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RETIRO DEL SERVICIO – Facultad discrecional / PENSION DE INVALIDEZ – Estrés postraumático / DISMINUCION DE LA CAPACIDAD LABORAL – Valoración Tribunal Médico Laboral de Revisión Militar y de Policía Se le practicó la Junta Médico Laboral de Policía, en cuya Acta No. 0229 de 18 de marzo de 2004, se dejo consignado que el señor JUAN FRANCISCO MARTÍNEZ GONZÁLEZ presenta una disminución en su capacidad laboral del 34.42%, por estrés pos ...mas
VIGILANCIA – Sector publico / VIGILANCIA – Jornada de trabajo / JORNDADA DE TRABAJO – Regulación legal / TRABAJO EXTRA – Hora adicional de trabajo que exceda las 44 horas semanales / HORA EXTRA – Remuneración La regulación de la jornada de trabajo establecida por el Decreto 1042 de 1978, constituye una adición a las previsiones de los Decretos 2400 y 3074 de 1968. En ese orden se viene afirmando que, en lo relacionado con la jornada de tr ...mas
ASCENSO POR DISMINUCION DE LA CAPACIDAD SICOFISICA EN LA POLICIA NACIONAL – Reconocimiento. Requisito de incapacidad absoluta o gran invalidez debe fijarse por la Junta Médico Laboral y no sólo en el acto de retiro del servicio / BONIFICACION POR DISMINUCION DE LA CAPACIDAD SICOFISICA – Reconocimiento. Requisito de incapacidad absoluta o gran invalidez debe fijarse por la Junta Médica y no sólo en el acto de retiro del servicio Para el reconocimiento del ascenso y de la boni ...mas
EMPLEADO DE CARRERA – Indemnización por supresión del cargo debe reconocerse desde la posesión en calidad de empleado escalafonado El derecho a percibir la indemnización, surge del rompimiento de la relación laboral y del perjuicio que se le ocasiona al empleado cuando se le termina su relación laboral, respecto de un cargo al que ingresó por concurso de méritos y que, además, le permite gozar de una relativa estabilidad laboral por el hecho de pertenecer al escalafón de ...mas
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - Selecciona ante necesidad de unificar la jurisprudencia sobre reconocimiento del incentivo económico FUENTE FORMAL: LEY 1285 DE 2009 – ARTICULO 11 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Consejero Ponente: GERARDO ARENAS MONSALVE Bogotá, D. C ...mas
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - Selecciona ante necesidad de unificar la jurisprudencia sobre reconocimiento del incentivo económico Es procedente seleccionar para revisión el fallo de segunda instancia proferido por el Tribunal Administrativo de Santander y en el que se confirmó la negación al pago del incentivo de la sentencia de primera instancia, aduciendo la derogatoria de la norma que lo consagraba. FUENTE FORMAL: LEY 1285 DE 2009 - ARTICULO 11 ...mas
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - Selecciona para unificar la jurisprudencia sobre reconocimiento del incentivo En estricta aplicación del artículo 11 de la Ley 1285 de 2009 y prevaliéndose de la posibilidad que la propia Sala Plena de esta Corporación abrió en la providencia de 11 de septiembre de 2012, la Sección Segunda decide seguir seleccionando para revisión eventual todas las sentencias proferidas por los Tribunales Administrativos en las que el tema objeto de deba ...mas
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - Selecciona para unificar la jurisprudencia sobre reconocimiento del incentivo económico Al efecto se observa que el solicitante formuló petición de revisión aduciendo que se debe unificar la jurisprudencia respecto al reconocimiento del incentivo, aún con posterioridad a la derogatoria de los artículos 39 y 40 de la Ley 472 de 1998. Si bien en el ya tantas veces mencionado auto de 11 de septiembre de 2012 la Sala Plena expuso múltiples ar ...mas
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No selecciona para unificar la jurisprudencia sobre reconocimiento del incentivo ante la existencia de un criterio unificador respecto al reconocimiento del incentivo económico en aquellos eventos en los que la acción popular se interpuso con anterioridad a la derogatoria de la norma que lo consagraba Procede la Sala a continuación, a revisar, si en el caso concreto se cumplen a cabalidad los presupuestos de ...mas
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - Selecciona para unificar la jurisprudencia sobre reconocimiento del incentivo las sentencias dictadas por las secciones Primera y Tercera de esta Corporación son abiertamente contradictorias respecto a la posibilidad de aplicación retroactiva de la Ley 1425 de 2010, motivo por el cual, la Sala considera que es procedente seleccionar para su revisión la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Santander el 26 de septiembre de 2012 ...mas
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - Selecciona para unificar la jurisprudencia sobre reconocimiento del incentivo Se observa que el solicitante formuló petición de revisión aduciendo que se debe unificar la jurisprudencia respecto al reconocimiento del incentivo, aún con posterioridad a la derogatoria de los artículos 39 y 40 de la Ley 472 de 1998. Si bien en el ya tantas veces mencionado auto de 11 de septiembre de 2012 la Sala Plena expuso múltiples argumentos para afirmar ...mas
IMPEDIMENTO – Interés directo en el proceso / IMPEDIMENTO - El representante de alguna de las partes sea mandatario del juez El numeral 5 del artículo 150 del Código de Procedimiento Civil consagra como causal de impedimento que el representante de alguna de las partes sea mandatario del juez. En el presente asunto los Magistrados Solange Blanco Villamizar, Rafael Gutierrez Solano, Francy del Pilar Pinilla Pedraza y Milciades Rodríguez Quintero, e ...mas
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - Selecciona para unificar la jurisprudencia sobre reconocimiento del incentivo En el presente asunto, la solicitud de revisión se efectuó con el fin de que se clarifique la jurisprudencia en relación con el incentivo por cuanto a la fecha no se ha unificado el criterio en tal sentido, teniendo en cuenta que en el presente asunto para el momento en que se admitió la acción popular los artículos 39 y 40 de la Ley 472 de 1998 se encontraban vi ...mas
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISION – Amparo de pobreza / AMPARO DE POBREZA – Exonerar a alguna de las partes de los gastos del proceso / CAUCIÓN – No esta obligado a prestarlo dado el amparo de pobreza Según lo dispuesto en el inciso 2 del artículo 161 del C.P.C., arriba mencionado, la única condición que impone la ley para que el juez declare la procedencia del amparo de pobreza, es que el demandante manifieste bajo la gravedad del juramento ...mas
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No se selecciona porque el asunto no requiere unificación jurisprudencial No se evidencia en el presente asunto, un tema que demande unificación jurisprudencial, pues lo que busca la parte solicitante es debatir el juicio de valoración probatoria, que en ejercicio de su autonomía, efectuó el juez popular de segunda instancia, quien dentro del proceso de acción popular no encontró demostrada l ...mas
REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - Selecciona para unificar la jurisprudencia sobre reconocimiento del incentivo Como ya se dijo, la facultad de revisión tiene como único propósito la unificación de la jurisprudencia del Consejo de Estado como Tribunal Supremo, y no está prevista para ejercer control de legalidad sobre la decisión que se revisa, por cuanto ésta es atribución propia de una Corte de Casación, calidad que no ostenta el Consejo de Estado. En este orden de id ...mas
ACCIÓN DE TUTELA – Se debe garantizar la atención en salud a los miembros de las fuerzas militares retirados hasta tanto no lo haya valorado una junta medico laboral / DERECHO A LA SALUD - Vulneración por negativa a brindar servicio médico a soldado De conformidad con lo dispuesto en la Ley 352 de 1997, la prestación del servicio de salud de los miembros activos de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional se encuentra a cargo del Estado, hasta su retiro. No obstante, la j ...mas
ACCION DE TUTELA - Generalidades / ACCION DE TUTELA - Requisitos de procedibilidad / ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Presupuestos / ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Procede excepcionalmente / ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Es improcedente cuando el actor cuenta con otro mecanismo de defensa judicial / ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - No procede para debatir aspectos que le son propios de definir al juez ordinario &nbs ...mas
ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Improcedencia por existencia de otro mecanismo de defensa judicial Observa la Sala que la presente acción de tutela es a todas luces improcedente, pues lo único que pretende es revivir términos judiciales vencidos, ya que tal como lo informó el juzgado accionado en su momento, la solicitud de aclaración de la sentencia se debe hacer dentro del término de ejecutoria de la sentencia, según lo dispone el artículo 3 ...mas
ACCION DE TUTELA - Generalidades / ACCION DE TUTELA - Requisitos de procedibilidad / ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Presupuestos / ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Procede excepcionalmente / ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Se niega el amparo porque no se configuró ninguno de los defectos endilgados a la providencia acusada De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 86 de la Constitución Política, la acción de tutela es un mecanismo ...mas