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CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION B Consejero ponente: GERARDO ARENAS MONSALVE Bogotá, D.C., veinticinco (25) de septiembre de dos mil ocho (2008) Radicación número: 15001-23-31-000-2002-04023-01(1107-0 ...mas
NORMAS TERRITORIALES – Prueba La demandante no probó la existencia de las normas territoriales en las que soporta su solicitud de reconocimiento, conforme a lo dispuesto por el artículo 141 del C.C.A., y esta circunstancia hace que, en principio, no pueda cotejarse el derecho pretendido frente al reglamento en el que soporta su petitum, lo que por sí solo sería suficiente para denegar las pretensiones, en la medida en que no probó, debiendo hacerlo, el supuesto normativo qu ...mas
DECAIMIENTO DEL ACTO ADMINISTRATIVO – No impide un juicio de legalidad sobre el mismo Es necesario aclarar que el objeto de juicio en este caso es la Comunicación D.J. Nº 1186 de 21 de junio de 2002, mediante la cual el Secretario de Educación de Boyacá negó a la actora su solicitud relacionada con el reconocimiento y pago del sobresueldo equivalente al veinte por ciento (20%) adicional a su asignación básica mensual, por haber laborado veinte (20) años al servicio de la e ...mas
PRIMA DE ACTUALIZACION - Derecho del personal activo y en retiro de la fuerza pública / RELIQUIDACION DE ASIGNACION DE RETIRO - Procedencia para la inclusión de la prima de actualización por los años 1993 a 1995 / FUERZA PUBLICA - Prima de actualización Es necesario señalar que la Sala Plena de la Corporación se ha pronunciado en forma reiterada sobre el tema, denegando la solicitud de reconocimiento y pago de la prima de actualización por el pe ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION B Consejero ponente: GERARDO ARENAS MONSALVE Bogotá, D.C., cuatro (4) de diciembre de dos mil ocho (2008) Radicación número: 15001-23-31-000-2002-02655-01(2454-07) ...mas
SALARIO - Noción. Alcance. Elementos. Diferencia con prestación social / PRESTACIONES SOCIALES - Noción. Alcance. Factores. Diferencia con salario / ASAMBLEA DEPARTAMENTAL - Fijación de elementos salariales a docentes Resulta pertinente establecer primero la naturaleza jurídica del derecho laboral, que estableció la Ordenanza 23, a favor de los maestros del Departamento de Boyacá, porque tanto en la Constitución de 1886 como en la de 1991, la compete ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION B Consejera ponente: BERTHA LUCIA RAMIREZ DE PAEZ Bogotá, D.C., veintiuno (21) de agosto de dos mil ocho (2008) Radicación número: 15001-23-31-000-2002-02268-01(0318-08 ...mas
PENSION GRACIA - Marco jurídico y jurisprudencial / PENSION GRACIA - Requisitos. Beneficiarios / PENSION GRACIA - Improcedente por servicios en planteles nacionales / DOCENTE NACIONAL - Improcedente de reconocimiento de la pensión gracia / PLANTELES NACIONALES - Improcedente pensión gracia (Ver Exp. 2263-07) CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ...mas
SOBRESUELDO DE MAESTRO DE PRACTICA DOCENTE – Reconocimiento cuando se ejerzan las funciones propias del cargo El derecho a percibir el sobresueldo equivalente al quince por ciento (15%) surgía siempre que los educadores estuviesen nombrados como maestros de práctica docente en un establecimiento de educación básica primaria, anexo a uno de educación media en bachillerato pedagógico y que en el proceso de reestructuración de las escuelas normales siguiera desempeñándose co ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION B Consejera ponente: BERTHA LUCIA RAMIREZ DE PAEZ Bogotá, D.C., seis (06) de agosto de dos mil ocho (2008) Radicación número: 15001-23-31-000-2002-02027-01(0766-07) ...mas
PRIMA DE ACTUALIZACION - Inclusión en la asignación de retiro. Prescripción La Sección Segunda del Consejo de Estado, mediante sentencias del 14 de agosto de 1997 y 6 de noviembre de 1998, proferidas dentro de los expedientes números 9923 y 11423, respectivamente, en ejercicio de acción de nulidad simple declaró la nulidad parcial de las expresiones ‘QUE LA DEVENGUE EN SERVICIO ACTIVO’ y ‘RECONOCIMIENTO DE’ insertas en los Parágrafos de ...mas
PRIMA DE ACTUALIZACION - Inclusión en la asignación de retiro. Prescripción La Sección Segunda del Consejo de Estado, mediante sentencias del 14 de agosto de 1997 y 6 de noviembre de 1998, proferidas dentro de los expedientes números 9923 y 11423, respectivamente, en ejercicio de acción de nulidad simple declaró la nulidad parcial de las expresiones ‘QUE LA DEVENGUE EN SERVICIO ACTIVO’ y ‘RECONOCIMIENTO DE’ insertas en los Parágrafos de ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO Bogotá, D.C., veintisiete (27) de noviembre de dos mil ocho (2008) Radicación número: 15001-23-31-000-2002-01942-01(41 ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN Bogotá, D.C., treinta y uno (31) de julio de dos mil ocho (2008) Radicación número: 15001-23-31-000-2002-01922-01(2 ...mas
PENSION GRACIA - Beneficiarios / PENSION GRACIA - No tienen derecho quienes hayan servido en centros educativos de carácter nacional. Antecedente jurisprudencial (Ver Exp. 1569-07) CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION B Consejera ponente: BERTHA LUCIA RAMIREZ DE PAEZ Bogotá, D.C., cuatro (4) de septiembre de dos mil ocho (2008) Radicación número: 15001-23-31-000-2002-01508-01(0930-07 ...mas
PRIMA DE ACTUALIZACION - Derecho del personal activo y en retiro de la fuerza publica / PRIMA DE ACTUALIZACION. Prescripción cuatrienal. Conteo en relación con personal en retiro / PRIMA DE ACTUALIZACION - Carácter temporal / RELIQUIDACION DE LA ASIGNACION DE RETIRO - Inclusión no puede extenderse para el año 1996 y subsiguientes por ser temporal. Ver sentencia del 10 de abril de 2008, Expediente 00793. CONSEJO DE EST ...mas
PRIMA DE ACTUALIZACION - Carácter transitorio. Vigencia fiscal. Creación temporal / OFICIALES Y SUBOFICIALES DE LAS FUERZAS MILITARES Y DE POLICIA NACIONAL - Tenían derecho a la prima de actualización para el personal en servicio activo y en retiro / RELIQUIDACION DE ASIGNACION DE RETIRO - Inclusión de la prima de actualización / PRINCIPIO DE OSCILACION PENSIONAL - Prima de actualización / PRIMA DE ACTUALIZACION - Principio de oscilación (Ver Ex ...mas
PENSION DE JUBILACION DOCENTE - No goza de un régimen especial / PENSION DE JUBILACION DOCENTE NACIONALIZADO - Régimen vigente en entidad territorial En similar sentido ver providencias proferidas en los expedientes 1224-07; 2510-07; 462-08; 1468-00; 1719-07; 1078-07; 915-05; 1064-08 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ...mas
BONIFICACION REMUNERATORIA ESPECIAL POR PRESTAR SERVICIOS EN ZONAS DE DIFICIL ACCESO EN SITUACION CRITICA DE SEGURIDAD O MINERAS – Reconocimiento. Requisitos De acuerdo con la demanda al actor se le reconoció el sobresueldo del 8% desde una fecha posterior a la que él considera tener derecho, 26 de noviembre de 1999, y no desde el 17 de abril de 1996. Este argumento no es válido a la luz del Decreto 707 de 1996 pues, como él mismo lo estableció, la entidad territorial debió ...mas