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68001-23-15-000-2003-02413-01(1810-08) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

SOBRESUELDO A DIRECTIVO DOCENTE – Reconocimiento. Principio de la realidad sobre las formalidades   A juicio de la Sala y de conformidad con el material probatorio obrante en el expediente, se advierte que ejerció las funciones derivadas del cargo por más de dos (2) años, sin que se hubiese hecho la designación en propiedad como correspondía en términos de ley, circunstancia que ha impedido que se le reconozca el sobresueldo del 10%. Además, asumió las funciones directivas p ...more

68001-23-15-000-2003-02352-01(1567-08) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

PRESTACIONES SOCIALES DE EMPLEADOS DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA - Se aplica el régimen de la rama ejecutiva / SERVICIO NACION DE APRENDIZAJE - SENA - Régimen aplicable a los servidores públicos   De conformidad con los Decretos 2400 de 1968 y 1950 de 1973 y la Ley 27 de 1992, los servidores públicos del SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA pertenecen a la rama ejecutiva del poder público por lo que tienen derecho a las prestaciones sociales consagradas en la ley ...more

68001-23-15-000-2003-02176-01(0281-09) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

PENSION DE JUBILACION ORDINARIA DOCENTE – Afiliados al Fondo Nacional del Magisterio. Régimen aplicable / PENSION DE JUBILACION ORDINARIA DOCENTE – Reconocimiento. Edad   Los docentes que pertenecían al orden departamental, nacionalizados por virtud de la Ley 43 de 1975, cuyas prestaciones se causen hasta la fecha de promulgación de la citada Ley 91 de 1989, se deberán aplicar las normas que gobiernan el aspecto prestacional, que son, según el ca ...more

68001-23-15-000-2003-01918-01(AP) Sección 1 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION PRIMERA   Consejero ponente: RAFAEL E. OSTAU DE LAFONT PIANETA   Bogotá, D.C., dos (2) de abril de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 68001-23-15-000-2003-01918-01(AP)   Actor: LEYDA LEONO ...more

68001-23-15-000-2003-01792-01(AP) Sección 1 2009 [Consejo de Estado]

CONSTRUCCION EN RUINA - Las autoridades pueden iniciar de oficio las acciones policivas para la desocupación / FUNCION URBANISTICA - Debe ejercerse mediante acciones para localizar áreas críticas de recuperación / FUNCION URBANISTICA - Prevención de desastres / CONSTRUCCION EN RUINA - Amenaza los derechos colectivos a la seguridad pública y a la prevención de desastres previsibles técnicamente   De acuerdo con el artículo 69 de la Ley 9ª de 1989, las autorid ...more

68001-23-15-000-2003-01782-01(AP) Sección 1 2010 [Consejo de Estado

SITUACION DE RIESGO POR INESTABILIDAD DE TALUD - Falta de prueba del origen del riesgo no es óbice para examinar la responsabilidad de las autoridades   La carencia de pruebas frente al origen de la inestabilidad del talud, no es óbice para examinar la responsabilidad de las autoridades demandadas en cuanto al cumplimiento de de sus competencias frente a la prevención de desastres y la garantía de la seguridad de la comunidad. Dicho en otras palabras, el hecho de ...more

68001-23-15-000-2003-01734-01(1309-09) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

ACTO PREPARATORIO - No es susceptible de los recursos de la vía gubernativa / RECURSOS EN VIA GUBERNATIVA - Contra los actos que ponen fin a las actuaciones administrativas / MUERTE EN ACTOS DEL SERVICIO - Requisitos / MUERTE EN ACTOS ESPECIALES DEL SERVICIO - Requisitos / INFORME ADMINISTRATIVO - Valor probatorio / INFORME ADMINISTRATIVO - No se puede modificar sin nuevas pruebas   Teniendo en cuenta que la Resolución No. 01803 de 16 de julio de 2002 no es un acto administra ...more

68001-23-15-000-2003-01725-01(35420) Sección 3 2014 [Consejo de Estado]

RESPONSABILIDAD POR LA PRESTACION DEL SERVICIO MEDICO HOSPITALARIO - Acreditación del daño, la falla en la prestación del servicio y la relación de causalidad / RESPONSABILIDAD POR LA PRESTACION DEL SERVICIO MEDICO HOSPITALARIO - Medios probatorios. Prueba indiciaria   En relación con la responsabilidad del Estado por la prestación del servicio médico de salud, corresponde a la parte actora acreditar los supuestos de hecho que estructuran los fundamentos de la ...more

68001-23-15-000-2003-01670-01(AP) Sección 1 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION PRIMERA   Consejero ponente: RAFAEL E. OSTAU DE LAFONT PIANETA   Bogotá, D.C., cinco (5) de octubre de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 68001-23-15-000-2003-01670-01(AP)   Actor: ISABEL ...more

68001-23-15-000-2003-01624-01(1065-08) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

EMPLEADO EN PROVISIONALIDAD - Insubsistencia / INSUBSISTENCIA - Facultad discrecional / EMPLEADO EN PROVISIONALIDAD - No goza de estabilidad laboral / DECLARATORIA DE INSUBSISTENCIA - Susceptible de ser desvirtuada.  Carga probatoria   En sentencia del 13 de marzo de 2003, dictada en el proceso 1834-01, M.P. Dr. Tarsicio Cáceres Toro, la Sección Segunda unificó su criterio, en el sentido de señalar que a los funcionarios provisionales los rodea un do ...more

68001-23-15-000-2003-01472-01(AP) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

DERECHO A LA RECREACION Y EL DEPORTE – Derecho social. Derecho fundamental. No es derecho colectivo / DERECHO A LA RECREACION Y EL DEPORTE – Improcedencia de la acción popular   La Sala advierte que los derechos mencionados se encuentran ubicados dentro de la categoría legal de derechos colectivos en el artículo 4 de la Ley 472 de 1998, con excepción del que refiere el actor como derecho a la recreación y al deporte, el cual no encuentra consagración expres ...more

68001-23-15-000-2003-01472-01(AP) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

DERECHO A LA RECREACION Y EL DEPORTE – Derecho social. Derecho fundamental. No es derecho colectivo / DERECHO A LA RECREACION Y EL DEPORTE – Improcedencia de la acción popular   La Sala advierte que los derechos mencionados se encuentran ubicados dentro de la categoría legal de derechos colectivos en el artículo 4 de la Ley 472 de 1998, con excepción del que refiere el actor como derecho a la recreación y al deporte, el cual no encuentra consagración expres ...more

68001-23-15-000-2003-01471-01(AP) Sección 1 2010 [Consejo de Estado

REPARACIONES LOCATIVAS DE COSA ARRENDADA - Por regla general corresponden al arrendatario   Previo a resolver el asunto de fondo, habida cuenta que en el recurso de apelación, la Empresa Social del Estado –Hospital Universitario Ramón González manifestó su inconformidad con el fallo, poniendo de presente que no se vinculó a las personas jurídicas que se les entregó la posesión del lote implicado en la demanda mediante un contrato de arrendamiento y otro de c ...more

68001-23-15-000-2003-01462-01(0003-07) Sección 2 2007 [Consejo de Estado]

CUANTIA - Para estimarla se debe tener en cuenta lo pretendido por el demandante / RECURSO DE APELACION - Se rige por la ley vigente cuando se interpuso / CUANTIA - Aplicación de la Ley 954 de 2005 / CUANTIA - Para determinarla se debe tener en cuenta el salario mínimo mensual vigente para la fecha de presentación de la demanda   En similar sentido se puede ver el auto proferido el 22 de noviembre de 2007 por la Subsección “B” de la Sección Segun ...more

68001-23-15-000-2003-01047-01(1004-08) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

SANCION DISCIPLINARIA - Acto complejo o de ejecución / CADUCIDAD DE LA ACCION - Contabilización del término   Esta Corporación ha sostenido que los actos mediante los cuales el órgano competente impone a los servidores públicos, en ejercicio del poder disciplinario, la sanción de destitución, no conforman con el respectivo acto de ejecución proferido por la autoridad nominadora un acto complejo. También ha precisado que aunque son actos administ ...more

68001-23-15-000-2003-00995-01(2331-07) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN   Bogotá, D.C., quince (15) de mayo de dos mil ocho (2008)   Radicación número: 68001-23-15-000-2003-00995-01(2331-07) ...more

68001-23-15-000-2003-00979-01(9082-05) Sección 2 2007 [Consejo de Estado]

REGIMEN DE TRANSICION - Aplicación y alcance.  Antecedentes jurisprudenciales / FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DE LA RAMA JUDICIAL Y DEL MINISTERIO PUBLICO - Régimen pensional especial.  Presupuestos   El reconocimiento de la pensión debió hacerse bajo el amparo de la legislación anterior, cuya aplicación procede en forma integral porque el demandante tenía más de 35 años de edad y más de 15 años de servicios cotizados, exigidos en la norma (art. 3 ...more

68001-23-15-000-2003-00943-01(AP) Sección 1 2010 [Consejo de Estado

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION PRIMERA   Consejero ponente: MARCO ANTONIO VELILLA MORENO   Bogotá, D.C., dos (2) de septiembre de dos mil diez (2010)   Radicación número: 68001-23-15-000-2003-00943-01(AP)   Actor: HERNAN JOSE ...more

68001-23-15-000-2003-00930-01(AP) Sección 1 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION PRIMERA   Consejera ponente: MARTHA SOFIA SANZ TOBON   Bogotá, D.C., veintidós (22) de abril de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 68001-23-15-000-2003-00930-01(AP)   Actor: DANIEL ALEJAN ...more

68001-23-15-000-2003-00879-01(16901) Sección 3 2009 [Consejo de Estado]

DECRETO 0071 DE 23 DE MARZO DE 2001 POR MEDIO DEL CUAL SE DICTA EL ESTATUTO DE CONTRIBUCION DE VALORIZACION EN EL DEPARTAMENTO DE SANTANDER - Anulado   FACULTAD IMPOSITIVA GENERAL - Radica exclusivamente en los órganos colegiados / ORGANOS COLEGIADOS - Tienen la potestad exclusiva para crear impuestos / PRINCIPIO DE QUE NO HAY IMPUESTO SIN REPRESENTACION - Centraliza en el legislador la potestad para crear impuestos / OBLIGACION TRIBUTARIA - Los elementos de ...more

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