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REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No selecciona ante falta de argumentos sobre necesidad de unificar la jurisprudencia En el presente asunto, el peticionario no cumplió con la carga argumentativa que le imponía la presentación de la solicitud de revisión eventual que formuló respecto de la sentencia del 14 de febrero de 2013 proferida por el Tribunal Administrativo de Caldas, con fundamento en el artículo 11 de la Ley 1285 de ...mas
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No selecciona ante falta de argumentos sobre necesidad de unificar la jurisprudencia Observa la Sala que la petición elevada por el señor Javier Elías Arias Idarraga, lejos de pretender la unificación de jurisprudencia en la materia bajo examen, se ejerce como un recurso frente a la decisión de confirmar la declaratoria de probada la excepción previa de cosa juzgada, lo que difiere ostensiblem ...mas
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No selecciona ante falta de argumentos sobre necesidad de unificar la jurisprudencia La Sala no dispone de elementos de juicio de los cuales se pueda deducir que el asunto amerita imprimirle el trámite propio de revisión eventual. En efecto, tan solo se solicitó la revisión de la presente acción, sin que se haya presentado motivos o razón alguna de su pedimento… Como puede observarse, tanto ...mas
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No selecciona para unificar la jurisprudencia sobre reconocimiento del incentivo ante la existencia de un criterio unificador respecto al reconocimiento del incentivo económico en aquellos eventos en los que la acción popular se interpuso con anterioridad a la derogatoria de la norma que lo consagraba Mediante el ejercicio de la presente acción popular, el demandante solicitó que se declarara responsable al ...mas
ACCION DE TUTELA - Generalidades / ACCION DE TUTELA - Es de carácter residual y subsidiario / ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Presupuestos / ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Es improcedente cuando el afectado cuenta con otro mecanismo de defensa judicial Según lo establecido en el artículo 86 de la Constitución Política, toda persona tiene acción de tutela para reclamar ante los jueces la protecci ...mas
ACCION DE TUTELA CONTRA ACCION POPULAR - Improcedencia de la acción de tutela contra sentencia por existencia de otro medio judicial de defensa que la actora no empleo En virtud de lo anterior, se considera que como quiera que la actora por negligencia o ignorancia inexcusables no hizo uso de la vía legal –coadyuvancia-, no es procedente acudir a la acción interpuesta como si en esta oportunidad se tratara de un medio o procedimiento llamado a remplazar los procesos ordinario ...mas
ACCION DE TUTELA CONTRA ACCION POPULAR – Improcedencia de la acción de tutela contra sentencia por existencia de otro medio judicial de defensa que la actora no empleo Ahora bien, en el entendido que el Juzgado Segundo de Manizales cumplió con la obligación de informar a la comunidad mediante "un medio masivo de comunicación o de cualquier mecanismo eficaz" la existencia de la acción popular 2012-0224 para que quien lo considerara conveniente interviniera como coadyuvante, ...mas
ACCION POPULAR - Improcedencia de la acción de tutela para cuestionar la sentencia porque accionante no agoto los medios ordinarios y extraordinarios de defensa judicial a su alcance En virtud de lo anterior y a sabiendas que la acción de tutela es concebida como un mecanismo de defensa y protección inmediata de los derechos fundamentales y que sólo es procedente cuando el afectado no dispone de otro medio de defensa judicial, se considera que como quiera que las partes por ne ...mas
ACCION POPULAR- Improcedencia de la acción contra la sentencia porque accionante no agoto todos los medios de defensa judicial a su alcance Así, en el asunto en examen es evidente la improcedencia de la acción de tutela, por cuanto lo que busca es dejar sin efecto la providencia dictada por el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Manizales el 20 de agosto de 2010, que ordenó declarar responsable al Municipio de Manizales de la violación de los derechos colectivos a la ...mas
ACCION DE TUTELA CONTRA ACCION POPULAR - Improcedencia de la acción de tutela contra sentencia por existencia de otro medio judicial de defensa que la actora no empleo En virtud de lo anterior, se considera que como quiera que la actora por negligencia o ignorancia inexcusables no hizo uso de la vía legal –coadyuvancia-, no es procedente acudir a la acción interpuesta como si en esta oportunidad se tratara de un medio o procedimiento llamado a remplazar los procesos ordinario ...mas
ACCION DE TUTELA - Generalidades / ACCION DE TUTELA - Requisitos de procedibilidad / ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Presupuestos / ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Procede excepcionalmente / ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Es improcedente cuando el actor cuenta con otro mecanismo de defensa judicial / ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - No procede si no se cumple con el requisito de inmediatez El artículo 86 d ...mas
ACCION DE TUTELA - Generalidades / ACCION DE TUTELA - Requisitos de procedibilidad / ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Presupuestos / ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Procede excepcionalmente / ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Es improcedente cuando el actor cuenta con otro mecanismo de defensa judicial / ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - No procede si no se cumple con el requisito de inmediatez El artículo 86 d ...mas
ACCION DE TUTELA - Generalidades / ACCION DE TUTELA - Requisitos de procedibilidad / ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Presupuestos / ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Procede excepcionalmente / ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Se niega el amparo porque no hubo vulneración de derecho fundamental / BARRIO VILLA JARDIN DE MANIZALES - Es necesario reubicar a las familias moradoras de la ladera de este barrio / BARRIO VILLA JARDIN DE MANIZALES - No es posible ...mas
IMPEDIMENTO – Interés directo en el proceso / PRIMA ESPECIAL - Impedimento Manifiestan los Magistrados del Tribunal Administrativo de Caldas su impedimento para conocer del presente asunto por tener interés directo en el resultado del proceso, de forma que un eventual reconocimiento de las pretensiones reclamadas por la actora, incide en su propia situación laboral y económica. (…) Revisado el expediente y la causal invocada, se estima fundado el impedimento ...mas
INDEMNIZACIÓN POR SUPRESION DEL CARGO – Liquidación con base en convención colectiva. Inexistencia de derechos adquiridos Al no estar vigente la convención colectiva de trabajo en el momento en que se produjo la desvinculación del servicio del demandante, no podían invocarse derechos adquiridos para su aplicación en materia de liquidación de sus prestaciones sociales definitivas y la indemnización reclamada, pues bien precisó la Corte Constitucional en s ...mas
TRABAJADOR OFICIAL A EMPLEADO PUBLICO – Cambio de naturaleza a empleado público. No aplicación de convención colectiva. Prórroga. Derechos adquiridos / INDEMNIZACION POR SUPRESION DEL CARGO – No aplicación de normas convencionales. La actora tuvo la calidad de trabajadora oficial del Instituto de Seguros Sociales –Unidad Hospitalaria Clínica Villapilar- y por ende fue beneficiaria de la convención colectiva de trabajo hasta la entrada en vigencia del ...mas
TRABAJADORES OFICIALES DE EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO – Cambio de naturaleza a empleado público. Garantía de derechos adquiridos hasta la vigencia de la convención colectiva / INDEMNIZACION POR SUPRESION DEL CARGO Y PAGO DE PRESTACIONES SOCIALES – Liquidación con base en convención colectiva. Improcedencia Estima la Sala que si bien la Corte Constitucional y esta Corporación han prohijado la tesis del respeto por los derechos adquiridos derivados de acu ...mas
RECHAZO DE LA DEMANDA – Caducidad / CADUCIDAD – Obligación laboral de pago único / OBLIGACION LABORAL DE PAGO UNICO – No es prestación. Termino de caducidad Se advierte que la demandante solicita la nulidad de la Resolución No. APL 1428 de 4 de diciembre de 2008, por medio de la cual se le reconoce una “liquidación definitiva de prestaciones sociales e indemnización por supresión del cargo” que venía desempeñando la actora al servicio de la Emp ...mas
LEGITIMACION EN LA CAUSA POR PASIVA DE OBLIGACIONES LABORALES DE ENTIDADES DEL ORDEN NACIONAL LIQUIDADA – Recae en la nación o en entidad del orden nacional que ordene el decreto de liquidación o supresión Ahora bien frente a la excepción de la falta de legitimación en la causa por pasiva, frente a los Ministerios de la Protección Social, de Hacienda y Crédito Público, y Fiduagraria, en primera medida, la Sala considera necesario resaltar que según el inciso 2 del parágr ...mas
INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES – Escisión / E.S.E. RITA ARANGO ÁLVAREZ DEL PINO – Creación Mediante Decreto Ley 1750 de 2003 se adelantó la escisión del Instituto de Seguros Sociales y se crearon unas empresas sociales del Estado, entre ellas la E.S.E. Rita Arango Álvarez del Pino. Dicha norma en el artículo 16 dispuso que los servidores de aquellas empresas sociales del Estado serían empleados públicos, excepto los que sin ser directivos de ...mas