Archivo de la Categoría 1.3.4.12 Sec. 2 2013

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Lista Artículos

25000-23-25-000-2011-100413-01(1618-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

PENSION DE SOBREVIVIENTES – Es diferente a la pensión de jubilación portmortem con igual finalidad. Reconocimiento   La pensión de sobrevivientes dispuesta en la Ley 100 de 1993 y la pensión de jubilación post mortem prevista en el Decreto Ley 224 de 1972, son prestaciones diferentes dado que la primera hace parte del Régimen General de Pensiones y, la segunda, pertenece a un régimen especial dirigido a los docentes oficiales, sin embargo, las do ...mas

25000-23-25-000-2011-00921-01(2531-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

IMPEDIMENTO – Interés directo en el proceso   El impedimento invocado por los Magistrados del Tribunal Administrativo de Cundinamarca se encuadra dentro de aquellas prohibiciones relativas al interés, bien sea directo o indirecto. En el caso concreto, la cuestión a decidir tiene relación directa con los Magistrados que han de tomar la decisión, por cuanto la acción se centra en actos que contienen decisiones salariales que les son aplicables. Por ...mas

25000-23-25-000-2011-00889-01(0232-13)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

PENSION DE JUBILACION - Régimen de transición / REGIMEN DE TRANSICION - Traslado al régimen de ahorro individual / TRASLADO REGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL - Al de prima media con prestación definida / REGIMEN DE TRANSICION - No se pierde al realizar traslados de régimen de prima media al de ahorro individual y regreso al de prima media con prestación definida   En esta oportunidad la Sala reitera nuevamente su postura respecto de la no pérdida del beneficio de la ...mas

25000-23-25-000-2011-00805-01 (2090-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

PENSION  GRACIA – Su reconocimiento no está sujeto a aportes   La misma naturaleza de la compensación especial, considera la Sala, excluye la necesidad de que el reconocimiento de la pensión gracia éste condicionado a la realización de aportes por parte de su beneficiarios. En otras palabras, tratándose de una dádiva que tuvo por objeto acrecentar la remuneración que venían percibiendo los docentes no resultaría lógico que éstos tuvieran que realizar pagos adicionales p ...mas

25000-23-25-000-2011-00800-01(2086-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

PENSION GRACIA – Requisitos   La demandante cumplió en forma suficiente los requisitos que exige la Ley para acceder a la pensión especial reclamada, pues, tenía la condición de docente, su vinculación se efectuó antes del 31 de diciembre de 1980, en una Institución de carácter Distrital, por más de 20 años de servicio, y al momento de elevar la solicitud de reconocimiento pensional, a saber, 30 de septiembre de 2006, había cumplido 50 años de edad, pues ...mas

25000-23-25-000-2011-00414-01(2235-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

PRIMA MENSUAL – No es factor de liquidación de la asignación de retiro   El artículo 151 del Decreto Ley 1212 de 1990 establece que se deben tener en cuenta todas las variaciones introducidas a las asignaciones básicas de los miembros activos para cada grado relacionadas con el artículo 140 ibídem, siempre que constituyan factor salarial, es decir: sueldo básico, gastos de representación, subsidio familiar y primas de actividad,   antigüedad, estado mayor, navidad y vuelo ...mas

25000-23-25-000-2011-00371-01(1074-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

ASIGNACION DE RETIRO – Reajuste de acuerdo con el índice de preciso al consumidor. Principio de favorabilidad   Es claro para la Sala, que es más favorable para el actor el reajuste de su asignación de retiro con fundamento en el Índice de Precios al Consumidor tal como lo establece la Ley 100 de 1993, por los años 1997, 1999, 2001, 2002, 2003 y 2004, para las pensiones ordinarias. Así las cosas, se debe declarar la nulidad del Oficio N° 56005 de 20 de octubr ...mas

25000-23-25-000-2011-00370-01(2680-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

ORDEN PREFERENTE PARA DICTAR SENTENCIA – Reiteración jurisprudencial   Observa la Sala que, el artículo 18 de la Ley 446 de 1998, le impone a los jueces la obligación de proferir sentencias en el orden en que cada uno de los procesos que han venido tramitando hayan pasado al despacho para tal efecto, sin que haya lugar a alterarse dicho orden. No obstante lo anterior, el legislador mediante la Ley 1285 de 22 de enero de 2009, por la cual se reformó la Ley 270 de 1996, Estatutari ...mas

25000-23-25-000-2011-00370-01 (2680-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

ORDEN PREFERENTE PARA DICTAR SENTENCIA – Reiteración jurisprudencial   Observa la Sala que, el artículo 18 de la Ley 446 de 1998, le impone a los jueces la obligación de proferir sentencias en el orden en que cada uno de los procesos que han venido tramitando hayan pasado al despacho para tal efecto, sin que haya lugar a alterarse dicho orden. No obstante lo anterior, el legislador mediante la Ley 1285 de 22 de enero de 2009, por la cual se reformó la Ley 270 de 1996, Estatutari ...mas

25000-23-25-000-2011-00330-01(0682-13)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – Naturaleza jurídica   Quiere decir, que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, es una entidad descentralizada por servicios, del orden nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y patrimonio propio.   FUENTE FORMAL: DECRETO 1071 DE 1999  / LEY 489 DE 1998   SUPERNUMERARIOS – No son beneficiario ...mas

25000-23-25-000-2011-00318-01(1540-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

PENSION GRACIA – Recuento normativo. Beneficiarios / DOCENTE NACIONAL – No procede reconocer pensión gracia   De lo anterior se desprende que para los docentes nacionalizados que se hayan vinculado después de la fecha a que se acaba de hacer referencia, no existe posibilidad del reconocimiento de tal pensión, sino de la establecida en el literal b) del mismo precepto, o sea, la “pensión de jubilación equivalente al 75% del s ...mas

25000-23-25-000-2011-00265-01(0295-13)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

DERECHO DE PETICION - Auto de trámite / AUTO DE TRAMITE - No expresa la procedencia de algún recurso / AUTO DE TRAMITE - No podrá ser sujeto de control de legalidad por la jurisdicción contenciosa administrativa   Teniendo presente que las decisiones demandadas son actos administrativos de trámite, por cuanto no consolidaron situación jurídica alguna al actor, dado que, no resolvieron en forma definitiva la reclamación efectuada por aquel, éstos, en los térm ...mas

25000-23-25-000-2011-00245-01(2634-11)_1Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

DEMANDA DE LESIVIDAD CONTRA ACTO DE EJECUCION DE ACCION DE TUTELA - Procedencia   Aunque resulta probado que la resolución objeto de la controversia tiene la connotación de un acto de ejecución, debido a que fue proferida en cumplimiento de una sentencia, es claro que la misma fue impartida en un trámite de tutela, que resulta ser de distinta naturaleza a la acción ordinaria, lo cual hace que sea posible interponer una acción de nulida ...mas

25000-23-25-000-2011-00241-01(2092-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

PENSION GRACIA – No es posible acumular tiempos del orden nacional   De conformidad con la ley 91 de 1989, normatividad que dio origen a la pensión gracia, y la interpretación jurisprudencial efectuada en la materia, es válido concluir que esta prestación se causa únicamente para los docentes que cumplan 20 años de servicio en Colegios del orden Departamental, Distrital o Municipal, sin que sea posible acumular tiempos del orden Nacional. ...mas

25000-23-25-000-2011-00196-01(2263-11)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

PENSION DE JUBILACION – Liquidación. Factores. No taxatividad   Ahora bien, el punto de debate del recurso de apelación se circunscribe a determinar si factores como el auxilio por educación universitaria, la bonificación convencional, la prima de saturación, la prima de antigüedad, la prima especial de coordinación y la indemnización por vacaciones, que no se tuvieron en cuenta por el a quo, debieron ser incluidos al ordenar la reliquidación pensional.  Ya se definió que ...mas

25000-23-25-000-2011-00161-01(2633-11)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

RECHAZO DE LA DEMANDA – Acto de ejecución / ACTO DE EJECUCIÓN – En cumplimiento de acción tutela / ACTO DE EJECUCIÓN DE ACCION DE TUTELA – Tiene distinta naturaleza a la acción ordinaria / ACTO DE EJECUCIÓN DE ACCION DE TUTELA – Es posible interponer acción de nulidad y restablecimiento del derecho / ACCION DE LESIVIDAD – Pensión de jubilación   El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, argumenta en la providencia impugnada que “al revisar el a ...mas

25000-23-25-000-2011-00094-01(0375-13)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

PRIMA TECNICA POR FORMACION AVANZADA Y EXPERIENCIA CALIFICADA – Regulación legal / PRIMA TECNICA POR FORMACION AVANZADA Y EXPERIENCIA – Dirección de impuestos y aduanas nacionales   Con base en la facultad conferida por los artículos 9 del Decreto 1661 de 1991 y 7 del Decreto 2164 del mismo año, el Director de la Unidad Administrativa Especial - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales expidió la Resolución No. 3682 de 16 de agosto de 1994. ...mas

25000-23-25-000-2011-00057-02(1710-13)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

MANIFESTACION DE IMPEDIMENTO - Magistrados Sección Segunda / INTERES DIRECTO EN EL PROCESO - Causal de impedimento   Encontrándose el proceso para decidir sobre la admisión del recurso de apelación formulado por la parte demandante, contra la sentencia del 10 de noviembre de 2012 proferida por la Sala de Conjueces del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, los suscritos Consejeros advierten que lo se pretende por el accionante es el reconocimiento y pago de la B ...mas

25000-23-25-000-2011-00048-01(1147-12)_1Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

POLICIA NACIONAL - Nivel ejecutivo / NIVEL EJECUTIVO - Marco normativo / REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL - Regulación / NIVEL EJECUTIVO - No discrimina ni desmejora la situación laboral de los agentes de la policía nacional / CARRERA PROFESIONAL DEL NIVEL EJECUTIVO - Agentes en servicio activo ingresarán al nivel ejecutivo de manera voluntaria   Atendiendo a lo sostenido en la Ley 62 de 12 de agosto de 1993, por la cual se expiden disposiciones sobre ...mas

25000-23-25-000-2011-00021-01(2340-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

PENSION DE JUBILACION EN LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA – Factores. Principio de inescindibilidad   En efecto, como las situaciones fácticas que rodearon al actor se encuentran amparadas en el Decreto 929 de 1976, por ser más favorable, no es posible tomar los factores enlistados en el Decreto 1158 de 1994 para determinar el ingreso base de liquidación, como lo pretende la entidad demandada, porque al principio de favorabilidad le secunda el de inescindib ...mas

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