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47001-23-33-000-2014-00116-01(AC) Sección 5 2014 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Evolución jurisprudencial / ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Procedencia excepcional de la acción de tutela cuando la providencia judicial vulnera derechos fundamentales / ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Requisitos generales de procedencia   En una primera época esta Corporación Judicial, incluso la Sección Quinta, consideró improcedente el empleo de la tutela como instrumento para dejar ...more

47001-23-33-000-2014-00064-01(ACU) Sección 5 2014 [Consejo de Estado]

ACCION DE CUMPLIMIENTO - Objeto   La acción de cumplimiento constituye el instrumento adecuado para demandar de las autoridades o de los particulares que ejercen funciones públicas, la efectividad de las normas con fuerza material de Ley y de los actos administrativos.   ACCION DE CUMPLIMIENTO - Requisitos de procedencia   Sin embargo, para que la acción de cumplimiento prospere, deben cumplirse unos ...more

47001-23-33-000-2014-00062-01(ACU) Sección 5 2014 [Consejo de Estado]

ACCION DE CUMPLIMIENTO - Objeto   La acción de cumplimiento constituye el instrumento adecuado para demandar de las autoridades o de los particulares que ejercen funciones públicas, la efectividad de las normas con fuerza material de Ley y de los actos administrativos.   ACCION DE CUMPLIMIENTO - Requisitos de procedencia / RENUENCIA - Requisito de procedibilidad de la acción   Sin embargo, para que la ...more

47001-23-33-000-2013-90212-01(4706-16) Sección 2 2018

CONTRALORIA GENERAL DEL DEPARTAMENTO DEL MAGDALENA – Reestructuración planta de personal / COMPETENCIA PARA REESTRUCTURACIÓN PLANTA DE PERSONAL DE LA CONTRALORIA GENERAL DEL DEPARTAMENTO DEL MAGDALENA – Asamblea Departamental / DELEGACIÓN DE REESTRUCTURACIÓN DE PLANTA DE PERSONAL – Solo puede recaer en el Gobernador del Departamento / CONTRALOR GENERAL DEPARTAMENTAL – No es competente para reestructurar planta de personal / SENTENCIA DE NULIDAD – Surte efectos retroactivos ...more

47001-23-33-000-2013-90131-01(1021-15) Sección 2 2018

PENSION GRACIA – Marco normativo / PENSION GRACIA – Requisitos / DOCENTE NACIONAL - El tiempo laborado no puede ser tenido en cuenta para reconocimiento del derecho pensional / TIEMPO DE SERVICIO – Insuficiente para ser beneficiario de la pensión gracia / NULIDAD DE RESOLUCIÓN QUE RECONOCE PENSIÓN GRACIA – Protección a persona de tercera edad / OTRO MEDIO DE SUBSISTENCIA DIFERENTE A LA PENSIÓN GRACIA – Pensión de sobreviviente / CONDENA EN COSTAS – No procede ...more

47001-23-33-000-2013-00246-01(AC) Sección 5 2014 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA - Noción y requisitos de procedibilidad / PERJUICIO IRREMEDIABLE - Acepción   El artículo 86 de la Constitución Política consagra la tutela como un mecanismo judicial encaminado a la protección de los derechos fundamentales cuando éstos se amenacen o se vulneren por la acción o por la omisión de la autoridad pública o por particulares en algunos casos especiales. Este instrumento de defensa se caracteriza por su trámite preferente, su resid ...more

47001-23-33-000-2013-00237-01(AC) Sección 2 2014 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA - Derecho de petición / DERECHO DE PETICION - Presupuestos / CARENCIA ACTUAL DE OBJETO - Hecho superado   La Carta Política en su artículo 23, faculta a toda persona para que pueda presentar peticiones respetuosas ante las autoridades o ante las organizaciones privadas, en los términos que señale la ley y, principalmente, el derecho a obtener pronta resolución a su petición; en tal sentido, este derecho comprende no sólo la prerro ...more

47001-23-33-000-2013-00224-01(AC) Sección 2 2014 [Consejo de Estado]

DECRETO POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA EL AREA DE LAS PLAYAS DEL RODADERO - Decreto 075 de 2013 / DECRETO 075 DE 2013 - Antecedentes   Mediante el Decreto No. 075 de 19 de marzo de 2013, proferido por el Alcalde del Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta, se reglamentó el área de playa de El Rodadero… Por su parte, de la lectura de las disposiciones o enunciados jurídicos que componen el referido Acto Administrativo, se extrae que no solament ...more

47001-23-33-000-2013-00212-01(AC)

DERECHO DE PETICION - El actor no interpuso el derecho de petición / ACCION DE TUTELA - Improcedente por falta de legitimación en la causa por activa   El artículo 10 del decreto 2591 de 1991, determina que la persona a quien se le vulneren o amenacen sus derechos fundamentales puede ejercer la acción de tutela por sí misma o por medio de representante, para lo cual se contempló la posibilidad de la agencia de derechos ajenos, de tal forma que un tercero, cuando el titular de lo ...more

47001-23-33-000-2013-00207-01(AC) Sección 5 2014 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA - Noción y presupuestos / ACCION DE TUTELA - Es de carácter subsidiario y residual / ACCION DE TUTELA - Es improcedente para obtener el reconocimiento y pago de acreencias que surgen en virtud de un vínculo laboral / ACCION DE TUTELA - No procede cuando el actor cuenta con otro mecanismo de defensa judicial / ACCION DE TUTELA - Cuando no se cumple con el requisito de subsidiaridad el actor debe probar la existencia de un perjuicio irr ...more

47001-23-33-000-2013-00192-01(AC) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA - Generalidades / ACCION DE TUTELA - Requisitos de procedibilidad / ACCION DE TUTELA - En los concursos de méritos la tutela procede excepcionalmente siempre que medie la existencia o inminencia de un perjuicio irremediable / CONCURSO DE MERITOS - Procede la acción de tutela siempre que se verificarse una vulneración de los derechos fundamentales con la decisión de retiro del concurso público   De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 86 de l ...more

47001-23-33-000-2013-00189-01(AC)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

ACCIÓN DE TUTELA – Se debe garantizar la atención en salud a los miembros de las fuerzas militares retirados hasta tanto no lo haya valorado una junta medico laboral / DERECHO A LA SALUD - Vulneración por negativa a brindar servicio médico a soldado   De conformidad con lo dispuesto en la Ley 352 de 1997, la prestación del servicio de salud de los miembros activos de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional se encuentra a cargo del Estado, hasta su retiro. No obstante, la j ...more

47001-23-33-000-2013-00145-01(AC)A Sección 4 2015 [Consejo de Estado]

DESACATO - Naturaleza y propósito / DESACATO - Diferencias respecto del incumplimiento del fallo   Las órdenes que profiere el juez de tutela son de estricto e inmediato cumplimiento por parte de los funcionarios públicos o por los particulares, según el caso. Para que los mandatos sean cumplidos cabal y oportunamente, la ley contempla mecanismos que tienen por objeto asegurar el cumplimiento de la sentencia y, subsidiariamente, la sanción de los res ...more

47001-23-33-000-2013-00118-01(AC) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

RESOLUCION 074 DE 2011 - Establece apoyo económico destinado a quienes fueron damnificados directos por la ola invernal del 1 de septiembre al 10 de diciembre de 2011 / RESOLUCION 074 DE 2011 - Requisitos para acceder al apoyo económico / DAMNIFICADO DIRECTO - Concepto y presupuestos / DAMNIFICADO DIRECTO - Son los legitimados para recibir el apoyo económico ofrecido por el gobierno / ...more

47001-23-33-000-2013-00087-01(AC) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA - Noción y procedencia / ACCION DE TUTELA - Procede como mecanismo transitorio en aras de evitar un perjuicio irremediable   En relación con la acción de tutela y su carácter subsidiario ante la existencia de otros medios o mecanismos de defensa judicial…se puede sostener que a la tutela sólo se puede acudir cuando hay ausencia de otro medio de defensa judicial para la protección del derecho invocado. No obstante, la norma establece como excep ...more

47001-23-33-000-2013-00035-01(1354-13) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

IMPEDIMENTO JUECES ADMINISTRATIVOS – Debe ser decidida por el Tribunal Administrativo del Huila / COMPETENCIA IMPEDIMENTO – Tribunal Administrativo   Se advierte por la Sala, que la competencia del Tribunal Administrativo del Magdalena, para conocer sobre el impedimento manifestado por la totalidad de los Jueces Administrativos del Circuito de Santa Marta; y no como lo expresaron los Magistrados para decidir sobre la admisión de la demanda. En consecuencia, se ev ...more

47001-23-33-000-2012-00486-01(AC) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

DECRETO DE INSUBSISTENCIA - Improcedencia del amparo porque accionantes disponían de otro medio de defensa judicial para la defensa de sus derechos / ACCION DE TUTELA - Carácter residual   En el asunto objeto de estudio, observa la Sala que, los demandantes, cuestionan la legalidad los Decretos Nos. 261, 262, 277, 279, 288, 296, 308, 314, 326, 403 del 22 de mayo de 2010, por medio de los cuales se declararon insubsistentes los nombramientos de los demandantes, es decir median actos ...more

47001-23-33-000-2012-00458-01(ACU) Sección 5 2014 [Consejo de Estado]

ACCION DE CUMPLIMIENTO - Generalidades / ACCION DE CUMPLIMIENTO - Objeto   La acción de cumplimiento está instituida en el artículo 87 de la Constitución Política…Teniendo en cuenta que Colombia es un Estado Social de Derecho y que dentro de sus fines esenciales está el de garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; y que las autoridades de la República están instituidas, entre otras cosas, para asegurar e ...more

47001-23-33-000-2012-00054-01 Sección 5 2013 [Consejo de Estado]

PROCESO ELECTORAL - Competencia del Consejo de  Estado en segunda instancia / AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA - No es susceptible de recursos / SUSPENSION PROVISIONAL - Contra el auto que la decide solo procede en los procesos de única instancia el recurso de reposición y, en los de primera, el de apelación   Toda vez que el recurrente expone argumentos contra el auto admisorio, además, ataca la decisión del a quo de decretar la suspensión provisional del acto ac ...more

47001-23-31-001-2006-01073-01(1299-09) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Consejero ponente: GERARDO ARENAS MONSALVE   Bogotá, D.C., once (11) de agosto de dos mil once (2011)   Radicación número: 47001-23-31-001-2006-01073-01(1299-09) ...more

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