Archivo de la Categoría 1.3.4.12 Sec. 2 2013

Descripción:

No hay ninguna subcategoría disponible en 1.3.4.12 Sec. 2 2013

Artículos Destacados

No hay ningún artículo disponible

Lista Artículos

08001-23-31-000-2009-01110-01(1760-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

CESANTIA – Regulación legal / SANCION MORATORIA EN EL PAGO DE CESANTIAS – Reconocimiento y pago. No es excusa la liquidación de la entidad   De acuerdo con lo establecido con el artículo 99 de la Ley 50 de 1990, no existe justificación para dejar de pagar las cesantías causadas por el actor en el régimen anualizado, pues es obligación del empleador consignarlas en el fondo escogido por el funcionario a más tardar el 14 de febrero del año siguiente al que fueron causadas. ...mas

08001-23-31-000-2009-01091-01(1163-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

CESANTIA – Sanción moratoria / CONTRATO DE TRANSACCION – Sanción moratoria de Cesantía   La Sala estima conveniente precisar en primer lugar cuál fue el iter administrativo para determinar el alcance del contrato de transacción celebrado entre las partes del proceso y su incidencia frente las figuras de la cosa decidida administrativa, del privilegio de la decisión previa y el principio de la buena fe, para determinar si en el presente caso es admisible arri ...mas

08001-23-31-000-2009-00740-01(1994-11)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

MODIFICACION DE LA PLANTA DE PERSONAL DE LA PERSONERIA Y DE LA CONTRALORIA DE BARRANQUILLA – Inexistencia de estudios técnicos   El 5 de agosto de 1998 fueron expedidos varios Decretos Reglamentarios de la Ley 443 del mismo año, entre ellos el 1572 que fue publicado el 10 de agosto ídem en el Diario Oficial No. 43.358, que reguló entre otros aspectos lo atinente a las modificaciones de la planta de personal y  los estudios técnicos. La f ...mas

08001-23-31-000-2009-00651-01(0937-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

BANCO CAFETERO – creación / BANCO CAFETERO – Naturaleza jurídica / ENTIDAD PUBLICA –A hasta el 4 de julio de 1994   En lo que tiene que ver con su régimen de personal, desde su creación BANCAFÉ tuvo para sus empleados el régimen de Empresa Industrial y Comercial del Estado, por tanto, sus trabajadores por regla general eran oficiales y por excepción los de manejo y confianza, empleados públicos. Al transformarse en sociedad de economía mixt ...mas

08001-23-31-000-2008-00666-01(1590-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

SANCION POR MORA EN EL PAGO DE CESANTIAS – La reestructuración de pasivos no es excusa para su  no reconocimiento   Si la entidad pública se encuentra en un proceso de reestructuración económica, esto no es justificación suficiente para evadir el pago de sus acreencias laborales, que además tienen una protección especial de orden Constitucional y legal, por lo tanto, es necesario analizar la implicación que tienen los pasivos laborales de las entidades públicas dentro de u ...mas

08001-23-31-000-2007-01000-02(1440-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

ACCIÓN DE LESIVIDAD – Cosa juzgada / CONDENA EN COSTAS DE ENTIDAD PUBLICA – Presupuestos.  Cosa juzgada. Mala fe   A partir de la modificación introducida por la Ley 446 de 1998, procede la condena en costas a las entidades públicas, situación que anteriormente no resultaba factible. En estas condiciones, es claro para la Sala que actualmente, en todos los procesos contenciosos, con excepción de las acciones públicas, procede la condena en costas a l ...mas

08001-23-31-000-2007-00935-02(0578-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

REGIMEN PENSIONAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS - Marco normativo / REGIMEN PENSIONAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS - Competencia / UNIVERSIDAD DEL ATLANTICO - No tiene la facultad para reconocer pensiones de jubilación  de sus empleados / CONVALIDACION DE DERECHOS ADQUIRIDOS - Pensión de  jubilación / CONVENCIONES COLECTIVAS - Convalidación de reconocimientos pensionales    La fijación del régimen salarial y prestacional de los empleados públicos es una competenci ...mas

08001-23-31-000-2007-00922-02 (1648-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL DE EMPLEADOS PUBLICOS A NIVEL TERRITORIAL – Fijación. Competencia   La fijación del régimen salarial y prestacional de los empleados públicos es una competencia que la Constitución y la ley reservó de manera exclusiva al Gobierno Nacional, con observancia de los parámetros dados por el Congreso de la República, en virtud de los cuales es claro que no es dable a otro organismo arrogarse dicha facultad. Siendo así, ...mas

08001-23-31-000-2007-00419-01(1660-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

SANCION MORATORIA EN EL PAGO DE CESANTIAS – Reconocimiento y pago / CESANTIA – Liquidación. Régimen anualizado   Pues bien, de acuerdo con el marco normativo antes transcrito, es claro que los miembros de las asambleas departamentales, tienen derecho al reconocimiento y pago del auxilio de cesantías, que corresponde a un mes de salario por cada año de servicio y la remuneración consiste en todo lo que perciba el empleado como consecuencia, direct ...mas

08001-23-31-000-2007-00413-01(1381-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

AUXILIO DE CESANTIA DE DIPUTADOS – Liquidación. Factores. Regulación legal   El artículo 13 de la ley 344 de 1996 reglamentado por el Decreto 1598 de 5 de agosto de 1998,  en el cual se dispuso que el régimen de liquidación y pago de las cesantías  de los servidores públicos vinculados a partir de 31 de diciembre de 1996, que se afilien a los fondos privados a partir de 31 de diciembre de 1996, que se afilien a los fondos privados de cesantías sería el previsto en los art ...mas

08001-23-31-000-2007-00408-01(1766-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

TRABAJADOR OFICIAL-  Cambio de naturaleza a  empleado público. No  Se aplicación de  convención colectiva. Prórroga. Derechos adquiridos /  INDEMNIZACION POR SUPRESION DEL CARGO – No aplicación de convención colectiva   En aplicación de lo dispuesto en el Decreto 1750 de 2003 varió la condición de trabajador oficial que ostentó el señor ROBERTO FRANCISCO MALDONADO BASSI en el I.S.S hasta el 25 de junio de 2003, a empleado público a partir del 26 de ...mas

08001-23-31-000-2007-00273-01(0789-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

PENSION DE JUBILACION DE EX DIPUTADO –  Reconocimiento con base en normas territoriales. Base de liquidación. Dietas. Gastos de representación. No constituye derecho adquirido   Para la Sala es evidente que lo aprobado en la ordenanza es irregular, como quiera que las asambleas departamentales no se hallaban facultadas ni constitucional ni legalmente para establecer que el monto mensual de las dietas y gastos de representación de sus miembros, a partir de 1981 f ...mas

08001-23-31-000-2007-00210-01(2664-11)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

AUXILIO DE CESANTIA – Marco normativo / LIQUIDACION DE CESANTIAS – Anual / REGIMENES DE LIQUIDACION DE CESANTIAS – Sector publico   El artículo 1º del Decreto 1252 de 30 de junio de 2000, dispuso que los empleados públicos, los trabajadores oficiales y los miembros de la fuerza pública, que se vinculen al servicio del Estado a partir de su vigencia, tendrán derecho al pago de cesantías en los términos establecidos en las Leyes 50 de 1990, 344 de 1996 o 43 ...mas

08001-23-31-000-2006-02671-02(0036-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

REGIMEN PENSIONAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS - Marco normativo / REGIMEN PENSIONAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS - Competencia / UNIVERSIDAD DEL ATLANTICO - No tiene la facultad para reconocer pensiones de jubilación  de sus empleados / CONVALIDACION DE DERECHOS ADQUIRIDOS - Pensión de  jubilación / CONVENCIONES COLECTIVAS - Convalidación de reconocimientos pensionales    La fijación del régimen salarial y prestacional de los empleados públicos es una competenci ...mas

08001-23-31-000-2006-02606-02(0252-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

CONVENCION COLECTIVA – Definición   La definición establecida en el artículo 467 del Código Sustantivo de Trabajo, la convención colectiva de trabajo es un acuerdo bilateral celebrado entre una o varias asociaciones profesionales de trabajadores y uno o varios patronos para regular las condiciones que regirán los contratos de trabajo, usualmente, buscando mejorar el catálogo de derechos y garantías mínimas que las normas jurídicas le reconoce ...mas

08001-23-31-000-2006-02523-02(1386-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS – Fijación. Competencia   Conforme a la Constitución Política de 1991, que no ha otorgado a otras autoridades la facultad de expedir normas sobre prestaciones sociales, corresponde al Congreso fijar las normas generales a las que se sujeta el Gobierno Nacional para fijar los requisitos y condiciones del reconocimiento de la pensión de jubilación de los empleados públicos, por lo que es ilegal cualqui ...mas

08001-23-31-000-2006-02483-02(0743-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

PENSION DE JUBILACION – Reconocimiento con base en normas territoriales / CONVALIDACION – Pensión de jubilación / SITUACION JURIDICA CONSOLIDADA – Articulo 146 de la Ley 100 de 1993   El artículo 146 de la Ley 100 de 1993, dejó a salvo las pensiones reconocidas con anterioridad a su vigencia con fundamento en disposiciones territoriales extralegales. Además todas aquellas situaciones jurídicas individuales que fueron definidas con fundamento e ...mas

08001-23-31-000-2006-02439-02 (1667-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

REGIMEN SALARIAL  Y PRESTACIONAL DE EMPLEADOS PUBLICOS A NIVEL TERRITORIAL – Fijación. Competencia   La determinación del régimen prestacional de los empleados públicos territoriales compete al Gobierno Nacional, de acuerdo con los parámetros señalados por el Legislador. En cuanto al régimen salarial, el Gobierno señala el límite máximo salarial de los servidores públicos territoriales teniendo en cuenta su equivalencia con los del orden nacional.   ...mas

08001-23-31-000-2006-02291-01(2276-10)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO – Caducidad. Conteo del término desde el acto de ejecución de la supresión del cargo no desde el acto de insubsistencia   Se tiene que el término de caducidad de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho es de cuatro meses (4) meses contados a partir del día siguiente al de la publicación, notificación, comunicación o ejecución del acto y habida cuenta de que los actos demandados se ejecutaron el día 30 de junio de 2004, es e ...mas

08001-23-31-000-2006-01873-01(0908-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

TRABAJADOR OFICIAL - Cambio de naturaleza jurídica  a empleado público / EMPLEADO PUBLICO - No aplicación de la prórroga de la convención  / INDEMNIZACION POR SUPRESION DE CARGO –  No aplicación de Convención colectiva. Derechos adquiridos   Al cambiar la naturaleza jurídica de los trabajadores oficiales a empleados públicos, los cuales pasaron a ser parte de la planta de personal de una empresa social del Estado no resultaban aplicables las ...mas

1 ...38 39 40 41 42 ...45