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70001-23-31-000-2002-01735-02(0766-08) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL – Fijación. Competencia / PRIMA SEMESTRAL – Reconocimiento. Improcedencia. Creación por autoridad territorial   Tanto la prima de servicio y/o semestral, como la de antigüedad, son consideradas por el legislador y la doctrina como incrementos a los que se hace merecedor el empleado por su permanencia en el servicio. Normativamente están consagradas en los artículos 42 y 49 del Decreto 1042 de 1978, como factor salarial, por lo cual no es equivo ...more

70001-23-31-000-2002-01713-01(0842-08) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS A NIVEL TERRITORIAL – Fijación. Competencia / PRIMA SEMESTRAL Y PRIMA DE ANTIGÜEDAD EN EL DEPARTAMENTO DE SUCRE – Creación. Falta de competencia / INAPLICACION POR INSCONSTITUCIONALIDAD – Ordenanza 08 de 1985. Decreto 452 de 1988   La Asamblea Departamental y el Gobernador de Sucre mediante la Ordenanza 08 de 1985 y Decreto 402 de 1988 crearon, respectivamente, para los empleados del ente territorial una prima semestra ...more

70001-23-31-000-2002-01697-02(1941-08) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

PRIMA DE SERVICIOS – Carácter salarial / PRIMA DE ANTIGÜEDAD – Carácter salarial / SALARIO – Concepto   Tanto la prima de servicio y/o semestral, como la de antigüedad, son consideradas por el legislador y la doctrina como incrementos a los que se hace merecedor el empleado por su permanencia en el servicio. Normativamente están consagradas en los artículos 42 y 49 del Decreto 1042 de 1978, como factor salarial, por lo cual no es equivocado concluir que su naturaleza es sa ...more

70001-23-31-000-2002-01128-01(0515-06) Sección 2 2007 [Consejo de Estado]

NIEGA PENSION GRACIA POR TIEMPO LABORADO EN PLANTEL NACIONAL   (Ver exp. 0216-07)     CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: JAIME MORENO GARCIA   Bogotá, D.C., ...more

70001-23-31-000-2002-00961-01(7684-05) Sección 2 2007 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejera ponente: ANA MARGARITA OLAYA FORERO   Bogotá, D.C., doce (12) de abril de dos mil siete (2007)   Radicación número: 70001-23-31-000-2002-00961-01(7684-05) ...more

70001-23-31-000-2002-00943-01(0225-09) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

NIVELACION SALARIAL – Existencia del cargo. Prueba   Aunque en este caso se demostró que mediante Decreto No. 0901 de 31 de diciembre de 1997 la actora fue nombrada en periodo de prueba para desempeñar el cargo de mecanógrafa código 5045 grado 11 y que tomó posesión en la misma fecha, en el expediente no obra ninguna prueba que permita evidenciar la existencia previa de dicho empleo en la planta de personal de la entidad territorial demandada ni la disponibili ...more

70001-23-31-000-2002-00818-01(0150-11) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

EMPLEADO DE CARRERA – Indemnización por supresión del cargo debe reconocerse desde la posesión en calidad de empleado escalafonado   El derecho a percibir la indemnización, surge del rompimiento de la relación laboral y del perjuicio que se le ocasiona al empleado cuando se le termina su relación laboral, respecto de un cargo al que ingresó por concurso de méritos y que, además, le permite gozar de una relativa estabilidad laboral por el hecho de pertenecer al escalafón de ...more

70001-23-31-000-2002-00783-01(36405) Sección 3 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION TERCERA   Consejera ponente: RUTH STELLA CORREA PALACIO   Bogotá, D.C., primero (1) de abril de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 70001-23-31-000-2002-00783-01(36405)   Actor: DANNY DEL C ...more

70001-23-31-000-2002-00756-01(0191-08) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

RENUNCIA – Concepto   El acto de renuncia ha sido concebido legal y jurisprudencialmente como aquel en el que no cabe duda acerca de la voluntad de quien lo suscribe de cesar en el ejercicio del empleo que viene desempeñando. La renuncia es entonces una forma legítima de desvinculación de la administración pública prevista para empleados de libre nombramiento y remoción, empleados de carrera administrativa y aquellos nombrados en provisionalidad. ...more

70001-23-31-000-2002-00741-01(0734-06) Sección 2 2007 [Consejo de Estado]

NACIONALIZACION DE LA EDUCACION - Docentes nacionalizados y docentes nacionales / DOCENTES NACIONALIZADOS - Para obtener pensión ordinaria de jubilación a los 50 años requería llevar 15 años de servicio al 13 de febrero de 1985: Ley 33 de 1985 / PENSION DE JUBILACION DE DOCENTE - Requería llevar 15 años de servicio al 13 de febrero de 1985: Ley 33 de 1985 / EDAD - Requisito para pensión   Antes de la vigencia de la Ley 33 de 1985, la norma aplicab ...more

70001-23-31-000-2002-00302-01(2733-08) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

CONCEJO MUNICIPAL - Atribuciones / ALCALDE MUNICIPAL - Competencia para suprimir cargos previamente facultado por el Concejo Municipal   El numeral 4 del artículo 315 de la Constitución Política establece, entre otras, como atribución del Alcalde Municipal la de suprimir o fusionar entidades y dependencias municipales, de conformidad con los acuerdos respectivos.  A su vez, el numeral 6 del artículo 313 ídem, al determinar la competencia de los Con ...more

70001-23-31-000-2002-00155-01(7641-05) Sección 2 2007 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejera ponente: ANA MARGARITA OLAYA FORERO   Bogotá, D.C., veintidós (22) de febrero de dos mil siete (2007)   Radicación número: 70001-23-31-000-2002-00155-01(7641-0 ...more

70001-23-31-000-2002-00091-01(0470-07) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

ENFERMEDAD GRAVE DE APODERADO JUDICIAL – Concepto / NULIDAD POR NO SUSPENSION DEL PROCESO POR ENFERMEDAD GRAVE DEL APODERADO – Saneamiento   Para el caso de los apoderados judiciales, la enfermedad grave  (artículo 168 numeral 2º del C.P.C.) es aquella que impide el ejercicio normal de las obligaciones derivadas del Derecho de Postulación, circunstancia por la cual el Profesional del Derecho no puede ejercer las actividades propias de dicho mandato judicial, tales como la asis ...more

70001-23-31-000-2001-0891-01(AC) Sección 1 2000 [Consejo de Estado]

FACTURAS DE SERVICIOS CON MAS DE CINCO MESES DE EXPEDICIÓN - Improcedencia de la reclamación / FACTURAS DE SERVICIOS PUBLICOS - Opciones que deben indicarse al usuario reclamante: pago de la suma objeto de reclamo o pago del promedio de los últimos 5 meses / RECURSOS ANTE EMPRESAS DE SERVICIOS PUBLICOS - Requisitos de procedibilidad de los recursos / DERECHO DE PETICION - Vulneración al no resolver recursos y negarse a recibir el pago del promedio del consumo   El artículo inciso ...more

70001-23-31-000-2001-0891-01(AC) Sección 1 2001 [Consejo de Estado]

FACTURAS DE SERVICIOS CON MAS DE CINCO MESES DE EXPEDICIÓN - Improcedencia de la reclamación / FACTURAS DE SERVICIOS PUBLICOS - Opciones que deben indicarse al usuario reclamante: pago de la suma objeto de reclamo o pago del promedio de los últimos 5 meses / RECURSOS ANTE EMPRESAS DE SERVICIOS PUBLICOS - Requisitos de procedibilidad de los recursos / DERECHO DE PETICION - Vulneración al no resolver recursos y negarse a recibir el pago del promedio del consumo   El artículo inciso ...more

70001-23-31-000-2001-01918-01(2111-04) Sección 2 2007 [Consejo de Estado]

ACCION DE REPARACION - Improcedencia. Pago de indemnización moratoria en cesantías   Como fue reseñado, en ocasiones anteriores se ha acudido ante esta jurisdicción, mediante la acción de reparación directa, con el fin de obtener el pago de la indemnización moratoria ante la falta de pago oportuno de las cesantías definitivas, prevista en la Ley 244 de 1995, instrumento que ahora se considera improcedente. Sin embargo, por razones de seguridad jur ...more

70001-23-31-000-2001-01553-01(7694-05) Sección 2 2007 [Consejo de Estado]

REGIMEN SALARIAL DE EMPLEADOS PUBLICOS TERRITORIALES – Competencia para su fijación   Hemos inicialmente de resaltar algunas precisiones hechas sobre la temática de las competencias en materia de  fijación del régimen salarial y prestacional por la Corte Constitucional en sentencia C-510 de 1999:   “En estos términos, para la Corte es claro que existe una competencia concurrente para determinar el régimen salarial de los empleados de las enti ...more

70001-23-31-000-2001-01552-01(7695-05) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS DEL ORDEN TERRITORIAL – Determinación. Competencia del legislador, el ejecutivo y las autoridades locales   De conformidad con lo establecido en la Constitución Política de 1991 la competencia   para   fijar el   régimen  salarial  de empleados del sector territorial es concurrente entre el Legislador, a través de Leyes Marco, el Ejecutivo y las autoridades locales, asambleas y gober ...more

70001-23-31-000-2001-00670-01(36988) Sección 3 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION TERCERA   Consejero ponente:         ENRIQUE GIL BOTERO   Bogotá, D.C., seis (6) de agosto de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 70001-23-31-000-2001-00670-01(36988)   Actor: HOSPI ...more

70001-23-31-000-2001-00670-01(36988) Sección 3 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION TERCERA   Consejero ponente:         ENRIQUE GIL BOTERO   Bogotá, D.C., seis (6) de agosto de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 70001-23-31-000-2001-00670-01(36988)   Actor: HOSPI ...more

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