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CE-SEC2-EXP2000-NAP088 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

ACCION POPULAR - Improcedente para el resarcimiento económico de usuarios del servicio de telefonía / TELECOM - Negada acción popular fundamentada en anomalías en la prestación del servicio de telefonía / SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS - Cumplimiento de su labor de control   De la lectura atenta de las pretensiones de la acción, encuentra la Sala que en el fondo lo que busca la parte actora es un resarcimiento económico para cada uno de l ...more

CE-SEC2-EXP2000-NAP085 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

ACCION POPULAR - Negada porque el acuerdo invocado contiene recomendaciones sobre la distribución de recursos de la venta de EPSA /  PATRIMONIO PUBLICO - No vulneración porque la distribución de recursos se ajustó a la Ley   El caso sub lite se refiere a la privatización que la Nación hizo de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca “CVC”, en lo atinente a la prestación del servicio público de generación, transmisión y distri ...more

CE-SEC2-EXP2000-NAP075 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

ACCION POPULAR - Protección derecho colectivo al equilibrio ecológico y medio ambiente, inhibición, procedente / ZONA PESQUERA - Sufrió una leve disminución / PARTE ACTORA - Recibe un pequeño estímulo   Pretenden los recurrentes que la jurisdicción a la altura de esta instancia, resuelva: La Dirección Nacional de Estupefacientes solicita que se  revoque el fallo del a-quo para que en su lugar, no se ordene el pago de los daños y perjuicios a cargo ninguna entidad por no hab ...more

CE-SEC2-EXP2000-NAP072 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

ACCION POPULAR - Derechos a un ambiente sano, goce del espacio público, defensa de bienes de uso público, abolición de los “bolardos”, improcedente   Del libelo demandatorio, se infiere que los derechos colectivos cuya protección se depreca son los contemplados en el artículo 4º de la Ley 472 de 1998 referidos en los literales a) y d) respectivamente a “El goce de un ambiente sano, de conformidad con lo establecido en la Constitución, la ley y las disposiciones reglamenta ...more

CE-SEC2-EXP2000-NAP061 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

ACCION POPULAR - No reconocimiento de incentivo / PACTO DE CUMPLIMIENTO - No contiene pago de incentivo / INCENTIVO EN ACCION POPULAR - No reconocimiento   Si bien es cierto que el juez tiene poderes amplios para regular el proceso conciliatorio, también lo es que aquellos acuerdos conciliatorios en los cuales no se observe objeción alguna para su aprobación, es decir que no adolezcan de ilegalidad, serán el instrumento que determine la forma como las partes consi ...more

CE-SEC2-EXP2000-NAP058 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

ACCION POPULAR - Derecho al goce de un ambiente sano, procedente / PACTO DE CUMPLIMIENTO - Acordado en audiencia especial para concesión mutua con terminación anormal del proceso / DECISIÓN QUE ROMPE LA LITIS - No corresponde a una providencia que absuelve o condene, sólo es ratificación de lo acordado por las partes   En el presente asunto, el Presidente de Acción Comunal del barrio Villa Inés instaura ésta acción, contra la COORPORACION AUTONOMA REGIONAL PARA L ...more

CE-SEC2-EXP2000-NAP047 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

ACCION POPULAR - Derecho colectivo al espacio público, procedente / USO DIFERENTE AL AUTORIZADO - Se presentó al prestar servicio de estacionamiento vehicular   Se solicita a través de la presente acción que se le ordene a la Alcaldía del Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias, levantar las cercas que rodean el parque de Pescamar a fin de permitir el libre goce y disfrute del espacio y de los bienes de uso público por parte de los ciudadanos cartagene ...more

CE-SEC2-EXP2000-NAP044 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

ACCION POPULAR - Derecho colectivo del libre goce del espacio público, improcedente / AREA DEL ESPACIO PUBLICO OCUPADA - Los vendedores ambulantes sólo la ocupan en horas de la noche, sin causar perjuicio   Pretende la accionante que por vía de la presente acción se proteja el derecho al libre goce del espacio público y en consecuencia, se ordene la suspensión inmediata de la acción perturbadora del mismo. Lo anterior, por cuanto considera que con las ventas ambula ...more

CE-SEC2-EXP2000-NAP040 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

ACCION POPULAR-Requisitos   En primer término, surge incontrastable que cuando –como en este caso- se alega omisión de un deber, el interesado está obligado a probar cuál es la fuente o dónde nace el deber de quien omite cumplirlo, pues naturalmente si no se prueba que el demandado en acción popular tenía el deber de cumplir determinado mandato, no puede el juez condenarles cumplir aquello a que no está obligado. En segundo término, si el artí ...more

CE-SEC2-EXP2000-NAP037 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

ACCION POPULAR - Derecho al servicio público, improcedente / SEÑALAMIENTO DE RUTAS - Es función administrativa de la administración   Las acciones Populares fueron instituidas  por el artículo 88 de la Constitución Política y desarrrolladas por la Ley 472 de 1998, para la protección de los derechos e intereses colectivos. Enunció en el artículo 4º literales a) a n), aquellos susceptibles de protección , entre ellos lo que se advierte es que el literal j) se a ...more

CE-SEC2-EXP2000-NAP036 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

ACCION POPULAR - Procedencia / MEDIO AMBIENTE - Derecho protegido a través de la Acción Popular / URBANIZACION “BOSQUES DEL COUNTRY” - Requisitos para su construcción con el fin de proteger el medio ambiente   Advierte la Sala que del contexto de la demanda se deduce inequívocamente, que el fin último de la sociedad actora, es la protección de derechos colectivos,  representados en el peligro, que en su sentir, conlleva la construcción de 1.10 ...more

CE-SEC2-EXP2000-NAP025 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

ACCION POPULAR - Patrimonio público y moralidad administrativa, improcedente / ACCION POPULAR - No procede cuando existen mecanismos distintos para defender los derechos públicos / CUMPLIMIENTO DE CLAUSULAS Y GARANTIAS CONTRACTUALES - Se hacen efectivos mediante acciones contenciosas / RESPONSABILIDAD DE LOS SERVIDORES QUE CELEBRAN EL CONTRATO - Acción fiscal y disciplinaria   Fernando Pardo Galvez, actuando en nombre propio incoa  la acción popular de que trata el articulo 88 de ...more

CE-SEC2-EXP2000-NAP021 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

ACCION POPULAR - Derecho a la salud y vida de familiares, improcedente / DERECHOS COLECTIVOS - Concepto / PRETENSIONES INDIVIDUALES - Pueden hacerse efectivos ante la autoridad competente   En el presente asunto la parte demandante instaura la presente acción, al considerar que las medidas adoptadas por el Representante Legal y el Gerente Administrativo de la Empresa de Energía de Santa Fé de Bogotá amenaza los derechos e intereses de los pensionados de la entidad y d ...more

CE-SEC2-EXP2000-NAP017 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

ACCION POPULAR / ACCION DE GRUPO - Procede recurso de apelación contra auto que la rechace / RELLENO SANITARIO “DOÑA JUANA” - Término de caducidad de la acción de grupo / CADUCIDAD EN ACCION DE GRUPO - El término debe contarse a partir de la vigencia de la Ley 472 de 1998   No puede el juez desechar a priori, sin conocimiento concreto alguno, la viabilidad de la presente acción con el criterio del conteo de los dos años para la caducidad, a par ...more

CE-SEC2-EXP2000-NAP015 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

ACCIONES POPULARES  -  Recurso de apelación contra auto inadmisorio  /  AUTO INADMISORIO DE LA DEMANDA  -  Improcedencia del recurso de apelación La norma entonces que gobierna los recursos en las acciones populares, es la Ley 472 de 1998, la cual debe ser aplicada preferentemente, por tratarse de una norma especial, como lo ordenan las reglas de interpretación de las normas y no las generales consagradas en el Código Contencioso Administrativo, como pretende el recur ...more

CE-SEC2-EXP2000-NAP014B Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

ACCION DE GRUPO - Improcedencia de llamamiento en garantía / LLAMAMIENTO EN GARANTIA - Requisitos en acción de grupo   No puede el juez de la Acción de grupo aceptar un llamamiento en garantía de una persona natural o jurídica como la Nación por razones hipotéticas ni por futuras contenciones que en este momento no se sabe si se adelantarán, o no, ni cuándo, ni a instancias de quién, ni mucho menos cuáles serán sus resultados y consecuencias. ...more

CE-SEC2-EXP2000-NAP014A Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

ACCION DE GRUPO - Recursos contra autos / RECURSO DE APELACION EN ACCIONES DE GRUPO - Procede contra autos relacionados en el artículo 351 del Código de Procedimiento Civil   Es claro para la Sala que la acción ejercitada en el caso sub lite es una acción de grupo, como quiera que se pretende una indemnización colectiva a cargo del Banco de la República, por los agravios ocasionados a los usuarios del sistema UPAC.   La Ley 472 de 1998, por la cual se desarro ...more

CE-SEC2-EXP2000-NAP014 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

ACCIONES POPULARES - Improcedencia de recurso de apelación en el trámite / RECURSO DE APELACION EN ACCIONES POPULARES - Solo procede contra sentencia de primera instancia / ACCIONES POPULARES - Prevalencia de régimen especial   El artículo 37 de la Ley 472 de 1998 consagra el recurso de apelación, pero solo "contra la sentencia que se dicte en primera instancia...".   Como se ve, la ley no establece el recurso de apelación para decisiones distintas a la senten ...more

CE-SEC2-EXP2000-NAP013 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

ACCION POPULAR - Designación de Alcalde (e) improcedente / PRETENSIÓN GENERAL - En el sub lite resulta ser subjetiva / DESIGNACIÓN DE ALCALDE (E) - Lo procedente es la acción electoral   Pretende el demandante a través de la acción popular obtener la orden de revocatoria del acto por el cual se designó como alcalde (E) de Cúcuta  a José Fernando Bautista Quintero, con la subsiguiente orden de designar en su lugar a un miembro del movimiento Apertura Liberal, tom ...more

CE-SEC2-EXP2000-NACU644(A) Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: NICOLAS PAJARO PEÑARANDA   Bogotá, D.C., siete (7) de septiembre de dos mil (2000)   Radicación número: ACU-644(A)   ...more

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