Archivo de la Categoría 1.3.4.12 Sec. 2 2013

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Artículos Destacados

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Lista Artículos

68001-23-31-000-2000-01142-01(1397-12) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

SUPRESION DE CARGO EN EL DEPARTAMENTO DE SANTANDER – Delegación por el Gobernador o Gerente del proceso de reestructuración   En conclusión, el Consejo de Estado estableció que el artículo 211 de la Constitución Política, permite a las autoridades administrativas delegar en sus subalternos o en otras autoridades las funciones que les son propias, en los términos que indique la ley. Dichas condiciones están previstas en la Ley 489 de 1998, norma según la ...mas

68001-23-15-000-2003-03030-01(1223-09) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

PROCESO DISCIPLINARIO EN LA POLICIA NACIONAL – Aplicación de las normas sustanciales vigentes a momento de la ocurrencia de los hechos. PROCESO DISCIPLINARIO EN LA POLICIA NACIONAL - Normas procedimentales. Transito de legislación. Debido proceso   Advierte la Sala que para el momento en que tuvieron lugar los hechos motivo de investigación, 5 de marzo de 1999, el Reglamento de Disciplina vigente para la Policía Nacional, era el previsto en el Decre ...mas

68001-23-15-000-2002-00789-01(0865-09) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO – Caducidad / DEMANDA – Ineptitud   Es evidente que el acto que decidió incorporar al demandante en el nivel técnico y no en el profesional fue la Resolución No. 10166 de noviembre 19 de 1998; entonces, como al momento de radicar la demanda, el 14 de marzo de 2002 ya había caducado la acción para acusar dicha resolución, el demandante pretendió revivir términos efectuando una solicitud tardía de reclasificación de su cargo, incluso al ...mas

68001-23-15-000-2000-03072-02(2568-11) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

ACTO DE SUPRESION DE CARGO EN LA CONTRALORIA DE SANTANDER – Declaración de nulidad. Pérdida de fuerza ejecutoria   El Tribunal de primera instancia declaró nulo el Decreto 401 de 1999, porque encontró que se configuró el vicio de falta de competencia del Gobernador de Santander para suprimir cargos y que los efectos de la sentencia de nulidad eran ex tunc o retroactivos y constituían cosa juzgada. En ese orden, la decisión debe confirmar ...mas

68001-23-15-000-2000-02037-01(2118-08) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS A NIVEL TERRITORIAL – Fijación. Competencia / PRIMA DE SERVICIOS, PRIMA DE NAVIDAD, PRIMA DE ANTIGÜEDAD, PRIMA DE VACACIONES  DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS Y DEL DEPARTAMENTO DE SANTANDER _ Creación . Falta de Competencia   Constitucionalmente se ha dejado en manos exclusivamente del Congreso, la facultad de regular el sistema salarial y prestacional de los empleados oficiales de cualquier orden, siendo proscrito cualquier r ...mas

68001-23-15-000-1999-01358-01(0088-09) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

ASIGNACION BASICA DE PERSONERO MUNICIPAL – Cien por ciento de lo devengado por el Alcalde Municipal / GRADO DE CONSULTA – Entidad demandada no ejerció el derecho de defensa   A folio 65 del expediente obra la notificación personal realizada al señor Alcalde del municipio de California, el día 29 de febrero de 2000, enterándose del contendido del auto de 23 de noviembre de 1999 y entregándosele copia del mismo, de la demanda y los anexos  para el traslado. No obstante lo ant ...mas

66001-33-31-003-2009-00526-01(AP) REV Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No selecciona ante falta de argumentos sobre necesidad de unificar la jurisprudencia   FUENTE FORMAL: LEY 1285 DE 2009 – ARTICULO 11     CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   Consejero Ponente: GERARDO ARENAS MONSALVE   Bogotá, D. C., veintiocho (28 ...mas

66001-33-31-001-2009-00226-02(AP)REV Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No selecciona ante falta de argumentos sobre necesidad de unificar la jurisprudencia   Procede la Sala a resolver la solicitud de revisión eventual de la providencia proferida por el Tribunal Administrativo de Risaralda el 8 de julio de 2013 dentro de la acción interpuesta por Javier Elías Arias Idarraga contra el Municipio de La Pereira- Risaralda…En atención a la finalidad específica del meca ...mas

66001-23-31-000-2010-00096-01(2216-12) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

PRESTACION PERIODICA – Concepto / CESANTIA – No es una prestación peródica / ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO – Caducidad. Cesantía   Conforme la sentencia de la Corte Constitucional y las reseñadas del Consejo de Estado se colige, que las prestaciones periódicas son aquellos pagos corrientes que le corresponden al trabajador originados en una relación laboral o con ocasión de ella, que se componen de prestaciones sociales que son beneficios para cubrir riesgos ...mas

66001-23-31-000-2005-00126-02(0001-09) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

TIPICIDAD DE LA CONDUCTA –Materia disciplinaria / FALTA EN MATERIA DISCIPLINARIA – Infracción al deber legal   La falta en materia disciplinaria se estructura a partir de la infracción al deber funcional. En el contexto anterior, vale decir que quines ejercen una función pública, deben desempeñar el empleo, cargo o función, con diligencia, eficiencia; absteniéndose de ejecutar actos que impliquen ejercicio indebido del cargo o función, sin obt ...mas

63001-23-33-000-2013-00137-01(3146-13) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

BONIFICACION POR COMPENSACION - Impedimento magistrados del Tribunal Administrativo del Quindío / IMPEDIMENTO - Interés directo en el proceso   Manifiestan los Magistrados del Tribunal Administrativo del Quindío, Sala de Oralidad su impedimento para conocer del presente asunto por tener interés directo en el resultado del proceso, de forma que un eventual reconocimiento de las pretensiones reclamadas por la actora, inciden en su propia situación labo ...mas

63001-23-31-001-2009-01350-01(0424-12) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

ORDEN PREFERENTE DE SENTENCIA – Reiteración jurisprudencial   El legislador mediante la Ley 1285 de 22 de enero de 2009, por la cual se reformó la Ley 270 de 1996, Estatutaria de Administración de Justicia, en su artículo 16 estableció la posibilidad de que el Consejo de Estado, en sus Salas o Secciones, sometieran a estudio y aprobación los proyectos de sentencia con carácter preferente, esto es, sin atender el estricto orden de entrada al despacho, cuando la decisión adopt ...mas

63001-23-31-000-2012-00132-01(2621-13) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

COSA JUZGADA - Nom bis in ídem / JURISDICCION - Concepto / COSA JUZGADA - Configuración / CONDENA EN COSTAS - Unicamente se podrá imponer en la sentencia   Se impone como elemento estructurante del principio de la seguridad jurídica, según el cual ninguna persona (natural o jurídica) puede ser sometida dos veces a debate jurídico frente a la jurisdicción, por reclamación de los mismos hechos y derechos, teniendo como contradictor idéntica persona reclamante. ...mas

63001-23-31-000-2010-00052-02(2527-12) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

MANIFESTACION DE IMPEDIMENTO – Magistrados de la Sección Segunda / INTERÉS DIRECTO EN EL PROCESO - Impedimento   La cuestión a decidir tiene relación directa con los Magistrados que han de tomar la decisión, debido a que la acción se centra en actos que contienen decisiones salariales que les son aplicables. De conformidad con el artículo 160 del Código Contencioso Administrativo cuando en un Consejero concurra alguna de las causales deberá declararse imped ...mas

63001-23-31-000-2004-00011-01(0282-10) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

SANCION DISCIPLINARIA DE RETIRO DEL SERVICIO – Competencia del Consejo de Estado. Evolución jurisprudencial / RECURSO DE APELACION CONTRA SENTENCIA DE SANCION DISCIPLINARIA DE RETIRO DEL SERVICIO CON CUANTIA – Procedencia aunque la competencia del Consejo de Estado para el momento de su admisión era para procesos sin cuantía. Acceso a la administración de justicia. Debido proceso   Advierte la Sala que en el presente caso la parte demandante cont ...mas

54001-23-33-000-2013-00331-01(AC) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA - Generalidades / ACCION DE TUTELA - Es de carácter residual y subsidiario / ACCION DE TUTELA - Requisitos de procedibilidad   Según lo consagrado en el artículo 86 de la Constitución Política, toda persona cuenta con la acción de tutela para reclamar ante los jueces la protección inmediata de sus derechos fundamentales cuando quiera que sean violados o amenazados por la acción o la omisión de las autoridades, o de particulares en los casos q ...mas

54001-23-33-000-2013-00217-01(AC) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA - Notificación de providencias judiciales / AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA DE TUTELA - Notificación   Observa la Sala que la entidad demanda en su escrito de impugnación argumenta que en el trámite de la presente acción se le vulneraron sus derechos al debido proceso y defensa, por cuanto no se le notificó de la admisión de la demanda a efectos de poder de ejercer oportunamente su derecho de cont ...mas

54001-23-33-000-2013-00130-01(2150-13) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

IMPEDIMENTO – Interés directo en el proceso / BONIFICACION POR COMPENSACION - impedimento   El impedimento invocado por los Magistrados del Tribunal Administrativo de Norte de Santander se encuadra dentro de aquellas prohibiciones relativas al interés, bien sea directo o indirecto. En presente asunto, la cuestión a decidir tiene relación directa con los Magistrados que han de tomar la decisión, como quiera que se debate la legalidad de los actos administrativos ...mas

54001-23-31-000-2010-00025-01(1505-12) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

TITULO EJECUTIVO – Condiciones formales   Con fundamento en el artículo 488 del Código de Procedimiento Civil, el Consejo de Estado ha precisado que el título ejecutivo debe reunir unas condiciones formales, consistentes en que el documento o conjunto de documentos que dan cuenta de la existencia de la obligación i) sean auténticos y ii) emanen del deudor o de su causante, de una sentencia de condena proferida por el juez o tribunal de ...mas

54001-23-31-000-2002-01070-01(1990-10) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

SANCION POR MORA EN EL PAGO DE CESANTIAS DEFINITIVAS – Reconocimiento.Liquidación   En el caso en concreto el demandante presentó la petición de liquidación de sus cesantías definitivas ante la Registraduría Nacional del Estado Civil, Delegación Departamental de Norte de Santander el 10 de abril de 2001, como consta en  el sello de radicación; por lo tanto desde esa fecha deben computarse los términos a los que alude la Ley 244 de 1995, esto es, quince (15) días hábiles ...mas

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