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DERECHO DE PETICION - Las respuestas deben ser de fondo y no meramente formales De conformidad con el artículo 23 de la Constitución Política, el derecho de petición tiene como finalidad acudir ante diferentes autoridades o entes administrativos para obtener una pronta respuesta. Por lo tanto, la ausencia de respuesta, el retraso por parte de la entidad accionada o la falta de comunicación de la misma, constituyen una vulneración a este derecho. No basta, en consecuencia, con ...more
DERECHO DE PETICION - Las respuestas deben ser de fondo y no meramente formales De conformidad con el artículo 23 de la Constitución Política, el derecho de petición tiene como finalidad acudir ante diferentes autoridades o entes administrativos para obtener una pronta respuesta. Por lo tanto, la ausencia de respuesta, el retraso por parte de la entidad accionada o la falta de comunicación de la misma, constituyen una vulneración a este derecho. No basta, en consecuencia, con ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION CUARTA Consejero ponente: HUGO FERNANDO BASTIDAS BARCENAS Bogotá, D.C., tres (3) de marzo de dos mil once (2011) Radicación número: 08001-23-31-000-2010-01000-01(AC) Actor: SOCIEDAD MULTI ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO Bogotá, D.C., veintiuno (21) de febrero de dos mil once (2011) Radicación número: 08001-23-31-000-2010-00994-01(AC) ...more
ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA / DAÑO OCASIONADO POR LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA / PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD / COMPETENCIA FUNCIONAL / COMPETENCIA DEL CONSEJO DE ESTADO EN SEGUNDA INSTANCIA / DOBLE INSTANCIA / RECURSO DE APELACIÓN CONTRA SENTENCIA / COMPETENCIA FUNCIONAL
El Consejo de Estado es competente para desatar el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del 7 de marzo ...more
AUDIENCIA PUBLICA – Oportunidad para solicitarla. Improcedencia para practicarla Si bien la petición de la audiencia pública se presentó en el término para alegar de conclusión, conforme lo prevé el artículo 147 del Decreto 01 de 1984, lo cierto es que el despacho no encuentra que existan puntos de hecho o derecho que deban aclararse. Para decidir el recurso de apelación contra la sentencia del 17 de noviembre de 2011, proferida por el Tribunal Administrativo del At ...more
SUSPENSION PROVISIONAL – Medida excepcional. Requisitos En cuanto a la suspensión provisional de los efectos de los actos administrativos se refiere, es del caso precisar que la misma es una medida de carácter excepcional, y como tal, para su viabilidad se requiere el cumplimiento estricto de todos los requisitos expresamente previstos en el artículo 152 del Código Contencioso Administrativo. Tratándose de una acción de simple nulidad, su proce ...more
CONCILIACION DE PROCESOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOS EN MATERIA TRIBUTARIA Y ADUANERA - Condiciones, requisitos y montos en procesos en que se discute la legalidad de liquidaciones oficiales o de resoluciones que imponen sanción. Procedencia / SOLICITUD DE CONCILIACION DE PROCESOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOS EN MATERIA TRIBUTARIA Y ADUANERA - Documentos que se deben anexar 1.1. La Ley 1607 del 26 de diciembre de 2012, por la cual se expiden normas en materia tributar ...more
ACCION DE TUTELA CONTRA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL E ICFES - Improcedencia de la acción por la existencia de otro medio judicial de defensa El ejercicio de la acción de tutela como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable, está construido sobre un supuesto fundamental que está en plena consonancia con su carácter subsidiario y excepcional, esto es, la existencia y vigencia del medio ordinario de defensa que decidirá de fondo y de manera definitiva ...more
ACCION DE CUMPLIMIENTO - Improcedente para compeler a expedir decreto reglamentario / ACCION DE CUMPLIMIENTO - Se niegan las pretensiones por inexistencia de norma que consagre un mandato claro, expreso y exigible De lo expuesto se concluye que para reglamentar los puntos no fijados por el legislador en la Ley 1380 de 2010, es necesario que el Presidente de la República haga uso de la potestad reglamentaria consagrada en la propi ...more
TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Improcedencia para subsanar errores propios del demandante Tratándose de tutela contra providencia judicial, la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo de la Corporación viene afirmando su improcedencia fundada tanto en la declaratoria de inexequibilidad que de los artículos 11 y 40 del Decreto 2591 de 1991 hiciera la Corte Constitucional en sentencia C- 543 del 1 de octubre de 1992, como en el hecho de que la existencia de una providencia ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN Bogotá, D.C., veintidós (22) de abril de dos mil diez (2010) Radicación número: 08001-23-31-000-2010-00953-01(AC) ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION CUARTA Consejera ponente: CARMEN TERESA ORTIZ DE RODRIGUEZ Bogotá, D.C., diez (10) de febrero de dos mil once (2011) Radicación número: 08001-23-31-000-2010-00949-01(AC) Actor: JUAN CARLO ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION CUARTA Consejero ponente: HUGO FERNANDO BASTIDAS BARCENAS Bogotá, D.C., veintisiete (27) de enero de dos mil once (2011) Radicación número: 08001-23-31-000-2010-00947-01(AC) Actor: HILDA ...more
ACCION DE TUTELA CONTRA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL E ICFES - Improcedente por existencia de otros recursos o medios de defensa judiciales La Sala observa que, el 24 de febrero de 2010, la Comisión Nacional del Servicio Civil adoptó las listas de elegibles para proveer empleos de Docentes y Directivos docentes en instituciones educativas oficiales de las entidades territoriales certificadas en educación y así terminó con el proceso de selección de dicho concurso. En c ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION QUINTA Consejero ponente: FILEMON JIMENEZ OCHOA Bogotá, D.C., quince (15) de julio de dos mil diez (2010) Radicación número: 08001-23-31-000-2010-00945-01(AC) Actor: CARLOS MIGUEL MONSALV ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN Bogotá, D.C., veintiséis (26) de enero de dos mil once (2011) Radicación número: 08001-23-31-000-2010-00929-01(AC) ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION CUARTA Consejero ponente: WILLIAM GIRALDO GIRALDO Bogotá, D.C., veintisiete (27) de enero de dos mil once (2011) Radicación número: 08001-23-31-000-2010-00924-01(AC) Actor: SERAFIN DUARTE ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION CUARTA Consejera ponente: MARTHA TERESA BRICEÑO DE VALENCIA Bogotá, D.C., tres (3) de marzo de dos mil once (2011) Radicación número: 08001- 23-31-000-2010-00914-01(AC) Actor: TONY RAFAE ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO Bogotá, D.C., catorce (14) de diciembre de dos mil diez (2010) Radicación número: 08001-23-31-000-2010-00912-01(AC) ...more