se observa que en cuanto a la reliquidación de las prestaciones sociales reconocidas a la tutelante, el Tribunal, ahondó en el estudio del asunto y, previa valoración de la naturaleza jurídica de la Reserva Especial de Ahorro, desplegó un análisis normativo y jurisprudencial de la figura, concl ...mas

11001-03-15-000-2011-01571-00(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - No se cumple con el requisito de inmediatez   Si bien la acción de tutela no tiene término de caducidad, éste no es indefinido, pues debe ejercerse en un tiempo razonable. Una demora injustificada en ejercer la acción desvirtúa el fin de la acción de tutela, tornándola improcedente. En el sub examine, el accionante no indicó las causas de su inactividad, situación que desconoce el principio mencionado.   ...mas

11001-03-15-000-2011-01570-00(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA -  Impedimento   FUENTE FORMAL: DECRETO 2591 DE 1991 - ARTICULO 35 / LEY 906 DE 2004 - ARTICULO 56     CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION CUARTA   Consejero ponente: WILLIAM GIRALDO GIRALDO   Bogotá, D.C., veintitrés (23) de febrero de dos ...mas

11001-03-15-000-2011-01557-00(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Improcedente por controvertir decisión de Consejo de Estado, órgano de cierre de la jurisdicción. Reiteración jurisprudencial   FUENTE FORMAL: CONSTITUCION POLITICA - ARTICULO 86 / DECRETO 2591 DE 1991   NOTA DE RELATORIA: Sobre las causales generales y específicas de procedencia de la acción de tutela, ver Consejo de Estado, Sala Plena de lo Con ...mas

11001-03-15-000-2011-01531-00(AC) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA FALLO EN ACCION POPULAR - Procedencia / ACCION POPULAR - Finalidad y generalidades   En concreto, el objeto de la revisión de las sentencias o de providencias que ponen fin a un proceso de acción popular es la unificación de la jurisprudencia. La revisión busca garantizar los principios de igualdad, seguridad, estabilidad jurídica, confianza legítima, buena fe, unidad de derecho y publicidad de la actividad judicial para logr ...mas

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