Archivo de la Categoría 1.3.4.17 Sec. 2 2008

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Lista Artículos

13001-23-31-000-2008-00146-01(AC) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN   Bogotá, D.C., diecinueve (19) de junio de dos mil ocho (2008)   Radicación número: 13001-23-31-000-2008-00146-01(AC) ...mas

13001-23-31-000-2008-00141-01(AC) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: JAIME MORENO GARCIA   Bogotá, D.C., siete (7) de julio de dos mil ocho (2008)   Radicación número: 13001-23-31-000-2008-00141-01(AC) ...mas

13001-23-31-000-2008-00140-01(AC) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON   Bogotá, D.C., diecinueve (19) de junio de dos mil ocho (2008)   Radicación número: 13001-23-31-000-2008-00140-01(AC) ...mas

13001-23-31-000-2008-00130-01(AC) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Consejero ponente: GERARDO ARENAS MONSALVE   Bogotá, D.C., diecinueve (19) de junio de dos mil ocho (2008)   Radicación número: 13001-23-31-000-2008-00130-01(AC) ...mas

13001-23-31-000-2008-00093-01(AC) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN   Bogotá, D.C., cinco (5) de junio de dos mil ocho (2008)   Radicación número: 13001-23-31-000-2008-00093-01(AC)   Actor: CESAR MIGUEL ...mas

13001-23-31-000-2008-00014-01(AC) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: JAIME MORENO GARCIA   Bogotá, D.C., ocho (8) de mayo de dos mil ocho (2008)   Radicación número: 13001-23-31-000-2008-00014-01(AC) ...mas

13001-23-31-000-2006-01614-01(1101-08) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON   Bogotá, D.C., diecisiete (17) de julio de dos mil ocho (2008)   Radicación número: 13001-23-31-000-2006-01614-01(1101-08) ...mas

13001-23-31-000-2006-01546-01(0469-08) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

JURISDICCION COMPETENTE - Lo determina la relación laboral del empleado al momento del retiro   CONVENCION COLECTIVA-Ampara a los empelados públicos hasta su vigencia cuando se presenta cambio de naturaleza jurídica de la entidad/ENTIDAD PUBLICA-Cambio de naturaleza. Convención colectiva. Aplicación a empleados públicos.   NOTA DE RELATORIA: Se cita la sentencia C 349 de 2004 de la corte constitucional     ...mas

13001-23-31-000-2005-00851-01(0704-08) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

SUPRESION DE CARGO - Oficio de comunicación no es acto administrativo / OFICIO DE COMUNICACION SOBRE SUPRESION DE CARGO - No es acto administrativo / OFICIO DE COMUNICACION SOBRE SUPRESION DE CARGO - No es acto administrativo susceptible de ser demandado   HOSPITAL DE CALDAS ESE - Creación. Se reestructuró como empresa social del estado / EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO - Conformación y funciones de la junta directiva / JUNTA DIRECTIVA DEL HOSPITAL DE CALDA ...mas

13001-23-31-000-2005-00724-01(0382-07) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON   Bogotá, D.C., diecisiete (17) de julio de dos mil ocho (2008)   Radicación número: 13001-23-31-000-2005-00724-01(0382-07) ...mas

13001-23-31-000-2003-00725-01(1589-07) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

PRIMA DE ACTUALIZACION – Beneficiarios. Derecho a la igualdad   Los Decretos 125 de 1993 y 133 de 1995 erigieron esta prima de actualización sólo para el personal “en servicio activo”, situación que a la postre fue declarada nula por el Consejo de Estado mediante providencias del 14 de agosto de 1997, expediente No. 9923, Magistrado Ponente Doctor Nicolás Pájaro Peñaranda y 6 de noviembre del mismo año, expediente No.11423, Magistrada Ponente Doctora Clara Forero de Castr ...mas

13001-23-31-000-2003-00505-01(0108-08) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Consejero ponente: GERARDO ARENAS MONSALVE   Bogotá, D.C., diecisiete (17) de julio de dos mil ocho (2008)   Radicación número: 13001-23-31-000-2003-00505-01(0108-08) ...mas

13001-23-31-000-2002-01638-01(0908-08) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN   Bogotá, D.C., ocho (8) de mayo de dos mil ocho (2008)   Radicación número: 13001-23-31-000-2002-01638-01(0908-08) ...mas

13001-23-31-000-2002-01464-01(0910-08) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON   Bogotá, D.C., ocho (8) de mayo de dos mil ocho (2008)   Radicación número: 13001-23-31-000-2002-01464-01(0910-08) ...mas

13001-23-31-000-2002-00392-01(1434-06) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

PENSION DE JUBILACION - Recuento jurisprudencial respecto de las pensiones que se encontraban en el régimen de transición - RELIQUIDACION DE LA PENSION DE JUBILACION - Factores / REGIMEN DE TRANCISION - Los presupuestos de este régimen son edad, tiempo de servicios y monto de la pensión   La Ley 100 de 1993, cuya vigencia en materia pensional tuvo comienzo el 1º de abril de 1994 para el orden nacional y hasta el 30 de junio de 1995 para el orden terr ...mas

13001-23-31-000-2001-02049-01(0230-07) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

INSUBSISTENCIA DE FISCAL DELEGADO ANTE JUECES PROMISCUOS MUNICIPALES - Empleado en provisionalidad. Estabilidad / PROCESO DE SELECCION - Realización por entidad pública   No obstante el particular criterio de la ponente de esta providencia que es opuesto a lo considerado por la Sala Plena Contenciosa y, después de varios pronunciamientos, acoge la decisión mayoritaria de la Sección Segunda de esta Corporación en el sentido de que a pesar de haber pa ...mas

13001-23-31-000-2001-01779-01(1987-07) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

FONDO DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL Y REFORMA URBANA DE CARTAGENA - Naturaleza Jurídica.Funciones de la Junta Directiva.Funciones del Gerente.   Es preciso destacar que el Concejo Distrital de Cartagena de Indias mediante Acuerdo No. 37 de 1991 creó el FONDO DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL Y REFORMA URBANA DE CARTAGENA como un establecimiento descentralizado del orden distrital con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independient ...mas

13001-23-31-000-2001-01423-01(0412-07) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

RETIRO DEL SERVICIO ACTIVO DE MIEMBROS DE LAS FUERZAS MILITARES - Facultad discrecional / ACTO DE RETIRO DEL SERVICIO DE MIEMBROS DE LA FUERZA PUBLICA - No requiere motivación   NOTA DE RELATORIA: Se cita la sentencia de la corte constitucional del 8 de marzo de 2006, C 179, MP Alfredo Beltran     CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ...mas

13001-23-31-000-2000-06667-01(6667-05) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

ACTO DE SUPRESION DE CARGO – No impugnación. Ineptitud de la demanda   Se anota que cuando un empleado de carrera sostiene que por estar inscrito debía indiscutiblemente ser incorporado, dado que en los casos de reestructuración de plantas de personal  pueden suprimirse empleos y ser retirados algunos funcionarios, deberá impugnar el acto que presuntamente le causó la lesión y demostrar su derecho para lo cual debe probar su mejor derecho respecto de uno o algunos de los que ...mas

13001-23-31-000-2000-00319-01(7479-05) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

NOTARIO ENCARGADO - Puede ser removido libremente / NOTARIO ENCARGADO - Excepcionalmente puede ser nombrado en interinidad     El artículo 146 del Decreto Ley 960 de 1970 dispone que para ser notario en propiedad, se requiere el lleno de los requisitos legales exigidos para la correspondiente categoría y, además, haber sido seleccionado mediante concurso. Sin embargo, la misma norma faculta para prescindir, en su postulación y des ...mas

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