Archivo de la Categoría 1.3.4.25 Sec. 2 2000

Descripción:

No hay ninguna subcategoría disponible en 1.3.4.25 Sec. 2 2000

Artículos Destacados

No hay ningún artículo disponible

Lista Artículos

CE-SEC2-EXP2000-N14684 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

MULTA - Improcedencia porque no se demostró el incumplimiento de cláusulas convencionales / MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL - Incompetencia para dirimir controversias jurídicas / INTERESES CORRIENTES - Improcedencia   Conforme a lo expuesto, no encuentra la Sala que se halla demostrado el incumplimiento de las cláusulas convencionales que dan lugar a la multa impuesta. Los funcionarios del Ministerio del Trabajo tenían facultades para sancio ...mas

CE-SEC2-EXP2000-N14683 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

INSUBSISTENCIA EMPLEADO DE LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCION - Procedencia por facultad discrecional / DESVIACION DE PODER - Inexistencia / MOVILES POLITICOS - No probados / REEMPLAZO / DESMEJORAMIENTO DEL SERVICIO - Inexistencia   Se observa sin dificultad que cuando se produjo el acto acusado, es decir, el 1° de marzo de 1995, el señor Mora Mora se desempeñaba como empleado sujeto al régimen de libre nombramiento y remoción. Siendo ello así, como es s ...mas

CE-SEC2-EXP2000-N14543 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

INSUBSISTENCIA POR CALIFICACION INSATISFACTORIA - Improcedencia por ilegalidad de la calificación / CALIFICACION DE SERVICIOS - No constituye acto demandable.  Plazo para su expedición / CALIFICACION DE SERVICIOS - Incompetencia del funcionario que expidió el acto / FALSA MOTIVACION - Ocurrencia por calificación de servicios ilegal   ACTOS DEMANDADOS Y ACTOS DEMANDABLES.  En cuanto a la calificación de servicios debe advertir la Sala que no es acto ...mas

CE-SEC2-EXP2000-N14364 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

ACCION DE SIMPLE NULIDAD - No procede contra acto de insubsistencia / EXCEPCION DE FALTA DE LEGITIMACION EN LA CAUSA ACTIVA - Procedencia por no ser ejercida la acción por el interesado   Para la Sala no existe la menor duda de que la acción que formuló el demandante, no fue la de nulidad que dijo ejercer, sino una de nulidad y restablecimiento del derecho, del cual es titular el señor Yesid Flórez Quimbayo.   Y como de otro lado es evidente que el ...mas

CE-SEC2-EXP2000-N1422-99 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

RECHAZO DE DEMANDA - Auto que la rechaza por indebida acumulación de acciones, es improcedente / ACTO ADMINISTRATIVO DE CARÁCTER GENERAL – Cuando  produce efectos particulares es demandable / PREVALENCIA DEL DERECHO SUSTANCIAL – Aplicable   En auto de Febrero 10/99  del A-quo  se inadmitió (rechazó) la demanda por la indebida acumulación de acciones e imposibilidad de su corrección y porque de admitirla conduciría a decisión inhibitoria, con el análisis de los actos ac ...mas

CE-SEC2-EXP2000-N141-98 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

NULIDAD INCISO CUARTO ARTICULO 41 DECRETO 1748 DE 1995 - Procedente / BONOS PENSIONALES - La norma reglamentaria es contraria a la reglamentada   Mediante el Decreto 1748 de 1995 se dictan normas para la emisión, cálculo, redención y demás condiciones del os bonos pensionales, y se reglamentan los Decretos 656, 1299 y 1314 de 1994, y los artículos 115 y siguientes de la Ley 100 de 1993. Como se dijo, desde la providencia por medio de la cual se admitió la demanda y se suspendió ...mas

CE-SEC2-EXP2000-N1400 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

SUSTITUCION PENSIONAL - No probada su ilegalidad / PENSION DE JUBILACION - Entidad responsable del pago / INTERESES DE MORA Y AJUSTE DE VALOR - Debe optarse por el pago de uno u otro beneficio / PRESCRIPCION MESADAS PENSIONALES - Opera trienalmente   Lo primero que observa la Sala es que del texto de la Resolución por medio de la cual se reconoció a favor de los esposos Castro Montaña la sustitución de la pensión de jubilación que, según se ...mas

CE-SEC2-EXP2000-N1371-00 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

SUSTITUCIÓN PENSIONAL - Agente de la policía que se suicida / JURISDICCIÓN COMPETENTE - Es la Contencioso Administrativa por tratarse del sistema especial creado para la Policía Nacional   La demandante pide la anulación de los actos acusados, para que se le reconozca y pague a ella y a su hijo, la “pensión de sobreviviente de conformidad con lo dispuesto en la ley 100 de 1993”. La controversia gira en torno al derecho que le asiste a la actora de disfrutar una ...mas

CE-SEC2-EXP2000-N13698_1 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

CODIGO SUSTANTIVO DE TRABAJO - Relaciones laborales que regula / RELACIONES INDIVIDUALES DE TRABAJO - Las surgidas entre la administración pública y algunos trabajadores no se rigen por el Código Sustantivo de Trabajo   El Artículo 3° del Código Sustantivo del Trabajo preceptúa que el mismo regula las relaciones de derecho individual del trabajo de carácter particular y las de derecho colectivo del trabajo, de los servidores oficiales y particulares. Por su p ...mas

CE-SEC2-EXP2000-N13548 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

PRIMA TECNICA - Concepto / PRIMA DE DIRECCION - Sustitutiva de la técnica / DERECHOS ADQUIRIDOS – No operancia en material salarial de servidores oficiales / PRIMA TECNICA - Desarrollo normativo   La precisión que se hace en el inciso segundo del parágrafo del artículo 2° del decreto 107 de 1996, en el sentido de que la prima de dirección sustitutiva de la técnica y ahora extendida en favor de los generales y almirantes de las Fuerzas Militares y ...mas

CE-SEC2-EXP2000-N13074 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

SINDICATO - Inscripción de Junta Directiva, procedente / PRESENTACIÓN DE PLANCHAS - Si la Asamblea decide presentar una sola plancha, ello no atenta contra el cociente electoral y las minorias sindicales   Mediante la acción de nulidad y restablecimiento del derecho de que trata el artículo 85 del C.C.A., el Sindicato de Trabajadores de la Industria de Vidrio y Afines de Colombia, a través de su Presidente,  pretende  la nulidad de la Resolución No.  0073 de ener ...mas

CE-SEC2-EXP2000-N13070 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

ISS - Régimen pensional. Rige la Ley 100 de 1993 / PENSION DE JUBILACION - Trabajadores de la seguridad social / CIRCULAR DEL ISS - Instrucciones a sus funcionarios sobre la liquidación de pensión de jubilación no desconoce la Ley 100 de 1993   La Circular 66 de 18 de agosto de 1995 de la Gerencia Nacional de Recursos Humanos del Instituto de Seguros Sociales no estudió el tema de si coexisten o no, las pensiones de jubilación y de vejez en los tér ...mas

CE-SEC2-EXP2000-N13070 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

ISS - Régimen pensional. Rige la Ley 100 de 1993 / PENSION DE JUBILACION - Trabajadores de la seguridad social / CIRCULAR DEL ISS - Instrucciones a sus funcionarios sobre la liquidación de pensión de jubilación no desconoce la Ley 100 de 1993   La Circular 66 de 18 de agosto de 1995 de la Gerencia Nacional de Recursos Humanos del Instituto de Seguros Sociales no estudió el tema de si coexisten o no, las pensiones de jubilación y de vejez en los tér ...mas

CE-SEC2-EXP2000-N1297-99 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

SUPRESION DE CARGO EN CAPRECUNDI - No reincorporación por  inexistencia de empleo equivalente en la nueva planta / COMUNICACION DE SUPRESION DE CARGO - No constituye acto administrativo / FUERO SINDICAL - Calificación de la causa del retiro de empleados públicos amparados con este fuero   Para la Sala, los planteamientos que la administración consignó en las resoluciones demandadas en lo atinente a la procedencia de retirar del servicio al demandante en virtud de la supresión d ...mas

CE-SEC2-EXP2000-N1272-99 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

PENSION DE JUBILACION EMPLEADO DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA - Régimen aplicable para efectos del requisito de edad / CONGRESO DE LA REPUBLICA - Pensión de jubilación   La Sala tiene en cuenta que cuando el actor se retiró del servicio como empleado del Congreso el 5 de diciembre de 1994, le era aplicable para los efectos de la pensión de jubilación, el decreto 2837 de 1986, aprobatorio del reglamento general de las prestaciones económicas a cargo d ...mas

CE-SEC2-EXP2000-N1254-98 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

SUSTITUCIÓN PENSIONAL – reconocimiento a cónyuge supérstite, procedente / CÓNYUGE SUPERSTITE – Ostenta derecho preferencial a la sustitución / RESPONSABILIDAD DEL CÓNYUGE SUPERSTITE EN LA SEPARACIÓN – Improbada / INDEXACION – Según fórmula   El cónyuge supérstite, ostenta un derecho preferencial a la sustitución pensional respecto de las otras personas a quienes la ley ha beneficiado otorgando vocación subsidiaria; sólo en ausencia de ...mas

CE-SEC2-EXP2000-N1250-99 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

PENSION DOCENTE - Improcedente porque no es posible sumar a servicios docentes privados, otros tiempos no docentes / DOCENTE - Niega pensión de jubilación   Según la ley 50 de 1886, no es posible sumar a tales tiempos docentes, otros servicios en actividades diferentes, porque la asimilación del artículo 13, está condicionada en sus efectos a los términos del 12, o sea, para una pensión docente. Por consiguiente, como no es posible sumar los servi ...mas

CE-SEC2-EXP2000-N124-98 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

INSUBSISTENCIA EMPLEADO FISCALIA GENERAL DE LA NACION - Improcedencia por tratarse de empleado de carrera / PROCESO PENAL - Incidencia en la situación laboral del empleado / RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Niega reintegro por condena penal e inhabilidad para ejercer empleo / REINTEGRO - Improcedencia / INHABILIDAD PARA EL EJERCICIO DE FUNCIONES PUBLICAS - Empleado Fiscalía General de la Nación   De conformidad con el artículo 65 del Decreto 2699 de 199 ...mas

CE-SEC2-EXP2000-N1235-98 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

INSUBSISTENCIA EMPLEADO DE CARRERA DEL NIVEL MUNICIPAL - Procedencia por calificación extraordinaria de servicios insatisfactoria /  CALIFICACION EXTRAORDINARIA DE SERVICIOS - Requisitos empleado del nivel municipal   El decreto 2645 del 29 de noviembre de 1994 “por el cual se modifica y aclara el artículo 56 del Decreto 256, modificado por el artículo 8º del Decreto 805 de 1994.”, establece que el jefe de la entidad, una vez conozca de la información de que ...mas

CE-SEC2-EXP2000-N1222-98 Sección 2 2000 [Consejo de Estado]

SUPRESIÓN DE CARGO EN EL DISTRITO CAPITAL – Procedente con indemnización para empleada de carrera / COMUNICACIÓN SOBRE DERECHO A ESCOGER ENTRE REINCORPORACION O INDEMNIZACIÓN – Fue omitida en el sub litis   En el proceso se demanda la actuación administrativa reseñada (Res. No. 57/93 y Oficio 0601-32158/93) por la no incorporación de la accionante a la nueva planta de personal de la entidad como derecho derivado de su inscripción en carrera administrativa ante ...mas

1 ...29 30 31 32 33 ...39